Capítulo 11B — ACCESIBILIDAD A EDIFICIOS PÚBLICOS, ALOJAMIENTOS PÚBLICOS,
Sección 11B — 903 — BANCOS
2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
11B- 903.1 General. Los bancos deberán cumplir con la Sección 11B- 903 .
11B- 903.2 Espacio libre en el piso o suelo. Se deberá proporcionar un espacio libre en el piso o suelo que cumpla con la Sección 11B- 305 y deberá estar ubicado en el extremo del asiento del banco y paralelo al eje corto del banco.
11B- 903.3 Tamaño. Los bancos deberán tener asientos que midan 48 pulgadas ( 1219 mm) de largo como mínimo y 20 pulgadas ( 508 mm) de profundidad como mínimo y 24 pulgadas (610 mm) de profundidad como máximo.
11B- 903.4 Respaldo. El banco deberá proporcionar respaldo o estar fijado a una pared a lo largo de su dimensión larga. El respaldo deberá medir 48 pulgadas ( 1219 mm) de largo como mínimo y deberá extenderse desde un punto máximo de 2 pulgadas (51 mm) por encima de la superficie del asiento hasta un punto mínimo de 18 pulgadas ( 457 mm) por encima de la superficie del asiento. El respaldo deberá estar a una distancia máxima de 2 1/2 pulgadas (64 mm) desde el borde trasero del asiento, medido horizontalmente.
11B- 903.5 Altura. La parte superior de la superficie del asiento del banco deberá estar a una altura mínima de 17 pulgadas ( 432 mm) y máxima de 19 pulgadas ( 483 mm) sobre el piso o suelo terminado.
FIGURA 11B- 903.4—RESPALDO DE BANCO
11B- 903.6 Resistencia estructural. Los bancos deberán estar fijados a la pared o al piso. No se deberán exceder las tensiones admisibles para los materiales usados cuando se aplique una fuerza vertical u horizontal de 250 libras (1112 N) en cualquier punto del asiento, sujetador, dispositivo de montaje o estructura de soporte.
11B- 903.7 Lugares húmedos. Cuando se instalen en lugares húmedos, la superficie del asiento deberá ser antideslizante y no deberá acumular agua.
11B-134 CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA 2025
el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTA DISPOSICIÓN.
ACCESIBILIDAD A EDIFICIOS PÚBLICOS, ALOJAMIENTOS PÚBLICOS, EDIFICIOS COMERCIALES Y VIVIENDA PÚBLICA