Capítulo 11B — ACCESIBILIDAD A EDIFICIOS PÚBLICOS, ALOJAMIENTOS PÚBLICOS,

Sección 11B — 502 — ESPACIOS DE ESTACIONAMIENTO

2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

11B- 502.1 General. Los espacios de estacionamiento para automóviles y camionetas deberán cumplir con la Sección 11B- 502. Cuando los espacios de estacionamiento estén marcados con líneas, las medidas de ancho de los espacios de estacionamiento y de los pasillos de acceso se tomarán desde la línea central de las marcas.

Excepción: Cuando los espacios de estacionamiento o los pasillos de acceso no estén adyacentes a otro espacio de estacionamiento o pasillo de acceso, se permitirá que las medidas incluyan el ancho completo de la línea que define el espacio de estacionamiento o el pasillo de acceso.

11B- 502.2 Espacios para vehículos. Los espacios de estacionamiento para automóviles y camionetas deberán tener una longitud mínima de 216 pulgadas (5486 mm). Los espacios para automóviles deberán tener un ancho mínimo de 108 pulgadas (2743 mm) y los espacios para camionetas un ancho mínimo de 144 pulgadas (3658 mm), deberán estar marcados para definir el ancho y deberán contar con un pasillo de acceso adyacente que cumpla con la Sección 11B- 502.3.

Excepción: Se permitirá que los espacios para camionetas tengan un ancho mínimo de 108 pulgadas (2743 mm) cuando el pasillo de acceso tenga un ancho mínimo de 96 pulgadas (2438 mm).

FIGURA 11B -502.2—ESPACIOS DE ESTACIONAMIENTO PARA VEHÍCULOS

11B- 502.3 Pasillo de acceso. Los pasillos de acceso que sirven a los espacios de estacionamiento deberán cumplir con la Sección 11B- 502.3. Los pasillos de acceso deberán estar adyacentes a una ruta accesible. Se permitirá que dos espacios de estacionamiento o un espacio de estacionamiento y un espacio para carga de vehículo eléctrico compartan un pasillo de acceso común.

FIGURA 11B -502.3—PASILLO DE ACCESO A ESPACIO DE ESTACIONAMIENTO

11B- 502.3.1 Ancho. Los pasillos de acceso que sirven a espacios para automóviles y camionetas deberán tener un ancho mínimo de 60 pulgadas (1524 mm).

11B- 502.3.2 Longitud. Los pasillos de acceso deberán extenderse a lo largo de toda la longitud requerida de los espacios de estacionamiento a los que sirven.

11B- 502.3.3 Marcado. Los pasillos de acceso deberán estar marcados con una línea pintada azul alrededor de su perímetro. El área dentro de las líneas azules deberá estar marcada con líneas rayadas con una separación máxima de 36 pulgadas (914 mm) en el centro, en un color que contraste con el del superficie del pasillo, preferiblemente azul o blanco. Las palabras “NO PARKING” deberán estar pintadas en la superficie dentro de cada pasillo de acceso en letras blancas con una altura mínima de 12 pulgadas (305 mm) y ubicadas para ser visibles desde la vía vehicular adyacente. Las marcas del pasillo de acceso pueden extenderse más allá de la longitud mínima requerida.

11B-74 CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA 2025

FIGURA 11B-502.3.3 IDENTIFICACIÓN DE ESTACIONAMIENTO EN ÁNGULO Y PERPENDICULAR

11B- 502.3.4 Ubicación. Los pasillos de acceso no deberán invadir la vía vehicular. Se permitirá colocar los pasillos de acceso a cualquiera de los dos lados del espacio de estacionamiento, excepto en los espacios para camionetas, cuyos pasillos de acceso deberán ubicarse en el lado del pasajero del espacio de estacionamiento.

11B- 502.4 Superficies de piso o suelo. Los espacios de estacionamiento y los pasillos de acceso que los sirven deberán cumplir con la Sección 11B- 302. Los pasillos de acceso deberán estar al mismo nivel que los espacios de estacionamiento a los que sirven. No se permitirán cambios de nivel, pendientes superiores a 1:48 ni advertencias detectables.

Excepción: Reservado.

11B- 502.5 Altura libre vertical. Los espacios de estacionamiento, pasillos de acceso y rutas vehiculares que los sirven deberán proporcionar una altura libre vertical mínima de 98 pulgadas (2489 mm).

Excepción: En instalaciones de estacionamiento existentes de varios pisos, los espacios para automóviles, pasillos de acceso y rutas vehiculares que los sirven deberán proporcionar una altura libre vertical mínima de 80 pulgadas (2032 mm). Se deberá mantener la altura libre vertical existente que sea superior a 80 pulgadas (2032 mm) y menor a 98 pulgadas (2489 mm). Esta excepción no se aplicará a los espacios para camionetas, pasillos de acceso ni rutas vehiculares que los sirvan.

11B- 502.6 Identificación. Las señales de identificación de espacios de estacionamiento deberán incluir el Símbolo Internacional de Accesibilidad que cumpla con la Sección 11B- 703.7.2.1 en blanco sobre fondo azul. Las señales que identifiquen espacios para camionetas deberán contener lenguaje adicional o una señal adicional con la designación “van accessible” (accesible para camioneta). Las señales deberán estar a una altura mínima de 60 pulgadas (1524 mm) sobre el piso terminado o superficie del suelo, medida hasta la parte inferior de la señal.

Excepción: Las señales ubicadas dentro de una ruta de circulación deberán estar a una altura mínima de 80 pulgadas (2032 mm) sobre el piso terminado o superficie del suelo, medida hasta la parte inferior de la señal.

11B-502.6.1 Acabado y tamaño. Las señales de identificación de estacionamiento deberán ser reflectantes con un área mínima de 70 pulgadas cuadradas (45,161 mm [2] ).

11B-502.6.2 Multa mínima. El lenguaje adicional o la señal adicional debajo del Símbolo Internacional de Accesibilidad deberá indicar “Minimum Fine $250” (Multa mínima $250).

11B-502.6.3 Ubicación. Una señal de identificación de espacio de estacionamiento deberá ser visible desde cada espacio de estacionamiento. Las señales deberán estar permanentemente colocadas ya sea inmediatamente adyacentes al espacio de estacionamiento o dentro del ancho proyectado del espacio en el extremo delantero del espacio. Las señales también podrán estar permanentemente colocadas en una pared en el extremo interior del espacio de estacionamiento.

11B-502.6.4 Marcado. Cada espacio accesible para automóvil y camioneta deberá tener identificación en la superficie que cumpla con la Sección 11B-502.6.4.1 o 11B-502.6.4.2.

11B-502.6.4.1 El espacio de estacionamiento deberá estar marcado con un Símbolo Internacional de Accesibilidad que cumpla con la Sección 11B-703.7.2.1 en blanco sobre fondo azul con un tamaño mínimo de 36 pulgadas de ancho por 36 pulgadas de alto (914 mm por 914 mm). La línea central del Símbolo Internacional de Accesibilidad deberá estar a un máximo de 6 pulgadas (152 mm) de la línea central del espacio de estacionamiento, con sus lados paralelos a la longitud del espacio y su esquina inferior alineada con el extremo del espacio de estacionamiento o por debajo de este.

11B-502.6.4.2 El espacio de estacionamiento deberá estar delineado en azul o pintado de azul y deberá estar marcado con un Símbolo Internacional de Accesibilidad que cumpla con la Sección 11B-703.7.2.1 con un tamaño mínimo de 36 pulgadas de ancho por 36 pulgadas de alto (914 mm por 914 mm) en blanco o en un color contrastante adecuado. La línea central del Símbolo Internacional de Accesibilidad deberá estar a un máximo de 6 pulgadas (152 mm) de la línea central del espacio de estacionamiento, con sus lados paralelos a la longitud del espacio y su esquina inferior alineada con el extremo del espacio de estacionamiento o por debajo de este.

11B- 502.7 Relación con rutas accesibles. Los espacios de estacionamiento y los pasillos de acceso deberán diseñarse de modo que los automóviles y camionetas, cuando estén estacionados, no obstruyan el ancho libre requerido de las rutas accesibles adyacentes.

11B-502.7.1 Disposición. Los espacios de estacionamiento y los pasillos de acceso deberán diseñarse de modo que las personas que los usen no tengan que desplazarse detrás de espacios de estacionamiento, salvo para pasar detrás del espacio en el que estacionaron.

11B-502.7.2 Topes para ruedas. Se deberá proporcionar un bordillo o tope para ruedas si es necesario para evitar que los vehículos invadan el ancho libre requerido de las rutas accesibles adyacentes.

11B-502.8 Señales adicionales. Se deberá colocar una señal adicional ya sea; 1) en un lugar visible en cada entrada a una instalación de estacionamiento fuera de la vía pública o 2) inmediatamente adyacente a los espacios accesibles en el sitio y visible desde cada espacio de estacionamiento.

11B-502.8.1 Tamaño. La señal adicional no deberá ser menor de 17 pulgadas (432 mm) de ancho por 22 pulgadas (559 mm) de alto.

11B-502.8.2 Letra. La señal adicional deberá indicar claramente con letras de un mínimo de 1 pulgada (25 mm) de altura lo siguiente:

“Unauthorized vehicles parked in designated accessible spaces not displaying distinguishing placards or special license plates issued _for persons with disabilities will be towed away at the owner’s expense. Towed vehicles may be reclaimed at: ______________________ _or by telephoning ______________________.”

Los espacios en blanco deberán completarse con la información apropiada como parte permanente de la señal.

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