Capítulo 11B — ACCESIBILIDAD A EDIFICIOS PÚBLICOS, ALOJAMIENTOS PÚBLICOS,

Sección 11B — 503 — ZONAS DE DESCARGA Y CARGA DE PASAJEROS

2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

11B- 503.1 General. Las zonas de descarga y carga de pasajeros deberán cumplir con la Sección 11B- 503 .

11B- 503.2 Espacio para detención de vehículos. Las zonas de descarga y carga de pasajeros deberán proporcionar un espacio para detención vehicular de al menos 96 pulgadas ( 2438 mm) de ancho y 20 pies ( 6096 mm) de largo.

11B- 503.3 Pasillo de acceso. Las zonas de descarga y carga de pasajeros deberán proporcionar pasillos de acceso que cumplan con la Sección 11B- 503 adyacentes y paralelos al espacio para detención vehicular. Los pasillos de acceso deberán estar contiguos a una ruta accesible y no deberán invadir la vía vehicular.

FIGURA 11B- 503.3—PASILLO DE ACCESO A ZONA DE DESCARGA Y CARGA DE PASAJEROS

11B-76 CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

ACCESIBILIDAD A EDIFICIOS PÚBLICOS, ALOJAMIENTOS PÚBLICOS, EDIFICIOS COMERCIALES Y VIVIENDA PÚBLICA

11B- 503.3.1 Ancho. Los pasillos de acceso que sirven a los espacios para detención vehicular deberán tener un ancho mínimo de 60 pulgadas ( 1524 mm).

11B- 503.3.2 Largo. Los pasillos de acceso deberán extenderse a lo largo completo de los espacios para detención vehicular a los que sirven.

11B- 503.3.3 Señalización. Los pasillos de acceso deberán estar señalizados con una línea pintada alrededor de su perímetro. El área dentro de las líneas de borde deberá estar marcada con líneas rayadas separadas un máximo de 36 pulgadas (914 mm) en el centro, en un color que contraste con el del superficie del pasillo.

11B- 503.4 Superficies de piso y suelo. Los espacios para detención vehicular y los pasillos de acceso que los sirven deberán cumplir con la Sección 11B- 302. Los pasillos de acceso deberán estar al mismo nivel que el espacio para detención vehicular al que sirven. No se permitirán cambios de nivel, pendientes superiores a 1:48, ni advertencias detectables.

Excepción: Reservado.

11B- 503.5 Altura libre vertical. Los espacios para detención vehicular, los pasillos de acceso que los sirven y una ruta vehicular desde una entrada hasta la zona de descarga y carga de pasajeros y desde la zona de descarga y carga de pasajeros hasta una salida vehicular deberán proporcionar una altura libre vertical mínima de 114 pulgadas ( 2896 mm).

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