Capítulo 11B — ACCESIBILIDAD A EDIFICIOS PÚBLICOS, ALOJAMIENTOS PÚBLICOS,
Sección 11B — 220—CAJEROS AUTOMÁTICOS, MÁQUINAS DE COBRO Y DISPOSITIVOS DE PUNTO DE VENTA
2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
11B- 220.1 Cajeros automáticos y máquinas de cobro. Cuando se proporcionen cajeros automáticos o máquinas de venta, cobro o ajuste de tarifas de autoservicio, deberán cumplir con la Sección 11B-220.1. Cuando se proporcionen contenedores para sobres, papel de desecho u otros fines, al menos uno de cada tipo deberá cumplir con la Sección 11B- 811 .
11B-220.1.1 Un cajero automático o máquina de cobro. Cuando se proporcione un cajero automático o máquina de cobro en un lugar, deberá cumplir con las Secciones 11B-707.2 a 11B-707.8.
11B-220.1.2 Dos cajeros automáticos o máquinas de cobro. Cuando se proporcionen dos cajeros automáticos o máquinas de cobro en un lugar, uno deberá cumplir con las Secciones 11B-707.2 a 11B-707.8 y el otro deberá cumplir con las Secciones 11B-707.3, 11B-707.4, 11B-707.5, 11B-707.6, 11B-707.7.2 y 11B-707.8.
11B-220.1.3 Tres o más cajeros automáticos o máquinas de cobro. Cuando se proporcionen tres o más cajeros automáticos o máquinas de cobro en un lugar, al menos el 50 por ciento deberá cumplir con las Secciones 11B-707.2 a 11B-707.8 y el resto deberá cumplir con las Secciones 11B-707.3, 11B-707.4, 11B-707.5, 11B-707.6, 11B-707.7.2 y 11B-707.8.
11B-220.2 Dispositivos de punto de venta. Cuando se proporcionen dispositivos de punto de venta, todos los dispositivos en cada ubicación deberán cumplir con las Secciones 11B-707.3, 11B-707.7.2 y 11B-707.9. Cuando se proporcionen dispositivos de punto de venta en cajas registradoras y mostradores de ventas y servicio que deban cumplir con las Secciones 11B-227.2 y 11B-227.3, deberán cumplir con las Secciones 11B-707.2, 11B-707.3, 11B-707.7.2 y 11B-707.9.
Excepciones: 1. Cuando se instale un solo dispositivo de punto de venta para uso con cualquier tipo de combustible para motor, deberá cumplir con las Secciones 11B-707.2, 11B-707.3, 11B-707.7.2 y 11B-707.9. Cuando se instalen más de un dispositivo de punto de venta para uso con un tipo específico de combustible para motor, un mínimo de dos para ese tipo deberá cumplir con las Secciones 11B-707.2, 11B-707.3, 11B-707.7.2 y 11B-707.9. Los tipos de combustible para motor incluyen, pero no se limitan a, gasolina, diésel, gas natural comprimido, metanol o etanol. 2. Los dispositivos de punto de venta en estaciones de carga para vehículos eléctricos que deban cumplir con la Sección 11B-812 deberán cumplir con la Sección 11B-812.10.3.
11B-24 CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA 2025
el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ELLO.
ACCESIBILIDAD A EDIFICIOS PÚBLICOS, ALOJAMIENTOS PÚBLICOS, EDIFICIOS COMERCIALES Y VIVIENDA PÚBLICA