Capítulo 11B — ACCESIBILIDAD A EDIFICIOS PÚBLICOS, ALOJAMIENTOS PÚBLICOS,

Sección 11B — 245—ALOJAMIENTOS PÚBLICOS UBICADOS EN RESIDENCIAS PRIVADAS

2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

11B-245.1 General. Los alojamientos públicos ubicados en residencias privadas deberán cumplir con la Sección 11B-245.

11B-245.2 Aplicación. Cuando un alojamiento público esté ubicado en una residencia privada, la porción utilizada exclusivamente en la operación del alojamiento público o la porción utilizada tanto para el alojamiento público como para fines residenciales está cubierta por los requisitos de construcción nueva y alteraciones de este capítulo.

Excepción: La porción de la residencia utilizada exclusivamente como residencia no está obligada a ser accesible de acuerdo con este capítulo.

11B-245.3 Elementos accesibles requeridos. La porción accesible de la residencia se extiende a aquellos elementos usados para ingresar al alojamiento público, incluyendo la acera frontal, si la hay, la puerta o entrada, y pasillos; y aquellas porciones de la residencia, interiores o exteriores, disponibles para o usadas por empleados o visitantes del alojamiento público, incluyendo los baños.

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