Capítulo 11B — ACCESIBILIDAD A EDIFICIOS PÚBLICOS, ALOJAMIENTOS PÚBLICOS,
Sección 11B — 902 — SUPERFICIES DE COMEDOR Y SUPERFICIES DE TRABAJO
2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
11B- 902.1 General. Las superficies de comedor y las superficies de trabajo deberán cumplir con las Secciones 11B- 902.2 y 11B- 902.3.
Excepción: Se permitirá que las superficies de comedor y las superficies de trabajo para uso infantil cumplan con la Sección 11B- 902.4.
11B- 902.2 Espacio libre en el piso o suelo. Se deberá proporcionar un espacio libre en el piso que cumpla con la Sección 11B- 305, ubicado para un acercamiento frontal. Se deberá proporcionar espacio para las rodillas y los pies que cumpla con la Sección 11B- 306.
11B-902.2.1 Superposición. El espacio libre en el piso en las superficies de comedor no deberá superponerse con la ruta accesible.
11B- 902.3 Altura. La parte superior de las superficies de comedor y las superficies de trabajo deberá estar a un mínimo de 28 pulgadas ( 711 mm) y un máximo de 34 pulgadas ( 864 mm) sobre el piso o suelo terminado.
11B- 902.4 Superficies de comedor y superficies de trabajo para uso infantil. Las superficies accesibles de comedor y las superficies de trabajo para uso infantil deberán cumplir con la Sección 11B- 902.4.
Excepción: Las superficies de comedor y las superficies de trabajo que se usen principalmente por niños de 5 años o menos no estarán obligadas a cumplir con la Sección 11B- 902.4 cuando se proporcione un espacio libre en el piso o suelo que cumpla con la Sección 11B- 305, ubicado para un acercamiento paralelo.
11B- 902.4.1 Espacio libre en el piso o suelo. Se deberá proporcionar un espacio libre en el piso que cumpla con la Sección 11B- 305, ubicado para un acercamiento frontal. Se deberá proporcionar espacio para las rodillas y los pies que cumpla con la Sección 11B- 306, excepto que se permitirá un espacio para las rodillas de mínimo 24 pulgadas (610 mm) sobre el piso o suelo terminado.
11B- 902.4.2 Altura. La parte superior de las mesas y mostradores deberá estar a un mínimo de 26 pulgadas (660 mm) y un máximo de 30 pulgadas ( 762 mm) sobre el piso o suelo terminado.