Capítulo 11B — ACCESIBILIDAD A EDIFICIOS PÚBLICOS, ALOJAMIENTOS PÚBLICOS,
Sección 11B — 201—APLICACIÓN
2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
11B- 201.1 Alcance. Todas las áreas de edificios y instalaciones diseñados y construidos de nuevo, así como las porciones alteradas de edificios e instalaciones existentes, deberán cumplir con estos requisitos.
11B- 201.2 Aplicación basada en el uso del edificio o instalación. Cuando un sitio, edificio, instalación, habitación o espacio contenga más de un uso, cada porción deberá cumplir con los requisitos aplicables para ese uso.
11B- 201.3 Estructuras temporales y permanentes. Estos requisitos se aplicarán a edificios e instalaciones temporales y permanentes.
11B-201.4 Instalaciones de apoyo a la construcción. Estos requisitos se aplicarán a las instalaciones de apoyo a la construcción temporales o permanentes para usos y actividades no directamente asociados con los procesos reales de construcción, incluyendo pero no limitado a oficinas, salas de reuniones, salas de planos, otras funciones administrativas o de apoyo. Cuando se proporcionen, las instalaciones de sanitarios y duchas que sirvan a las instalaciones de apoyo a la construcción deberán cumplir con la Sección 11B-213. Cuando las instalaciones de sanitarios y duchas que sirvan a las instalaciones de apoyo a la construcción sean proporcionadas por unidades portátiles, al menos una de cada tipo deberá ser accesible y estar conectada a las instalaciones de apoyo a la construcción que sirve mediante una ruta accesible.
Excepción: Durante la construcción no se requerirá una ruta accesible entre los puntos de llegada al sitio o el límite del área de construcción y la entrada a las instalaciones de apoyo a la construcción si el único medio de acceso entre ellos es una vía vehicular que no proporciona acceso peatonal.