Capítulo 10 — MEDIOS DE EVACUACIÓN
Sección 1025 — MARCAS LUMINOSAS EN EL CAMINO DE EVACUACIÓN
2025 California Fire Code (Title 24, Part 9) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
[BE] 1025.1 General. Se deberán proporcionar marcas luminosas aprobadas que delimiten el camino de salida en edificios de gran altura con ocupaciones de los Grupos A, B, E, I-1, M o R-1, de conformidad con esta sección.
Excepción: No se requerirán marcas luminosas en el camino de evacuación en el nivel de descarga de salida en vestíbulos que formen parte del camino de salida conforme a la Sección 1028.2, Excepción 1.
[BE] 1025.2 Marcas dentro de los componentes de salida. Se deberán proporcionar marcas en el camino de evacuación en escaleras interiores de salida, rampas interiores de salida y pasillos de salida, conforme a las Secciones 1025.2.1 hasta 1025.2.6.3.
[BE] 1025.2.1 Escalones. Se aplicará una franja sólida y continua en el borde horizontal delantero de cada escalón que se extienda a lo largo de todo el escalón. Las franjas de contorno tendrán un ancho horizontal mínimo de 1 pulgada (25 mm) y un ancho máximo de 2 pulgadas (51 mm). El borde delantero de la franja se colocará a no más de [1] / 2 pulgada (12.7 mm) del borde delantero del escalón y la franja no deberá sobresalir del borde delantero del escalón más de [1] / 2 pulgada (12.7 mm) por la cara vertical del escalón.
Excepción: El ancho mínimo de 1 pulgada (25 mm) no se aplicará a las franjas de contorno listadas conforme a UL 1994.
[BE] 1025.2.2 Descansos. El borde delantero de los descansos deberá marcarse con una franja que cumpla con los requisitos dimensionales para escalones.
[BE] 1025.2.3 Pasamanos. Los pasamanos y sus extensiones deberán marcarse con una franja sólida y continua con un ancho mínimo de 1 pulgada (25 mm). La franja se colocará en la superficie superior del pasamanos a lo largo de toda su longitud, incluidas las extensiones y las tapas de los postes de arranque. Donde los pasamanos o sus extensiones doblen o giren en esquinas, la franja no deberá tener una separación mayor a 4 pulgadas (102 mm).
Excepción: El ancho mínimo de 1 pulgada (25 mm) no se aplicará a las franjas de contorno listadas conforme a UL 1994.
[BE] 1025.2.4 Líneas de demarcación perimetrales. Los descansos de escaleras y otras áreas del piso dentro de escaleras interiores de salida, rampas interiores de salida y pasillos de salida, con excepción de los lados de los escalones, deberán contar con líneas de demarcación sólidas y continuas en el piso o en las paredes o una combinación de ambos. Las franjas tendrán un ancho de 1 a 2 pulgadas (25 mm a 51 mm) con interrupciones que no excedan 4 pulgadas (102 mm).
Excepción: El ancho mínimo de 1 pulgada (25 mm) no se aplicará a las franjas de contorno listadas conforme a UL 1994.
[BE] 1025.2.4.1 Líneas de demarcación montadas en el piso. Las líneas de demarcación perimetrales se colocarán a no más de 4 pulgadas (102 mm) de la pared y se extenderán hasta a no más de 2 pulgadas (51 mm) de las marcas en el borde delantero de los descansos. Las líneas de demarcación continuarán a través del piso frente a todas las puertas.
Excepción: Las líneas de demarcación no se extenderán frente a las puertas de descarga de salida que conducen fuera de una salida y por las cuales los ocupantes deben transitar para completar el camino de salida.
[BE] 1025.2.4.2 Líneas de demarcación montadas en la pared. Las líneas de demarcación perimetrales se colocarán en la pared con el borde inferior de la franja a no más de 4 pulgadas (102 mm) sobre el piso terminado. En la parte superior o inferior de las escaleras, las líneas de demarcación descenderán verticalmente hasta el piso a no más de 2 pulgadas (51 mm) del borde del escalón o descanso. Las líneas de demarcación en las paredes harán una transición vertical al piso y luego se extenderán a través del piso cuando una línea en el piso sea el único método práctico para delimitar el camino. Cuando la línea en la pared se interrumpa por una puerta, las líneas de demarcación en la pared continuarán a través de la cara de la puerta o harán una transición al piso y se extenderán a través del piso frente a dicha puerta.
Excepción: Las líneas de demarcación no se extenderán frente a las puertas de descarga de salida que conducen fuera de una salida y por las cuales los ocupantes deben transitar para completar el camino de salida.
[BE] 1025.2.4.3 Transición. Cuando una línea de demarcación montada en la pared haga transición a una línea de demarcación montada en el piso, o viceversa, la línea montada en la pared descenderá verticalmente hasta el piso para encontrarse con una extensión complementaria de la línea montada en el piso, formando así una marca continua.
[BE] 1025.2.5 Obstáculos. Los obstáculos a una altura de 6 pies 6 pulgadas (1981 mm) o menos y que sobresalgan más de 4 pulgadas (102 mm) en el camino de evacuación deberán estar delineados con marcas de no menos de 1 pulgada (25 mm) de ancho, compuestas por un patrón de bandas alternas iguales, de material luminoso y negro, con las bandas alternas de no más de 2 pulgadas (51 mm) de ancho y anguladas a 45 grados (0.79 rad). Los obstáculos incluirán, pero no se limitarán a, bocas de incendio, gabinetes para mangueras, proyecciones en paredes y áreas de altura restringida. Sin embargo, dichas marcas no deberán ocultar ninguna información o indicadores requeridos, incluyendo pero no limitándose a instrucciones para los ocupantes sobre el uso de bocas de incendio.
Excepción: El ancho mínimo de 1 pulgada (25 mm) no se aplicará a las marcas listadas conforme a UL 1994.
[BE] 1025.2.6 Puertas dentro del camino de salida. Las puertas por las que los ocupantes deben pasar para completar el camino de salida deberán contar con marcas que cumplan con las Secciones 1025.2.6.1 hasta 1025.2.6.3.
[BE] 1025.2.6.1 Símbolo de salida de emergencia. Las puertas deberán identificarse con un símbolo luminoso de salida de emergencia en ubicación baja que cumpla con NFPA 170. El símbolo de salida tendrá una altura no menor a 4 pulgadas (102 mm) y se montará en la puerta, centrado horizontalmente, con la parte superior del símbolo a no más de 18 pulgadas (457 mm) sobre el piso terminado.
[BE] 1025.2.6.2 Marcas en herrajes de puertas. Los herrajes de las puertas deberán marcarse con no menos de 16 pulgadas cuadradas (10,323 mm²) de material luminoso. Esta marca se ubicará detrás, inmediatamente adyacente o sobre la manija o placa de la puerta. Cuando se instale una barra antipánico, dicho material tendrá un ancho no menor a 1 pulgada (25 mm) a lo largo de toda la barra o panel táctil.
[BE] 1025.2.6.3 Marcas en el marco de la puerta. La parte superior y los lados del marco de la puerta deberán marcarse con una franja sólida y continua de 1 a 2 pulgadas (25 mm a 51 mm) de ancho. Cuando el moldurado de la puerta no proporcione una superficie plana suficiente para colocar la franja, esta podrá ubicarse en la pared que rodea el marco.
[BE] 1025.3 Uniformidad. La colocación y dimensiones de las marcas deberán ser consistentes y uniformes en todo el mismo recinto.
[BE] 1025.4 Autoluminiscentes y fotoluminiscentes. Se permitirá que las marcas luminosas del camino de evacuación estén hechas de cualquier material, incluyendo pintura, siempre que no se requiera una carga eléctrica para mantener la luminancia requerida. Dichos materiales incluirán, pero no se limitarán a, materiales autoluminiscentes y fotoluminiscentes. Los materiales deberán cumplir con cualquiera de las siguientes normas:
UL 1994.
ASTM E2072, excepto que la fuente de carga será una iluminación fluorescente de 1 footcandle (11 lux) durante 60 minutos, y la luminancia mínima será de 30 milicandelas por metro cuadrado a los 10 minutos y 5 milicandelas por metro cuadrado después de 90 minutos.
[BE] 1025.5 Iluminación. Cuando se instalen marcas fotoluminiscentes en el camino de salida, deberán recibir no menos de 1 footcandle (11 lux) de iluminación durante no menos de 60 minutos antes de los períodos en que el edificio esté ocupado y de manera continua durante la ocupación del edificio.