Capítulo 29 — FABRICACIÓN DE RECUBRIMIENTOS ORGÁNICOS
2025 California Fire Code (Title 24, Part 9) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
Secciones en esta parte
- Sección 2901 — GENERAL
- Sección 2902 — DEFINICIÓN
- Sección 2903 — PRECAUCIONES GENERALES
- Sección 2904 — EQUIPO ELÉCTRICO Y PROTECCIÓN
- Sección 2905 — ESTRUCTURAS DE PROCESO
- Sección 2906 — PLANTAS Y CALDERAS DE PROCESO
- Sección 2907 — TUBERÍAS DE PROCESO
- Sección 2908 — MATERIAS PRIMAS EN ÁREAS DE PROCESO
- Sección 2909 — MATERIAS PRIMAS Y PRODUCTOS TERMINADOS
Notas del usuario:
Acerca de este capítulo: El Capítulo 29 regula los materiales y procesos asociados con la fabricación de pinturas, así como compuestos bituminosos, asfálticos y otros diversos formulados para proteger edificios, máquinas y objetos de los efectos del clima, la corrosión y exposiciones ambientales hostiles. La pintura para usos decorativos, arquitectónicos e industriales constituye la mayor parte de la producción de recubrimientos orgánicos. La pintura y los procesos relacionados con la fabricación de productos no inflamables y no combustibles o a base de agua están exentos de las disposiciones de este capítulo. La aplicación de recubrimientos orgánicos está cubierta por el Capítulo 24. Se enfatiza la eliminación de fuentes de ignición, el mantenimiento del equipo de protección contra incendios y el aislamiento o segregación de operaciones peligrosas.