Capítulo 32 — ALMACENAMIENTO DE MATERIALES COMBUSTIBLES EN PILAS ALTAS
2025 California Fire Code (Title 24, Part 9) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
Secciones en esta parte
- Sección 3201 — GENERAL
- Sección 3202 — DEFINICIONES
- Sección 3203 — CLASIFICACIÓN DE MERCANCÍAS
- Sección 3204 — DESIGNACIÓN DE ÁREAS DE ALMACENAMIENTO EN PILAS ALTAS
- Sección 3205 — LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO
- Sección 3206 — PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS GENERAL Y CARACTERÍSTICAS DE SEGURIDAD
- Sección 3207 — ALMACENAMIENTO EN PILAS SÓLIDAS Y EN ESTANTES
- Sección 3208 — ALMACENAMIENTO EN RACKS
- Sección 3209 — ALMACENAMIENTO AUTOMATIZADO
- Sección 3210 — ALMACENAMIENTO ESPECIALIZADO
Notas del usuario:
Acerca de este capítulo: El Capítulo 32 proporciona orientación para la protección razonable de la vida frente a los riesgos asociados con el almacenamiento de materiales combustibles en pilas compactas o sobre pallets, en estanterías o repisas donde la altura máxima del almacenamiento sea mayor a 12 pies, o 6 pies para mercancías de alto riesgo. Establece requisitos para la identificación de diversas clases de mercancías; y características generales de seguridad contra incendios y para la protección de la vida, incluyendo disposiciones para la organización del almacenamiento, ventilación de humo y calor, acceso del departamento de bomberos, así como limpieza y mantenimiento. Este capítulo intenta definir la severidad potencial del incendio y, a su vez, determinar las medidas de protección contra incendios y para la seguridad de la vida necesarias para controlar y, en algunos casos, suprimir un posible incendio. Este capítulo no cubre el almacenamiento de materiales combustibles diversos regulados en la Sección 315.