Capítulo 80 — NORMAS REFERENCIADAS

2025 California Fire Code (Title 24, Part 9) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

Notas del usuario:

Acerca de este capítulo: Este código contiene numerosas referencias a normas promulgadas por otras organizaciones que se utilizan para establecer requisitos para materiales y métodos de construcción. Este capítulo contiene una lista completa de todas las normas que son referenciadas en este código. Estas normas, en esencia, forman parte de este código en la medida en que se hace referencia a la norma.

Este capítulo enumera las normas que se citan en varias secciones de este documento. Las normas se listan aquí por la agencia que las promulga, la identificación de la norma, la fecha de vigencia y el título, así como la(s) sección(es) de este documento que hacen referencia a la norma. La aplicación de las normas referenciadas será la especificada en la Sección

102.7.

AASHTO American Association of State Highway and Transportation Officials, 444 North Capitol Street, NW, Suite 249, Washington, DC 20001

HB-17—2002: Especificaciones estándar para puentes de carretera, 17ª edición

503.2.6

AFSI Architectural Fabric Structures Institute, c/o Industrial Fabric Association International, Roseville, MN 55113

ASI-77: Manual de diseño y normas

3103.9.2

ANSI American National Standards Institute, 25 West 43rd Street, 4th Floor, New York, NY 10036

ANSI E1.21—2020: Tecnología del entretenimiento: Estructuras temporales usadas para la producción técnica de eventos de entretenimiento al aire libre

3105.1, 3105.3, 3105.4

APA APA – The Engineered Wood Association, 7011 S. 19th Street, Tacoma, WA 98466-5333

ANSI/APA PRG 320—18: Norma para madera laminada en cruz con rendimiento calificado

701.6, 914.3.1.2, 3303.5

API American Petroleum Institute. 1220 L Street, NW, Washington, DC 20005

Publ 2201—6th Edition (2023): Procedimientos para soldadura o perforación en caliente en equipos en servicio

5706.7

RP 2009—8th Edition (2022): Prácticas seguras de soldadura y corte en refinerías, plantas de gas y plantas petroquímicas

5706.7

RP 2028 4th Edition—(2024): Arrestadores de llama en sistemas de tuberías

5704.2.7.3.2

RP 651—5th Edition (2022): Protección catódica de tanques de almacenamiento de petróleo sobre tierra

5706.7, 5706.7.1

RP 752— 4th Edition (2022): Gestión de riesgos asociados con la ubicación de edificios de plantas de proceso, Guía para gerentes CMA

5706.7

RP 1604—4th Edition (2021): Clausura de tanques de almacenamiento subterráneo de petróleo

5704.2.13

RP 1615—(1996) 6th Edition (R2020): Instalación de sistemas subterráneos de almacenamiento de petróleo

5704.2.13.1.5, 5706.7

RP 2001—10th Edition (2022): Protección contra incendios en refinerías

5706.7

RP 2003—9th Edition (2023): Protección contra igniciones derivadas de estática, rayos y corrientes parásitas

5706.7

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) SEGÚN LO DISPUESTO.

NORMAS REFERENCIADAS

RP 2023—4th Edition (2023): Guía para el almacenamiento y manejo seguros de productos asfálticos derivados del petróleo calentados y residuos de crudo

5706.7, 5706.7.3

Std 653 Addendum 3—5th Edition (2022): Inspección, reparación, alteración y reconstrucción de tanques

5706.7

Std 2000—8th Edition (2023): Ventilación de atmósferas y tanques de almacenamiento a baja presión: no refrigerados y refrigerados

5704.2.7.3.2

Std 2015—9th Edition (2023): Requisitos para entrada segura y limpieza de tanques de almacenamiento de petróleo

5706.7, 5706.7.2

Std 2350—5th Edition (2021): Protección contra sobrellenado para tanques de almacenamiento en instalaciones petroleras

5704.2.7.5.8, 5706.4.6, 5706.7

ASCE/SEI American Society of Civil Engineers, Structural Engineering Institute, Reston, VA 20191-4400

ASCE/SEI 24—14: Diseño y construcción resistentes a inundaciones

1203.1.8

ASHRAE ASHRAE, 180 Technology Parkway, Peachtree Corners, GA 30092

15—2022: Norma de seguridad para sistemas de refrigeración

608.1.1, 608.18.3

170—2021: Ventilación de instalaciones de atención médica

1020.6

ASME American Society of Mechanical Engineers, Two Park Avenue, New York, NY 10016-5990

A13.1—2020: Esquema para la identificación de sistemas de tuberías

3509.3, 5003.2.2.1, 5303.4.3, 5503.4.5, 5703.5.2

A17.1—2022/CSA B44—2022 la edición según referencia en : Código de seguridad para ascensores y escaleras mecánicas, Código de Regulaciones de California, Título 8, División 1, Capítulo 4, Subcapítulo 6, Órdenes de seguridad para ascensores

508.1.6, 604.2, 606.2.5, 606.8.6, 606.8.6.1, 606.8.6.2, 606.8.6.3, 606.8.6.4, 907.3.3, 1009.4.1, 1103.3.3

A17.3—2023: Código de seguridad para ascensores y escaleras mecánicas existentes Código de Regulaciones de California, Título 8, División 1, Capítulo 4, Subcapítulo 6, Órdenes de seguridad para ascensores

1103.3.1, 1103.3.2

B16.18—2023: Accesorios de presión de aleación de cobre fundido para soldadura

909.13.1

B16.22—2023: Accesorios de presión de cobre y aleación de cobre forjados para soldadura

909.13.1

B31.1—2022: Tuberías de potencia 5003.2.2, Tabla 5703.6.2

B31.3—2022: Tuberías de proceso 5003.2.2.2, Tabla 5703.6.2

B31.4—2022: Sistemas de transporte por tubería para líquidos y lodos

Tabla 5703.6.2

B31.9—2023: Tuberías para servicios en edificios Tabla 5703.6.2, 5703.6.3, 5703.6.11

BPE—2009: Norma para equipos de bioprocesamiento

BPVC—2023: Código ASME para calderas y recipientes a presión (Secciones I, II, IV, V, VI y VIII)

5003.2.1, 5303.2, 5303.3.2, 5503.2.6, 5503.4.3, 5503.7, 5704.2.13.1.5, 5806.3.1, 5806.4.1, 5806.4.8

ASSP American Society of Safety Professionals, 520 N. Northwest Highway, Park Ridge, IL 60068

ANSI/ASSP Z359.1—2020: Código de protección contra caídas

1015.6, 1015.7

80-6 CÓDIGO DE INCENDIOS DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) SEGÚN LO DISPUESTO.

NORMAS REFERENCIADAS

ASTM ASTM International, 100 Barr Harbor Drive, P.O. Box C700, West Conshohocken, PA 19428-2959

B42—20: Especificación para tubería de cobre sin costura, tamaños estándar

909.13.1

B43—20: Especificación para tubería de latón rojo sin costura, tamaños estándar

909.13.1

B68/B68M—19: Especificación estándar para tubo de cobre sin costura, recocido brillante (métrico)

909.13.1

B88—20: Especificación estándar para tubo de cobre sin costura para agua

909.13.1

B251/B251M—2017: Especificación para requisitos generales para tubos de cobre y aleaciones de cobre sin costura forjados

909.13.1

B280—20: Especificación para tubo de cobre sin costura para servicio en campo de aire acondicionado y refrigeración

909.13.1

D56—21a: Método de prueba para punto de inflamación por probador de copa cerrada Tag

202

D86—20b: Método de prueba para destilación de productos petrolíferos y combustibles líquidos a presión atmosférica

202

D92—2018: Método de prueba para puntos de inflamación e incendio por probador de copa abierta Cleveland

202, 2401.2, 5001.1, 5104.1.1, 5104.1.2, 5701.2,

D93—20: Métodos de prueba para punto de inflamación por probador de copa cerrada Pensky-Martens

202

D323—20a: Método de prueba para presión de vapor de productos petrolíferos (método Reid)

202

D2859—2016(2021): Método de prueba estándar para características de ignición de materiales textiles para pisos terminados

804.3.3.1, 804.3.3.2

D3278—21: Métodos de prueba para punto de inflamación de líquidos por aparato de copa cerrada a pequeña escala

202

D3498—03(2011): Especificación estándar para adhesivos para pegado en campo de madera contrachapada a estructura de madera para sistemas de piso

701.6, 914.3.1.2, 3303.5

E84—21a: Método de prueba estándar para características de combustión superficial de materiales de construcción

202, 803.1, 803.1.2, 803.3, 803.5.2, 803.10, 803.12, 803.13, 804.1.1, 804.1.2, 804.2.4, 3311.1

E108— 2020a : Métodos de prueba estándar para pruebas de fuego de cubiertas de techo

1207.9.5

E648—19ae1: Método de prueba estándar para flujo radiante crítico de sistemas de cubiertas para pisos usando fuente de energía radiante

804.3.1, 804.3.2, 804.4

E681—09(2015): Método de prueba estándar para límites de concentración de inflamabilidad de químicos (vapores y gases)

202

E1354—22: Método de prueba estándar para tasas de liberación de calor y humo visible para materiales y productos usando calorímetro de consumo de oxígeno

304.3.2, 304.3.4, 318.1, 2310.5.3, 3304.1.3, 3311.1, 3603.4

E1529—16e1: Método de prueba estándar para determinar efectos de grandes incendios de hidrocarburos en miembros estructurales y ensamblajes

5704.2.9.2.3

E1537—22: Método de prueba para pruebas de fuego de muebles tapizados

805.1.1.2, 805.2.1.2, 805.3.1.2, 805.4.1.2

E1590—2022: Método de prueba para pruebas de fuego de colchones

805.1.2.2, 805.2.2.2, 805.3.2.2.1, 805.4.2.2

E1966—15(2019): Método de prueba estándar para sistemas de juntas resistentes al fuego

202

E2072—14: Especificación estándar para marcas de seguridad fotoluminiscentes (fosforescentes)

1025.4

E2404—17: Práctica estándar para preparación y montaje de especímenes de revestimientos textiles, de papel o poliméricos (incluido vinilo) y de madera para paredes o techos, revestimientos y chapas para evaluar características de combustión superficial

803.5.1, 803.5.2, 803.12

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) SEGÚN LO DISPUESTO.

NORMAS REFERENCIADAS

E2573—19: Práctica estándar para preparación y montaje de especímenes de sistemas estirables fabricados en sitio para evaluar características de combustión superficial

803.10

E2579—21: Práctica estándar para preparación y montaje de especímenes de productos de madera para evaluar características de combustión superficial

803.13

E3082—20: Métodos de prueba estándar para determinar la efectividad de tratamientos ignífugos para árboles de Navidad naturales

806.1.4

F1085—19: Especificación estándar para colchones y bases para uso en literas en embarcaciones marinas

805.3.2.2.2

F2006—21: Especificación estándar/especificación de seguridad para dispositivos de prevención de caídas en ventanas para ventanas sin salida de emergencia (evacuación) y rescate (ingreso)

1015.8

F2090—21: Especificación para dispositivos de prevención de caídas en ventanas con mecanismos de liberación para salida de emergencia (evacuación)

1015.8, 1031.2.1

F2200—20: Especificación estándar para construcción de portones vehiculares automatizados

503.5, 503.6

F2374— 21a : Práctica estándar para diseño, fabricación, operación y mantenimiento de dispositivos inflables de entretenimiento

3106.2

BHMA Builders Hardware Manufacturers’ Association, 355 Lexington Avenue, 15th Floor, New York, NY 10017

A156.10—2022: Puertas peatonales operadas por energía

1010.3.2

A156.19—2019: Puertas operadas por energía con asistencia y de baja energía

1010.3.2

A156.27—2019: Puertas peatonales giratorias operadas manual y por energía

1010.3.1, 1010.3.1.1

A156.38—2019: Puertas corredizas y plegables operadas por energía de baja energía

1010.3.2

CA State of California Department of Consumer Affairs, Bureau of Household Goods and Services, 4244 South Market Court, Suite D, Sacramento, CA 95834-1243

California Technical Bulletin 129—1992: Procedimiento de prueba de inflamabilidad para colchones para uso en edificios públicos

805.2.2.2, 805.3.2.2.1, 805.4.2.2

California Technical Bulletin 116: Requisitos, procedimiento de prueba y aparato para pruebas de retardancia al fuego de muebles tapizados

805.2.1.2, 805.4.1.2

California Technical Bulletin 117: Requisitos, procedimiento de prueba y aparato para pruebas de resistencia al encendido lento de materiales usados en muebles tapizados

805.2.1.2, 805.4.1.2

CGA Compressed Gas Association, 14501 George Carter Way, Suite 103, Chantilly, VA 20151

ANSI/CGA G-13—(2015): Almacenamiento y manejo de silano y mezclas de silano

6404.1, 6404.2, 6405.3

ANSI/CGA P-18—(2018): Norma para sistemas de gas inerte a granel

5501.1

C-7—(2020): Guía para clasificación y etiquetado de gases comprimidos

5303.4.2, 5503.4.2

P-1—(2015): Norma para manejo seguro de gases comprimidos en contenedores

5305.7

S-1.1—(2019): Normas para dispositivos de alivio de presión—Parte 1—Cilindros para gases comprimidos

5303.3.2, 5503.2

S-1.2—(2019): Normas para dispositivos de alivio de presión—Parte 2—Contenedores portátiles para gases comprimidos

5303.3.2, 5503.2

80-8 CÓDIGO DE INCENDIOS DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) SEGÚN LO DISPUESTO.

NORMAS REFERENCIADAS

S-1.3—(2020): Normas para dispositivos de alivio de presión—Parte 3—Contenedores de almacenamiento estacionarios para gases comprimidos

5303.3.2, 5503.2

V-1—(2021): Norma para conexiones de válvulas de cilindros de gas comprimido, salidas y entradas

3505.2.1

CGR Coast Guard Regulations, c/o Superintendent of Documents, U.S. Government Printing Office, Washington, DC 20402-9325

46 CFR Parts 30, 32, 35 & 39—1999: Transporte marítimo

5706.8

CPSC Consumer Product Safety Commission, 4330 East-West Highway, Bethesda, MD 20814

16 CFR Part 1500 (2009): Sustancias y artículos peligrosos; Regulaciones de administración y aplicación

202, 5601.1.3

16 CFR Part 1500.41 (2009): Método para probar sustancias irritantes primarias

202

16 CFR Part 1500.42 (2009): Prueba para irritantes oculares

202

16 CFR Part 1500.44 (2009): Método para probar sólidos extremadamente inflamables e inflamables

202

16 CFR Part 1507 (2002): Dispositivos pirotécnicos

202, 5601.1.3

16 CFR Part 1630 (2007): Norma para la inflamabilidad superficial de alfombras y tapetes

804.3.3.1, 804.3.3.2

CSA CSA Group, 8501 East Pleasant Valley Road, Cleveland, OH 44131

ANSI Z21.69—2015 (R2020)/CSA 6.16—(R2020): Conectores para aparatos de gas móviles

606.4

ANSI Z83.26—2014/CSA 2.37—14: Calentadores de patio al aire libre a gas

4103.1.2.2.1

CSA/ANSI FC1—21/CSA C22.2 No 62282-2-100—21: Tecnologías de celdas de combustible—Parte 3-100: Sistemas de energía de celdas de combustible estacionarias—Seguridad

1206.3

CSA/ANSI NGV 5.1—22: Aparatos de abastecimiento residencial de combustible

2308.2.3

CSA/ANSI NGV 5.2—2022: Aparatos de abastecimiento de combustible para vehículos (VFA)

2308.2.4

DOC U.S. Department of Commerce, 1401 Constitution Avenue, NW, Washington, DC 20230

16 CFR Part 1632—2015: Norma para la inflamabilidad de colchones y protectores de colchón (FF 4-72, enmendada)

805.1.2.1, 805.2.2.1, 805.3.2.1, 805.4.2.1

DOL U.S. Department of Labor, c/o Superintendent of Documents, Washington, DC 20402-9325

29 CFR Part 1910.1000—2015: Contaminantes del aire

202, 2104.2.1

29 CFR Part 1910.1200 (2015): Comunicación de peligros

202, 5603.6

DOTn U.S. Department of Transportation, Office of Hazardous Material Safety, 1200 New Jersey Avenue SE, East Building 2nd Floor, Washington, DC 20590

33 CFR Part 154—2015: Instalaciones que transfieren petróleo o materiales peligrosos a granel

5706.8

33 CFR Part 155—2015: Regulaciones para la prevención de contaminación por petróleo o materiales peligrosos para embarcaciones

5706.8

33 CFR Part 156—2015: Operaciones de transferencia de petróleo y materiales peligrosos

5706.8

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) SEGÚN LO DISPUESTO.

NORMAS REFERENCIADAS

49 CFR Part 172—2015: Tablas de materiales peligrosos, disposiciones especiales, comunicaciones de materiales peligrosos, información y requisitos de capacitación para respuesta a emergencias

5604.6.5.2

49 CFR Part 173—2009: Remitentes—Requisitos generales para envíos y embalajes

5104.1.1, 5104.1.2, 5606.3

49 CFR Part 173.137—2009: Remitentes—Requisitos generales para envíos y embalajes: Clase 8—Asignación de grupo de embalaje

202

49 CFR Part 173.192—2006: Embalaje para ciertos gases tóxicos en zona de peligro A

Tabla 5003.8.2

49 CFR Part 178—2015: Especificaciones para embalajes

3505.4

49 CFR Parts 100–185—2015: Regulaciones de materiales peligrosos

202, 3505.4, 5303.2, 5503.4.3, 5503.7, 5601.1, 5601.1.3, 5601.3, 5706.5.1.15

DOTy U.S. Department of Treasury, c/o Superintendent of Documents, Washington, DC 20402-9325

27 CFR Part 555—2015: Comercio de explosivos, enmendado hasta el 1 de abril de 1998

202, 5604.6.5.2

EN European Committee for Standardization (EN), Rue de la Science 23, Brussels, Belgium B-10 50

EN 1081—1998: Revestimientos resilientes para pisos—Determinación de la resistencia eléctrica

2309.5.1.1

FCC Federal Communications Commission, Wireless Telecommunications Bureau (WTB), Washington, DC 20554

47 CFR Part 90.219—2014: Servicios privados de radio móvil terrestre—Uso de amplificadores de señal

510.5.5

FM FM Approvals, Headquarters Office 1151 Boston-Providence Turnpike P.O. Box 9102, Norwood, MA 02062

3260—00: Detectores de incendio sensibles a energía radiante para señalización automática de alarma de incendio

3011—99: Norma de aprobación para servicio de estación central para supervisión de alarma de incendio y equipo protector

907.6.6.4

4430—2012: Norma de aprobación para ventilaciones de calor y humo

910.3.1

ANSI/FM 4996—2019: Norma de aprobación para clasificación de pallets y otros productos de manejo de materiales como equivalentes a pallets de madera

315.7.5, 3206.4.1.1

ICC International Code Council, Inc., 200 Massachusetts Avenue, NW, Suite 250, Washington, DC 20001

CBC—25: Código de Construcción de California

201.3, 202, 203.1, 203.1.1, 203.2.5, 203.3.1, 203.3.2, 203.3.3, 203.4.1, 203.4.3, 203.5.1.1, 203.6, 203.6.1, 203.6.2, 203.6.4, 203.6.5, 203.6.7, 203.7.1, 203.7.2.1, 203.7.3, 203.8.2, 203.9, 203.9.3.2, 203.9.4, 203.10.2, 203.10.3, 203.10.3.1, 203.10.3.2, 203.10.4.1, 203.11, 203.11.2, 203.11.3, 304.1.4, 304.3.6, 304.3.7, 306.1, 311.1.1, 311.3, 313.1, 317.1, 320.4.2.2, 320.4.3.1, 320.4.3.2, 322.4.2.2, 322.4.3.1, 403.7.3.4, 403.10.4, 404.2.1, 404.6.3, 404.6.4, 404.6.5, 404.6.5.3, 504.1, 508.1, 508.1.2, 510.5.1, 603.1, 604.1, 604.4, 604.5, 604.5.1, 604.5.2, 604.5.3, 604.5.4, 604.6.4.2, 604.6.4.4, 605.2.1.1, 605.3, 605.4.2.6, 605.5.2, 605.7, 701.1, 701.6, 801.1, 803.1, Tabla 803.3, 803.11.1, 803.11.2, 803.15, 807.2, 807.5.1.2, 808.4, 901.4, 901.4.1, 901.4.2, 901.4.3, 901.4.4, Tabla 902.2.11.6, 903.2, 903.2.6, 903.2.8, 903.2.9.1, 903.2.10, 9 03.2.21, 903.3.1.1.1, 903.3.1.2, 903.3.1.2.1, 903.3.1.2.3, 903.3.2, 905.3.9, 905.4, 904.15, 907.1.1, 907.2.1, 907.2.3.1, 907.2.6.2, 907.2.6.2.2, 907.2.6.3.3, 907.2.6.3.3, 907.2.7.1, 907.2.13, 907.2.18, 907.2.21, 907.2.25.2, 907.4.2.2, 907.5.2.1, Tabla 907.5.2.3.2, 907.6.6, 909.1, 909.2, 909.3, 909.4.3, 909.5, 909.5.3, 909.5.3.1, 909.5.3.2, 909.6.3, 909.10.5, 909.11.1, 909.18.8, 909.20.2, 909.20.2.1, 909.20.3.1, 909.20.3.2, 909.20.5.1, 909.21.1, 910.4.5, Tabla 911.1, 911.2, 913.2.1, 914.1, 914.2.1, 914.3.1, 914.3.2, 914.3.8, 914.3.8.2, 914.4.1, 914.5.3, 914.7, Tabla 914.8.3, 914.8.3.2, 914.10, 1003.1, 1003.2, 1003.3.4, 1003.5, Tabla 1004.5, 1004.6, 1005.7.2, 1006.2.1, Tabla 1006.2.1, Tabla 1006.3.4(2), 1008.3.1, 1009.1, 1009.2, 1009.4.1, 1009.4.2, 1009.5, 1009.6.4, 1009.7.2, 1010.1.2.1, 1010.1.4, 1010.1.6, 1010.2.2, 1010.2.5, 1010.2.6, 1010.2.9, 1010.3.1, 1010.3.3, 1011.5.2, 1011.7, 1011.10, 1011.11, 1011.12.2, 1012.6.3, 1012.6.4, 1013.4, 1013.7, 1014.1, 1015.2, 1015.2.1, 1016.2, Tabla 1017.2, 1018.3, 1018.5, 1019.3, 1019.4, 1020.2, Tabla 1020.2, 1020.2.1, Tabla 1020.3, 1021.4, 1022.3, 1023.2, 1023.3.1, 1023.4, 1023.5, 1023.6, 1023.7, 1023.9, 1023.12, 1023.12.1, 1023.12.2, 1024.3, 1024.5, 1024.6, 1024.7, 1024.8, 1026.2, 1026.3, 1026.4.1, 1027.5, 1028.2, 1030.1.1.1, 1030.14.1, 1030.16.4, 1031.2.1, 1031.5.3, 1101.2, 1101.3, 1103.3.2, 1103.3.3, 1103.4.1, 1103.4.8, 1103.4.9.1, 1103.4.9.2.1, 1103.4.9.2.2, 1103.4.9.4, 1103.4.9.5, 1103.4.10, 1103.5.4,

80-10 CÓDIGO DE INCENDIOS DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) SEGÚN LO DISPUESTO.

NORMAS REFERENCIADAS

1104.5, 1104.17, 1104.17.1, 1104.18, Tabla 1104.18, 1105.4.1, 1105.4.3.1, 1105.4.3.2, 1105.5.7, 1105.7.2, 1105.7.3, 1105.7.4, 1105.7.5, 1105.7.6, 1105.8, 1113.6.1, 1113.6.1.4.2, 1113.7, 1113.10, 1113.12.1, 1113.13.2, 1113.13.3, 1114.8, 1114.13, 1114.15, 1114.16, 1114.17, 1114.20, 1114.22, 1114.25, 1114.26, 1115.3, 1115.4, 1115.6, 1115.7, 1115.8, 1203.1, 1203.1.3, 1203.1.8, 1203.2.1, 1203.2.8, 1203.2.9, 1203.2.11, 1203.2.16, 1203.2.19, 1205.1, 1206.6.2, 1207.4.4, 1207.7.4, 1207.9.2, 1207.11.3, 2004.6, 2006.17, 2007.1, 2007.4, 2103.3, 2107.1, 2301.1, 2301.4, 2303.1, 2307.4, 2308.3, 2308.3.1, 2309.3.1.5.1, 2309.3.2, 2310.1, 2311.1, 2311.3.1, 2311.4.1, 2311.8.3, 2404.4, 2404.5.1, 2404.5.3.6, 2404.5.5, 2405.2, 2701.1, 2701.4, 2703.2.2, 2703.3.1, 2703.3.2, 2703.3.4, 2703.3.8, 2703.14, 2703.14.1, 2703.14.2, 2703.15.1, 2704.3.1, 2705.2.3.2, 2705.3.1, 2705.3.2.1, 2705.3.3, 2803.1, 2905.1, 2909.2, 2909.4, 2909.6, 3101.1, 3103.1, 3103.3.1, 3103.7.2, 3103.7.4, 3103.8.2, 3103.8.3, 3103.8.4, 3104.1, 3105.4, 3201.3, 3206.3.2, 3206.9, 3207.2, 3208.1.1, 3208.2, 3306.5, 3403.1, 3704.3, 3704.4, 3704.5, 3801.1, 3801.2, 3804.1, 3804.1.1.1, Tabla 3805.4, Tabla 3806.2.1, 3901.1, 3903.1, 3904.1, 4802.1, 4802.2, 4804.5, 4804.6, 4902, 4905.2, Tabla 5003.1.1(1), Tabla 5003.1.1(2), 5003.2.2.2, 5003.2.8, 5003.8.1, Tabla 5003.8.2, 5003.8.3, 5003.8.3.1, 5003.8.4.1, 5003.9.9, 5003.10.5.1, 5004.13, 5005.2, 5005.3.9, 5101.1, 5303.16.1, 5303.16.2, 5306.1, 5306.2, 5306.2.1, 5306.2.2, 5307.4.6, 5503.1.2, 5503.5.2, 5504.2.1.2, 5504.2.2.2, 5505.4.1, 5604.2, Tabla 5604.5.2(3), 5605.5, 5701.3, 5704.2.7.7, 5704.2.8.1, 5704.2.8.2, 5704.2.9.3, 5704.2.9.4, 5704.3.3.5, 5704.3.7.1, 5704.3.8, 5705.3.4, 5705.3.5.3, 5705.3.7.1, 5705.3.7.2, 5705.3.7.3, 5705.3.7.4, 5705.3.7.5.1, 5706.2.3, 5706.4.1, 5803.1.1, 5806.4.3, 5808.1, 5808.3, 5808.3.2, 5906.2.2, 5906.2.3, 5906.4.2, 6003.1.4.2, 6005.3.1, 6109.11.2, 6204.1.2, 6306.4, 6404.1.4, 6604.1

CEBC—25: Código de Edificios Existentes de California

102.3, 1011.5.2, 1103.1, 1104.18, 1105.5.2

CMC—25: Código Mecánico de California

201.3, 308.3, 605.1, 605.2.1.1, 605.2.1.2, 605.2.1.3, 605.2.1.4, 605.2.1.5, 605.3, 605.4, 605.4.2.3, 605.4.2.5, 605.5.2, 605.7, 606.1, 606.2, 608.1, 608.3, 608.4, 608.5, 608.8, 608.9.1, 608.10, 608.17, 610.1.1, 903.2.11.4, 904.14, 907.3.1, 909.1, 909.10.2, 909.13.1, 910.4.7, 915.6.1, 1006.2.2.3, 1011.16, 1020.6.1, 1207.4.7, 1207.6.1, 1207.6.1.2.2, 1207.11.8, 2104.2.1, 2105.3, 2301.1, 2301.6, 2309.3.1.2, 2311.3.1, 2311.4.3, 2311.8.2, 2311.8.8, 2311.8.10, 2404.9, 2404.9.2, 2504.5, 2703.2.2, 2703.10.4, 2703.14, 2803.2, 2803.3, 3001.1, 3003.1, 3004.2, 3108.12.1, 3108.12.2, 3703.5, 3804.1.1.7, 3904.1, 3905.3, Tabla 5003.1.1(1), 5003.8.4.2, 5003.8.5.2, 5003.8.6.2, 5004.3.1, 5303.7.6, 5303.16.9, 5305.5, 5306.2.2, 5306.2.3, 5307.4.4, 5504.2.1.3, 5504.2.2.3, 5505.4.1.1, 5701.3, 5703.6.1, 5704.2.8.9, 5705.3.7.5.1, 5706.2, 5706.4.4, 6003.1.3, 6003.2.3.2, 6004.2.2.7, 6005.3.1, 6005.3.2, 6103.2.1.7

CPC—25: Código de Plomería de California

201.3, 903.3.5, 904.11.1.3, 912.6, 2311.2.3, 5004.2.2.6

CRC—25: Código Residencial de California

102.5, 202, 913.1, 1001.1, 1205.1, 1205.2.1

ICC 300—2017: Norma para gradas, asientos plegables y telescópicos y graderías

1030.1.1, 1030.17

ICC ES AC 331: Criterios de aceptación para ventilaciones de humo y calor

910.3.1

ICC 500—2020: Norma ICC/NSSA para el diseño y construcción de refugios contra tormentas

1031.2

ICC A117.1—2017: Edificios y instalaciones accesibles y utilizables

907.5.2.3.3, 1009.2.2, 1009.8.2, 1009.9, 1009.11, 1010.2.12.1, 1012.1, 1012.6.5, 1012.10, 1013.4, 1023.11

IFGC—24: Código Internacional de Gas Combustible®

201.3, 605.1, 605.2.1.3, 605.3, 605.5.2, 605.7, 610.1.1, 1206.9, 2301.1, 2301.6, 2308.1, 2309.3.1.2, 2309.3.1.5, 2504.5, 3001.1, 3003.1, 3004.1, 3004.2, 3108.12.1, 3108.12.2, 3305.1.2, 3309.2.2, 4101.6.1, Tabla 5003.1.1(1), 5301.1, 5801.1, 5803.1.4, 6103.1, 6103.2.1.7,

6103.3

IIAR International Institute of Ammonia Refrigeration, 1001 N. Fairfax Street, Suite 503, Alexandria, VA 22314

ANSI/IIAR 2—2021: Diseño seguro de sistemas de refrigeración de amoníaco en circuito cerrado

608.1.2, 608.9

ANSI/IIAR 6—2019: Norma para inspección, prueba y mantenimiento de sistemas de refrigeración de amoníaco en circuito cerrado

608.1.2

ANSI/IIAR 7—2019: Desarrollo de procedimientos operativos para sistemas de refrigeración de amoníaco en circuito cerrado

608.1.2

ANSI/IIAR 8—2020: Desmantelamiento de sistemas de refrigeración de amoníaco en circuito cerrado

608.1.2

ANSI/IIAR 9 —2020: Requisitos mínimos de seguridad del sistema para sistemas existentes de refrigeración de amoníaco en circuito cerrado

608.1.2

IKECA International Kitchen Exhaust Cleaning Association, 100 North 20th Street, Suite 400, Philadelphia, PA 19103

ANSI/IKECA C10—2021: Norma para la metodología de limpieza de sistemas de extracción de cocinas comerciales

606.3.3.2

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) SEGÚN LO DISPUESTO.

NORMAS CITADAS

ISO Organización Internacional de Normalización (ISO), Secretaría Central de ISO, 1 ch. de la Voie-Creuse, Case postale 56, CH-1211 Ginebra 20, Suiza

ISO 8115—86: Fardos de algodón—Dimensiones y densidad Tabla 2704.2.2.1, Tabla 5003.1.1(1)

NEMA Asociación Nacional de Fabricantes Eléctricos (National Electrical Manufacturer’s Association), 1300 North 17th Street Suite 900, Arlington, VA 22209

250—2020: Recintos para equipos eléctricos (máximo 1,000 voltios)

6005.2

NFPA Asociación Nacional de Protección contra Incendios (National Fire Protection Association), 1 Batterymarch Park, Quincy, MA 02169-7471

2— 20 : Código de Tecnologías de Hidrógeno

1206.3, 1206.4, 2309.1, 2309.3.1.1, 2309.3.1.2, 2309.4, 2309.6, 2311.8, 2311.8.2, 2311.8.10, 2311.8.11, 5301.1, 5801.1

4—24: Norma para Pruebas Integradas de Sistemas de Protección contra Incendios y Seguridad de Vida

901.6.2.1, 901.6.2.2

10— 21 : Norma para Extintores Portátiles Tabla 901.6.1, 906.2, Tabla 906.3(1), Tabla 906.3(2), 906.3.2, 906.3.4, 3006.3

11— 24 : Norma para Espuma de Baja, Media y Alta Expansión

904.7, 904.14, 5704.2.9.2.2

12—22: Norma para Sistemas de Extinción con Dióxido de Carbono Tabla 901.6.1, 904.8, 904.14, 1207.5.5

12A—22: Norma para Sistemas de Extinción con Halón 1301 Tabla 901.6.1, 904.9

13— 25 : Norma para la Instalación de Sistemas de Rociadores según enmiendas*

903.2.6.2, 903.2.15, 903.2.16, 903.3.1.1, 903.3.2, 903.3.8.2, 903.3.8.5, 904.14, 905.3.4, 907.6.4, 914.3.2, 1019.3, 1019.3, 1031.2.1, 1103.4.8, 1114.27, 3201.1, 3204.2, 3205.5, Tabla 3206.2, 3206.4.1, 3206.10, 3207.2, 3207.2.1, 3208.2.2, 3208.2.2.1, 3208.4, 3210.1, 3401.1, 5104.1, 5104.1.1, 5106.5.7, 5704.3.3.9, Tabla 5704.3.6.3(7), 5704.3.7.5.1, 5704.3.8.4
*NFPA 13, Secciones Enmendadas como sigue:

Revise la Sección 2.2 y agregue publicaciones como sigue:
2.2 Publicaciones NFPA.

NFPA 25, Norma para la Inspección, Prueba y Mantenimiento de Sistemas de Protección contra Incendios Basados en Agua, edición California 2013.

Revise la Sección 6.4.3.1.1 como sigue:

6.4.3.1.1* Las uniones de tubería no deberán ubicarse bajo las zapatas de cimentación. La tubería bajo el edificio o cimentación del edificio no deberá contener uniones mecánicas.

Excepciones:

1. Donde esté permitido conforme a la Sección 6.4.3.1.

2. Se podrán utilizar diseños alternativos cuando sean diseñados por un ingeniero profesional registrado y aprobados por la autoridad competente.

Revise la Sección 9.2.1.16 como sigue:

9.2.1.16 Columnas exteriores con área total inferior a 10 ft [2] (0.93 m [2] ) formadas por montantes o vigas de madera, sin fuentes de ignición dentro de la columna, que soporten marquesinas exteriores completamente protegidas con sistema de rociadores, no requerirán protección con rociadores.

Revise la Sección 9.2.3.1 como sigue:*

9.2.3.1* Se permitirá omitir rociadores donde las marquesinas exteriores, techos, pórticos para vehículos, balcones, terrazas o proyecciones similares estén construidos con materiales incombustibles, de combustibilidad limitada o madera tratada con retardante de fuego según definido en NFPA 703, Norma para Madera Tratada con Retardante de Fuego y Recubrimientos Retardantes para Materiales de Construcción.

Eliminar la Sección A.9.2.3.1 del Anexo

Revise la Sección 9.2.3.2

9.2.3.2 Se permitirá omitir rociadores debajo de marquesinas, techos, balcones, terrazas o proyecciones similares de construcción combustible, si el material de acabado expuesto en el techo o marquesina es incombustible, de combustibilidad limitada o madera tratada con retardante de fuego como definido en NFPA 703, Norma para Madera Tratada con Retardante de Fuego y Recubrimientos Retardantes para Materiales de Construcción, y los techos o marquesinas contienen únicamente espacios ocultos con rociadores o cualquiera de los siguientes espacios ocultos combustibles sin rociadores:

(1) Espacios ocultos combustibles llenos completamente con aislamiento incombustible.

(2) Ocupaciones de riesgo ligero u ordinario donde techos incombustibles o de combustibilidad limitada estén directamente adheridos a la parte inferior de vigas sólidas de madera, creando espacios de vigas cerrados de 160 ft [3] (4.5 m [3] ) o menos en volumen, incluyendo espacio debajo del aislamiento colocado directamente sobre o dentro de las vigas del techo en un ático de otra forma protegido con rociadores [Ver 11.2.3.1.5.2(9)].

(3) Espacios ocultos sobre techos o marquesinas pequeñas aisladas que no excedan 55 ft [2] (5.1 m [2] ).

80-12 CÓDIGO DE INCENDIOS DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ELLO.

NORMAS CITADAS

Eliminar el texto de la sección 9.2.3.3 y reservar el número de sección.
9.2.3.3 Reservado.

Revise la Sección 9.3.19.1 como sigue:*

9.3.19.1* A menos que se cumplan los requisitos de 9.2.3.1 o 9.2.3.2, se deberán instalar rociadores bajo techos exteriores, marquesinas, pórticos para vehículos, balcones, terrazas o proyecciones similares que excedan 4 ft (1.2 m) de ancho.

Revise la Sección del Anexo A9.3.19.2 como sigue:

A9.3.19.2 La presencia de jardineras, máquinas expendedoras de periódicos y artículos similares no deberá considerarse almacenamiento.

Agregue la Sección 9.3.19.3 como sigue:

9.3.19.3 Se podrá omitir rociadores para las siguientes estructuras:

(1) Estructuras de paneles fotovoltaicos solares sin uso debajo. Se podrán colocar señales, según lo determine la autoridad competente, prohibiendo cualquier uso debajo, incluyendo almacenamiento.

(2) Paneles fotovoltaicos solares (PV) soportados por estructuras que tengan aberturas uniformemente distribuidas y sin obstrucciones a lo largo de la parte superior del arreglo (plano horizontal) para permitir la salida de calor y gases, según lo determine la autoridad competente.

Agregue nuevas Secciones 16.9.3.1.3.4 y 16.9.3.1.3.5 como sigue:

16.9.3.1.3.4 Cuando un sistema incluya válvulas de control por piso, se deberá proporcionar un letrero con información del diseño hidráulico para el piso en cada válvula de control por piso. Se deberá proporcionar un letrero con información del diseño hidráulico para cada área calculada. El contratista instalador deberá identificar un sistema de rociadores diseñado hidráulicamente con un letrero permanente de metal resistente a la intemperie o plástico rígido, marcado y asegurado con alambre, cadena u otro medio aprobado resistente a la corrosión. Dichos letreros deberán colocarse en la válvula de alarma, válvula de tubería seca, válvula de preacción o válvula de diluvio que suministre el área diseñada hidráulicamente correspondiente.

16.9.3.1.3.5 Las válvulas de control, válvulas de retención, válvulas de drenaje y válvulas anticongelantes deberán ser fácilmente accesibles para inspección, prueba y mantenimiento. Las válvulas ubicadas a más de 7 pies sobre el nivel del piso terminado deberán contar con un medio para abrir y cerrar la válvula desde el nivel del piso.

Agregue nuevas Secciones 16.9.10.5, 16.9.10.5.1, 16.9.10.5.1.1, 16.9.10.5.1.2, 16.9.10.5.1.3, 16.9.10.5.1.4, 16.9.10.5.2 como sigue:

16.9.10.5 Válvulas Seccionales.

16.9.10.5.1 Los sistemas principales privados de servicio contra incendios deberán tener válvulas de control seccionales en puntos apropiados para permitir seccionar el sistema en caso de ruptura o para realizar reparaciones o extensiones.

16.9.10.5.1.1 No se requieren válvulas de control seccionales cuando el sistema principal de servicio contra incendios atienda menos de seis accesorios contra incendios.

16.9.10.5.1.2 Las válvulas de control seccionales deberán ser válvulas indicadoras conforme a la Sección 16.9.3.2.

16.9.10.5.1.3 Las válvulas de control seccionales deberán ubicarse de modo que no se afecten más de cinco accesorios contra incendios por el cierre de cualquier porción del sistema principal de servicio contra incendios. Cada hidrante contra incendios, columna montante de sistema de rociadores y columna montante de manguera se considerará un accesorio contra incendios separado. Los sistemas de rociadores en racks no se considerarán como un accesorio separado.

16.9.10.5.1.4 La autoridad competente podrá modificar el número de accesorios contra incendios entre válvulas de control seccionales.

16.9.10.5.2 Se deberá instalar una válvula en cada banco donde una tubería principal cruce un cuerpo de agua o fuera de la(s) cimentación(es) del edificio donde la tubería principal o sección de la misma pase bajo un edificio.

Agregue nueva Sección 17.2.2.9.1 como sigue:

17.2.2.9.1 Se prohíben los pernos accionados por pólvora para sujetar colgadores a la estructura del edificio en las Categorías de Diseño Sísmico C, D, E y F.

Revise la Sección 18.5.11.4 como sigue:

18.5.11.4 Cuando se utilice tubería roscada para arriostramiento contra movimientos laterales, deberá tener un espesor de pared no menor que Schedule 40.

Reemplace la Sección 18.5.12.5 como sigue:

18.5.12.5 No se deberán usar tornillos de retención ni sujetadores accionados por energía para fijar arriostramientos a la estructura del edificio.

Reemplace la Sección 18.5.12.6 como sigue:

18.5.12.6 Los métodos de fijación distintos a los identificados en 9.3.5.12 no se aplicarán a otros métodos de fijación, los cuales serán aceptables para su uso si son certificados por un ingeniero profesional registrado para soportar las cargas determinadas conforme a los criterios en 18.5.9. Se deberán presentar cálculos a la autoridad competente.

Revise la Sección 18.5.12.7.4 como sigue:

18.5.12.7.4 Los anclajes de concreto cuando se identifiquen en 18.5.11.11 serán aceptables para su uso cuando estén diseñados conforme a los requisitos del código de construcción y certificados por un ingeniero profesional registrado.

Revise la Sección 18.6.1(3) como sigue:

18.6.1(3)* Alambre No. 12, 440 lb (200 kg) instalado al menos a 45 grados del plano vertical y anclado a ambos lados de la tubería. Se permite el uso de sujetadores accionados por pólvora para fijar el sistema de retención siempre que el componente de retención no soporte la carga muerta.

Revise la Sección 19.2.3.1.5.2(9) como sigue:

19.2.3.1.5.2(9) Columnas exteriores con área total inferior a 10 ft [2] (0.93 m [2] ) formadas por montantes o vigas de madera, sin fuentes de ignición dentro de la columna, que soporten marquesinas exteriores completamente protegidas con sistema de rociadores.

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ELLO.

NORMAS CITADAS

Revise la Sección 19.2.3.2.3.1 como sigue:

19.2.3.2.3.1 Cuando se usen rociadores de respuesta rápida listados, excluyendo rociadores de cobertura extendida de respuesta rápida, en todo un sistema o parte del sistema con la misma base de diseño hidráulico, se permitirá reducir el área de operación del sistema sin revisar la densidad como se indica en la Figura 19.2.3.2.3.1 cuando se cumplan todas las siguientes condiciones:

(1) Sistema de tubería húmeda
(2) Ocupación de riesgo ligero
(3) Altura máxima del techo de 20 ft (6.1 m)
(4) No existan bolsillos de techo sin protección como se permite en 10.2.9 y 11.2.7 que excedan 32 ft [2] (3 m [2] )

FIGURA 19.2.3.2.3.1—REDUCCIÓN DEL ÁREA DE DISEÑO PARA ROCIADORES DE RESPUESTA RÁPIDA

Nota:

y = –-------3 x - + 55
2

Para altura de techo ≥ 10 ft y ≤ 20 ft,
Para altura de techo < 10 ft, y = 40
Para altura de techo > 20 ft, y = 0
Para unidades SI, 1 ft = 0.31 m.

y = –-------3 x - + 55
2

Revise la Sección 19.2.3.2.3.2 como sigue:

19.2.3.2.3.2 El número de rociadores en el área de diseño nunca deberá ser menor a siete.

Revise la Sección 20.9.5.2 como sigue:

20.9.5.2 No se deberán usar rociadores de supresión temprana y respuesta rápida (ESFR) en edificios con ventilaciones automáticas de calor o humo a menos que las ventilaciones usen un mecanismo de operación de respuesta estándar con una clasificación mínima de temperatura de 360ºF (182ºC) o 100ºF (56ºC) por encima de la temperatura de operación de los rociadores, lo que sea mayor.

Agregue la Sección 28.1.3(18)(e) como sigue:*

28.1.3(18)(e)* Cuando se utilice una prueba de flujo de agua para fines de diseño del sistema, la prueba deberá realizarse no más de 6 meses antes de la presentación del plan de trabajo a menos que la autoridad competente apruebe lo contrario.

Revise la Sección 29.1 como sigue:

_**29.1 Aprobación de Sistemas de Rociadores y Redes Privadas de Servicio Contra…

(1) Notificar a la autoridad competente y al propietario o representante autorizado del propietario sobre la fecha y hora en que se realizará el ensayo.

(2) Realizar todas las pruebas requeridas (ver Sección 29.2).

(3) Completar y firmar el(los) certificado(s) de materiales y pruebas correspondiente(s) del contratista (ver Figura A.29.1).

(4) Retirar todas las tapas y abrazaderas antes de poner el sistema de rociadores en servicio.

(5) Una vez aceptado el sistema por la autoridad competente, se deberá colocar una etiqueta prescrita por el Título 19 del Código de Regulaciones de California, Capítulo 5 en cada columna montante del sistema.

Modificar la Sección 29.3 como sigue:

29.3 Instrucciones.

29.3 Instrucciones. El contratista instalador deberá proporcionar al propietario de la propiedad o al representante autorizado del propietario la siguiente información:

(1) Toda la literatura e instrucciones proporcionadas por el fabricante que describan la operación y mantenimiento adecuados de cualquier equipo y dispositivos instalados.

(2) NFPA 25, Standard for the Inspection, Testing, and Maintenance of Water-Based Fire Protection Systems, Edición California 2013.

(3) Título 19, Código de Regulaciones de California, Capítulo 5, “Sistemas de Extinción de Incendios.”

Modificar la Sección 29.4.1 como sigue:

29.4.1 El contratista instalador deberá identificar un sistema de rociadores diseñado hidráulicamente con un letrero metálico o de plástico rígido resistente a la intemperie y marcado permanentemente, asegurado con alambre, cadena u otro medio aprobado resistente a la corrosión. Dichos letreros deberán colocarse en la válvula de alarma, válvula de tubería seca,

80-14 CÓDIGO DE INCENDIOS DE CALIFORNIA 2025

el 18 de jul. de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

NORMAS CITADAS

válvula de preacción o válvula de diluvio que suministre el área diseñada hidráulicamente correspondiente. Los sistemas de programación de tuberías deberán contar con un letrero que indique que el sistema fue diseñado e instalado como un sistema de programación de tuberías y la(s) clasificación(es) de riesgo incluida(s) en el diseño.

Modificar la Sección 29.4.3 como sigue:

29.4.3 El letrero deberá incluir la siguiente información:

(1) Ubicación del área o áreas de diseño

(2) Densidades de descarga sobre el área o áreas de diseño

(3) Flujo y presión requeridos del sistema en la base del montante.

(4) Clasificación de ocupación o clasificación de mercancía y altura máxima permitida de almacenamiento y configuración

(5) Permiso para corriente de manguera incluido además de la demanda de rociadores

(6) Nombre del contratista instalador

(7) Flujo y presión requeridos del sistema en la fuente de suministro de agua.

(8) Flujo y presión requeridos del sistema en el lado de descarga de la bomba contra incendios cuando se instale una bomba contra incendios.

(9) Tipo(s) y número de rociadores o boquillas instalados, incluyendo el tamaño del orificio, clasificación de temperatura, orientación, factor K, número de identificación del rociador (SIN) para cabezas de rociadores cuando aplique, y tipo de respuesta.

(10) Caudal mínimo de descarga y presión requerida del rociador hidráulicamente más exigente.

(11) Ajustes de presión requeridos para las válvulas reductoras de presión.

(12) Para sistemas de rociadores de diluvio, flujo y presión requeridos en el rociador o boquilla hidráulicamente más exigente.

(13) Área de protección por rociador basada en los cálculos hidráulicos.

(14) Edición de NFPA 13 a la que el sistema fue diseñado e instalado.

Modificar la Sección 29.6.1 como sigue:

29.6.1 El contratista instalador deberá proporcionar un letrero de información general utilizado para determinar la base de diseño del sistema e información relevante para los requisitos de inspección, prueba y mantenimiento requeridos por NFPA 25, Standard for the Inspection, Testing, and Maintenance of Water-Based Fire Protection Systems, Edición California 2013.

13D— 25 : Standard for the Installation of Sprinkler Systems in One- and Two-Family Dwellings and Manufactured Homes según modificación*

903.3.1.3

*NFPA 13D, Secciones Modificadas como sigue:

Modificar la Sección 6.2.2 para que diga:

6.2.2 Cuando un pozo, bomba, tanque o combinación de estos sea la fuente de suministro para un sistema de rociadores contra incendios, la configuración del sistema deberá ser una de las siguientes:

(1) El suministro de agua deberá servir tanto a sistemas domésticos como a sistemas de rociadores contra incendios.

(a) Se deberá proporcionar una conexión de prueba aguas abajo de la bomba que genere un flujo de agua igual al del rociador más pequeño del sistema. La conexión deberá devolver el agua al tanque.

(b) Cualquier medio de desconexión para la bomba deberá estar aprobado.

(c) Se deberá instalar una tubería para rellenar el tanque.

(d) Se deberá proporcionar un método para ver el nivel de agua en el tanque sin necesidad de abrir el tanque.

(e) No se permitirá que la bomba se asiente directamente sobre el piso.

(2) Se permite un tanque independiente si se cumplen las siguientes condiciones:

(a) La bomba deberá estar conectada a un interruptor automático de circuito de 220 voltios compartido con un electrodoméstico común (p. ej., estufa, horno, secadora),

(b) La bomba deberá ser de acero inoxidable y de 240 voltios,

(c) Se deberá proporcionar una válvula para ejercitar la bomba. La descarga de la válvula de ejercicio deberá drenar al tanque, y

(d) Se deberá proporcionar un letrero que diga: “La válvula debe abrirse mensualmente durante 5 minutos.”

(e) Se deberá proporcionar un medio para rellenar automáticamente el nivel del tanque, de modo que la capacidad del tanque cumpla con la duración requerida del suministro de agua en minutos.

(f) Se deberá proporcionar una conexión de prueba aguas abajo de la bomba que genere un flujo de agua igual al del rociador más pequeño del sistema. La conexión deberá devolver el agua al tanque.

(g) Cualquier medio de desconexión para la bomba deberá estar aprobado.

(h) Se deberá instalar una tubería para rellenar el tanque.

(i) Se deberá proporcionar un método para ver el nivel de agua en el tanque sin necesidad de abrir el tanque.

(j) No se permitirá que la bomba se asiente directamente sobre el piso.

el 18 de jul. de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

NORMAS CITADAS

Agregar nueva Sección 6.2.2.1 como sigue:

6.2.2.1 Cuando un sistema de rociadores contra incendios sea abastecido por una fuente de agua almacenada con un medio automático de presurización del sistema diferente a una bomba eléctrica, el suministro de agua podrá servir únicamente al sistema de rociadores.

Agregar nueva Sección 6.2.4 como sigue:

6.2.4 Cuando un suministro de agua sirva tanto a sistemas domésticos como a sistemas de rociadores contra incendios, se deberán añadir 5 gpm (19 L/min) a la demanda del sistema de rociadores en el punto donde los sistemas estén conectados, para determinar el tamaño de la tubería común y el tamaño total de los requisitos del suministro de agua cuando no se disponga de una provisión para evitar el flujo hacia el sistema de agua doméstico al operar un rociador. Para sistemas de tuberías multipropósito, la demanda de 5 gpm (19 L/min) deberá añadirse en la conexión doméstica más cercana al área de diseño. Esta demanda podrá dividirse entre dos conexiones domésticas con 2.5 gpm (10 L/min) cada una.

Modificar la Sección 8.3.4 como sigue:

8.3.4* No se requerirán rociadores en garajes desprendidos, porches abiertos adjuntos, cocheras sin espacio habitable arriba, y estructuras similares.

Agregar nuevas Secciones 8.3.11 y 8.3.11.1 como siguen:

8.3.11 Estructuras de paneles fotovoltaicos solares

8.3.11.1 Se permitirá omitir rociadores en las siguientes estructuras:

(1) Estructuras de paneles fotovoltaicos solares sin uso debajo. Se podrán colocar letreros, según lo determine la agencia encargada de hacer cumplir, prohibiendo cualquier uso debajo, incluido almacenamiento.

(2) Paneles fotovoltaicos (PV) solares soportados por estructuras que tengan aberturas uniformemente distribuidas y sin obstrucciones a lo largo de la parte superior del arreglo (plano horizontal) que permitan la salida de calor y gases, según lo determine la agencia encargada de hacer cumplir.

13R— 25 : Standard for the Installation of Sprinkler Systems in Low-Rise Residential Occupancies, según modificación*

903.3.1.2, 903.3.5.2, 903.4.1

*NFPA 13R, Secciones Modificadas como sigue:

Modificar la Sección 2.2 y agregar publicaciones como sigue:

2.2 Publicaciones NFPA.

NFPA 25, Standard for the Inspection, Testing, and Maintenance of Water-Based Fire Protection Systems, Edición California 2013.

Agregar nuevas Secciones 6.6.10 y 6.10.1 como siguen:

6.6.10 Estructuras de paneles fotovoltaicos solares

6.6.10.1 Se permitirá omitir rociadores en las siguientes estructuras:

(1) Estructuras de paneles fotovoltaicos solares sin uso debajo. Se podrán colocar letreros, según lo determine la agencia encargada de hacer cumplir, prohibiendo cualquier uso debajo, incluido almacenamiento.

(2) Paneles fotovoltaicos (PV) solares soportados por estructuras que tengan aberturas uniformemente distribuidas y sin obstrucciones a lo largo de la parte superior del arreglo (plano horizontal) que permitan la salida de calor y gases, según lo determine la agencia encargada de hacer cumplir.

Modificar la Sección 11.4 como sigue:

11.4 Instrucciones.

11.4 Instrucciones.

El contratista instalador deberá proporcionar al propietario de la propiedad o al representante autorizado del propietario lo siguiente:

(1) Toda la literatura e instrucciones proporcionadas por el fabricante que describan la operación y mantenimiento adecuados de cualquier equipo y dispositivos instalados.

(2) NFPA 25, Standard for the Inspection, Testing, and Maintenance of Water-Based Fire Protection Systems Edición California 2013 y el Título 19, Código de Regulaciones de California, Capítulo 5.

(3) Una vez que el sistema sea aceptado por la autoridad competente, se deberá colocar una etiqueta según lo prescrito por el Título 19, Código de Regulaciones de California, Capítulo 5, en cada columna montante del sistema.

14— 24 : Standard for the Installation of Standpipe and Hose Systems, según enmiendas*

905.2, 905.3.4, 905.4.2, 905.6.2, 905.8

*NFPA 14, Secciones enmendadas como sigue:

Reemplazar la Sección 6.3.7.1

6.3.7.1 Las válvulas de suministro de agua del sistema, válvulas de control de aislamiento y otras válvulas en las tuberías principales de incendio deberán ser supervisadas de manera aprobada en la posición abierta mediante uno de los siguientes métodos:

(1) Cuando un edificio tenga instalado un sistema de alarma contra incendios o un sistema de monitoreo de rociadores, la válvula deberá ser supervisada por:

(a) una estación central, estación propietaria o estación remota de supervisión, o

(b) un servicio de señalización local que inicie una señal audible en un lugar con atención constante.

(2) Cuando un edificio no tenga instalado un sistema de alarma contra incendios o un sistema de monitoreo de rociadores, la válvula deberá ser supervisada por:

(a) Bloqueo de las válvulas en la posición abierta, o

(b) Sellado de las válvulas y una inspección semanal registrada aprobada donde las válvulas estén ubicadas dentro de recintos cercados bajo el control del propietario.

80-16 CÓDIGO DE INCENDIOS DE CALIFORNIA 2025

el 18 de jul de 2025 11:14 AM (CDT) SEGÚN ELLO.

NORMAS REFERENCIADAS

15—22: Standard for Water Spray Fixed Systems for Fire Protection

1207.5.5, 5704.2.9.2.3

17— 24 : Standard for Dry Chemical Extinguishing Systems Tabla 901.6.1, 904.6, 904.14

17A— 24 : Standard for Wet Chemical Extinguishing Systems Tabla 901.6.1, 904.5, 904.14

20— 25 : Standard for the Installation of Stationary Pumps for Fire Protection

913.1, 913.2, 913.5.1

22—23: Standard for Water Tanks for Private Fire Protection

507.2.2

24— 25 : Standard for Installation of Private Fire Service Mains and Their Appurtenances, según enmiendas*

507.2.1, 2809.5, 3109F

*NFPA 24, Secciones enmendadas como sigue:

Modificar la Sección 4.2.1 como sigue:

Sección 4.2.1. El trabajo de instalación deberá ser realizado por contratistas plenamente experimentados y responsables. Los contratistas deberán estar_ debidamente autorizados en el Estado de California para instalar tuberías principales de servicio contra incendios privadas y sus accesorios.

Revisar la Sección 4.2.2 como sigue:

4.2.2 No se deberá comenzar la instalación o modificación de tuberías principales de servicio contra incendios privadas hasta que los planos sean aprobados y se obtengan los permisos apropiados de la autoridad competente.

Agregar la Sección 4.2.2.1 como sigue:

4.2.2.1 Según lo aprobado por la autoridad competente, la reparación de emergencia del sistema existente podrá comenzar inmediatamente, con la presentación de los planos a la autoridad competente dentro de las 96 horas posteriores al inicio del trabajo de reparación.

Revisar la Sección 5.9.5.1 como sigue:

5.9.5.1 Las conexiones para el departamento de bomberos deberán estar en el lado de la calle de los edificios y según lo aprobado por la autoridad competente.

Agregar las Secciones 6.6.1.1, 6.6.1.2, 6.6.1.3 y 6.6.1.4 como sigue:

6.6.1.1 No se requieren válvulas de control seccional cuando el sistema de tuberías principales de servicio contra incendios atienda a menos de seis accesorios contra incendio.

6.6.1.2 Las válvulas de control seccional deberán ser válvulas indicadoras conforme a NFPA 13, Sección 6.7.1.3.

6.6.1.3 Las válvulas de control seccional deberán ubicarse de modo que no se vean afectados más de cinco accesorios contra incendio por el cierre de cualquier porción única de la tubería principal de servicio contra incendios. Cada hidrante contra incendio, columna montante de sistema de rociadores y columna montante de tubería vertical se considerará un accesorio contra incendio separado. Los sistemas de rociadores en rack no se considerarán como un accesorio separado.

6.6.1.4 La cantidad de accesorios contra incendio entre válvulas de control seccional podrá ser modificada por la autoridad competente.

Revisar la Sección 10.4.3.1.1 como sigue:

10.4.3.1.1 Las juntas de tubería no deberán ubicarse bajo las zapatas de cimentación. La tubería bajo el edificio o la cimentación del edificio no deberá contener juntas mecánicas.

Excepciones:

1. Donde esté permitido conforme a 10.4.3.2.

2. Se podrán utilizar diseños alternativos cuando sean diseñados por un ingeniero profesional registrado y aprobados por la agencia de aplicación.

Revisar la Sección 10.9.1 como sigue:

10.9.1 El relleno deberá compactarse bien en capas o apisonarse bajo y alrededor de las tuberías para evitar asentamientos o movimientos laterales. El relleno deberá consistir en arena limpia o grava pequeña hasta un mínimo de 6″ por debajo y un mínimo de 12″ por encima de la tubería y no deberá contener cenizas, cenizas de carbón, desechos, materia orgánica u otros materiales corrosivos. Se permiten otros materiales y métodos de relleno cuando sean diseñados por un ingeniero profesional registrado y aprobados por la agencia de aplicación.

25—13CA: Edición California NFPA 25 (Basado en la Edición 2011) Inspección, Pruebas y Mantenimiento de Sistemas de Protección Contra Incendios Basados en Agua Capítulo 31F, 3108F

30—24: Código de Líquidos Inflamables y Combustibles

607.1, 5001.1, 5701.2, 5703.6.2, 5703.6.2.1, 5704.2.7, 5704.2.7.1, 5704.2.7.2, 5704.2.7.3.2, 5704.2.7.4, 5704.2.7.6, 5704.2.7.7, 5704.2.7.8, 5704.2.7.9, 5704.2.9.3, 5704.2.9.4, 5704.2.9.6.1.1, 5704.2.9.6.1.2, 5704.2.9.6.1.3, 5704.2.9.6.1.4, 5704.2.9.6.1.5, 5704.2.9.6.2, 5704.2.9.7.3, 5704.2.10.2, 5704.2.11.3, 5704.2.11.4.2, 5704.2.12.1, 5704.3.1, 5704.3.6, Tabla 5704.3.6.3(1), Tabla 5704.3.6.3(2), Tabla 5704.3.6.3(3), 5704.3.7.2.3, 5704.3.8.4, 5706.8.3

30A—24: Código para Instalaciones de Suministro de Combustible para Vehículos y Talleres de Reparación

2301.4, 2301.5, 2301.6, 2306.6.3, 2310.1

30B—23: Código para la Fabricación y Almacenamiento de Productos en Aerosol 5101.1, 5103.1, 5104.1, Tabla 5104.3.1, Tabla 5104.3.2, Tabla 5104.3.2.2, 5104.3.3, 5104.4.1, 5104.5.2, 5104.6, 5104.8.2, 5106.2.2, 5106.2.4, 5106.3.2, Tabla 5106.4, 5106.5.1, 5106.5.6, 5107.1

el 18 de jul de 2025 11:14 AM (CDT) SEGÚN ELLO.

NORMAS REFERENCIADAS

31— 24 : Standard for the Installation of Oil-Burning Equipment

605.1.6, 605.4.1, 605.4.3

32—21: Standard for Drycleaning Facilities, según enmiendas*

2101.1.1, 2107.1, 2107.3

*NFPA 32, Secciones enmendadas como sigue:

Eliminar las siguientes publicaciones de la Sección 2.2:

2.2 Publicaciones NFPA.

NFPA 10 , Standard for Portable Fire Extinguishers, edición 2010. NFPA 25 , Standard for the Inspection, Testing, and Maintenance of Water-Based Fire Protection Systems, edición 2011._ NFPA 70 , National Electrical Code [®] , edición 2011. NFPA 101 [®] , Life Safety Code [®] , edición 2009. NFPA 5000 [®] , Building Construction and Safety Code [®] , edición 2009.

Revisar la Sección 4.4.1.1 como sigue:

4.4.1.1 El diseño y construcción general de edificios y estructuras deberá cumplir con el Código de Construcción de California.

Eliminar el texto de las Secciones 4.4.1.2 y 4.4.1.3 y reservar los números de sección.

4.4.1.2 Reservado

4.4.1.3 Reservado

Revisar la Sección 4.4.4 como sigue:

4.4.4 Medios de evacuación. Los medios de evacuación deberán cumplir con las disposiciones del Código de Construcción de California.

Revisar la Sección 4.6.2 como sigue:

4.6.2 Sistemas automáticos de rociadores. Cuando este estándar lo requiera, los sistemas automáticos de rociadores deberán instalarse conforme a NFPA 13, Standard for the Installation of Sprinkler Systems, y ser inspeccionados, probados y mantenidos periódicamente conforme al Código de Regulaciones de California, Título 19, División 1, Capítulo 5.

Revisar la Sección 4.6.4 como sigue:

4.6.4 Extintores portátiles. Se deberán instalar y mantener números y tipos adecuados de extintores portátiles en toda la planta de limpieza en seco conforme al Código de Regulaciones de California, Título 19, División 1, Capítulo 3.

Revisar la Sección 7.3.2 como sigue:

7.3.2 Instalaciones eléctricas. El equipo eléctrico y el cableado en un cuarto de limpieza en seco Tipo II deberán cumplir con las disposiciones del Código Eléctrico de California, para uso en ubicaciones peligrosas Clase I, División 2.

33— 24 : Standard for Spray Application Using Flammable or Combustible Materials

2404.3, 2404.5.3, 2404.5.5

34— 24 : Standard for Dipping, Coating, and Printing Processes Using Flammable or Combustible Liquids

2405.3, 2405.4.1.1

35—21: Standard for the Manufacture of Organic Coatings

2901.3, 2905.4

37—18: Installation and Use of Stationary Combustion Engines and Gas Turbines

40— 25 : Standard for the Storage and Handling of Cellulose Nitrate Film

306.2

45— 24 : Standard on Fire Protection for Laboratories Using Chemicals

3803.1.5, 3804.1.1.7, 3805.2.1, 3805.2.2

51—23: Design and Installation of Oxygen-Fuel Gas Systems for Welding, Cutting, and Allied Processes

3501.5, 3507.1, 3509.1

52— 23 : Vehicular Natural Gas Fuel System Code

5301.1

54—18: National Fuel Gas Code

55—23: Compressed Gases and Cryogenic Fluids Code

3508.1, 5301.1, 5307.4.2, 5501.1, 5801.1, 6301.1

56—23: Standard for Fire and Explosion Prevention during Cleaning and Purging of Flammable Gas Piping Systems

3309.2.2

58— 24 : Liquefied Petroleum Gas Code

2311.5, 3903.6, 4101.6.4, 6101.1, 6103.1, 6103.2.1, 6103.2.1.2, 6103.2.1.7, 6103.2.2, 6104.1, 6104.3.2, 6104.4, 6105.2, 6106.2, 6106.3, 6107.2, 6107.4, 6108.1, 6108.2, 6109.11.2, 6111.3

80-18 CÓDIGO DE INCENDIOS DE CALIFORNIA 2025

el 18 de jul de 2025 11:14 AM (CDT) SEGÚN ELLO.

NORMAS REFERENCIADAS

59A— 24 : Standard for the Production, Storage, and Handling of Liquefied Natural Gas (LNG)

5301.1, 5501.1

61—20: Standard for the Prevention of Fires and Dust Explosions in Agricultural and Food Processing Facilities

Tabla 2205.1

68—23: Standard on Explosion Protection by Deflagration Venting Tabla 414.5.1, 911.1, 911.4, Tabla 2205.1

69— 24 : Standard on Explosion Prevention Systems 911.1, 911.3, Tabla 2205.1

70—23: National Electrical Code

309.2, 603.1, 603.1.1, 603.2.1, 603.4, 603.4.3, 603.5, 603.8, 605.1.2, 605.1.6, 605.5.2, 607.6, 607.7, 608.17, 904.3.1, 907.6.1, 909.12.2, 909.16.3, 910.4.6, 1006.2.2.4, 1010.2.8.2, 1201.2, 1203.1.3, 1205.1, 1206.4, 1206.13, 1207.4.1, 1207.4.2, 1207.4.8, 1207.5.3, 1207.10.6, 1207.10.7.4, 1207.11.5, 1207.11.9, 2006.3.4, 2104.2.3, 2108.2, 2203.4.1, 2203.5, Tabla 2205.1, 2301.5, 2305.4, 2308.8.1.2.4, 2309.2.3, 2311.3.1, 2311.8.10, 2403.2.1, 2403.2.1.1, 2403.2.1.4, 2403.2.5, 2404.11.4, 2504.5, 2603.2.1, 2703.7.1, 2703.7.2, 2703.7.3, 2803.4, 2904.1, 3103.11.6.1, 3107.6, 3305.6, 3506.4, 3901.4, 4003.3.3, 4003.4, 4101.5, 5003.8.7.1, 5003.9.4, 5303.7.6, 5303.8, 5303.16.11, 5303.16.14, 5503.6, 5503.6.2, 5703.1, Tabla 5703.1.1, 5703.1.3, 5704.2.8.12, 5704.2.8.17, 5706.2.8, 5803.1.5, 5803.1.5.1, 5807.1.10, 5906.5.5, 5906.5.6, 6109.15.1

72— 25 : National Fire Alarm and Signaling Code, según enmiendas* 508.1.6, 604.6.3, Tabla 901.6.1, 903.4.2, 904.3.5, 907.1.2, 907.1.5, 907.2, 907.2.6, 907.2.6.3.3, 907.2.9.3, 907.2.11, 907.2.11.8, 907.2.13.2, 907.2.26.1, 907.2.26.4, 907.3, 907.3.3, 907.3.4, 907.5.2.1.2, 907.5.2.1.3, 907.5.2.1.3.1, 907.5.2.1.3.2, 907.5.2.2, 907.5.2.2.5, 907.5.2.3.4, 907.6, 907.6.1, 907.6.1.1, 907.6.2, 907.6.4.1, 907.6.6, 907.6.6.1, 907.6.6.4, 907.7, 907.7.1, 907.7.2, 907.8, 907.8.2, 907.8.2.4, 907.8.4, 915.3.2, 915.3.3, 915.3.4, 915.5.2, 915.6, 917.1, 1009.12, 1032.8, 1103.3.2, 1203.2.4, 1207.5.4, 1207.6.1.2.3, 1207.6.1.2.4, Tabla 1207.7, 2810.11

*NFPA 72, Secciones enmendadas como sigue:

Revisar la Sección 10.3.1 como sigue:

10.3.1 El equipo construido e instalado conforme a este Código deberá estar listado para el propósito para el cual se usa. Los sistemas y componentes de alarma contra incendios deberán estar aprobados por el California State Fire Marshal y listados conforme al Código de Regulaciones de California, Título 19, División 1.

Revisar la Sección 10.3.3 como sigue:

10.3.3 Todos los dispositivos y aparatos que reciban su energía del circuito del dispositivo iniciador o del circuito de línea de señalización de una unidad de control deberán estar listados por el California State Fire Marshal para su uso con la unidad de control.

Revisar la Sección 12.3.8.1 como sigue:

12.3.8.1 Los conductores de circuito de salida y retorno (redundantes) se permitirán en el mismo conjunto de cables (es decir, cable multiconductor), recinto o conducto solo bajo las siguientes condiciones:

(1) Por una distancia no mayor a 10 ft (3.0 m) donde los conductores de salida y retorno entren o salgan de los recintos del dispositivo iniciador, aparato de notificación o unidad de control.

(2) Descensos individuales instalados en el conducto hacia dispositivos o aparatos individuales. (3)*En una sola habitación que no exceda 1000 ft [2] (93 m [2] ) de área, un descenso instalado en el conducto hacia múltiples dispositivos o aparatos que no incluya dispositivos con función de control de emergencia.

(4) Donde los conductores verticales estén contenidos en un conjunto de cables con clasificación de 2 horas, o encerrados (instalados) en un recinto con clasificación de 2 horas o un cable listado de integridad de circuito (C.I.), que cumpla o exceda una clasificación de resistencia al fuego de 2 horas.

Revisar la Sección 14.4.6.1 como sigue:

14.4.6.1 Pruebas. Los sistemas de alarma contra incendios domésticos deberán ser probados de acuerdo con las instrucciones publicadas por el fabricante según los métodos de la Tabla 14.4.3.2.

Revisar la Sección 17.18 como sigue:

17 .18 Dispositivo Electrónico de Monitoreo de Extintores. Un dispositivo electrónico de monitoreo de extintores deberá indicar aquellas condiciones para un extintor específico requeridas por el Código de Regulaciones de California, Título 19, División 1, Capítulo 1, Sección 574.2 (c) y el Código de Incendios de California a una unidad de control de alarma contra incendios.

Eliminar las enmiendas a la Sección 21.3.6 y adoptar el texto modelo.

Revisar la Sección 12.3.8 como sigue:

12.3.8 (5) Donde los conductores verticales estén contenidos en un conjunto de cables con clasificación de 2 horas, o encerrados (instalados) en un recinto con clasificación de 2 horas o un cable listado de integridad de circuito (C.I.), que cumpla o exceda una clasificación de resistencia al fuego de 2 horas.

23.8.1.2 Secuencia de Alarma Positiva

23.8.1.2.1 Los sistemas que tengan características de alarma positiva conforme a 23.8.1.2 se permitirán si son aprobados por la autoridad competente. La activación de un detector de humo en habitación de paciente en ocupaciones Grupo I-2 y R-2.1 no deberá incluir una característica de secuencia de alarma positiva.

el 18 de jul de 2025 11:14 AM (CDT) SEGÚN ELLO.

NORMAS REFERENCIADAS

Revisar la Sección 23.8.5.1.2 como sigue:

23.8.5.1.2* Cuando esté conectado a una estación supervisora, los sistemas de alarma contra incendios que empleen detectores automáticos de incendios o dispositivos de detección de flujo de agua deberán incluir una caja de alarma manual para iniciar una señal a la estación supervisora.

Excepción: Los sistemas de alarma contra incendios dedicados al control de recuperación de elevadores, servicio de supervisión y monitoreo de rociadores según lo permitido en sección 17.15 de NFPA 72.

Revisar la Sección 23.8.5.4.1 como sigue:

23.8.5.4.1 Se permitirán sistemas equipados con características de verificación de alarma bajo las siguientes condiciones:

(1) La característica de verificación de alarma no se habilitará inicialmente a menos que se anticipen condiciones o actividades de ocupantes que puedan causar alarmas molestas en el área protegida por los detectores de humo. La habilitación de la característica de verificación de alarma deberá estar protegida por contraseña o acceso limitado.

(2) Un detector de humo que esté continuamente expuesto a una concentración de humo por encima del umbral de alarma no retrasará las funciones del sistema de las Secciones 10.7 a 10.16, 23.8.1.1 o 21.2.1 por más de 30 segundos.

(3) La activación de un dispositivo iniciador de alarma distinto a un detector de humo causa las funciones del sistema de las Secciones 10.7 a 10.16, 23.8.1.1 o 21.2.1 sin retraso adicional.

(4) El estado actual de la característica de verificación de alarma se mostrará en el registro de finalización (ver Figura 7.8.2(a), Ítem 4.3).

(5) La operación de un detector de humo en habitación de paciente en ocupaciones I-2 y R-2.1 no incluirá una característica de verificación de alarma.

Revisar la Sección 29.3.1 como sigue:

29.3.1 Todos los dispositivos, combinaciones de dispositivos y equipos que se instalen conforme a este capítulo deberán estar aprobados y listados por el California State Fire Marshal para los propósitos para los cuales están destinados.

Revisar la Sección 29.8.2.1.1 como sigue:

29.8.2.1.1 Alarmas de humo y calor.* _Cuando estén conectadas a una estación supervisora a menos que estén exentas por leyes, códigos o normas aplicables, las alarmas de humo o calor usadas para proporcionar una función de advertencia de incendio, y cuando se instalen dos o más alarmas dentro de una unidad de vivienda, suite de habitaciones o área similar, deberán estar dispuestas de modo que la activación de cualquier alarma de humo o calor haga sonar todas las alarmas dentro de estas ubicaciones.

Nota: Excepción a 29.8.2.1.1 no adoptada por el SFM.

Agregar la Sección 29.10.2.1 como sigue:

29.10.2.1 La característica de verificación de alarma no deberá usarse para equipos de advertencia de incendio domésticos.

Agregar la Sección 29.10.6.8.1 como sigue:

29.10.6.8.1 La característica de verificación de alarma no deberá usarse para equipos de advertencia de incendio domésticos.

76— 24 : Standard for the Fire Protection of Telecommunications Facilities

1207.1.4.1, 1207.2.1, 1207.3.1, 1207.3.7.1, 1207.4.1, 1207.5.1, 1207.5.2, 1207.5.3, 1207.5.5, Tabla 1207.6, 1207.6.2.3, Tabla 1207.7,

77—24: Recommended Practice on Static Electricity

Tabla 2205.1

80— 25 : Standard for Fire Doors and Other Opening Protectives 705.2, 705.2.7, 706.1, Tabla 901.6.1, 909.18.3, 1010.3.3, 1032.2.3

85—23: Boiler and Combustion Systems Hazards Code

Tabla 2205.1

86—23: Standard for Ovens and Furnaces

3001.1

92— 24 : Standard for Smoke Control Systems

909.7, 909.8

96—24: Standard for Ventilation Control and Fire Protection of Commercial Cooking Operations

606.2, 904.14, 4106.1, 4106.4.1

99—24: Health Care Facilities Code

603.1.2, 603.5.1.1, 609.1, 1105.11.1, 1105.11.2, 1203.4.1, 1203.5.1, 5003.7.4, 5306.4, 5306.5

101—24: Life Safety Code

1030.6.2

105— 25 : Standard for Smoke Door Assemblies and Other Opening Protectives 705.2, 706.1, Tabla 901.6.1, 909.18.3

110— 25 : Standard for Emergency and Standby Power Systems

913.5.2, 913.5.3, 1203.1.3, 1203.4, 1203.5, 3111F

111— 25 : Standard on Stored Electrical Energy Emergency and Standby Power Systems

1203.1.3, 1203.4, 1203.5, 3111F

80-20 CÓDIGO DE INCENDIOS DE CALIFORNIA 2025

el 18 de jul de 2025 11:14 AM (CDT) SEGÚN ELLO.

NORMAS REFERENCIADAS

120— 23 : Standard for Fire Prevention and Control in Coal Mines

Tabla 2205.1

160—21: Standard for the Use of Flame Effects Before an Audience

308.3.2

170— 24 : Standard for Fire Safety and Emergency Symbols

1025.2.6.1

204— 24 : Standard for Smoke and Heat Venting Tabla 901.6.1, 910.5.1, 910.5.2

232—22: Standard for the Protection of Records

3210.1.1

241—22: Standard for Safeguarding Construction, Alteration and Demolition Operations

3301.1, 3303.2

253—23: Standard Method of Test for Critical Radiant Flux of Floor Covering Systems Using a Radiant Heat Energy Source

804.3.1, 804.3.2, 804.4

260— 24 : Standard Methods of Tests and Classification System for Cigarette Ignition Resistance of Components of Upholstered Furniture

805.1.1.1, 805.2.1.1, 805.3.1.1, 805.4.1.1

261—23: Standard Method of Test for Determining Resistance of Mock-Up Upholstered Furniture Material Assemblies to Ignition by Smoldering Cigarettes

805.1.1.1, 805.2.1.1, 805.3.1.1, 805.4.1.1

265—23: Standard Methods of Fire Tests for Evaluating Room Fire Growth Contribution of Textile or Expanded Vinyl Wall Coverings on Full Height Panels and Walls

803.5.1, 803.5.1.1

286— 24 : Standard Methods of Fire Tests for Evaluating Contribution of Wall and Ceiling Interior Finish to Room Fire Growth

803.1, 803.1.1, 803.1.1.1, 803.3, 803.12, 803.13, 804.1.1, 804.2.4

289—23: Standard Method of Fire Test for Individual Fuel Packages

807.3, 807.4.1, 807.5.1.1, 808.2

303—21: Fire Protection Standard for Marinas and Boatyards

3603.5, 3603.6, 3604.2

318— 25 : Standard for the Protection of Semiconductor Fabrication Facilities

2703.16

326— 25 : Standard for the Safeguarding of Tanks and Containers for Entry, Cleaning, or Repair

3510.1

385—22: Standard for Tank Vehicles for Flammable and Combustible Liquids

5706.5.4.5, 5706.6, 5706.6.1, 5707.2

400— 25 : Hazardous Materials Code

5601.1.5, Tabla 6303.1.4, 6304.1.2, Tabla 6304.1.5(1), Tabla 6304.1.5(2)

407—22: Standard for Aircraft Fuel Servicing

2006.2, 2006.3

409—22: Standard on Aircraft Hangars 914.8.3, Tabla 914.8.3, 914.8.3.1, 914.8.6

410— 25 : Standard on Aircraft Maintenance

2004.7

484—22: Standard for Combustible Metals

319.3.4, 319.3.6, Tabla 2205.1

495—23: Explosive Materials Code

202, 911.1, 911.5, 5601.1.1, 5601.1.5, 5604.2, 5604.6.2, 5604.6.3, 5604.7.1, 5605.1, 5605.2.3, 5606.1, 5606.5.2.1, 5607.1, 5607.9, 5607.11, 5607.15

498—23: Standard for Safe Havens and Interchange Lots for Vehicles Transporting Explosives

5601.1.2

502—14: Standard for Road Tunnels, Bridges, and Other Limited Access Highways

429

el 18 de jul de 2025 11:14 AM (CDT) SEGÚN ELLO.

NORMAS REFERENCIADAS

505— 24 : Fire Safety Standard for Powered Industrial Trucks Including Type Designations, Areas of Use, Conversions, Maintenance, and Operations

309.2, 4003.3.3

652—19: Standard on the Fundamentals of Combustible Dust

319.3.4, 2203.4.8, 2203.5, 2204.1, 2204.2, 2205.1.1

654—20: Standard for Prevention of Fire and Dust Explosions from the Manufacturing, Processing, and Handling of Combustible Particulate Solids

319.3.5, 2203.1, 2203.5, Tabla 2205.1

655—19: Standard for the Prevention of Sulfur Fires and Explosions

Tabla 2205.1

664—20: Standard for the Prevention of Fires and Explosions in Wood Processing and Woodworking Facilities 2203.1, 2203.5, Tabla 2205.1, 2805.3

701—23: Standard Methods of Fire Tests for Flame Propagation of Textiles and Films

807.3, 807.4.1, 807.5.1.2, 2603.5, 3104.2, 3106.3

703—24: Standard for Fire Retardant-Treated Wood and Fire-Retardant Coatings for Building Materials

803.4

704—22: Standard System for the Identification of the Hazards of Materials for Emergency Response

202, 608.8, 5003.2.2.2, 5003.5, 5003.10.2, 5005.1.10, 5005.1.12, 5005.2.1.1, 5005.4.4, 5503.4.1, 5704.2.3.2

750—23: Standard on Water Mist Fire Protection Systems 202, Tabla 901.6.1, 904.11.1.1, 904.14, 1207.5.5

770—21: Standard on Hybrid (Water and Inert Gas) Fire-Extinguishing Systems

904.13

780—23: Standard for the Installation of Lightning Protection Systems

4003.4

853—20: Standard for the Installation of Stationary Fuel Cell Power Systems

1206.3, 1206.4, 1206.6.2, 1206.11, 1206.12,

855— 23 : Standard for the Installation of Stationary Energy Storage Systems

1201.1

914— 24 : Code for the Protection of Historic Structures

1103.1.1

1122— 22 : Código para Modelismo de Cohetes

5601.1.4

1123—22: Código para Exhibiciones de Fuegos Artificiales

202, 5604.2, 5608.1, 5608.2.2, 5608.5, 5608.6

1124—06: Código para la Fabricación, Transporte, Almacenamiento y Venta Minorista de Fuegos Artificiales y Artículos pirotécnicos

5601.1.3

1124—22: Código para la Fabricación, Transporte y Almacenamiento de Fuegos Artificiales y Artículos pirotécnicos

202, 5604.2, 5605.1, 5605.3, 5605.4, 5605.5, 5609.1

1125—22: Código para la Fabricación de Motores de Cohetes Modelo y de Alta Potencia

5601.1.4

1126—21: Norma para el Uso de Pirotecnia Frente a una Audiencia Próxima

5604.2, 5605.1, 5608.1, 5608.2.2, 5608.4, 5608.5

1127—18: Código para Cohetería de Alta Potencia

5601.1.4

1142—22: Norma sobre Suministros de Agua para Lucha Contra Incendios en Áreas Suburbanas y Rurales

B103.3

1225—22: Norma para Comunicaciones de Servicios de Emergencia

510.4.2, 510.5

2001—22: Norma sobre Sistemas de Extinción de Incendios con Agentes Limpios, según enmiendas
Tabla 901.6.1, 904.10, 1207.5.5

*NFPA 2001, Secciones Enmendadas como sigue:

Agregar las Secciones 4.3.5.1.1 y 4.3.5.2.1 con el siguiente texto:

4.3.5.1.1 Las señales de alarma del sistema de extinción de incendios no deberán interferir con la señal de alarma contra incendios del edificio.

80-22 CÓDIGO DE INCENDIOS DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

NORMAS REFERENCIADAS

4.3.5.2.1 La lente de los dispositivos visuales deberá ser de color “rojo”.

Excepción: Se permiten otros colores de lente cuando sean aprobados por la agencia encargada de hacer cumplir.

2010— 23 : Norma para Sistemas Fijos de Extinción de Incendios con Aerosol
Tabla 901.6.1, 904.13, 1207.5.5

SFM Estado de California, Department of Forestry and Fire Protection, Oficina del State Fire Marshal, P.O. Box 944246
Sacramento, CA 94246-2460

SFM 12-3: Sistemas de Liberación para Barras de Seguridad en Viviendas

SFM 12-7-3: Hornos para Pruebas de Fuego

SFM 12-7A-1: Revestimiento y Enchapado Exterior de Muros

SFM 12-7A-2: Ventana Exterior

SFM 12-7A-3: Bajo Alero

SFM 12-7A-4: Cubierta de Piso Exterior

SFM 12-7A-4A: Método Alternativo A para Cubierta de Piso Exterior

SFM 12-7A-5: Materiales de Construcción Ignífugos

SFM 12-8-100: Pruebas de Fuego en Habitaciones para Materiales de Pared y Techo

SFM 12-10-1: Puertas de Salida Operadas por Energía

SFM 12-10-2: Dispositivos de Cierre o Cerradura de Punto Único

SFM 12-10-3: Herrajes de Salida de Emergencia y Pánico
(Las normas de la Oficina del State Fire Marshal mencionadas arriba se encuentran en el California Code of Regulations, Título 24, Parte 12.)

UL Underwriters Laboratories LLC, 333 Pfingsten Road, Northbrook, IL 60062

10C—2016: Pruebas de Fuego con Presión Positiva en Ensambles de Puertas—con Revisiones hasta Mayo 2021

1010.2.8.3

13—96: Cables de Circuito con Potencia Limitada

30—1995: Bidones de Seguridad Metálicos—con Revisiones hasta Septiembre 2019

5003.9.10, 5005.1.10, 5705.2.4, 5707.2

38—99: Cajas de Señalización de Actuación Manual—con Revisiones hasta el 2 de Febrero de 2005, según enmiendas.*

*Enmienda la Sección 14.1.5 como sigue:

14.1.5 Una caja de señalización que tenga un panel, disco, varilla o parte similar de vidrio que deba romperse para operarla para señal o para acceso a sus medios de actuación deberá completar satisfactoriamente cinco operaciones de ruptura de partes usando los medios provistos con la caja, sin que se atasque el mecanismo ni haya interferencia por partículas rotas. Deberá ser práctico remover y reemplazar las partes rotas. Una caja de señalización no deberá tener un panel, disco, varilla o parte similar de vidrio que requiera una acción de golpeo con herramienta para operarla para señal. La fuerza requerida para activar los controles no deberá ser mayor a 5 libras (22 N) de fuerza.

*Agregar el capítulo Apéndice B a UL 38 (1999) como sigue:

Apéndice B,

14.1.5 Operación. Los controles y mecanismos de operación deberán ser operables con una mano y no deberán requerir agarre fuerte, pellizco o
giro de la muñeca.

58—2018: Tanques Subterráneos de Acero para Líquidos Inflamables y Combustibles

5704.2.13.1.5

80—2007: Tanques de Acero para Combustibles de Quemadores de Aceite y Otros Líquidos Combustibles—con Revisiones hasta Abril 2019

605.4.2.1, 605.4.2.2, 607.2

87A—2015: Dispositivos de Suministro Operados por Energía para Gasolina y Mezclas Gasolina/Etanol con Concentraciones Nominales de Etanol
hasta 85 Porciento—con Revisiones hasta Septiembre 2019

2306.8.1

142—2006: Tanques de Acero Sobre Tierra para Líquidos Inflamables y Combustibles—con Revisiones hasta Enero 2021

605.4.1.1, 605.4.2.1, 605.4.2.2, 607.2, 2306.2.3

193—04: Válvulas de Alarma para Servicio de Protección Contra Incendios

199—95: Rociadores Automáticos para Servicio de Protección Contra Incendios—con Revisiones hasta 19 de Agosto de 2005

199E—2004: Esquema de Investigación para Pruebas de Fuego de Rociadores y Boquillas de Rociado para Protección de Freidoras Profundas

904.14.4.1

217—2015: Detectores de Humo—con Revisiones hasta Abril 2021

907.2.11, 915.4.3

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

NORMAS REFERENCIADAS

228—97: Cierrapuertas/Sujetapuertas, con o sin Detectores de Humo Integrados—con Revisiones hasta 26 de Enero de 2006

260—04: Válvulas de Tubería Seca y de Drenaje para Servicio de Protección Contra Incendios

262—04: Válvulas de Compuerta para Servicio de Protección Contra Incendios

268—2016: Detectores de Humo para Sistemas de Alarma Contra Incendios—con revisiones hasta Octubre 2019

907.2.6.2, 907.2.11.7, 915.5.3

268A—09: Detectores de Humo para Aplicación en Conductos—con Revisiones hasta 22 de Octubre de 2003

294—2018: Unidades de Sistemas de Control de Acceso—con Revisiones hasta Octubre 2018

1010.2.10, 1010.2.11, 1010.2.12.1, 1010.2.13, 1010.2.14,

300—2019: Pruebas de Fuego de Sistemas de Extinción para Protección de Equipos de Cocina Comercial

904.14

300A—2006: Esquema de Investigación para Unidades de Sistemas de Extinción para Superficies de Cocina Residenciales

904.15.1.1

305—2012: Herrajes de Pánico—con Revisiones hasta Marzo 2017

1010.2.8.3

312—04: Válvulas de Retención para Servicio de Protección Contra Incendios

325—2017: Operadores y Sistemas para Puertas, Cortinas, Portones, Persiana y Ventanas—con Revisiones hasta Febrero 2020

503.5, 503.6

346—05: Indicadores de Flujo de Agua para Sistemas de Señalización de Protección Contra Incendios

464—03: Dispositivos de Señalización Audible—con Revisiones hasta 10 de Octubre de 2003

497B—04: Protectores para Circuitos de Comunicación de Datos y Alarmas Contra Incendios

498A—2008: Tapones y Adaptadores de Corriente—con Revisiones hasta Junio 2016

603.5.1

499—2014: Norma para Aparatos de Calefacción Eléctrica—con Revisiones hasta Febrero 2017

607.6

521—99: Detectores de Calor para Sistemas de Señalización de Protección Contra Incendios—con Revisiones hasta 20 de Julio de 2005

539—00: Detectores de Calor de Estación Única y Múltiple—con Revisiones hasta 15 de Agosto de 2005

632—00: Transmisores Actuados Eléctricamente

647—1993: Norma para Calefactores de Queroseno sin Ventilación y Calefactores Portátiles—con Revisiones hasta Abril 2010

4103.1

710—2012: Campanas Extractoras para Equipos de Cocina Comercial—con Revisiones hasta Febrero 2021

606.2

710B—2011: Sistemas de Recirculación—con Revisiones hasta Febrero 2019

606.2, 904.14

723—2018: Norma para Pruebas de Características de Combustión Superficial de Materiales de Construcción

202, 803.1, 803.1.2, 803.3, 803.5.2, 803.10, 803.12, 803.13, 804.1.1, 804.1.2, 804.2.4, 3311.1

753—04: Accesorios de Alarma para Válvulas Automáticas de Suministro de Agua para Servicio de Protección Contra Incendios

790 Edición 9—2022 : Métodos Estándar de Prueba para Pruebas de Fuego de Cubiertas de Techo—con Revisiones hasta Octubre 2018

1207.9.5

791—2006: Incineradores Residenciales—con Revisiones hasta Febrero 2021

605.7.1, 605.8

793—2008: Ventilaciones Automáticas para Techo para Humo y Calor—con Revisiones hasta Marzo 2017

910.3.1

813—96: Equipos de Audio Comercial—con Revisiones hasta 7 de Diciembre de 1999

817—2015: Norma para Juegos de Cables y Cables de Alimentación—con Revisiones hasta Septiembre 2021

603.6

864—2014: Unidades de Control y Accesorios para Sistemas de Alarma Contra Incendios—con Revisiones hasta Mayo 2020

909.12

*Enmienda No. 55.1 como sigue:

PERÍODO DE RETARDO-REINICIO-REINICIO – MÁXIMO 30 SEGUNDOS — No se obtiene alarma desde la unidad de control. El tiempo máximo permitido es de 30
segundos.

80-24 CÓDIGO DE INCENDIOS DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

NORMAS REFERENCIADAS

*Enmienda la Sección 55.2.2 como sigue:

Cuando se provea una función de verificación de alarma, el período máximo de retardo-reinicio-reinicio antes de que una señal de alarma pueda confirmarse e indicarse en la unidad de control, incluyendo cualquier tiempo de reinicio de la unidad de control y el tiempo de encendido para que el detector se vuelva operativo para alarma, no deberá exceder los 30 segundos. (El resto del texto de la sección permanece sin cambios).

*Agregar la Sección 55.2.9 como sigue:

Los detectores de humo conectados a una función de verificación de alarma no deberán usarse como dispositivos de liberación.

Excepción: Detectores de humo que operen su función de liberación inmediatamente al activarse la alarma, independientemente de la función de verificación de alarma.

*Enmienda la Sección 89.1.10 como sigue:

El texto existente de esta sección permanecerá como impreso con una enmienda editorial como sigue:

EL RETRASO TOTAL (UNIDAD DE CONTROL MÁS DETECTORES DE HUMO) NO DEBERÁ EXCEDER LOS 30 SEGUNDOS.

(El resto del texto de la sección permanece sin cambios).

900—2015: Unidades de Filtro de Aire

2404.9.8

924—2016: Norma para Iluminación de Emergencia y Equipos de Energía—con Revisiones hasta Mayo 2020

1013.5, 3103.11.6.1

971A—2006: Esquema de Investigación para Tubería Subterránea Metálica para Combustible

Tabla 5703.6.2

1034—2011: Mecanismos Eléctricos de Cerradura Resistente a Robos—con Revisiones hasta Junio 2020

1010.2.10, 1010.2.11, 1010.2.12.1, 1010.2.13, 1010.2.14

1037—2016: Alarmas y Dispositivos Antirrobo—con Revisiones hasta Septiembre 2017

506.1

1046—2010: Filtros de Grasa para Conductos de Extracción—con Revisiones hasta Abril 2017

606.3.1

1275—2021: Gabinetes para Almacenamiento de Líquidos Inflamables

5003.8.7.1, 5704.3.2.1.1

1313—2015: Bidones de Seguridad No Metálicos para Productos Petrolíferos

5003.9.10

1315—2017: Seguridad para Contenedores Metálicos de Papel de Desecho

304.3.6, 304.3.7, 808.1, 808.2

1316—2018: Tanques Subterráneos Reforzados con Fibra para Líquidos Inflamables y Combustibles—con Revisiones hasta Marzo 2019

5704.2.13.1.5

1363—2018: Tapones de Energía Reubicables

603.5.1

1363A—2014: Esquema de Investigación para Tapones de Energía Reubicables de Propósito Especial

603.5.1.1

1369—2018: Tuberías Sobre Tierra para Líquidos Inflamables y Combustibles—con Revisiones hasta Agosto 2020

Tabla 5703.6.2

1389—2019: Equipos para Extracción de Aceite Vegetal para Instalación y Uso en Locaciones Ordinarias (No Clasificadas) y Locaciones Peligrosas (Clasificadas)—con Revisiones hasta Octubre 2020

3904.2.1

1489—2016: Pruebas de Fuego de Sistemas de Protección de Tuberías Resistentes al Fuego que Transportan Líquidos Combustibles—con Revisiones hasta Octubre
2021

1203.1.2

1741—2010: Inversores, Convertidores, Controladores y Equipos de Sistemas de Interconexión para Uso con Recursos de Energía Distribuida—con Revisiones hasta Junio 2021

1207.3.3, 1207.11.5

1778—2014: Sistemas de Energía Ininterrumpida—con Revisiones hasta Octubre 2017

1207.3.1, 1207.3.7.1, 1207.5.1, 1207.5.3, 1207.5.5, 1207.6.3

1805—2002: Campanas y Gabinetes de Laboratorio—con Revisiones hasta Junio 2006

3805.2.2

1973—2018: Baterías para Uso en Estacionarias, Energía Auxiliar Vehicular y Aplicaciones de Ferrocarril Eléctrico Ligero (LER)

Tabla 1207.6

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

NORMAS REFERENCIADAS

1974—2018: Evaluación para Reutilización de Baterías

1207.3.9

1975—2006: Pruebas de Fuego para Plásticos Espumados Usados con Propósito Decorativo

807.5.1.1, 808.2

1994—2015: Sistemas de Marcado Luminoso para Rutas de Evacuación—con Revisiones hasta Julio 2020

1008.2.1, 1025.2.1, 1025.2.3, 1025.2.4, 1025.2.5, 1025.4

2011—2019: Esquema de Investigación para Maquinaria—con Revisiones hasta Octubre 2020

319.2.1, 319.3.2

2017—2008: Dispositivos y Sistemas de Señalización de Propósito General—con Revisiones hasta Diciembre 2016

3905.1.2

2034—2017: Alarmas de Monóxido de Carbono de Estación Única y Múltiple—con Revisiones hasta Septiembre 2018

915.4.2, 915.4.3

2075—2013: Detectores y Sensores de Gases y Vapores—con Revisiones hasta Agosto 2021

915.5.1, 915.5.3

2079—2015: Pruebas de Resistencia al Fuego de Sistemas de Juntas de Construcción—con Revisiones hasta Julio 2020

202

2085—1997: Tanques Sobre Tierra Protegidos para Líquidos Inflamables y Combustibles—con Revisiones hasta Septiembre 2010

202, 605.4.1.1, 605.4.2.1, 605.4.2.2, 2306.2.2, 2306.2.3, 5704.2.7.4, 5704.2.9.2.3, 5704.2.9.7.4, 5705.3.8.2

2152—2021: Contenedores y Tanques No Metálicos de Propósito Especial para Líquidos Combustibles o No Combustibles Específicos

607.3

2196—2017: Prueba de Fuego para Integridad de Circuitos de Cables de Potencia, Instrumentación, Control y Datos Resistentes al Fuego—con Revisiones
hasta Diciembre 2020

913.2.2, 1203.3

2200—2020: Conjuntos de Generadores de Motor Estacionarios

1203.1.1

2201—2018: Norma para la Tasa de Emisión de Monóxido de Carbono (CO) de Generadores Portátiles

1204.2

2208—2010: Unidades de Destilación de Solventes—con Revisiones hasta Junio 2020

5705.4.1

2245—2006: Bóvedas Bajo Nivel para Tanques de Almacenamiento de Líquidos Inflamables

5704.2.8.1

2272—2016: Sistemas Eléctricos para Dispositivos Personales de E-Movilidad

322.3

2335—2010: Pruebas de Fuego de Pallets de Almacenamiento—con Revisiones hasta Agosto 2017

315.7.5, 3206.4.1.1

2360—2000: Métodos de Prueba para Determinar las Características de Combustibilidad de Plásticos Usados en Construcción de Herramientas para Semiconductores—con Revisiones hasta Octubre 2017

2703.10.1.2

2524—2019: Sistemas de Mejora de Comunicación de Radio Bidireccional de Emergencia Dentro de Edificios—con Revisiones hasta Febrero 2019

510.4

2525—2020: Norma para Sistemas de Comunicaciones de Emergencia Bidireccionales para Asistencia en Rescate

1009.8.1

2849—2020: Sistemas Eléctricos para eBikes

322.3

3741—2020: Norma para Seguridad en Control de Riesgos Fotovoltaicos

1205.2, 1205.2.3

8800—2019: Norma para Equipos y Sistemas de Iluminación Hortícola

3901.4

9540 Edición 3—2023 : Norma para Sistemas y Equipos de Almacenamiento de Energía

1207.3.1, 1207.3.2, 1207.3.7, 1207.10.6, 1207.10.7.4, 1207.11, 1207.11.1, 1207.11.5

9540A Edición 4 —2019: Método de Prueba para Evaluar la Propagación de Incendios por Fuga Térmica en Sistemas de Almacenamiento de Energía en Baterías

1207.1.7

60601-1—2003: Equipos Eléctricos Médicos, Parte I: Requisitos Generales de Seguridad—con Revisiones hasta Abril 2006

603.5.1.1

80-26 CÓDIGO DE INCENDIOS DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

NORMAS REFERENCIADAS

60950-1—2007: Equipos de Tecnología de la Información—Requisitos de Seguridad—con Revisiones hasta Mayo 2019

319.2.1

62368-1—2019: Equipos de Audio/Video, Información y Tecnología de la Comunicación—Requisitos de Seguridad—con Revisiones
hasta Octubre 2021

319.2.1

USC United States Code, c/o Superintendent of Documents, U.S. Government Printing Office, Washington, DC 20402-9325

18 USC Parte 1, Capítulo 40: Importación, Fabricación, Distribución y Almacenamiento de Materiales Explosivos

202

21 USC Capítulo 9: United States Food, Drug and Cosmetic Act

202

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

80-28 CÓDIGO DE INCENDIOS DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

CÓDIGO DE INCENDIOS DE CALIFORNIA – TABLA MATRIZ DE ADOPCIÓN

APÉNDICE CAPÍTULO 4

REQUISITOS DETALLADOS ESPECIALES BASADOS EN USO Y OCUPACIÓN

(Las Tablas de Adopción de Matriz son no regulatorias, destinadas solo como ayuda para el usuario del código.
Consulte el Capítulo 1 para la autoridad de agencias estatales y aplicaciones de construcción.)

Agencia Adoptante BSC BSC-
CG
SFM Col5 HCD Col7 Col8 DSA Col10 OSHPD Col12 Col13 Col14 Col15 Col16 BSCC DPH AGR DWR CEC CA SL SLC
Agencia Adoptante BSC BSC-
CG
T-24 T-19* 1 2 1/AC AC SS 1 1R 2 3 4 5 5 5 5 5 5 5 5 5
Adoptar Capítulo Completo X
Adoptar Capítulo Completo como
enmendado (secciones enmendadas
listadas abajo)
Adoptar solo las secciones que
se listan abajo
[California Code of Regulations,
Título 19, División 1]
X
Capítulo / Sección
[T-19 §3.26] X
  • Las disposiciones del California Code of Regulations (CCR), Título 19, División 1 que se encuentran en el California Fire Code son una reimpresión del texto actual del CCR, Título 19,
    División 1 para conveniencia del usuario del código solamente. El alcance, aplicabilidad y procedimientos de apelación del CCR, Título 19, División I permanecen iguales.

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

APÉNDICE CAPÍTULO 4-2 CÓDIGO DE INCENDIOS DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

PARTE VII— APÉNDICES

REQUISITOS DETALLADOS ESPECIALES BASADOS EN USO Y OCUPACIÓN

CC105.1 cuando se aplica a las vías de acceso para vehículos contra incendios y calles…

CC105.1 cuando se aplica a las vías de acceso para vehículos contra incendios y calles perimetrales desde las cuales se podrían llevar a cabo operaciones contra incendios.

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