Capítulo 80 — NORMAS REFERENCIADAS
Sección D105 — VÍAS DE ACCESO PARA EQUIPOS AÉREOS CONTRA INCENDIOS
2025 California Fire Code (Title 24, Part 9) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
D105.1 Donde se requiera. ¶
D105.1 Dónde se requiere. Cuando la distancia vertical entre el plano de nivel y la superficie más alta del techo exceda los 30 pies (9144 mm), se deberán proporcionar vías de acceso para aparatos contra incendios aéreas aprobadas. Para los fines de esta sección, la superficie más alta del techo se determinará por medición hasta el alero de un techo inclinado, la intersección del techo con la pared exterior, o la parte superior de los muros de parapeto, lo que sea mayor.
Excepción: Cuando sea aprobado por el funcionario del código de incendios, los edificios de construcción Tipo IA, Tipo IB o Tipo IIA equipados en todo con un sistema de rociadores automáticos conforme a la Sección 903.3.1.1 y que tengan acceso para bomberos a través de una escalera cerrada con una columna seca Clase I desde el nivel más bajo de acceso para vehículos del departamento de bomberos hasta todas las superficies del techo.