Capítulo 12 — AMBIENTE INTERIOR

Sección 1208 — DIMENSIONES DEL ESPACIO INTERIOR

2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

1208.1 Anchos mínimos de habitación.

1208.1 Anchos mínimos de habitación. Los espacios habitables, excepto la cocina, no deberán tener menos de 7 pies (2134 mm) en ninguna dimensión del plano. Las cocinas deberán tener un pasillo libre de no menos de 3 pies (914 mm) entre los frentes de los mostradores y los electrodomésticos o entre los frentes de los mostradores y las paredes.

[HCD 1] Para viviendas rurales de densidad limitada construidas por el propietario, no habrá requisitos para las dimensiones de las habitaciones, siempre que haya luz y ventilación adecuadas y medios de evacuación adecuados.

**1208.2 Alturas mínimas de techo.** Los espacios ocupables, espacios habitables y…

Excepciones:

  1. En viviendas unifamiliares y bifamiliares, se permitirá que vigas o cerchas espaciadas no menos de 4 pies (1219 mm) en el centro proyecten no más de 6 pulgadas (152 mm) por debajo de la altura de techo requerida.
  2. Si alguna habitación en un edificio tiene un techo inclinado, la altura de techo prescrita para la habitación se requiere en la mitad de su área. Cualquier porción de la habitación que mida menos de 5 pies (1524 mm) desde el piso terminado hasta el techo no se incluirá en ningún cálculo del área mínima de la misma.
  3. La altura de los entresuelos y los espacios debajo de los entresuelos deberá cumplir con la Sección 505.2.

12-8 CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

AMBIENTE INTERIOR

  1. Los corredores contenidos dentro de una unidad de vivienda o unidad de dormitorio en una ocupación del Grupo R deberán tener una altura de techo no menor a 7 pies (2134 mm) sobre el piso terminado.

5. [OSHPD 1, 2, 3 y 5] Las alturas mínimas de techo deberán cumplir con la Sección 1224.4.10. 6. [OSHPD 4] Las alturas mínimas de techo deberán cumplir con la Sección 1227.8.

1208.2.1 Techo con falso plafón. Cualquier habitación con un techo con falso plafón deberá tener la altura mínima de techo en dos tercios de su área, pero en ningún caso la altura del techo con falso plafón será menor a 7 pies (2134 mm).

**1208.3 Tamaño de la unidad de vivienda.** Las unidades de vivienda deberán tener un…

1208.4 Área de habitación.

1208.4 Área de la habitación. Cada unidad de vivienda deberá tener al menos una habitación que tenga no menos de 120 pies cuadrados (11.2 m [2]) de área neta de piso. Las unidades para dormir y otras habitaciones habitables de una unidad de vivienda deberán tener un área neta de piso no menor de 70 pies cuadrados (6.5 m [2]).

Excepción: No se requiere que las cocinas tengan un área mínima de piso.

**1208.5 Unidades de vivienda tipo efficiency.** _**[HCD 1]**_ _Salvo que se modifique…

  1. El espacio habitable de la unidad deberá cumplir con las Secciones 1208.1 a 1208.4.
  2. La unidad deberá contar con un clóset separado.
  3. Para unidades de vivienda que no sean Accesibles ni adaptables, la unidad deberá contar con un fregadero de cocina, un aparato para cocinar y un refrigerador, cada uno con un espacio libre de trabajo de no menos de 30 pulgadas (762 mm) al frente. Se deberá proporcionar iluminación y ventilación conforme a este código.
  4. La unidad deberá contar con un baño separado que contenga un inodoro, lavabo y bañera o regadera.

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