Capítulo 12 — AMBIENTE INTERIOR
Sección 1206 — TRANSMISIÓN DE SONIDO
2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
**1206.1 Alcance.** Esta sección se aplicará a muros interiores comunes, tabiques y… ¶
1206.2 Sonido aéreo. ¶
1206.2 Sonido aéreo. Las paredes, tabiques y conjuntos de piso-techo que separan unidades de vivienda y unidades para dormir entre sí o de áreas públicas o de servicio deberán tener una clase de transmisión de sonido no menor a 50 cuando se prueben conforme a ASTM E90, o tener una clasificación de Aislamiento Normalizado de Ruido (NNIC) no menor a 45 si se prueban en campo, conforme a ASTM E336 para ruido aéreo. Alternativamente, la clase de transmisión de sonido de paredes, tabiques y conjuntos de piso-techo deberá establecerse mediante análisis de ingeniería basado en una comparación de paredes, tabiques y conjuntos de piso-techo que tengan clasificaciones de transmisión de sonido determinadas por los procedimientos de prueba establecidos en ASTM E90. El análisis de ingeniería deberá ser realizado por un profesional de diseño registrado. Las penetraciones o aberturas en los conjuntos constructivos para tuberías; dispositivos eléctricos; gabinetes empotrados; bañeras; sofito; o conductos de calefacción, ventilación o extracción deberán ser sellados, revestidos, aislados o tratados de otro modo para mantener las clasificaciones requeridas. Este requisito no se aplicará a las puertas de entrada; sin embargo, dichas puertas deberán ajustarse herméticamente al marco y al umbral.
1206.2.1 Albañilería. La clase de transmisión de sonido de los conjuntos de mampostería de concreto y mampostería de arcilla se calculará conforme a TMS 302 o se determinará mediante pruebas conforme a ASTM E90.
1206.3 Sonido estructural. ¶
1206.3 Sonido transmitido por la estructura. Los conjuntos de piso-techo entre unidades de vivienda y unidades de dormitorio o entre una unidad de vivienda o unidad de dormitorio y un área pública o de servicio dentro de la estructura deberán tener una clasificación de aislamiento al impacto no menor a 50 cuando se prueben conforme a ASTM E492, o tener una Clasificación Normalizada de Sonido de Impacto (NISR) no menor a 45 si se prueban en campo conforme a ASTM E1007. Alternativamente, la clasificación de aislamiento al impacto de los conjuntos de piso-techo se establecerá mediante análisis de ingeniería basado en una comparación de conjuntos de piso-techo con clasificaciones de aislamiento al impacto determinadas por los procedimientos de prueba en ASTM E492. El análisis de ingeniería deberá ser realizado por un profesional de diseño registrado.
Excepción: No se requiere aislamiento contra sonido de impacto para conjuntos de piso-techo sobre habitaciones no habitables o espacios no diseñados para ser ocupados, tales como garajes, cuartos mecánicos o áreas de almacenamiento.
_**1206.4 Niveles permitidos de ruido interior.**_ _Los niveles de ruido interior… ¶
El parámetro de ruido será ya sea el nivel promedio de sonido día-noche (Ldn) o el nivel equivalente de ruido comunitario (CNEL), consistente con el elemento de ruido del plan general local.