Capítulo 3 — PLANIFICACIÓN DE EDIFICIOS

Sección R320 — PASAMANOS

2025 California Residential Code (Title 24, Part 2.5) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

R320.1 General. Los pasamanos deberán cumplir con la Sección R320.

R320.1 General. Los pasamanos deberán cumplir con la Sección R320.

R320.2 Altura.

R320.2 Altura. La altura del pasamanos, medida verticalmente desde el plano inclinado adyacente al borde de la huella, o la superficie terminada de la pendiente de la rampa, no será menor de 34 pulgadas (864 mm) ni mayor de 38 pulgadas (965 mm). La altura del pasamanos en dispositivos de huella alterna y escaleras de barco será uniforme y no menor de 30 pulgadas (762 mm) ni mayor de 34 pulgadas (864 mm).

Excepciones:

  1. Se permitirá el uso de una voluta, giro o suavizado inicial sobre la huella más baja.
  2. Cuando se usen accesorios o curvas en el pasamanos para proporcionar una transición continua entre tramos, transiciones en huellas de giro, la transición del pasamanos a la barandilla, o al inicio de un tramo, se permitirá que la altura del pasamanos en los accesorios o curvas exceda las 38 pulgadas (965 mm).

**R320.3 Proyección del pasamanos.** Los pasamanos no deberán proyectarse más de 4 1/2…

Excepción: Cuando los aleros de los descansos, pisos o tramos de paso proyecten hacia la escalera reduciendo el espacio libre en los pasamanos de paso, los pasamanos no deberán proyectarse más de 6 1/2 pulgadas (165 mm) hacia la escalera, siempre que el ancho de la escalera y el espacio libre del pasamanos no se reduzcan a menos de lo requerido.

**R320.4 Espacio libre para pasamanos.** Los pasamanos adyacentes a una pared deberán…

R320.5 Continuidad.

R320.5 Continuidad. Los pasamanos deberán ser continuos a lo largo de toda la longitud del tramo, desde un punto directamente sobre el borde saliente del descanso en la parte superior del tramo hasta un punto directamente sobre el borde saliente más bajo del tramo. Los pasamanos requeridos para rampas deberán ser continuos a lo largo de toda la longitud de la rampa. El extremo de un pasamanos deberá regresar de forma continua hacia sí mismo o hacia una pared, barandilla o superficie de tránsito. Los retornos de pasamanos no deberán formar un espacio mayor a [1] / 4 pulgada (6.4 mm) respecto a la pared adyacente.

Excepciones:

  1. Se permitirá que la continuidad del pasamanos sea interrumpida por un poste de barandilla en un giro de un tramo con peldaños curvos, en un descanso o sobre la huella más baja.

  2. Se permitirá que una voluta, ensanchamiento o suavizado inicial termine sobre la huella más baja.

**R320.6 Tamaño del agarre.** Los pasamanos requeridos deberán ser de uno de los…

  1. Tipo I. Los pasamanos con sección transversal circular deberán tener un diámetro exterior no menor de 1 [1] / 4 pulgadas (32 mm) y no mayor de 2 pulgadas (51 mm). Si el pasamanos no es circular, deberá tener un perímetro no menor de 4 pulgadas (102 mm) y no mayor de 6 [1] / 4 pulgadas (160 mm) y una sección transversal no mayor de 2 [1] / 4 pulgadas (57 mm). Los bordes deberán tener un radio no menor de 0.01 pulgada (0.25 mm).

  2. Tipo II. Los pasamanos con un perímetro mayor de 6 [1] / 4 pulgadas (160 mm) deberán tener un área de rebaje para los dedos en ambos lados del perfil. El rebaje para los dedos deberá comenzar dentro de [3] / 4 pulgada (19 mm) medida verticalmente desde la parte más alta del perfil y tener una profundidad no menor de [5] / 16 pulgada (8 mm) dentro de [7] / 8 pulgada (22 mm) por debajo de la parte más ancha del perfil. Esta profundidad requerida deberá continuar por no menos de [3] / 8 pulgada (10 mm) hasta un nivel que no sea menor de 1 [3] / 4 pulgadas (45 mm) por debajo de la parte más alta del perfil. El ancho del pasamanos por encima del rebaje deberá ser no menor de 1 [1] / 4 pulgadas (32 mm) y no mayor de 2 [3] / 4 pulgadas (70 mm). Los bordes deberán tener un radio no menor de 0.01 pulgada (0.25 mm).

**R320.7 Pasamanos exteriores de compuesto plástico.** Los pasamanos exteriores de…

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