Capítulo 11A — ACCESIBILIDAD EN LA VIVIENDA

Sección 1123A — ESCALERAS INTERIORES

2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

_**1123A.1 General.**_ _Las escaleras interiores que sirven a edificios que contienen…

1123A.2 Contrahuellas abiertas.

1123A.2 Contrahuellas abiertas. No se permitirán contrahuellas abiertas en escaleras interiores.

Excepción: Escaleras dentro de una unidad de vivienda individual.

_**1123A.3 Huellas.**_ _Todas las superficies de las huellas deberán ser estables,…

bordes expuestos lisos, redondeados o biselados y sin bordes abruptos en el alfeizar (borde frontal inferior).

_**1123A.4 Contrahuella.**_ _La contrahuella no deberá sobresalir más de 1_ _[1]_ _/_…

_**1123A.5 Franjas para personas con discapacidad visual.**_ _Las escaleras interiores…

La franja deberá tener un ancho mínimo de 2 pulgadas (50.8 mm) y un máximo de 4 pulgadas (101.6 mm), colocada en paralelo y a no más de 1 pulgada (25.4 mm) del borde de la contrahuella o aproximación superior. La franja deberá extenderse a lo ancho completo de la huella o aproximación superior y deberá estar hecha de un material que sea al menos tan antideslizante como las demás huellas de la escalera. Se aceptará una franja pintada. No se deberán usar ranuras para cumplir con este requisito.

Excepción: No se requiere franjas en escaleras dentro de unidades de vivienda individuales.

_**1123A.6 Pasamanos interiores en escaleras.**_

1123A.6.1 Dónde se requieren. Las escaleras deberán tener pasamanos a cada lado. Los pasamanos intermedios deberán ubicarse equidistantes de los lados de la escalera y cumplir con la Sección 1014.9.

Excepción: Las escaleras que sirven a una unidad de vivienda individual pueden tener un solo pasamanos, excepto que las escaleras abiertas por uno o ambos lados deberán tener pasamanos en el lado o lados abiertos.

1123A.6.2 Configuración del pasamanos.

1123A.6.2.1 Alturas del pasamanos. La parte superior de los pasamanos deberá estar entre 34 y 38 pulgadas (864 a 965 mm) por encima del borde de las huellas.

1123A.6.2.2 Continuidad del pasamanos. Los pasamanos en todas las escaleras deberán ser continuos a lo largo de toda la longitud de cada tramo de escalera. Los pasamanos interiores en escaleras de giro en U o en ángulo deberán ser continuos entre tramos.

1123A.6.2.3 Extensiones del pasamanos. En la parte superior de los tramos de escalera, los pasamanos deberán extenderse un mínimo de 12 pulgadas (305 mm) horizontalmente sobre los descansos, comenzando directamente sobre el primer borde del contrahuella. Las extensiones deberán regresar a una pared, barandilla o la superficie de tránsito, o deberán ser continuas con el pasamanos de un tramo adyacente.

En la parte inferior de los tramos de escalera, los pasamanos deberán extenderse en la pendiente del tramo por una distancia igual a la profundidad de una huella más allá del último borde del contrahuella. Dicha extensión deberá continuar con una extensión horizontal mínima de 12 pulgadas (305 mm), deberá ser continua con el pasamanos de un tramo adyacente, o deberá regresar a una pared, barandilla o la superficie de tránsito. Las extensiones horizontales del pasamanos deberán estar en la misma dirección que los tramos de escalera. (Ver Figuras 11A-6A y 11A-6E.)

Excepción: Escaleras dentro de una unidad de vivienda individual.

1123A.6.2.4 Proyecciones del pasamanos. Los pasamanos que sobresalgan de una pared deberán tener un espacio mínimo de 1_ [1] / 2 _pulgadas (38.1 mm) entre la pared y el pasamanos.

Los pasamanos pueden ubicarse en un hueco si el hueco tiene una profundidad máxima de 3 pulgadas (76.2 mm) y se extiende al menos 18 pulgadas (457 mm) por encima de la parte superior del pasamanos. Cualquier pared u otra superficie adyacente al pasamanos deberá estar libre de elementos afilados o abrasivos. (Ver Figura 11A-6B.)

1123A.6.2.5 Superficies de agarre del pasamanos. Las superficies de agarre del pasamanos deberán ser continuas a lo largo de toda su longitud y no deberán estar obstruidas en la parte superior ni en los lados. La parte inferior de las superficies de agarre no deberá estar obstruida en más del 20 por ciento de su longitud. Cuando se proporcionen, las proyecciones horizontales deberán ubicarse al menos 1_ [1] / 2 _pulgadas (38 mm) por debajo de la parte inferior de la superficie de agarre del pasamanos. Se permitirá reducir la distancia entre las proyecciones horizontales y la parte inferior de la superficie de agarre en [1] / 8 pulgada (3.2 mm) por cada [1] / 2 pulgada (12.7 mm) de dimensión adicional del perímetro del pasamanos que exceda las 4 pulgadas (102 mm).

Las superficies de agarre del pasamanos y cualquier superficie adyacente deberán estar libres de elementos afilados o abrasivos y deberán tener bordes redondeados.

1123A.6.2.6 Sección transversal. Las superficies de agarre del pasamanos deberán cumplir con esta sección, o la forma deberá proporcionar una superficie de agarre equivalente.

  1. Sección transversal circular. Las superficies de agarre del pasamanos con sección transversal circular no deberán tener menos de 1_ [1] / 4 _pulgadas (31.75 mm) ni más de 2 pulgadas (50.8 mm) en dimensión transversal.

  2. Sección transversal no circular. Las superficies de agarre del pasamanos con sección transversal no circular deberán tener una dimensión de perímetro mínima de 4 pulgadas (102 mm) y máxima de 6_ [1] / 4 pulgadas (159 mm), y una dimensión de sección transversal máxima de 2 [1] / 4 pulgadas (57 mm).

1123A.6.2.7 Accesorios. Los pasamanos no deberán girar dentro de sus accesorios.

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