Capítulo 31A — SISTEMAS PARA LIMPIEZA DE VENTANAS O MANTENIMIENTO EXTERIOR DE EDIFICIOS
Sección 3137B — ACCESORIOS DE PISCINA
2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
_**3137B.1 Salidas.**_ _Cada piscina deberá contar con una salida de succión sumergida… ¶
conduzca el agua a una bomba de recirculación. Las salidas de succión deberán cumplir con todas las siguientes disposiciones: 1. Cada bomba en un sistema de piscina deberá estar conectada al menos a dos salidas de succión. Las salidas de succión deberán estar hidráulicamente balanceadas y conectadas simétricamente mediante una o más conexiones en “T” y deberán estar separadas por una distancia de al menos 3 pies (915 mm) en cualquier dimensión entre las salidas de succión; y 2. Todas las salidas de succión deberán estar equipadas con accesorios de succión que cumplan con la norma de rendimiento ANSI/APSP-16 2011; y 3. La velocidad del conducto de succión instalado entre las salidas de succión no deberá exceder los 3 pies por segundo (0.91 mps) bajo operación normal, o 6 pies por segundo (1.82 mps) si una salida está bloqueada; y 4. Dispositivos de alivio hidrostático. En áreas con un nivel freático alto, o según lo requieran los códigos locales de plomería, deberá instalarse un dispositivo de alivio hidrostático. Cuando se utilice junto con un sistema de liberación de vacío de seguridad, el dispositivo de alivio hidrostático deberá cumplir con los requisitos de instalación del fabricante para el sistema de liberación de vacío de seguridad. Excepción: Se podrán usar ubicaciones alternativas para las salidas que hayan sido diseñadas por un ingeniero autorizado con experiencia en piscinas públicas, si son aprobadas por el agente encargado de hacer cumplir la normativa.
_**3137B.2 Accesorios de entrada.**_ _Cada piscina deberá contar con no menos de dos… ¶
3137B.2.1 Construcción. Los accesorios de entrada no deberán sobresalir más de 1 [1] / 4 pulgadas (32 mm) dentro de la piscina y deberán tener forma redondeada y lisa.
3137B.2.2 Ubicación. Los accesorios de entrada deberán ubicarse a no menos de 18 pulgadas (457 mm) por debajo de la línea de agua, excepto en piscinas tipo spa o de chapoteo. Los accesorios de entrada deberán estar separados por al menos 10 pies (3048 mm) y ubicados de manera que aseguren una circulación uniforme.
3137B.2.3 Ajuste. Se deberán prever medios para ajustar el volumen de flujo a través de cada entrada. Las entradas en pared deberán ser capaces de ajustar la dirección del flujo y producir una velocidad suficiente para impartir un movimiento circulatorio sustancial al agua de la piscina.
3137B.2.4 Entradas en el piso. Las piscinas que tengan más de 40 pies (12,192 mm) de ancho o 3,000 pies cuadrados (278.7 m [2] ) de superficie deberán contar con entradas de retorno montadas en el piso. El número de entradas en el piso deberá cumplir con la Sección 3137B.2. Todos los accesorios de entrada en el piso deberán ubicarse para proporcionar una circulación uniforme y deberán instalarse de manera que queden a ras con la superficie del fondo de la piscina.