Capítulo 31A — SISTEMAS PARA LIMPIEZA DE VENTANAS O MANTENIMIENTO EXTERIOR DE EDIFICIOS
Sección 3116B — VESTIDORES, DUCHAS Y SERVICIOS SANITARIOS
2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
_**3116B.1**_ _Se deberán proporcionar instalaciones de ducha y vestuario para los… ¶
Excepciones:
1. No será obligatorio proporcionar instalaciones de ducha y vestuario cuando los usuarios de la piscina tengan acceso a dichas instalaciones en cuartos habitables adyacentes. 2. Se podrán omitir las instalaciones sanitarias públicas cuando los usuarios de la piscina tengan acceso a instalaciones sanitarias ya sea en cuartos habitables ubicados a no más de 300 pies (91,440 mm) de distancia de recorrido desde la piscina o en un edificio adyacente como una instalación recreativa, casa club o cabaña.
_**3116B.2 Número de instalaciones sanitarias.**_ _Para los efectos de este inciso, se… ¶
3116B.2.1 Duchas. Se deberá proporcionar una ducha por cada 50 usuarios de la piscina.
3116B.2.2 Inodoros. Se deberán proporcionar instalaciones de inodoros separadas para cada sexo. Se deberá proporcionar un inodoro por cada 60 mujeres o menos y un inodoro más un urinario por cada 75 hombres o menos.
3116B.2.3 Lavabos. Se deberá proporcionar un lavabo por cada 80 usuarios de la piscina.
_**3116B.3 Construcción.**_ ¶
3116B.3.1 Pisos. Los pisos deberán tener una superficie dura y no absorbente, como concreto de cemento Portland, azulejo cerámico u otro material aprobado, que se extienda hacia arriba en la pared al menos 5 pulgadas (127 mm) con una base curva. Los pisos que puedan ser pisados por un usuario de la piscina con los pies mojados deberán ser antideslizantes. Los pisos deberán tener una pendiente no menor a [1] / 4 pulgada (6.4 mm) por pie hacia desagües de piso u otras áreas aprobadas para la evacuación de agua superficial. No se permitirá alfombrado ni otro revestimiento artificial similar en los pisos de duchas y baños.
3116B.3.2 Superficies interiores. Los materiales usados en las paredes, excepto los elementos estructurales, deberán ser de un tipo que no se vea afectado negativamente por la humedad.
3116B.3.3 Privacidad. Todas las puertas y ventanas deberán disponerse para impedir la vista del interior desde cualquier parte del edificio usada por el sexo opuesto y desde el exterior. Se permitirán pantallas visuales para este propósito.
_**3116B.4 Suministro de agua.**_ ¶
3116B.4.1 Las duchas y lavabos deberán contar con grifos de agua caliente y fría.
3116B.4.2 Se permitirá agua templada en lugar de grifos individuales de agua caliente y fría.
3116B.4.3 Se deberá proporcionar un medio para limitar el agua caliente a un máximo de 110°F (43°C) para prevenir quemaduras. Este control de límite de temperatura no deberá ser ajustable por el usuario de la piscina.