Capítulo 31A — SISTEMAS PARA LIMPIEZA DE VENTANAS O MANTENIMIENTO EXTERIOR DE EDIFICIOS

Sección 3110F — EQUIPO MECÁNICO Y ELÉCTRICO

2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

3110F.1 General.

3110F.1 General. Esta sección establece las normas mínimas para el equipo mecánico y eléctrico en los MOT.

Consulte la Sección 3101F.3 para las definiciones de “nuevo” (N) y “existente” (E).

3110F.2 Brazos de carga marítimos.

3110F.2 Brazos de carga marítimos.

3110F.2.1 Criterios generales. Los brazos de carga marítimos y los sistemas auxiliares deberán cumplir con ASME B31.3 [10.1], 33 CFR 154.510 [10.2] y OCIMF “Design and Construction Specification for Marine Loading Arms” [10.3]. Cada brazo de carga utilizado para transferir petróleo deberá contar con un medio para ser drenado o cerrado antes de ser desconectado.

Se deberán considerar los siguientes aspectos al determinar los límites máximos permisibles de extensión del brazo de carga:

1. Tamaños de los buques y ubicaciones de los colectores

2. Nivel más bajo de marea baja (datum)

3. Nivel más alto de marea alta 4. Máximo oleaje y balanceo del buque 5. Ancho máximo del sistema de defensas

Para cada brazo de carga, los límites máximos permisibles del sobrevuelo de movimiento deberán cumplir con 2 CCR 2380 [10.4].

Los brazos de carga y sistemas auxiliares deberán contar con una evaluación sísmica conforme a la Sección 3104F.5. Para la evaluación sísmica, el diseño y refuerzo de los brazos de carga y equipos auxiliares, las cargas sísmicas se calcularán conforme a la Sección 3104F.5.4.1 y el procedimiento en la Sección 8.5.3 de ASCE/COPRI 61 [10.5] . Para la evaluación de resistencia de soportes y fijaciones, véase la Sección 3107F.7.

3110F.2.2 Sistemas eléctricos e hidráulicos.

3110F.2.2.1 Sistemas de presión y control (N). 1. Los manómetros deberán instalarse conforme a ASME B40.100 [10.6]. 2. Los cilindros hidráulicos de accionamiento deberán montarse y cumplir con los requisitos de montaje de NFPA T3.6.7 R3 [10.7] o equivalente. 3. En áreas con corrientes de alta velocidad (>1.5 nudos), todos los nuevos brazos de carga marítimos deberán estar equipados con acopladores de desconexión rápida y sistemas de liberación rápida de emergencia conforme a las Secciones 6.0 y 7.0 de [10.3]. Para cumplir con este requisito, se deberá prestar atención a los comentarios y directrices en la Parte III de la referencia [10.3]. 4. Las alarmas de fuera de límite, balance y aproximación a fuera de límite deberán ubicarse en o cerca de la consola del brazo de carga.

3110F.2.2.2 Componentes eléctricos (N). Se deberán implementar los siguientes criterios: 1. El equipo deberá contar con un dispositivo de desconexión de seguridad para aislar todo el sistema eléctrico de la red eléctrica conforme al Artículo 430 del Código Eléctrico de California [10.8].

2. Los controladores de motor y la protección contra sobrecarga de motor de 3 polos deberán instalarse y dimensionarse conforme al Artículo 430 del Código Eléctrico de California [10.8].

3. Los circuitos de control deberán limitarse a 120 voltios y cumplir con los Artículos 500 y 501 del Código Eléctrico de California

[10.8]. Alternativamente, se podrá proporcionar cableado y controles intrínsecamente seguros conforme al Artículo 504 del Código Eléctrico de California [10.8] y la Norma UL No. 913 [10.9].

4. La conexión a tierra y el enlace equipotencial deberán cumplir con los requisitos del Artículo 430 del Código Eléctrico de California [10.8] y la Sección 3111F.

La Sección 3111F incluye requisitos para equipos eléctricos, cableado, cables, controles y auxiliares eléctricos ubicados en áreas peligrosas.

3110F.2.2.3 Operación remota. El sistema de control remoto, cuando se proporcione, deberá ajustarse a las recomendaciones del OCIMF

[10.3]. La operación remota deberá facilitarse mediante un sistema de control colgante o mediante un controlador de radio portátil (N).

El sistema de control colgante deberá estar equipado con una capacidad de conexión a un conector activo ubicado ya sea en las proximidades de los brazos de carga, o en el extremo exterior del brazo de carga en el triple giro, y cableado fijo hacia la consola de control. El cable umbilical que va del triple giro a la consola de control deberá estar sujeto al brazo de carga. Otros cables umbilicales deberán tener longitud suficiente para alcanzar los límites operativos máximos (N).

El controlador de radio, si se instala, deberá cumplir con 2 CCR 2370 [10.4] y 47 CFR Parte 15 [10.10] requisitos para transmisores que operan en un entorno industrial (N/E).

1. 3110F.3 Mangueras para transferencia de petróleo (N/E). Las mangueras para servicio…

3110F.3 Mangueras para transferencia de petróleo (N/E). Las mangueras para servicio de transferencia de petróleo deberán cumplir con 2 CCR 2380 [10.4] y 33 CFR 154.500 [10.11].

Las mangueras con diámetros nominales de 6 pulgadas o más deberán tener bridas que cumplan con ASME B16.5 [10.12], o las mangueras con diámetros nominales de 6 pulgadas o menos podrán tener acoplamientos de desconexión rápida siempre que cumplan con ASTM F1122 [10.13].

La longitud mínima de la manguera deberá acomodar de manera segura el tamaño del buque y los movimientos máximos durante las operaciones de transferencia y amarre (ver Sección 3105F.2).

_**3110F.4 Equipo de elevación: cabrestantes y grúas.**_ _El equipo de elevación para…

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTO.

TERMINALES MARÍTIMAS DE PETRÓLEO

La inspección y mantenimiento del equipo de elevación deberá cumplir con ASME B30.4 [10.14], ASME B30.7 [10.15] y ASME HST-4 [10.16], según corresponda. Las inspecciones deberán ser realizadas anualmente por personal calificado. Se deberán conservar los registros de inspección y mantenimiento.

3110F.4.1 Cabrestantes.

1. Los cabrestantes y el equipo auxiliar deberán ser adecuados para un ambiente marino (N/E). 2. Los cabrestantes deberán contar con un sistema de freno a prueba de fallos, capaz de sostener la carga bajo todas las condiciones, incluyendo un corte de energía (N/E). 3. Los cabrestantes deberán ser completamente reversibles (N). 4. Se deberán considerar cargas de choque, transitorias y anormales al seleccionar sistemas de cabrestantes (N). 5. Los cabrestantes deberán tener interruptores de límite y dispositivos automáticos de disparo para evitar el sobrepaso del tambor en cualquiera de las direcciones. Los interruptores de límite deberán ser probados y demostrados que funcionan correctamente bajo condiciones de operación sin inducir tensiones indebidas ni holgura en los cables del cabrestante (N/E). 6. Bajo todas las condiciones de operación, deberá haber al menos dos vueltas completas de cable en tambores ranurados, y al menos tres vueltas completas en tambores sin ranura (N/E). 7. Las partes móviles del cabrestante que representen riesgos de atrapamiento para el personal deberán estar protegidas (N/E). 8. Los cabrestantes deberán tener controles de paro claramente identificables y de fácil acceso (N/E).

3110F.4.2 Grúas (N/E). 1. Las grúas no deberán ser cargadas por encima de la capacidad nominal del fabricante excepto durante pruebas de desempeño. 2. Los tambores del equipo de izaje de carga deberán estar equipados con dispositivos de retención positiva. 3. Bajo todas las condiciones de operación, deberá haber al menos dos vueltas completas de cable en tambores ranurados, y al menos tres vueltas completas en tambores sin ranura. 4. El equipo de frenado deberá ser capaz de detener, bajar y sostener una carga de al menos la carga completa de prueba. 5. Cuando no estén en uso, las plumas de las grúas deberán bajarse hasta el nivel del suelo o asegurarse a un soporte de descanso para evitar desplazamientos por cargas de viento u otras fuerzas externas.

6. Se deberán proporcionar sistemas de seguridad que incluyan dispositivos que afecten la elevación y manipulación segura, tales como enclavamientos, interruptores de límite, indicadores de carga/momento y sobrecarga con capacidad de apagado [10.17], interruptores de paro de emergencia, indicadores de radio y bloqueo.

_**3110F.5 Acceso de la orilla al buque para el personal.**_ _Esta sección se aplica a…

El acceso de la orilla al buque para personal deberá cumplir con 29 CFR 1918.22 [10.18], Secciones 19.B y 21.E de USACE EM 385-1-1 [10.19], Capítulo 16.4 de ISGOTT [10.20] y lo siguiente: 1. Los sistemas de acceso de la orilla al buque deberán diseñarse para soportar las fuerzas de cargas muertas, vivas, de viento, vibración, impacto y la combinación apropiada de estas cargas. El diseño deberá considerar todas las posiciones críticas del sistema en las posiciones almacenadas, de mantenimiento, de maniobra y desplegadas, cuando corresponda (N). 2. La carga viva mínima será de 50 psf en pasarelas y 25 plf con una carga concentrada mínima de 200 libras en cualquier ubicación o dirección sobre los pasamanos (N). 3. La pasarela no deberá tener menos de 36 pulgadas de ancho (N) y no menos de 20 pulgadas para pasarelas existentes (E). 4. El sistema de acceso de la orilla al buque deberá posicionarse de manera que no interfiera con el paso seguro ni la evacuación del personal (N/E).

5. Se deberán proporcionar barandales en ambos lados de los sistemas de acceso con una separación entre las superficies internas de los barandales de no menos de 36 pulgadas y deberá mantenerse a lo largo de toda la longitud de la pasarela (N). 6. Los barandales deberán tener una altura no menor de 33 pulgadas sobre la superficie de la pasarela e incluirán un riel intermedio ubicado a mitad de camino entre la superficie de la pasarela y el riel superior (N/E). 7. La superficie de la pasarela, incluyendo peldaños autonivelantes, si están equipados, deberá tener un acabado antideslizante seguro que aconseje todas las inclinaciones operativas de la pasarela (N/E). 8. La parte inferior de las pasarelas de aluminio deberá protegerse con tiras de plástico duro o madera para evitar que se arrastren o rozadas sobre cualquier cubierta o componente de acero (N/E).

3110F.6 Sumideros de aceite y equipos auxiliares.

3110F.6 Sumideros de aceite y equipos auxiliares. Los sumideros de aceite y los equipos auxiliares deberán cumplir con lo siguiente: 1. Los sumideros para drenaje de aceite deberán estar equipados con respiraderos de presión/vacío, bombas automáticas de drenaje y deberán estar cubiertos herméticamente (N/E). 2. Los sumideros que provean drenaje para más de un atraque deberán estar equipados con sellos líquidos para que un incendio en un atraque no se propague a través del sumidero (N/E). 3. Los sumideros deberán ubicarse al menos a 25 pies de los colectores, la base de los brazos de carga o las torres de mangueras (N). 4. Realizar pruebas periódicas de integridad de los contenedores de los sumideros y pruebas periódicas de integridad y fugas de las válvulas y tuberías relacionadas.

31F-88 CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

TERMINALES MARÍTIMAS DE ACEITE

_**3110F.7 Sistemas de control de vapor.**_ _Los sistemas de control de vapor deberán…

_**3110F.8 Mantenimiento de equipos y sistemas de prevención de derrames (N/E).**_ _El…

_**3110F.9 Bombas (N/E).**_ _La información de especificación para todas las bombas MOT…

Las bombas de hidrocarburos que sirven a las operaciones de transferencia de petróleo en el sistema de atraque deben mantenerse conforme a la Norma API 2610 [10.22]. Las bombas de agua contra incendios que proporcionan la protección contra incendios del muelle deberán mantenerse de acuerdo con la Sección 3108F.6.3.

_**3110F.10 Evaluación sísmica de equipos mecánicos y eléctricos (N/E)**_ _. Los…

3110F.11 Referencias.

3110F.11 Referencias.

[10.1] American Society of Mechanical Engineers (ASME), 2015, ASME B31.3-2014 (ASME B31.3), “Process Piping,” Nueva York.

[10.2] Code of Federal Regulations (CFR), Title 33, Section 154.510 – Loading Arms (33 CFR 154.510)

[10.3] Oil Companies International Marine Forum (OCIMF), 1999, “Design and Construction Specification for Marine Loading Arms,” 3rd ed., Witherby, Londres.

[10.4] California Code of Regulations (CCR), Title 2, Division 3, Chapter 1, Article 5 – Marine Terminals Inspection and Monitoring (2 CCR 2300 y ss.)

[10.5] American Society of Civil Engineers (ASCE), 2014, ASCE/COPRI 61-14 (ASCE/COPRI 61), “Seismic Design of Piers and Wharves”, Reston, VA.

[10.6] American Society of Mechanical Engineers (ASME), 2013, ASME B40.100-2013 (ASME B40.100), “Pressure Gauges and Gauge Attachments,” Nueva York.

[10.7] National Fluid Power Association (NFPA), 2009, NFPA T3.6.7 R3-2009 (R2017) (NFPA T3.6.7 R3), “Fluid Power Systems and Products —Square Head Industrial Cylinders - Mounting Dimensions,” Milwaukee, WI.

[10.8] California Code of Regulations (CCR), Title 24, Part 3, California Electrical Code.

[10.9] Underwriters Laboratory, Inc., 2013, UL Standard No. 913, “Standard for Intrinsically Safe Apparatus and Associated Appa- ratus for Use in Class I, II, III, Division 1, Hazardous (Classified) Locations,” 8th ed., Northbrook, IL.

[10.10] Code of Federal Regulations (CFR), Title 47, Part 15 – Radio Frequency Devices (47 CFR 15)

[10.11] Code of Federal Regulations (CFR), Title 33, Section 154.500 – Hose Assemblies (33 CFR 154.500)

[10.12] American Society of Mechanical Engineers (ASME), 2013, ASME B16.5-2013 (ASME B16.5), “Pipe Flanges and Flanged Fittings,” 13th ed., Nueva York.

[10.13] American Society for Testing and Materials (ASTM), 2010, ASTM F1122-04(2010) (ASTM F1122), “Standard Specification for Quick Disconnect Couplings (6 in. NPS and Smaller),” 4th ed., West Conshohocken, PA.

[10.14] American Society of Mechanical Engineers (ASME), 2010, ASME B30.4-2010 (ASME B30.4), “Portal Tower and Pedestal Cranes,” 10th ed., Nueva York.

[10.15] American Society of Mechanical Engineers (ASME), 2011, ASME B30.7-2011 (ASME B30.7), “Winches,” 11th ed., Nueva York.

[10.16] American Society of Mechanical Engineers (ASME) 1999, ASME HST-1999 (R2010) (ASME HST-4), “Performance Standard for Overhead Electric Wire Rope Hoists,” Nueva York.

[10.17] Code of Federal Regulations (CFR), Title 29, Section 1917.46 – Load Indicating Devices (29 CFR 1917.46)

[10.18] Code of Federal Regulations (CFR), Title 29, Section 1918.22 – Gangways (29 CFR 1918.22)

[10.19] US Army Corps of Engineers (USACE), 2008 (05 Jul 11), EM 385-1-1, “Safety and Health Requirements Manual, Sections 19.B and 21.E, Washington, D.C.

[10.20] International Chamber of Shipping (ICS), Oil Companies International Marine Forum (OCIMF), International Association of Ports and Harbors (IAPH), 2010, “International Safety Guide for Oil Tankers and Terminals (ISGOTT),” 5th ed., Witherby, Londres.

[10.21] Code of Federal Regulations (CFR), Title 33, Sections 154.2000 through 154.2250 – Vapor Control Systems (33 CFR 154.2000 y ss.)

[10.22] American Petroleum Institute (API), 2005, API Standard 2610 (R2010), “Design, Construction, Operation, Maintenance, and Inspection of Terminal and Tank Facilities,” 2nd ed., Washington, D.C.

Autoridad: Secciones 8750 a 8760, Public Resources Code.

Referencia: Secciones 8750, 8751, 8755 y 8757, Public Resources Code.

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ELLO.

TERMINALES MARÍTIMAS DE PETRÓLEO

División 11

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