Capítulo 44 — NORMAS REFERENCIADAS
Sección CJ109 — UBICACIÓN, MANTENIMIENTO E IDENTIFICACIÓN
2025 California Residential Code (Title 24, Part 2.5) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
CJ109.1 Mantenimiento. ¶
CJ109.1 Mantenimiento. La vivienda de emergencia y las instalaciones de vivienda de emergencia deberán mantenerse en condiciones seguras y sanitarias, y libres de vermes, vectores y otras materias de naturaleza infecciosa o contagiosa. Los terrenos dentro de los sitios de vivienda de emergencia deberán mantenerse limpios y libres de acumulación de escombros, suciedad, basura y materias nocivas. No se permitirá la ocupación de la vivienda de emergencia ni de las instalaciones de vivienda de emergencia si existe una condición subestándar, según lo determine la agencia encargada de hacer cumplir la normativa.
CJ109.1.1 Riesgos de incendio. No se permitirán materiales peligrosos o materiales que creen un riesgo de incendio, según lo determine la agencia encargada de hacer cumplir la normativa, en los terrenos dentro de los sitios de vivienda de emergencia.
CJ109.2 Identificación. ¶
CJ109.2 Identificación. La vivienda de emergencia deberá estar designada por números de dirección, letras u otros medios adecuados de identificación. La identificación deberá estar en un lugar visible que dé hacia la calle o camino de acceso frente al edificio o estructura. Cada carácter de identificación deberá tener una altura no menor a 4 pulgadas (102 mm) y un ancho no menor a 0.5 pulgada (12.7 mm), instalado/pintado sobre un fondo de contraste.