Capítulo 1 — ADMINISTRACIÓN

Sección 117 — DEMOLICIÓN

2025 California Existing Building Code (Title 24, Part 10) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

[A] 117.1 General. Cuando el funcionario del código determine que una estructura es tan antigua, deteriorada o está en tal estado de reparación deficiente que es peligrosa, insegura, insalubre y, en general, no apta para la habitación u ocupación humana, el funcionario del código podrá ordenar cualquiera de las siguientes acciones:

  1. El funcionario del código podrá autorizar al propietario o al agente autorizado del propietario a realizar reparaciones para hacer que la estructura sea segura y sanitaria. Cuando haya habido una interrupción en las reparaciones de construcción de cualquier estructura por un período mayor a 2 años, se ordenará la demolición y remoción de la estructura.
  2. El funcionario del código podrá ordenar al propietario o al agente autorizado del propietario que demuela y retire dicha estructura.

[A] 117.2 Avisos y órdenes. Los avisos y órdenes deberán cumplir con la Sección 113.

[A] 117.3 Incumplimiento. Si el propietario o el agente autorizado del propietario de un inmueble no cumple con una orden de demolición dentro del plazo prescrito, el funcionario del código hará que la estructura sea demolida y retirada, ya sea a través de una agencia pública disponible o mediante contrato o acuerdo con personas privadas, y el costo de dicha demolición y remoción se cargará contra el bien inmueble en el que se encuentra la estructura y constituirá un gravamen sobre dicho bien inmueble.

[A] 117.4 Materiales recuperables. Cuando se haya ordenado la demolición y remoción de cualquier estructura, el organismo rector u otro funcionario designado bajo dicho contrato o acuerdo tendrá el derecho de vender los materiales recuperables y valiosos al precio más alto posible. Los ingresos netos de dicha venta, después de deducir los gastos de demolición y remoción, se remitirán prontamente junto con un informe de dicha venta o transacción, incluyendo los conceptos de gasto y los montos deducidos, a la persona que tenga derecho a ellos, sujeto a cualquier orden judicial. Si no queda un excedente para entregar, el informe deberá indicarlo así.

1-32 CÓDIGO DE EDIFICACIÓN EXISTENTE DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

CÓDIGO DE EDIFICACIÓN EXISTENTE DE CALIFORNIA – TABLA DE ADOPCIÓN MATRIZ

CAPÍTULO 2 – DEFINICIONES

(Las Tablas de Adopción Matriz son no regulatorias, destinadas solo como ayuda para el usuario del código. Consulte el Capítulo 1 para la autoridad de las agencias estatales y aplicaciones de construcción.)

Agencia Adoptante BSC BSC-
CG
SFM HCD Col6 Col7 DSA Col9 Col10 OSHPD Col12 Col13 Col14 Col15 Col16 Col17 BSCC DPH AGR DWR CEC CA SL SLC
Agencia Adoptante BSC BSC-
CG
SFM 1 2 1/AC AC SS SS/CC 1 1R 2 3 4 5 6 6 6 6 6 6 6 6 6
Adoptar Capítulo Completo X X
Adoptar Capítulo Completo con
enmiendas (secciones
enmendadas listadas abajo)
X X X X X X X X
Adoptar solo las secciones
listadas abajo
X X X X
Capítulo / Sección
201 X X
201.3 X X X X X
UNIDAD DE VIVIENDA ACCESORIA X X
ADICIÓN X
ALTERACIÓN X
APROBADO X X X
EDIFICIO X X X
FUNCIONARIO DE EDIFICACIÓN X X X X X X X X X X
CAMBIO DE FUNCIÓN X X X X X
CAMBIO DE OCUPACIÓN X
FUNCIONARIO DEL CÓDIGO X X X X X X X X
ÁREA DE CUIDADO CRÍTICO X
PELIGROSO X
AGENCIA DE EJECUCIÓN X X X
EQUIPO O ACCESORIO X
EDIFICIO EXISTENTE X
ESTRUCTURA EXISTENTE X
ESTRUCTURA EXISTENTE X X X X X
ELEMENTO ELEVADO EXTERIOR X X
INSTALACIÓN X
HOSPITAL DE CUIDADO AGUDO GENERAL X
ALTERACIONES, ADICIONES O
REPARACIONES ESTRUCTURALES
INCIDENTALES
X X X X X
ALTERACIONES ESTRUCTURALES
MAYORES
X X X X X
ALTERACIONES, ADICIONES O
REPARACIONES ESTRUCTURALES
MENORES
X X X X X
MATERIAL NO COMBUSTIBLE X
ALTERACIÓN NO ESTRUCTURAL X X X X X
FUNCIÓN PRINCIPAL X
PROFESIONAL DE DISEÑO
REGISTRADO A CARGO
X
REPARACIÓN X X X
REPARACIÓN X

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

CÓDIGO DE EDIFICACIÓN EXISTENTE DE CALIFORNIA – TABLA DE ADOPCIÓN MATRIZ

CAPÍTULO 2 – DEFINICIONES—continuación

Agencia Adoptante BSC BSC-
CG
SFM HCD Col6 Col7 DSA Col9 Col10 OSHPD Col12 Col13 Col14 Col15 Col16 Col17 BSCC DPH AGR DWR CEC CA SL SLC
Agencia Adoptante BSC BSC-
CG
SFM 1 2 1/AC AC SS SS/CC 1 1R 2 3 4 5 6 6 6 6 6 6 6 6 6
Adoptar Capítulo Completo X X
Adoptar Capítulo Completo con
enmiendas (secciones
enmendadas listadas abajo)
X X X X X X X X
Adoptar solo las secciones
listadas abajo
X X X X
Capítulo / Sección
RETECHADO X
RECUBRIMIENTO DE TECHO X
RECUBRIMIENTO DE TECHO X
REPARACIÓN DE TECHO X
REEMPLAZO DE TECHO X
SEPARACIÓN SÍSMICA SPC X X
EDIFICIO SUBESTÁNDAR X X
DAÑO ESTRUCTURAL SUSTANCIAL X X
HORMIGÓN SIN REFUERZO X X X X X
MAMPOSTERÍA SIN REFUERZO X X X X X
INSALUBRE X X X
MEJORAS ESTRUCTURALES VOLUNTARIAS X X X X X
ÁREA DE TRABAJO X

La agencia estatal no adopta las secciones identificadas con el siguiente símbolo: La adopción por parte de la Oficina del Jefe Estatal de Bomberos de este capítulo o secciones individuales es aplicable a estructuras reguladas por otras agencias estatales conforme a la Sección 1.11.

2-2 CÓDIGO DE EDIFICACIÓN EXISTENTE DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

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