Capítulo 35 — NORMAS REFERENCIADAS
Sección Q109 — UBICACIÓN, MANTENIMIENTO E IDENTIFICACIÓN
2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
15. Q109.1 Mantenimiento. Las viviendas de emergencia y las instalaciones de vivienda… ¶
Q109.1 Mantenimiento. Las viviendas de emergencia y las instalaciones de viviendas de emergencia deberán mantenerse en condiciones seguras y sanitarias, y libres de vermes, vectores y otros materiales de naturaleza infecciosa o contagiosa. Los terrenos dentro de los sitios de viviendas de emergencia deberán mantenerse limpios y libres de acumulación de escombros, suciedad, basura y materiales nocivos. No se permitirá la ocupación de viviendas de emergencia ni de instalaciones de viviendas de emergencia si existe una condición deficiente, según lo determine la agencia encargada de hacer cumplir la norma.
Q109.1.1 Riesgos de incendio. No se permitirán materiales peligrosos o materiales que creen un riesgo de incendio, según lo determine la agencia encargada de hacer cumplir la norma, en los terrenos dentro de los sitios de viviendas de emergencia.
Q109.2 Identificación. ¶
Q109.2 Identificación. La vivienda de emergencia deberá estar designada por números de dirección, letras u otros medios adecuados de identificación. La identificación deberá estar en un lugar visible que dé hacia la calle o el camino de acceso frente al edificio o estructura. Cada carácter de identificación deberá tener una altura no menor de 4 pulgadas (102 mm) y un ancho no menor de 0.5 pulgadas (12.7 mm), instalado/pintado sobre un fondo contrastante.