Capítulo 35 — NORMAS REFERENCIADAS

Sección K109 — MEDIOS ALTERNATIVOS DE PROTECCIÓN

2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

**K109.1 Solicitud de aprobación de medios alternativos de protección.** Las…

ser presentadas por escrito al funcionario de construcción por el propietario o el representante autorizado del propietario. La solicitud deberá ir acompañada de una declaración completa de las condiciones y evidencia suficiente de que el medio alternativo propuesto proporciona una protección razonable a los ocupantes. El funcionario de construcción requerirá que el propietario obtenga una declaración escrita de la autoridad de gestión de emergencias aplicable respecto a los planes y procesos relacionados con la notificación de condiciones anticipadas de inundación, advertencias, evacuaciones y otras condiciones pertinentes relativas a la proximidad de diques cercanos. El funcionario de construcción también requerirá que el propietario obtenga una declaración escrita y hallazgos de la entidad que tenga jurisdicción sobre la gestión, mantenimiento, monitoreo y control de las obras de protección contra inundaciones en las cercanías de la ubicación de la propiedad del propietario; dicha declaración deberá comentar sobre la viabilidad del medio alternativo de protección propuesto. El funcionario de construcción podrá solicitar declaraciones escritas de la Central Valley Flood Protection Board, el California Department of Water Resources y la California Emergency Management Agency.

La aprobación de una solicitud para el uso de un medio alternativo de protección realizada conforme a estas disposiciones estará limitada al caso particular cubierto por la solicitud y no se interpretará como el establecimiento de ningún precedente para futuras solicitudes excepto en situaciones sustancialmente equivalentes.

Nota: La información de contacto para el California Department of Water Resources y el Directorio de Funcionarios de Inundaciones del Departamento, que incluye mapas de límites de distritos de diques y de reclamación, está disponible en línea en el siguiente sitio web: www.water.ca.gov/Building-Codes. El Ingeniero de Proyecto del Código de Construcción del Department of Water Resources puede ser contactado al 916-574-1451. El Ingeniero Jefe de la Central Valley Flood Control Board puede ser contactado al 916-574-0609. El Gerente del Programa de la Región Interior de la California Emergency Management Agency puede ser contactado al 916-845-8488.

K109.2 Apelaciones.

K109.2 Apelaciones. Cuando el funcionario de construcción haya negado una solicitud para un medio alternativo de protección, el solicitante podrá presentar una apelación por escrito ante la junta de apelaciones. Al considerar dicha apelación, la junta de apelaciones podrá proporcionar información adicional a, y solicitar declaraciones escritas adicionales de, la Central Valley Flood Protection Board, el California Department of Water Resources, y la California Emergency Management Agency. Si se proporcionan dichas declaraciones escritas adicionales, la junta de apelaciones deberá considerar esas declaraciones._

APÉNDICE K-4 CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE CONCEPTO.

APÉNDICE K—OCUPACIONES GRUPO R-3 Y GRUPO R-3.1 PROTEGIDAS POR LAS INSTALACIONES DEL PLAN DE PROTECCIÓN CONTRA INUNDACIONES DEL VALLE CENTRAL

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE CONCEPTO.

APÉNDICE K—OCUPACIONES GRUPO R-3 Y GRUPO R-3.1 PROTEGIDAS POR LAS INSTALACIONES DEL PLAN DE PROTECCIÓN CONTRA INUNDACIONES DEL VALLE CENTRAL

APÉNDICE K-6 CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE CONCEPTO.

CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA – TABLA DE ADOPCIÓN DE MATRIZ

APÉNDICE L – INSTRUMENTACIÓN PARA REGISTRO DE TERREMOTOS

(Las Tablas de Adopción de Matriz no son normativas, están destinadas únicamente como ayuda para el usuario del código. Consulte el Capítulo 1 para la autoridad de las agencias estatales y aplicaciones de construcción.)

Agencia adoptante BSC BSC-
CG
SFM HCD Col6 Col7 DSA Col9 Col10 OSHPD Col12 Col13 Col14 Col15 Col16 Col17 BSCC DPH AGR DWR CEC CA SL SLC
Agencia adoptante BSC BSC-
CG
SFM 1 2 1/AC AC SS SS/CC 1 1R 2 3 4 5 6 6 6 6 6 6 6 6 6
Adoptar capítulo completo
Adoptar capítulo completo como
enmendado (secciones
enmendadas listadas abajo)
X X
Adoptar solo aquellas secciones
que se listan abajo
Capítulo / Sección
L101.1 X X
L101.2 X X
L101.3 X

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE CONCEPTO.

L INSTRUMENTACIÓN PARA REGISTRO DE TERREMOTOS

Las disposiciones contenidas en este apéndice no son obligatorias a menos que sean específicamente adoptadas por una agencia estatal o referenciadas en la ordenanza de adopción.

Notas para el usuario:

Acerca de este apéndice: El propósito del Apéndice L es fomentar la recopilación de datos de movimiento del suelo, particularmente de terremotos de fuerte movimiento. Cuando estos datos de movimiento del suelo se sintetizan, pueden ser útiles para desarrollar futuras mejoras a las disposiciones sísmicas del código.

Nota de desarrollo del código ICC: Las propuestas de cambio al código para este apéndice serán consideradas por el IBC—Structural Code Development Committee durante el

Ciclo de Desarrollo del Código 2025 (Grupo B).

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