Capítulo 35 — NORMAS REFERENCIADAS
Sección K105 — ESPACIO DENTRO DEL EDIFICIO
2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
K105.1 General. ¶
K105.1 General. Si el lugar de evacuación es un espacio dentro de un edificio, el lugar de evacuación deberá contar con un medio para que los ocu- pantes sean evacuados fuera del edificio según lo especificado en las Secciones K105.1.1, K105.1.2 o K105.1.3.
K105.1.1 Ventanas, tamaño y dimensiones mínimas. Se deberá proporcionar un mínimo de una ventana que cumpla con el tamaño mínimo, las dimensiones mínimas y las restricciones operativas de la Sección 1026. El número de dichas ventanas deberá ser apropiado para la ocupación o ocupaciones de las partes del edificio que estén por debajo del WSEL200.
Nota: Es la intención de esta sección que las ventanas sean de número, tamaños y dimensiones suficientes para acomodar razonablemente las necesidades y limitaciones de los ocupantes del edificio. El funcionario de construcción deberá ejercer un juicio razonable en la aplicación de este requisito.
K105.1.2 Puertas exteriores a terrazas, balcones y porches. Las puertas exteriores a terrazas, balcones y porches deberán tener un tamaño conforme a la Sección 1008.
Excepción: En ocupaciones del Grupo R-3.1 que estén sujetas a los requisitos de los Capítulos 11A o 11B, las puertas a terrazas, balcones o porches deberán cumplir con la Sección 1132A.1.
K105.1.3 Medios de escape a azoteas desde espacios dentro de un edificio. Se permitirá que los medios de escape a azoteas sean proporcionados mediante una escalera, rampa, dispositivo de peldaños alternados, escalera fija u otro medio aprobado por el funcionario de construcción.
Excepción: En ocupaciones del Grupo R-3.1 que estén sujetas a los requisitos de los Capítulos 11A o 11B, dichos requisitos de accesibilidad deberán aplicarse a los medios de escape a azoteas.