Capítulo 3 — REQUISITOS GENERALES

Sección 314 — EXHIBICIONES INTERIORES

2025 California Fire Code (Title 24, Part 9) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

**314.1 General.** Las exhibiciones interiores construidas dentro de cualquier…

**314.2 Accesorios y exhibiciones.** Los accesorios y las exhibiciones de mercancías…

**314.3 Mercancías altamente combustibles.** Se prohíbe la exhibición de mercancías…

**314.4 Vehículos.** Los vehículos, aeronaves, embarcaciones u otras embarcaciones…

  1. El sistema de arranque del motor está inhabilitado o las baterías de ignición están desconectadas, excepto cuando el funcionario del código de incendios requiera que las baterías permanezcan conectadas para mantener las funciones de seguridad.
  2. El combustible en los tanques de combustible no excede ninguno de los siguientes límites: 2.1. El combustible líquido de Clase I, II y III no excede un cuarto de tanque o 5 galones (19 L), lo que sea menor. 2.2. El gas LP no excede un cuarto de tanque o 6.6 galones (25 L), lo que sea menor. 2.3. El gas natural comprimido (CNG) no excede un cuarto de tanque o 630 pies cúbicos (17.8 m³), lo que sea menor. 2.4. El hidrógeno no excede un cuarto de tanque o 2,000 pies cúbicos (57 m³), lo que sea menor.
  3. Los tanques de combustible y las aberturas de llenado están cerrados y sellados para evitar manipulaciones.
  4. Los vehículos, aeronaves, embarcaciones u otros equipos motorizados no se cargan ni descargan combustible dentro del edificio.

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