Capítulo 1 — ADMINISTRACIÓN

Sección 108 — TARIFAS

2025 California Fire Code (Title 24, Part 9) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

[A] 108.1 Tarifas. No se expedirá un permiso hasta que se hayan pagado las tarifas, ni se liberará una enmienda a un permiso hasta que se haya pagado la tarifa adicional, si la hubiera.

1-26 CÓDIGO DE INCENDIOS DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

DIVISIÓN II—ALCANCE Y ADMINISTRACIÓN

[A] 108.2 Cuadro de tarifas de permisos. Cuando se requiera un permiso, se deberá pagar una tarifa por cada permiso según lo requerido, de conformidad con el cuadro establecido por la autoridad gobernante aplicable.

**108.3 Valoraciones para permisos.** El solicitante de un permiso deberá proporcionar…

[A] 108.4 Trabajo iniciado antes de la emisión del permiso. Una persona que inicie cualquier trabajo, actividad u operación regulada por este código antes de obtener los permisos necesarios estará sujeta a una tarifa establecida por la autoridad gobernante aplicable, la cual será adicional a las tarifas requeridas para el permiso.

[A] 108.5 Tarifas relacionadas. El pago de la tarifa por la construcción, alteración, remoción o demolición del trabajo realizado en conexión o simultáneamente con el trabajo o actividad autorizada por un permiso no eximirá al solicitante o titular del permiso del pago de otras tarifas prescritas por la ley.

[A] 108.6 Reembolsos. La autoridad gobernante aplicable está autorizada para establecer una política de reembolso.

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