Sección 105 — PERMISOS
2025 California Fire Code (Title 24, Part 9) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
[A] 105.1 General. Los permisos deberán estar de acuerdo con las Secciones 105.1.1 hasta 105.6.25.
[A] 105.1.1 Permisos requeridos. Un propietario o el agente autorizado del propietario que tenga la intención de realizar una operación o negocio, o instalar o modificar sistemas y equipos regulados por este código, o hacer que se realice dicho trabajo, deberá primero presentar una solicitud al funcionario del código de incendios y obtener el permiso requerido.
105.1.2 Tipos de permisos. Habrá dos tipos de permisos como sigue:
- Permiso operativo. Un permiso operativo permite al solicitante realizar una operación o un negocio para el cual se requiere un permiso según la Sección 105.5 por: 1.1. Un período prescrito.
1.2. Hasta que sea renovado o revocado.
- Permiso de construcción. Un permiso de construcción permite al solicitante instalar o modificar sistemas y equipos para los cuales se requiere un permiso según la Sección 105.6.
105.1.3 Múltiples permisos para la misma ubicación. Cuando se requiera más de un permiso para la misma ubicación, el funcionario del código de incendios está autorizado para consolidar dichos permisos en un solo permiso siempre que cada disposición esté listada en el permiso.
[A] 105.1.4 Reparaciones de emergencia. Cuando el reemplazo y las reparaciones de equipos deban realizarse en una situación de emergencia, la solicitud del permiso deberá presentarse al funcionario del código de incendios dentro del siguiente día hábil.
[A] 105.1.5 Reparaciones. No se requiere solicitud ni aviso al funcionario del código de incendios para reparaciones ordinarias en estructuras, equipos o sistemas. Tales reparaciones no incluirán el corte de ninguna pared, tabique o parte de ellos, la remoción o cambio de cualquier medio de evacuación requerido, ni la reorganización de partes de una estructura que afecten los requisitos de evacuación; tampoco incluirán adiciones, alteraciones, reemplazos o reubicaciones de cualquier columna seca, suministro de agua para protección contra incendios, sistema automático de rociadores, sistema de alarma contra incendios u otro trabajo que afecte la protección contra incendios o la seguridad de vida.
[A] 105.1.6 Permiso anual. En lugar de un permiso individual de construcción para cada alteración a un sistema o instalación de equipo ya aprobado, el funcionario del código de incendios está autorizado para emitir un permiso anual, previa solicitud, a cualquier persona, empresa o corporación que emplee regularmente a uno o más trabajadores calificados en el edificio, estructura o en las instalaciones propiedad o bajo operación del solicitante del permiso.
[A] 105.1.6.1 Registros del permiso anual. La persona a quien se le emita un permiso anual deberá mantener un registro detallado de las alteraciones realizadas bajo dicho permiso anual. El funcionario del código de incendios tendrá acceso a dichos registros en todo momento o dichos registros deberán ser archivados con el funcionario del código de incendios según se designe.
el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ELLO.
DIVISIÓN II—ALCANCE Y ADMINISTRACIÓN
[A] 105.2 Solicitud. La solicitud de un permiso requerido por este código deberá hacerse al funcionario del código de incendios en la forma y detalle que éste prescriba. Las solicitudes de permisos deberán ir acompañadas de los planos que el funcionario del código de incendios prescriba.
[A] 105.2.1 Negativa a emitir permiso. Si la solicitud de permiso describe un uso que no cumple con los requisitos de este código y otras leyes y ordenanzas pertinentes, el funcionario del código de incendios no emitirá el permiso, sino que devolverá la solicitud al solicitante con la negativa a emitir dicho permiso. Tal negativa, cuando se solicite, será por escrito y contendrá las razones de la negativa.
[A] 105.2.2 Inspección autorizada. Antes de aprobar un nuevo permiso operativo, el funcionario del código de incendios está autorizado para inspeccionar los recipientes, vehículos, edificios, dispositivos, locales, espacios de almacenamiento o áreas que se usarán para determinar el cumplimiento con este código o cualquier restricción operativa requerida.
[A] 105.2.3 Limitación temporal de la solicitud. Se considerará que una solicitud de permiso para cualquier trabajo u operación propuesta ha sido abandonada 180 días después de la fecha de presentación, a menos que dicha solicitud haya sido diligentemente procesada o se haya emitido un permiso; excepto que el funcionario del código de incendios está autorizado para conceder una o más prórrogas por períodos adicionales que no excedan de 90 días cada una. La prórroga deberá solicitarse por escrito y demostrarse causa justificada.
[A] 105.2.4 Acción sobre la solicitud. El funcionario del código de incendios examinará o hará examinar las solicitudes de permisos y sus enmiendas dentro de un tiempo razonable después de su presentación. Si la solicitud o los documentos de construcción no cumplen con los requisitos de las leyes pertinentes, el funcionario del código de incendios rechazará dicha solicitud por escrito, indicando las razones. Si el funcionario del código de incendios está satisfecho de que el trabajo u operación propuestos cumplen con los requisitos de este código y las leyes y ordenanzas aplicables, emitirá el permiso correspondiente tan pronto como sea posible.
[A] 105.3 Condiciones de un permiso. Un permiso constituirá permiso para mantener, almacenar o manipular materiales; o para realizar procesos que produzcan condiciones peligrosas para la vida o la propiedad; o para instalar equipos utilizados en relación con tales actividades; o para instalar o modificar cualquier sistema o equipo de protección contra incendios o cualquier otra construcción, instalación o modificación de equipo conforme a las disposiciones de este código donde se requiera permiso según la Sección 105.5 o 105.6. Tal permiso no se interpretará como autoridad para violar, cancelar o anular cualquiera de las disposiciones de este código u otras regulaciones o leyes aplicables de la jurisdicción.
[A] 105.3.1 Vencimiento. Un permiso operativo permanecerá en vigor hasta que sea reemitido, renovado o revocado, o por el período especificado en el permiso. Los permisos de construcción se invalidarán automáticamente a menos que el trabajo autorizado por dicho permiso comience dentro de los 180 días posteriores a su emisión, o si el trabajo autorizado por dicho permiso se suspende o abandona por un período de 180 días después de la fecha en que se inició el trabajo. Antes de reanudar dicho trabajo, deberá obtenerse un nuevo permiso y la tarifa para reanudar el trabajo, si la hubiera, será la mitad del monto requerido para un nuevo permiso para dicho trabajo, siempre que no se hayan hecho ni se hagan cambios en los documentos originales de construcción para dicho trabajo, y siempre que dicha suspensión o abandono no haya excedido un año. Los permisos no son transferibles y cualquier cambio en la ocupación, operación, tenencia o propiedad requerirá la emisión de un nuevo permiso.
105.3.1.1 Vencimiento. A partir del 1 de enero de 2019, todo permiso emitido se invalidará a menos que el trabajo en el sitio autorizado por dicho permiso comience dentro de los 12 meses posteriores a su emisión o si el trabajo autorizado en el sitio por dicho permiso se suspende o abandona por un período de 12 meses después de la fecha en que se inició el trabajo. El funcionario de construcción está autorizado para conceder, por escrito, una o más prórrogas por períodos no mayores a 180 días cada una. La prórroga deberá solicitarse por escrito y demostrarse causa justificada. (Ver Sección 18938.5 y 18938.6 del Código de Salud y Seguridad).
[A] 105.3.2 Prórrogas. El titular de un permiso vigente tendrá derecho a solicitar una prórroga del tiempo dentro del cual comenzará el trabajo bajo ese permiso cuando no sea posible iniciar el trabajo dentro del tiempo requerido por esta sección por razones buenas y satisfactorias. El funcionario del código de incendios está autorizado para conceder, por escrito, una o más prórrogas del período de un permiso por períodos no mayores a 180 días cada una. Tales prórrogas deberán solicitarse por escrito y demostrarse causa justificada.
[A] 105.3.3 Prohibición de ocupación antes de la aprobación. El edificio o estructura no deberá ocuparse antes de que el funcionario del código de incendios emita un permiso y realice las inspecciones asociadas que indiquen que se han cumplido las disposiciones aplicables de este código.
[A] 105.3.4 Permisos condicionales. Cuando se requieran permisos y a solicitud del solicitante, el funcionario del código de incendios está autorizado para emitir un permiso condicional para ocupar las instalaciones o parte de ellas antes de que se complete todo el trabajo u operaciones en las instalaciones, siempre que dicha parte o partes se ocupen de manera segura antes de la finalización total o instalación de equipos y operaciones sin poner en peligro la vida o el bienestar público. El funcionario del código de incendios notificará por escrito al solicitante del permiso cualquier limitación o restricción necesaria para mantener segura el área del permiso. El titular de un permiso condicional procederá solo hasta el punto para el cual se ha dado aprobación, bajo su propio riesgo y sin garantía de que se otorgará la aprobación para la ocupación o utilización de todas las instalaciones, equipos u operaciones.
[A] 105.3.5 Exhibición del permiso. Los permisos emitidos deberán mantenerse en las instalaciones designadas en todo momento y deberán estar disponibles para inspección por el funcionario del código de incendios.
[A] 105.3.6 Cumplimiento con el código. La emisión o concesión de un permiso no se interpretará como permiso para, ni aprobación de, ninguna violación de las disposiciones de este código o de cualquier otra ordenanza de la jurisdicción. Los permisos que presuman dar autoridad para violar o cancelar las disposiciones de este código u otras ordenanzas de la jurisdicción no serán válidos. La emisión de un permiso basada en documentos de construcción y otros datos no impedirá que el funcionario del código de incendios exija la corrección de errores en dichos documentos y datos. Cualquier adición o alteración a los documentos de construcción aprobados deberá ser aprobada previamente por el funcionario del código de incendios, como lo evidenciará la emisión de un permiso nuevo o enmendado.
[A] 105.3.7 Información en el permiso. El funcionario del código de incendios emitirá todos los permisos requeridos por este código en un formulario aprobado para tal fin. El permiso contendrá una descripción general de la operación o ocupación y su ubicación, así como cualquier otra información requerida por el funcionario del código de incendios. Los permisos emitidos llevarán la firma del funcionario del código de incendios u otra autorización legal aprobada.
[A] 105.3.8 Validez del permiso. La emisión o concesión de un permiso no se interpretará como permiso para, ni aprobación de, ninguna violación de las disposiciones de este código o de cualquier otra ordenanza de la jurisdicción. Los permisos que presuman dar autoridad para violar o cancelar las disposiciones de este código u otras ordenanzas de la jurisdicción no serán válidos. La emisión de un permiso basada en documentos de construcción, documentos operativos y otros datos no impedirá que el funcionario del código de incendios exija la corrección de errores en dichos documentos u otros datos.
[A] 105.4 Revocación. El funcionario del código de incendios está autorizado para revocar un permiso emitido bajo las disposiciones de este código cuando se encuentre, por inspección o de otra manera, que ha habido una declaración falsa o tergiversación de hechos materiales en la solicitud o documentos de construcción en los que se basó el permiso o aprobación, incluyendo, pero no limitado a, cualquiera de los siguientes:
- El permiso se usa para una ubicación o establecimiento distinto al que fue emitido.
- El permiso se usa para una condición o actividad distinta a la listada en el permiso.
- Se han violado las condiciones y limitaciones establecidas en el permiso.
- Ha habido declaraciones falsas o tergiversaciones de hechos materiales en la solicitud de permiso o en los planos presentados o en una condición del permiso.
- El permiso es usado por una persona o empresa distinta al nombre para el cual fue emitido.
- El titular del permiso no cumplió, se negó o descuidó cumplir con órdenes o avisos debidamente entregados conforme a las disposiciones de este código dentro del tiempo establecido.
- El permiso fue emitido por error o en violación de una ordenanza, regulación o este código.
**105.5 Permisos operativos requeridos.** El funcionario del código de incendios está… ¶
105.5.1 Manufactura aditiva. Se requiere un permiso operativo para realizar operaciones de manufactura aditiva reguladas por la Sección 4106.3.
105.5.2 Productos en aerosol, productos de aerosol para cocinar y productos de aerosol plástico 3. Se requiere un permiso operativo para fabricar, almacenar o manejar una cantidad agregada de productos en aerosol de Nivel 2 o Nivel 3, productos de aerosol para cocinar o productos de aerosol plástico 3 que excedan las 500 libras (227 kg) de peso neto.
105.5.3 Áreas de entretenimiento. Se requiere un permiso operativo para operar un área de entretenimiento especial.
105.5.4 Instalaciones de aviación. Se requiere un permiso operativo para usar una ocupación Grupo H o Grupo S para servicio o reparación de aeronaves y vehículos de servicio de combustible para aeronaves. Los permisos adicionales requeridos por otras secciones de este código incluyen, pero no se limitan a, trabajos en caliente, materiales peligrosos y acabados inflamables o combustibles.
105.5.5 Carnavales y ferias. Se requiere un permiso operativo para realizar un carnaval o feria.
105.5.6 Película de nitrato de celulosa. Se requiere un permiso operativo para almacenar, manejar o usar película de nitrato de celulosa en una ocupación Grupo A.
105.5.7 Operaciones que producen polvo combustible. Se requiere un permiso operativo para operar un elevador de granos, molino de almidón de harina, molino de alimento, o una planta que pulverice aluminio, carbón, cacao, magnesio, especias o azúcar, u otras operaciones que produzcan polvos combustibles según se definen en el Capítulo 2.
105.5.8 Fibras combustibles. Se requiere un permiso operativo para el almacenamiento y manejo de fibras combustibles en cantidades mayores a 100 pies cúbicos (2.8 m [3]).
Excepción: No se requiere permiso para almacenamiento agrícola.
105.5.9 Gases comprimidos. Se requiere un permiso operativo para el almacenamiento, uso o manejo a temperatura y presión normales (NTP) de gases comprimidos en cantidades que excedan las listadas en la Tabla 105.5.9.
Excepción: Vehículos equipados y que usan gas comprimido como combustible para propulsar el vehículo.
| TABLA 105.5.9—CANTIDADES DE PERMISO PARA GASES COMPRIMIDOS | Col2 |
|---|---|
| TIPO DE GAS | CANTIDAD (pies cúbicos a NTP) |
| Dióxido de carbono usado en sistemas de enriquecimiento de dióxido de carbono | 875 (100 lb) |
| Dióxido de carbono usado en aplicaciones de dispensación de bebidas con dióxido de carbono líquido aislado | 875 (100 lb) |
| Corrosivo | 200 |
| Inflamable (excepto fluidos criogénicos y gases licuados de petróleo) | 200 |
| Altamente tóxico | Cualquier cantidad |
| Inerte y asfixiante simple | 6,000 |
| Oxidante (incluyendo oxígeno) | 504 |
| Pirofórico | Cualquier cantidad |
| Tóxico | Cualquier cantidad |
| Para SI: 1 pie cúbico = 0.02832 m3. | Para SI: 1 pie cúbico = 0.02832 m3. |
105.5.10 Edificios de centros comerciales cubiertos y abiertos. Se requiere un permiso operativo para:
- La colocación de exhibidores y muebles de venta al por menor, equipo de concesiones, exhibiciones de bienes altamente combustibles y artículos similares en el centro comercial.
- La exhibición de equipo alimentado por líquido o gas en el centro comercial.
- El uso de equipo de llama abierta o que produzca llama en el centro comercial.
105.5.11 Fluidos criogénicos. Se requiere un permiso operativo para producir, almacenar, transportar en el sitio, usar, manejar o dispensar fluidos criogénicos en cantidades que excedan las listadas en la Tabla 105.5.11.
Excepción: No se requieren permisos para vehículos equipados y que usan fluidos criogénicos como combustible para propulsar el vehículo o para refrigerar la carga.
| TABLA 105.5.11—CANTIDADES DE PERMISO PARA FLUIDOS CRIOGÉNICOS | Col2 | Col3 |
|---|---|---|
| TIPO DE FLUIDO CRIOGÉNICO |
DENTRO DEL EDIFICIO (galones) |
FUERA DEL EDIFICIO (galones) |
| Inflamable | Más de 1 | 60 |
| Inerte | 60 | 500 |
| Oxidante (incluye oxígeno) | 10 | 50 |
| Peligro físico o para la salud no indicado arriba | Cualquier cantidad | Cualquier cantidad |
| Para SI: 1 galón = 3.785 L. | Para SI: 1 galón = 3.785 L. | Para SI: 1 galón = 3.785 L. |
105.5.12 Corte y soldadura. Se requiere un permiso operativo para realizar operaciones de corte o soldadura dentro de la jurisdicción.
105.5.13 Limpieza en seco. Se requiere un permiso operativo para dedicarse al negocio de limpieza en seco o para cambiar a un solvente de limpieza más peligroso usado en equipo de limpieza en seco existente.
105.5.14 Sistemas de almacenamiento de energía. Se requiere un permiso operativo para sistemas de almacenamiento de energía estacionarios y móviles regulados por la Sección 1207. No se requerirán permisos operativos para ESS ubicados en viviendas unifamiliares y bifamiliares independientes y casas adosadas, excepto Grupo R-4.
105.5.15 Exhibiciones y ferias comerciales. Se requiere un permiso operativo para operar exhibiciones y ferias comerciales.
105.5.16 Explosivos. Se requiere un permiso operativo para la fabricación, almacenamiento, manejo, venta o uso de cualquier cantidad de explosivos, materiales explosivos, fuegos artificiales o efectos especiales pirotécnicos dentro del alcance del Capítulo 56. Consulte el Código de Salud y Seguridad División 11, Parte 1, Secciones 12000, y siguientes para requisitos adicionales.
Excepción: Almacenamiento en ocupaciones Grupo R-3 de propelente sin humo, pólvora negra y cebadores para armas pequeñas para uso personal, no para reventa y conforme a la Sección 5606.
105.5.17 Hidrantes y válvulas contra incendios. Se requiere un permiso operativo para usar u operar hidrantes o válvulas contra incendios instalados en sistemas de agua y con acceso listo desde una vía de acceso para vehículos de emergencia que esté abierta o sea generalmente usada por el público.
Excepción: No se requiere permiso para empleados autorizados de la compañía de agua que suministra el sistema o del departamento de bomberos para usar u operar hidrantes o válvulas.
105.5.18 Líquidos inflamables y combustibles. Se requiere un permiso operativo para:
- Usar u operar una tubería para transporte dentro de instalaciones de líquidos inflamables o combustibles. Este requisito no aplica para transporte fuera del sitio en tuberías reguladas por el Departamento de Transporte (DOT) ni para sistemas de tuberías.
- Almacenar, manejar o usar líquidos Clase I en exceso de 5 galones (19 L) dentro de un edificio o en exceso de 10 galones (37.9 L) fuera de un edificio, excepto que no se requiere permiso para lo siguiente: 2.1. El almacenamiento o uso de líquidos Clase I en el tanque de combustible de un vehículo motorizado, aeronave, embarcación motorizada, planta móvil de energía o planta móvil de calefacción, a menos que dicho almacenamiento, a juicio del funcionario del código de incendios, cause una condición insegura. 2.2. El almacenamiento o uso de pinturas, aceites, barnices o mezclas inflamables similares donde dichos líquidos se almacenan para mantenimiento, pintura o propósitos similares por un período no mayor a 30 días.
- Almacenar, manejar o usar líquidos Clase II o Clase IIIA en exceso de 25 galones (95 L) dentro de un edificio o en exceso de 60 galones (227 L) fuera de un edificio, excepto para aceite combustible usado en conexión con equipo de combustión de aceite.
- Almacenar, manejar o usar líquidos Clase IIIB en tanques o tanques portátiles para abastecimiento de vehículos motorizados en estaciones de servicio o donde estén conectados a equipo de combustión de combustible.
Excepción: Aceite combustible y aceite usado para calefacción de espacios o agua. 5. Extraer líquidos Clase I o II de un tanque de almacenamiento subterráneo usado para abastecimiento de vehículos motorizados por cualquier medio que no sean las bombas estacionarias aprobadas en el sitio normalmente usadas para dispensación. 6. Operar vehículos tanque, equipo, tanques, plantas, terminales, pozos, estaciones de dispensación de combustible, refinerías, destilerías y facilidades similares donde se produzcan, procesen, transporten, almacenen, dispensen o usen líquidos inflamables y combustibles. 7. Sacar temporalmente de servicio (por más de 90 días) un tanque de líquido inflamable o combustible subterráneo, protegido sobre tierra o sobre tierra. 8. Cambiar el tipo de contenido almacenado en un tanque de líquido inflamable o combustible a un material que represente un peligro mayor para el cual el tanque fue diseñado y construido. 9. Fabricar, procesar, mezclar o refinar líquidos inflamables o combustibles. 10. Dedicarse a la dispensación de combustibles líquidos en los tanques de vehículos motorizados en establecimientos comerciales, industriales, gubernamentales o manufactureros conforme a la Sección 5706.5.4 o dedicarse a operaciones móviles de abastecimiento bajo demanda conforme a la Sección 5707. 11. Utilizar un sitio para la dispensación de combustibles líquidos desde vehículos tanque a los tanques de combustible de vehículos motorizados, embarcaciones y otro equipo especial en establecimientos comerciales, industriales, gubernamentales o manufactureros conforme a la Sección 5706.5.4 o, cuando lo requiera el funcionario del código de incendios, utilizar un sitio para operaciones móviles de abastecimiento bajo demanda conforme a la Sección 5707.
105.5.19 Acabado de pisos. Se requiere un permiso operativo para operaciones de acabado o recubrimiento de pisos que excedan 350 pies cuadrados (33 m [2]) usando líquidos Clase I o Clase II.
105.5.20 Maduración de frutas y cultivos. Se requiere un permiso operativo para operar una instalación de maduración de frutas o cultivos o realizar un proceso de maduración de frutas usando gas etileno.
105.5.21 Fumigación y nebulización insecticida. Se requiere un permiso operativo para operar un negocio de fumigación o nebulización insecticida, y para mantener un cuarto, bóveda o cámara en la que se use un fumigante tóxico o inflamable.
105.5.22 Materiales peligrosos. Se requiere un permiso operativo para almacenar, transportar en el sitio, dispensar, usar o manejar materiales peligrosos en cantidades que excedan las listadas en la Tabla 105.5.22.
| TABLA 105.5.22—CANTIDADES DE PERMISO PARA MATERIALES PELIGROSOS | Col2 |
|---|---|
| TIPO DE MATERIAL | CANTIDAD |
| Líquidos combustibles | Ver Sección 105.5.16 |
| Materiales corrosivos | |
| Gases | Ver Sección 105.5.8 |
| Líquidos | 55 galones |
| Sólidos | 500 libras |
| Materiales explosivos | Ver Sección 105.5.14 |
| Materiales inflamables | |
| Gases | Ver Sección 105.5.8 |
| Líquidos | Ver Sección 105.5.16 |
| Sólidos | 100 libras |
| Materiales altamente tóxicos | |
| Gases | Ver Sección 105.5.8 |
| Líquidos | Cualquier cantidad |
| Sólidos | Cualquier cantidad |
| Peróxidos orgánicos | |
| Líquidos Clase I Clase II Clase III Clase IV Clase V |
Cualquier cantidad Cualquier cantidad 1 galón 2 galones No se requiere permiso |
| Sólidos Clase I Clase II Clase III Clase IV Clase V |
Cualquier cantidad Cualquier cantidad 10 libras 20 libras No se requiere permiso |
| Materiales oxidantes | |
| Gases | Ver Sección 105.5.9 |
| TABLA 105.5.22—CANTIDADES DE PERMISO PARA MATERIALES PELIGROSOS—continuación | Col2 |
|---|---|
| TIPO DE MATERIAL | CANTIDAD |
| Líquidos Clase 4 Clase 3 Clase 2 Clase 1 |
Cualquier cantidad 1 galóna 10 galones 55 galones |
| Sólidos Clase 4 Clase 3 Clase 2 Clase 1 |
Cualquier cantidad 10 librasb 100 libras 500 libras |
| Materiales pirofóricos | |
| Gases | Cualquier cantidad |
| Líquidos | Cualquier cantidad |
| Sólidos | Cualquier cantidad |
| Materiales tóxicos | |
| Gases | Ver Sección 105.5.8 |
| Líquidos | 10 galones |
| Sólidos | 100 libras |
| Materiales inestables (reactivos) | |
| Líquidos Clase 4 Clase 3 Clase 2 Clase 1 |
Cualquier cantidad Cualquier cantidad 5 galones 10 galones |
| Sólidos Clase 4 Clase 3 Clase 2 Clase 1 |
Cualquier cantidad Cualquier cantidad 50 libras 100 libras |
| Materiales reactivos al agua | |
| Líquidos Clase 3 Clase 2 Clase 1 |
Cualquier cantidad 5 galones 55 galones |
| Sólidos Clase 3 Clase 2 Clase 1 |
Cualquier cantidad 50 libras 500 libras |
| Para SI: 1 galón = 3.785 L, 1 libra = 0.454 kg. a. 22 galones donde aplica la Nota k de la Tabla 5003.1.1(1) y se proporcionan señales de identificación de peligro conforme a la Sección 5003.5 para cantidades de 22 galones o menos. b. 220 libras donde aplica la Nota k de la Tabla 5003.1.1(1) y se proporcionan señales de identificación de peligro conforme a la Sección 5003.5 para cantidades de 220 libras o menos. |
Para SI: 1 galón = 3.785 L, 1 libra = 0.454 kg. a. 22 galones donde aplica la Nota k de la Tabla 5003.1.1(1) y se proporcionan señales de identificación de peligro conforme a la Sección 5003.5 para cantidades de 22 galones o menos. b. 220 libras donde aplica la Nota k de la Tabla 5003.1.1(1) y se proporcionan señales de identificación de peligro conforme a la Sección 5003.5 para cantidades de 220 libras o menos. |
105.5.23 Instalaciones de materiales de producción peligrosos (HPM). Se requiere un permiso operativo para almacenar, manejar o usar materiales de producción peligrosos.
105.5.24 Almacenamiento en altura. Se requiere un permiso operativo para usar un edificio o parte del mismo con más de 500 pies cuadrados (46 m [2]), incluyendo pasillos, de almacenamiento combustible en altura.
105.5.25 Operaciones de trabajo en caliente. Se requiere un permiso operativo para trabajos en caliente incluyendo, pero no limitado a:
Exhibiciones públicas y demostraciones donde se realice trabajo en caliente.
Uso de equipo portátil de trabajo en caliente dentro de una estructura.
Excepción: Trabajo realizado bajo un permiso de construcción. 3. Equipo fijo de trabajo en caliente, como cabinas de soldadura.
Trabajo en caliente realizado dentro de un área de riesgo de incendios forestales.
Aplicación de cubiertas para techos con el uso de un dispositivo de llama abierta.
Cuando sea aprobado, el funcionario del código de incendios emitirá un permiso para llevar a cabo un programa de trabajo en caliente. Este programa permite que personal aprobado regule las operaciones de trabajo en caliente de su instalación. El personal aprobado deberá estar capacitado en los aspectos de seguridad contra incendios indicados en este capítulo y será responsable de emitir permisos que requieran cumplimiento con los requisitos encontrados en el Capítulo 35. Estos permisos se emitirán solo a sus empleados o a operaciones de trabajo en caliente bajo su supervisión.
105.5.26 Cultivo de plantas en interiores. Se requiere un permiso operativo para cultivo de plantas donde se cree un ambiente enriquecido con dióxido de carbono (CO₂).
105.5.27 Hornos industriales. Se requiere un permiso operativo para la operación de hornos industriales regulados por el Capítulo 30.
105.5.28 Vehículos o equipos alimentados por líquidos o gases en edificios de reunión. Se requiere un permiso operativo para exhibir, operar o demostrar vehículos o equipos alimentados por líquidos o gases en edificios de reunión.
105.5.29 Baterías de litio. Se requiere un permiso operativo para una acumulación de más de 15 pies cúbicos (0.42 m³) de baterías de ion de litio y metal de litio, cuando lo requiera la Sección 320.2.
105.5.30 Gas LP. Se requiere un permiso operativo para:
- Almacenamiento y uso de gas LP.
Excepción: No se requiere permiso para contenedores individuales con capacidad de agua de 500 galones (1893 L) o menos o sistemas de contenedores múltiples con cantidad agregada que no exceda 500 galones (1893 L), que sirvan ocupaciones en Grupo R-3. 2. Operación de tanques cisterna que transportan gas LP.
105.5.31 Yermos de madera y plantas de trabajo en madera. Se requiere un permiso operativo para el almacenamiento o procesamiento de madera que exceda 100,000 pies tablares (8,333 ft³) (236 m³).
105.5.32 Magnesio. Se requiere un permiso operativo para fundir, moldear, tratar térmicamente o moler más de 10 libras (4.54 kg) de magnesio.
105.5.33 Almacenamiento diverso de materiales combustibles. Se requiere un permiso operativo para almacenar en cualquier edificio o en cualquier terreno más de 2,500 pies cúbicos (71 m³) de volumen bruto de cajas vacías, barriles o contenedores similares combustibles, paletas combustibles, llantas de caucho, caucho, corcho o material combustible similar.
105.5.34 Vehículos móviles de preparación de alimentos. Se requiere un permiso operativo para vehículos móviles de preparación de alimentos equipados con aparatos que produzcan humo o vapores cargados de grasa.
105.5.35 Estaciones de servicio de combustible para vehículos motorizados. Se requiere un permiso operativo para la operación de estaciones de servicio automotrices, marinas y de flotas.
105.5.36 Quemas al aire libre. Se requiere un permiso operativo para encender o mantener un fuego abierto o un fuego en cualquier calle pública, callejón, camino u otro terreno público o privado. Se deberán cumplir las instrucciones y estipulaciones del permiso.
Excepción: Fuegos recreativos.
105.5.37 Llamas abiertas y antorchas. Se requiere un permiso operativo para remover pintura con una antorcha, o para usar una antorcha o dispositivo de llama abierta en un área de riesgo de incendios forestales.
105.5.38 Llamas abiertas y velas. Se requiere un permiso operativo para usar llamas abiertas o velas en conexión con áreas de reunión, áreas de comedor de restaurantes o establecimientos de bebidas.
105.5.39 Recubrimientos orgánicos. Se requiere un permiso operativo para cualquier operación de fabricación de recubrimientos orgánicos que produzca más de 1 galón (4 L) de recubrimiento orgánico en un día.
105.5.40 Evento de reunión al aire libre. Se requiere un permiso operativo para realizar un evento de reunión al aire libre donde la asistencia planificada exceda de 1,000 personas.
105.5.41 Lugares de reunión. Se requiere un permiso operativo para operar un lugar de reunión.
105.5.42 Sistemas de extracción de plantas. Se requiere un permiso operativo para usar sistemas de extracción de plantas.
105.5.43 Hidrantes privados. Se requiere un permiso operativo para la remoción de servicio, uso u operación de hidrantes privados.
Excepción: No se requiere permiso para la industria privada con personal de mantenimiento capacitado, brigada privada contra incendios o departamentos de bomberos para mantener, probar y usar hidrantes privados.
105.5.44 Materiales para efectos especiales pirotécnicos. Se requiere un permiso operativo para el uso y manejo de materiales para efectos especiales pirotécnicos. Consulte el Código de Salud y Seguridad División 11, Parte 2, Secciones 12500, y siguientes para requisitos adicionales.
105.5.45 Plásticos de piroxilina. Se requiere un permiso operativo para almacenamiento o manejo de más de 25 libras (11 kg) de plásticos de nitrato de celulosa (piroxilina), y para el ensamblaje o fabricación de artículos que involucren plásticos de piroxilina.
105.5.46 Equipos de refrigeración. Se requiere un permiso operativo para operar una unidad o sistema de refrigeración mecánica regulado por el Capítulo 6.
105.5.47 Talleres de reparación y estaciones de servicio de combustible para vehículos motorizados. Se requiere un permiso operativo para la operación de talleres de reparación.
105.5.48 Helipuertos en azoteas. Se requiere un permiso operativo para la operación de un helipuerto en azotea.
105.5.49 Pulverización o inmersión. Se requiere un permiso operativo para realizar una operación de pulverización o inmersión utilizando líquidos inflamables o combustibles, o la aplicación de polvos combustibles regulados por el Capítulo 24.
105.5.50 Almacenamiento de llantas usadas y subproductos de llantas. Se requiere un permiso operativo para establecer, conducir o mantener almacenamiento de llantas usadas y subproductos de llantas que exceda 2,500 pies cúbicos (71 m³) de volumen total de llantas usadas, y para almacenamiento interior de llantas y subproductos de llantas.
105.5.51 Estructuras temporales de membrana, estructuras para eventos especiales y carpas. Se requiere un permiso operativo para operar una estructura temporal de membrana sostenida por aire, una estructura temporal para eventos especiales o una carpa con un área que exceda 400 pies cuadrados (37 m²).
Excepciones:
- Carpas usadas exclusivamente para fines recreativos de campamento.
- Carpas, cortinas y extensiones adheridas a ellas, cuando se usen para servicios funerarios.
- Carpas abiertas por todos lados, que cumplan con lo siguiente: 3.1. Carpas individuales con un tamaño máximo de 700 pies cuadrados (65 m²). 3.2. El área agregada de múltiples carpas colocadas lado a lado sin una separación de seguridad contra incendios de no menos de 12 pies (3658 mm) no debe exceder 700 pies cuadrados (65 m²) en total. 3.3. Se debe proporcionar una separación mínima de 12 pies (3658 mm) a estructuras y otras carpas.
105.5.52 Plantas de reconstrucción de llantas. Se requiere un permiso operativo para la operación y mantenimiento de una planta de reconstrucción de llantas.
105.5.53 Manejo de desechos. Se requiere un permiso operativo para la operación de depósitos de chatarra, depósitos de desperdicios y facilidades de manejo de materiales de desecho.
105.5.54 Productos de madera. Se requiere un permiso operativo para almacenar astillas, material triturado, madera o contrachapado que exceda 200 pies cúbicos (6 m³).
105.5.55 Calefacción o cocina temporal en carpas o estructuras de membrana. Se requiere un permiso operativo para operar equipo temporal de calefacción o cocina dentro de carpas o estructuras de membrana.
105.5.56 Calefacción o cocina temporal en áreas de riesgo de incendios forestales. Cuando lo requieran las regulaciones locales, se requiere un permiso operativo para operar equipo temporal de calefacción o cocina en áreas de riesgo de incendios forestales.
105.5.57 Calefacción temporal para sitios de construcción. Se requiere un permiso operativo para operar equipo temporal de calefacción en estructuras durante el curso de construcción, alteración o demolición.
105.5.58 Abastecimiento móvil de vehículos alimentados con hidrógeno.
Se requiere un permiso operativo: 1. Para dedicarse a la dispensación móvil de hidrógeno gaseoso como combustible en los tanques de combustible de vehículos motorizados. 2. Cuando lo requiera el funcionario del código de incendios, para utilizar un sitio para la dispensación de hidrógeno gaseoso como combustible desde vehículos tanque a los tanques de combustible de vehículos motorizados.
Excepción: En casos de emergencia, no se requiere permiso de sitio.
105.5.59 Permisos adicionales. Además de los permisos requeridos por la Sección 105.6, se deberán obtener los siguientes permisos de la Oficina de Prevención de Incendios antes de dedicarse a las siguientes actividades, operaciones, prácticas o funciones: 1. Instalaciones de producción. Para cambiar uso u ocupación, o permitir la asistencia de una audiencia en vivo, o para fiestas de clausura. 2. Pirotecnia y efectos especiales. Para usar efectos especiales pirotécnicos, llama abierta, uso de líquidos y gases inflamables o combustibles, soldadura y estacionamiento de vehículos motorizados en cualquier edificio o lugar usado para producción de películas, televisión y comerciales. 3. Audiencias en vivo. Para instalar arreglos de asientos para audiencias en vivo en instalaciones de producción aprobadas, estudios de producción y escenarios de sonido. Véase Capítulo 48.
[A] 105.6 Permisos de construcción requeridos. El funcionario del código de incendios está autorizado para emitir permisos de construcción para trabajos establecidos en las Secciones 105.6.1 a 105.6.25.
[A] 105.6.1 Sistemas automáticos de extinción de incendios. Se requiere un permiso de construcción para la instalación o modificación de un sistema automático de extinción de incendios, distinto de un sistema automático de rociadores. El mantenimiento realizado conforme a este código no se considera una modificación y no requiere permiso.
[A] 105.6.2 Sistemas automáticos de rociadores. Se requiere un permiso de construcción para la instalación o modificación de un sistema automático de rociadores. El mantenimiento realizado conforme a este código no se considera una modificación y no requiere permiso.
[A] 105.6.3 Gases comprimidos. Cuando los gases comprimidos en uso o almacenamiento excedan las cantidades listadas en la Tabla 105.5.9, se requiere un permiso de construcción para instalar, reparar daños, abandonar, remover, sacar temporalmente de servicio o cerrar o modificar sustancialmente un sistema de gas comprimido.
Excepciones:
Mantenimiento rutinario.
Para trabajos de reparación de emergencia realizados en forma urgente, la solicitud de permiso deberá hacerse dentro de dos días hábiles después del inicio del trabajo.
[A] 105.6.4 Fluidos criogénicos. Se requiere un permiso de construcción para la instalación o alteración de sistemas estacionarios de almacenamiento de fluidos criogénicos al aire libre cuando la capacidad del sistema exceda las cantidades listadas en la Tabla 105.5.11. El mantenimiento realizado de conformidad con este código no se considera una alteración y no requiere un permiso de construcción.
1-24 CÓDIGO DE INCENDIOS DE CALIFORNIA 2025
el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTO.
DIVISIÓN II—ALCANCE Y ADMINISTRACIÓN
[A] 105.6.5 Sistema de cobertura de comunicación para respondedores de emergencia. Se requiere un permiso de construcción para la instalación o modificación de sistemas de cobertura de comunicación bidireccional para respondedores de emergencia dentro de edificios y equipos relacionados. El mantenimiento realizado de conformidad con este código no se considera una modificación y no requiere un permiso de construcción.
[A] 105.6.6 Sistemas de almacenamiento de energía. Se requiere un permiso de construcción para instalar sistemas de almacenamiento de energía regulados por la Sección 1207.
[A] 105.6.7 Sistemas de alarma y detección de incendios y equipos relacionados. Se requiere un permiso de construcción para la instalación o modificación de sistemas de alarma y detección de incendios y equipos relacionados. El mantenimiento realizado de conformidad con este código no se considera una modificación y no requiere un permiso de construcción.
[A] 105.6.8 Bombas contra incendios y equipos relacionados. Se requiere un permiso de construcción para la instalación o modificación de bombas contra incendios y tanques de combustible relacionados, bombas jockey, controladores y generadores. El mantenimiento realizado de conformidad con este código no se considera una modificación y no requiere un permiso de construcción.
[A] 105.6.9 Líquidos inflamables y combustibles. Se requiere un permiso de construcción para:
- Instalar, reparar o modificar una tubería para el transporte de líquidos inflamables o combustibles.
- Instalar, construir o alterar vehículos tanque, equipos, tanques, plantas, terminales, pozos, estaciones de despacho de combustible, refinerías, destilerías y instalaciones similares donde se produzcan, procesen, transporten, almacenen, despachen o usen líquidos inflamables y combustibles.
- Instalar, alterar, remover, abandonar o disponer de otro modo un tanque para líquidos inflamables o combustibles.
[A] 105.6.10 Sistemas de energía de celdas de combustible. Se requiere un permiso de construcción para instalar sistemas estacionarios de energía de celdas de combustible.
[A] 105.6.11 Sistemas de detección de gas. Se requiere un permiso de construcción para la instalación o modificación de sistemas de detección de gas. El mantenimiento realizado de conformidad con este código no se considera una modificación y no requerirá un permiso.
[A] 105.6.12 Portones y barricadas en vías de acceso para equipos contra incendios. Se requiere un permiso de construcción para la instalación o modificación de un portón o barricada en una vía de acceso para equipos contra incendios.
[A] 105.6.13 Materiales peligrosos. Se requiere un permiso de construcción para instalar, reparar daños, abandonar, remover, colocar temporalmente fuera de servicio, cerrar o modificar sustancialmente una instalación de almacenamiento u otra área regulada por el Capítulo 50 cuando los materiales peligrosos en uso o almacenamiento excedan las cantidades listadas en la Tabla 105.5.22.
Excepciones:
Mantenimiento rutinario.
Para trabajos de reparación realizados en emergencia, la solicitud de permiso deberá hacerse dentro de los dos días hábiles siguientes al inicio del trabajo.
[A] 105.6.14 Almacenamiento combustible en pilas altas. Se requiere un permiso de construcción para la instalación o modificación de una estructura con más de 500 pies cuadrados (46 m [2] ), incluidos los pasillos, de almacenamiento combustible en pilas altas. El mantenimiento realizado de conformidad con este código no se considera una modificación y no requiere un permiso de construcción.
[A] 105.6.15 Hornos industriales. Se requiere un permiso de construcción para la instalación de hornos industriales regulados por el Capítulo 30.
Excepciones:
Mantenimiento rutinario.
Para trabajos de reparación realizados en emergencia, la solicitud de permiso deberá hacerse dentro de los dos días hábiles siguientes al inicio del trabajo.
[A] 105.6.16 Gas LP. Se requiere un permiso de construcción para la instalación o modificación de un sistema de gas LP. El mantenimiento realizado de conformidad con este código no se considera una modificación y no requiere un permiso.
[A] 105.6.17 Salas y cabinas para reparación de vehículos motorizados. Se requiere un permiso de construcción para instalar o modificar una sala o cabina para reparación de vehículos motorizados. El mantenimiento realizado de conformidad con este código no se considera una modificación y no requiere un permiso.
[A] 105.6.18 Sistemas de extracción en plantas. Se requiere un permiso de construcción para la instalación o modificación de sistemas de extracción en plantas. El mantenimiento realizado de conformidad con este código no se considera una modificación y no requiere un permiso.
[A] 105.6.19 Hidrantes privados. Se requiere un permiso de construcción para la instalación o modificación de hidrantes privados. El mantenimiento realizado de conformidad con este código no se considera una modificación y no requiere un permiso.
[A] 105.6.20 Sistemas de control o extracción de humo. Se requieren permisos de construcción para la instalación o alteración de sistemas de control o extracción de humo. El mantenimiento realizado de conformidad con este código no se considera una alteración y no requiere un permiso.
[A] 105.6.21 Sistemas de energía fotovoltaica solar. Se requiere un permiso de construcción para instalar o modificar sistemas de energía fotovoltaica solar. El mantenimiento realizado de conformidad con este código no se considera una modificación y no requiere un permiso.
[A] 105.6.22 Estructura para evento especial. Se requiere un único permiso de construcción para erigir y desmontar una estructura temporal para evento especial conforme a la Sección 105.5.51.
el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTO.
DIVISIÓN II—ALCANCE Y ADMINISTRACIÓN
[A] 105.6.23 Pulverización o inmersión. Se requiere un permiso de construcción para instalar o modificar una sala de pulverización, tanque de inmersión o cabina. El mantenimiento realizado de conformidad con este código no se considera una modificación y no requiere un permiso.
[A] 105.6.24 Sistemas de columna seca. Se requiere un permiso de construcción para la instalación, modificación o retiro de servicio de un sistema de columna seca. El mantenimiento realizado de conformidad con este código no se considera una modificación y no requiere un permiso.
[A] 105.6.25 Estructuras temporales de membrana y carpas. Se requiere un permiso de construcción para erigir una estructura temporal de membrana sostenida por aire, una estructura temporal para evento especial o una carpa conforme a la Sección 105.5.51.