Capítulo 1 — ADMINISTRACIÓN

Sección 101 — ALCANCE Y REQUISITOS GENERALES

2025 California Fire Code (Title 24, Part 9) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

Nota: Las secciones adoptadas o enmendadas por agencias estatales se indican específicamente mediante un banner de la agencia o se señalan en la Tabla de Adopción de la Matriz.

[A] 101.1 Título. Estas regulaciones serán conocidas como el Código de Incendios de [ NOMBRE DE LA JURISDICCIÓN ], en adelante denominado “este código.”

[A] 101.2 Alcance. Este código establece regulaciones que afectan o se relacionan con estructuras, procesos, predios y salvaguardas respecto a todo lo siguiente:

  1. El peligro de incendio y explosión que surge del almacenamiento, manejo o uso de estructuras, materiales o dispositivos.
  2. Condiciones peligrosas para la vida, la propiedad o el bienestar público en la ocupación de estructuras o predios.
  3. Peligros de incendio en la estructura o en el predio derivados de la ocupación u operación.
  4. Asuntos relacionados con la construcción, extensión, reparación, alteración o remoción de sistemas de protección contra incendios.
  5. Condiciones que afectan la seguridad de los bomberos y respondedores de emergencia durante operaciones de emergencia.

[A] 101.2.1 Apéndices. Las disposiciones en los apéndices no se aplicarán a menos que sean específicamente adoptadas.

[A] 101.3 Propósito. El propósito de este código es establecer los requisitos mínimos para proporcionar un nivel razonable de seguridad de vida y protección de la propiedad contra los peligros de incendio, explosión o condiciones peligrosas en edificios, estructuras y predios nuevos y existentes, y para proporcionar un nivel razonable de seguridad a los bomberos y respondedores de emergencia durante operaciones de emergencia.

[A] 101.4 Separabilidad. Si una sección, subsección, oración, cláusula o frase de este código es, por cualquier motivo, declarada inconstitucional, tal decisión no afectará la validez de las porciones restantes de este código.

[A] 101.5 Validez. En caso de que alguna parte o disposición de este código sea declarada ilegal o nula, esto no tendrá el efecto de invalidar o hacer ilegal ninguna de las otras partes o disposiciones aquí contenidas, que se determinen legales; y se presumirá que este código habría sido adoptado sin tales partes o disposiciones ilegales o inválidas.

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