Capítulo 31F — TERMINALES MARÍTIMAS DE PETRÓLEO
Sección 3110F — EQUIPO MECÁNICO Y ELÉCTRICO
2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-27 · California
El texto en cursiva es una enmienda de California al código modelo, tal como aparece en la publicación oficial.
3110F.1 General. ¶
Esta sección establece las normas mínimas para el equipo mecánico y eléctrico en los MOT.
Consulte la Sección 3101F.3 para las definiciones de “nuevo” (N) y “existente” (E).
3110F.2 Brazos de carga marítimos. ¶
3110F.2.1 Criterios generales. Los brazos de carga marítimos y los sistemas auxiliares deberán cumplir con ASME B31.3 [10.1], 33 CFR 154.510 [10.2] y OCIMF “Design and Construction Specification for Marine Loading Arms” [10.3]. Cada brazo de carga utilizado para transferir petróleo deberá contar con un medio para ser drenado o cerrado antes de ser desconectado.
Se deberán considerar los siguientes aspectos al determinar los límites máximos permitidos de extensión del brazo de carga:
1. Tamaños de los buques y ubicaciones del múltiple
2. Nivel más bajo de marea baja (datum)
3. Nivel más alto de marea alta
4. Máximo oleaje y balanceo del buque
5. Ancho máximo del sistema de defensas
Para cada brazo de carga, los límites máximos permitidos del sobre de movimiento deberán cumplir con 2 CCR 2380 [10.4].
Los brazos de carga y los sistemas auxiliares deberán contar con una evaluación sísmica conforme a la Sección 3104F.5. Para la evaluación sísmica, el diseño y refuerzo de los brazos de carga y equipos auxiliares, las cargas sísmicas se calcularán según la Sección 3104F.5.4.1 y el procedimiento en la Sección 8.5.3 de ASCE/COPRI 61 [10.5]. Para la evaluación de resistencia de soportes y fijaciones, véase la Sección 3107F.7.
3110F.2.2 Sistemas eléctricos e hidráulicos.
3110F.2.2.1 Sistemas de presión y control (N). 1. Los manómetros deberán instalarse conforme a ASME B40.100 [10.6]. 2. Los cilindros de accionamiento hidráulico deberán montarse y cumplir con los requisitos de montaje de NFPA T3.6.7 R3 [10.7] o equivalente. 3. En áreas con corrientes de alta velocidad (>1.5 nudos), todos los nuevos brazos de carga marítimos deberán estar equipados con acoplamientos de desconexión rápida y sistemas de liberación rápida de emergencia conforme a las Secciones 6.0 y 7.0 de [10.3]. Al cumplir con este requisito, se deberá prestar atención a los comentarios y directrices en la Parte III de la referencia [10.3]. 4. Las alarmas de fuera de límite, balance y aproximación a fuera de límite deberán ubicarse en o cerca de la consola del brazo de carga.
3110F.2.2.2 Componentes eléctricos (N). Se deberán implementar los siguientes criterios: 1. El equipo deberá contar con un dispositivo de desconexión de seguridad para aislar todo el sistema eléctrico de la red eléctrica conforme al Artículo 430 del Código Eléctrico de California [10.8].
2. Los controladores de motor y la protección contra sobrecarga de motor de 3 polos deberán instalarse y dimensionarse conforme al Artículo 430 del Código Eléctrico de California [10.8].
3. Los circuitos de control deberán limitarse a 120 voltios y cumplir con los Artículos 500 y 501 del Código Eléctrico de California
[10.8]. Alternativamente, se podrá proporcionar cableado y controles intrínsecamente seguros conforme al Artículo 504 del Código Eléctrico de California [10.8] y UL Std. No. 913 [10.9].
4. La conexión a tierra y el enlace equipotencial deberán cumplir con los requisitos del Artículo 430 del Código Eléctrico de California [10.8] y la Sección 3111F.
La Sección 3111F incluye requisitos para equipos eléctricos, cableado, cables, controles y auxiliares eléctricos ubicados en áreas peligrosas.
3110F.2.2.3 Operación remota. El sistema de control remoto, cuando se proporcione, deberá ajustarse a las recomendaciones del OCIMF
[10.3]. La operación remota deberá facilitarse mediante un sistema de control colgante o mediante un controlador de radio portátil (N).
El sistema de control colgante deberá estar equipado con capacidad de conexión a un conector activo ubicado ya sea en las proximidades de los brazos de carga, o en el extremo exterior del brazo de carga en el triple giro, y cableado fijo hacia la consola de control. El cable umbilical que va desde el triple giro hasta la consola de control deberá estar sujeto al brazo de carga. Otros cables umbilicales deberán tener longitud suficiente para alcanzar los límites operativos máximos (N).
El controlador de radio, si se instala, deberá cumplir con los requisitos de 2 CCR 2370 [10.4] y 47 CFR Parte 15 [10.10] para transmisores que operan en un entorno industrial (N/E).
3110F.3 Mangueras para transferencia de petróleo (N/E). ¶
Las mangueras para servicio de transferencia de petróleo deberán cumplir con 2 CCR 2380 [10.4] y 33 CFR 154.500 [10.11].
Las mangueras con diámetros nominales de 6 pulgadas o mayores deberán tener bridas que cumplan con ASME B16.5 [10.12], o las mangueras con diámetros nominales de 6 pulgadas o menores podrán tener conexiones rápidas siempre que cumplan con ASTM F1122 [10.13].
La longitud mínima de la manguera deberá acomodar de manera segura el tamaño del buque y los movimientos máximos durante las operaciones de transferencia y amarre (ver Sección 3105F.2).
3110F.4 Equipos de elevación: cabrestantes y grúas. ¶
Los equipos de elevación para actividades de servicio petrolero, otras actividades (si la operación o falla pudiera causar un derrame de petróleo) o respuesta a derrames, deberán cumplir con las disposiciones de las Secciones 3110F.4.1 y 3110F.4.2.
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TERMINALES MARÍTIMAS DE PETRÓLEO
La inspección y mantenimiento de equipos de elevación deberá cumplir con ASME B30.4 [10.14], ASME B30.7 [10.15] y ASME HST-4 [10.16], según corresponda. Las inspecciones deberán ser realizadas anualmente por personal calificado. Se deberán conservar los registros de inspección y mantenimiento.
3110F.4.1 Cabrestantes.
1. Los cabrestantes y equipos auxiliares deberán ser adecuados para un ambiente marino (N/E). 2. Los cabrestantes deberán contar con un sistema de freno a prueba de fallos, capaz de sostener la carga bajo todas las condiciones, incluyendo una falla de energía (N/E). 3. Los cabrestantes deberán ser completamente reversibles (N). 4. Se deberán considerar cargas de choque, transitorias y anormales al seleccionar sistemas de cabrestantes (N). 5. Los cabrestantes deberán tener interruptores de límite y dispositivos automáticos de disparo para prevenir el sobrepaso del tambor en cualquiera de las direcciones. Los interruptores de límite deberán ser probados y demostrados que funcionan correctamente bajo condiciones operativas sin inducir tensiones indebidas ni holgura en los cables del cabrestante (N/E). 6. Bajo todas las condiciones operativas, deberá haber al menos dos vueltas completas de cable en tambores ranurados, y al menos tres vueltas completas en tambores sin ranura (N/E). 7. Las partes móviles del cabrestante que representen riesgos de atrapamiento para el personal deberán estar protegidas (N/E). 8. Los cabrestantes deberán tener controles de paro claramente identificables y de fácil acceso (N/E).
3110F.4.2 Grúas (N/E). 1. Las grúas no deberán cargarse por encima de la capacidad nominal del fabricante excepto durante pruebas de desempeño. 2. Los tambores en equipos de izaje de carga deberán estar equipados con dispositivos positivos de retención. 3. Bajo todas las condiciones operativas, deberá haber al menos dos vueltas completas de cable en tambores ranurados, y al menos tres vueltas completas en tambores sin ranura. 4. El equipo de frenado deberá ser capaz de detener, bajar y sostener una carga de al menos la carga total de prueba. 5. Cuando no estén en uso, las plumas de las grúas deberán bajarse al nivel del suelo o asegurarse a un soporte de descanso para evitar desplazamientos por cargas de viento u otras fuerzas externas.
6. Deberán proporcionarse sistemas de seguridad que incluyan dispositivos que afecten el izaje y manejo seguro, tales como enclavamientos, interruptores de límite, indicadores de carga/momento y sobrecarga con capacidad de apagado [10.17], interruptores de paro de emergencia, indicadores de radio y bloqueo.
3110F.5 Acceso desde tierra a buques para personal. ¶
3110F.5 Acceso de la orilla a la embarcación para el personal. Esta sección se aplica a los medios de acceso de la orilla a la embarcación para personal y equipo proporcionados por la terminal. Esto incluye estructuras y equipos auxiliares que soportan, complementan, despliegan y maniobran dichos sistemas de acceso a la embarcación.
El acceso de la orilla a la embarcación para personal deberá cumplir con 29 CFR 1918.22 [10.18], las Secciones 19.B y 21.E de USACE EM 385-1-1 [10.19], el Capítulo 16.4 de ISGOTT [10.20] y lo siguiente: 1. Los sistemas de acceso de la orilla a la embarcación deberán diseñarse para resistir las fuerzas de cargas muertas, vivas, de viento, vibración, impacto y la combinación apropiada de estas cargas. El diseño deberá considerar todas las posiciones críticas del sistema en las posiciones almacenada, de mantenimiento, de maniobra y desplegada, cuando corresponda (N). 2. La carga viva mínima será de 50 psf en pasarelas y 25 plf con una carga concentrada mínima de 200 libras en cualquier ubicación o dirección sobre los pasamanos (N). 3. La pasarela no deberá tener menos de 36 pulgadas de ancho (N) y no menos de 20 pulgadas para pasarelas existentes (E). 4. El sistema de acceso de la orilla a la embarcación deberá posicionarse de manera que no interfiera con el paso seguro o la evacuación del personal (N/E).
5. Se deberán proporcionar barandales en ambos lados de los sistemas de acceso con un espacio libre entre las superficies internas de los barandales de no menos de 36 pulgadas y deberá mantenerse a lo largo de toda la longitud de la pasarela (N). 6. Los barandales deberán tener una altura no menor de 33 pulgadas sobre la superficie de la pasarela e incluirán un riel intermedio ubicado a mitad de camino entre la superficie de la pasarela y el riel superior (N/E). 7. La superficie de la pasarela, incluyendo peldaños autonivelantes, si están equipados, deberá tener un acabado antideslizante seguro que acomode todas las inclinaciones operativas de la pasarela (N/E). 8. La parte inferior de las pasarelas de aluminio deberá protegerse con tiras de plástico duro o madera para evitar que se arrastren o froten contra cualquier cubierta o componente de acero (N/E).
3110F.6 Sumideros de petróleo y equipos auxiliares. ¶
3110F.6 Sumideros de aceite y equipos auxiliares. Los sumideros de aceite y los equipos auxiliares deberán cumplir con lo siguiente:
1. Los sumideros para drenaje de aceite deberán estar equipados con respiraderos de presión/vacío, bombas automáticas de drenaje y deberán estar cubiertos herméticamente
(N/E).
2. Los sumideros que proporcionen drenaje para más de un atraque deberán estar equipados con sellos líquidos para que un incendio en un atraque no
se propague a través del sumidero (N/E).
3. Los sumideros deberán ubicarse al menos a 25 pies de los colectores, la base de los brazos de carga o las torres de mangueras (N).
4. Realizar pruebas periódicas de integridad de los contenedores de los sumideros y pruebas periódicas de integridad y fugas de las válvulas y tuberías relacionadas.
31F-88 CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA 2025
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TERMINALES MARÍTIMAS DE ACEITE
3110F.7 Sistemas de control de vapores. ¶
3110F.7 Sistemas de control de vapor. Los sistemas de control de vapor deberán cumplir con 33 CFR 154.2000 hasta 154.2181 [10.21] y la Norma API 2610 [10.22]. Se deberán considerar los efectos de cargas sísmicas, de viento, muertas, vivas y otras en el análisis y diseño de los amarraderos individuales de los componentes, tales como faldones de acero, recipientes, controles y arrestadores de detonación.
3110F.8 Mantenimiento de equipos y sistemas de prevención de derrames (N/E). ¶
El equipo mecánico y eléctrico crítico para la prevención de derrames de petróleo y la seguridad, como, pero no limitado a: sistemas de liberación rápida de líneas de amarre y desconexión rápida de brazos de carga, deberá mantenerse y probarse según las recomendaciones del fabricante (N/E). Los registros más recientes deberán estar fácilmente accesibles para la División (N/E).
3110F.9 Bombas (N/E). ¶
Se deberá conservar la información de especificación de todas las bombas MOT que suministran servicio de aceite y agua contra incendios a los sistemas de tuberías del muelle. La información deberá incluir, pero no limitarse a, marca y modelo de la bomba, marca y modelo del motor, caudal, presión nominal y curvas de rendimiento de la bomba.
Las bombas de hidrocarburos que sirven a las operaciones de transferencia de petróleo en el sistema de atraque deben mantenerse conforme a la Norma API 2610 [10.22].
Las bombas de agua contra incendios que proporcionan la protección contra incendios del muelle deberán mantenerse de acuerdo con la Sección 3108F.6.3.
3110F.10 Evaluación sísmica de equipos mecánicos y eléctricos (N/E). ¶
3110F.10 Evaluación sísmica de equipos mecánicos y eléctricos (N/E) . Los equipos mecánicos y eléctricos deberán contar con una evaluación sísmica conforme a la Sección 3104F.5. Para la evaluación de resistencia de soportes y fijaciones, véase la Sección 3107F.7.
3110F.11 Referencias. ¶
[10.1] American Society of Mechanical Engineers (ASME), 2015, ASME B31.3-2014 (ASME B31.3), “Process Piping,” Nueva York.
[10.2] Code of Federal Regulations (CFR), Title 33, Section 154.510 – Loading Arms (33 CFR 154.510)
[10.3] Oil Companies International Marine Forum (OCIMF), 1999, “Design and Construction Specification for Marine Loading Arms,” 3ra ed., Witherby, Londres.
[10.4] California Code of Regulations (CCR), Title 2, Division 3, Chapter 1, Article 5 – Marine Terminals Inspection and Monitoring (2 CCR 2300 y ss.)
[10.5] American Society of Civil Engineers (ASCE), 2014, ASCE/COPRI 61-14 (ASCE/COPRI 61), “Seismic Design of Piers and Wharves”, Reston, VA.
[10.6] American Society of Mechanical Engineers (ASME), 2013, ASME B40.100-2013 (ASME B40.100), “Pressure Gauges and Gauge Attachments,” Nueva York.
[10.7] National Fluid Power Association (NFPA), 2009, NFPA T3.6.7 R3-2009 (R2017) (NFPA T3.6.7 R3), “Fluid Power Systems and Products —Square Head Industrial Cylinders - Mounting Dimensions,” Milwaukee, WI.
[10.8] California Code of Regulations (CCR), Title 24, Part 3, California Electrical Code.
[10.9] Underwriters Laboratory, Inc., 2013, UL Standard No. 913, “Standard for Intrinsically Safe Apparatus and Associated Appa- ratus for Use in Class I, II, III, Division 1, Hazardous (Classified) Locations,” 8va ed., Northbrook, IL.
[10.10] Code of Federal Regulations (CFR), Title 47, Part 15 – Radio Frequency Devices (47 CFR 15)
[10.11] Code of Federal Regulations (CFR), Title 33, Section 154.500 – Hose Assemblies (33 CFR 154.500)
[10.12] American Society of Mechanical Engineers (ASME), 2013, ASME B16.5-2013 (ASME B16.5), “Pipe Flanges and Flanged Fittings,” 13va ed., Nueva York.
[10.13] American Society for Testing and Materials (ASTM), 2010, ASTM F1122-04(2010) (ASTM F1122), “Standard Specification for Quick Disconnect Couplings (6 in. NPS and Smaller),” 4ta ed., West Conshohocken, PA.
[10.14] American Society of Mechanical Engineers (ASME), 2010, ASME B30.4-2010 (ASME B30.4), “Portal Tower and Pedestal Cranes,” 10ma ed., Nueva York.
[10.15] American Society of Mechanical Engineers (ASME), 2011, ASME B30.7-2011 (ASME B30.7), “Winches,” 11va ed., Nueva York.
[10.16] American Society of Mechanical Engineers (ASME) 1999, ASME HST-1999 (R2010) (ASME HST-4), “Performance Standard for Overhead Electric Wire Rope Hoists,” Nueva York.
[10.17] Code of Federal Regulations (CFR), Title 29, Section 1917.46 – Load Indicating Devices (29 CFR 1917.46)
[10.18] Code of Federal Regulations (CFR), Title 29, Section 1918.22 – Gangways (29 CFR 1918.22)
[10.19] US Army Corps of Engineers (USACE), 2008 (05 Jul 11), EM 385-1-1, “Safety and Health Requirements Manual, Sections 19.B and 21.E, Washington, D.C.
[10.20] International Chamber of Shipping (ICS), Oil Companies International Marine Forum (OCIMF), International Association of Ports and Harbors (IAPH), 2010, “International Safety Guide for Oil Tankers and Terminals (ISGOTT),” 5ta ed., Witherby, Londres.
[10.21] Code of Federal Regulations (CFR), Title 33, Sections 154.2000 through 154.2250 – Vapor Control Systems (33 CFR 154.2000 y ss.)
[10.22] American Petroleum Institute (API), 2005, API Standard 2610 (R2010), “Design, Construction, Operation, Maintenance, and Inspection of Terminal and Tank Facilities,” 2da ed., Washington, D.C.
Autoridad: Secciones 8750 a 8760, Public Resources Code.
Referencia: Secciones 8750, 8751, 8755 y 8757, Public Resources Code.
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TERMINALES MARÍTIMAS DE PETRÓLEO
División 11
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- Capítulo 1 — ADMINISTRACIÓN
- Capítulo 2 — DEFINICIONES
- Capítulo 3 — CLASIFICACIÓN Y USO DE LA OCUPACIÓN
- Capítulo 4 — REQUISITOS DETALLADOS ESPECIALES BASADOS EN LA OC…
- Capítulo 5 — ALTURAS Y ÁREAS GENERALES DE EDIFICIOS
- Capítulo 6 — TIPOS DE CONSTRUCCIÓN
- Capítulo 7 — CARACTERÍSTICAS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Y …
- Capítulo 7A — MATERIALES Y MÉTODOS DE CONSTRUCCIÓN PARA INCEND…
- Capítulo 8 — ACABADOS INTERIORES
- Capítulo 9 — SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Y SEGURID…
- Capítulo 10 — MEDIOS DE EVACUACIÓN
- Capítulo 11 — RESERVADO
- Capítulo 11A — ACCESIBILIDAD EN VIVIENDAS
- Capítulo 11B — ACCESIBILIDAD A EDIFICIOS PÚBLICOS, ALOJAMIENTO…
- Capítulo 12 — AMBIENTE INTERIOR
- Capítulo 13 — EFICIENCIA ENERGÉTICA
- Capítulo 14 — MUROS EXTERIORES
- Capítulo 15 — ENSAMBLAJES DE TECHOS Y ESTRUCTURAS EN AZOTEAS
- Capítulo 16 — DISEÑO ESTRUCTURAL
- Capítulo 16A — DISEÑO ESTRUCTURAL
- Capítulo 17 — INSPECCIONES Y PRUEBAS ESPECIALES
- Capítulo 17A — INSPECCIONES Y PRUEBAS ESPECIALES
- Capítulo 18 — SUELOS Y CIMIENTOS
- Capítulo 18A — SUELOS Y CIMIENTOS
- Capítulo 19 — CONCRETO
- Capítulo 19A — HORMIGÓN
- Capítulo 20 — ALUMINIO
- Capítulo 21 — MAMPOSTERÍA
- Capítulo 21A — MAMPOSTERÍA
- Capítulo 22 — ACERO
- Capítulo 22A — ACERO
- Capítulo 23 — MADERA
- Capítulo 24 — VIDRIO Y ACRISTALAMIENTO
- Capítulo 25 — PRODUCTOS DE PANEL DE YESO Y ESTUCO
- Capítulo 26 — PLÁSTICO
- Capítulo 27 — ELÉCTRICO
- Capítulo 28 — SISTEMAS MECÁNICOS
- Capítulo 29 — SISTEMAS DE FONTANERÍA
- Capítulo 30 — ASCENSORES Y SISTEMAS DE TRANSPORTE
- Capítulo 31 — CONSTRUCCIÓN ESPECIAL
- Capítulo 31A — SISTEMAS PARA LIMPIEZA DE VENTANAS O EXTERIOR D…
- Capítulo 31B — PISCINAS PÚBLICAS
- Capítulo 31C — RADIACIÓN
- Capítulo 31D — ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTOS
-
▸ Capítulo 31F — TERMINALES MARÍTIMAS DE PETRÓLEO
Overview- Sección 3101F — [SLC]—INTRODUCCIÓN
- Sección 3102F — AUDITORÍA E INSPECCIÓN
- Sección 3103F — CRITERIOS DE CARGA ESTRUCTURAL
- Sección 3104F — ANÁLISIS SÍSMICO Y DESEMPEÑO ESTRUCTURAL
- Sección 3105F — ANÁLISIS Y DISEÑO DE AMARRE Y ATRACADERO
- Sección 3106F — PELIGROS GEOTÉCNICOS Y CIMIENTOS
- Sección 3107F — ANÁLISIS ESTRUCTURAL Y DISEÑO DE COMPONENTES
- Sección 3108F — PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y SUPRESIÓN DE INCENDIOS
- Sección 3109F — TUBERÍAS Y CONDUCCIONES
- Sección 3110F — EQUIPO MECÁNICO Y ELÉCTRICO
- Sección 3111F — SISTEMAS ELÉCTRICOS
- Sección 3112F — REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA TERMINALES MARÍTIM…
- Capítulo 32 — INVASIONES EN EL DERECHO DE VÍA PÚBLICO
- Capítulo 33 — MEDIDAS DE SEGURIDAD DURANTE LA CONSTRUCCIÓN
- Capítulo 34 — RESERVADO
- Capítulo 35 — NORMAS REFERENCIADAS
- Apéndice A — CALIFICACIONES DEL EMPLEADO
- Apéndice B — JUNTA DE APELACIONES
- Apéndice C — GRUPO U—EDIFICIOS AGRÍCOLAS
- Apéndice D — DISTRITOS DE INCENDIOS
- Apéndice E — RESERVADO
- Apéndice F — PROTECCIÓN CONTRA ROEDORES
- Apéndice G — CONSTRUCCIÓN RESISTENTE A INUNDACIONES
- Apéndice H — SEÑALES
- Apéndice I — CUBIERTAS DE PATIO
- Apéndice J — MOVIMIENTO DE TIERRA
- Apéndice K — OCUPACIONES DE GRUPO R-3 Y R-3.1 PROTEGIDAS POR EL
- Apéndice L — INSTRUMENTACIÓN PARA REGISTRO DE TERREMOTOS
- Apéndice M — PELIGROS DE INUNDACIÓN GENERADOS POR TSUNAMIS
- Apéndice N — EDIFICIOS REPLICABLES
- Apéndice O — APLICACIÓN BASADA EN DESEMPEÑO
- Apéndice P — ALTILLOS PARA DORMIR
- Apéndice Q — VIVIENDA DE EMERGENCIA