Capítulo 7 — CARACTERÍSTICAS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Y HUMO

Sección 714 — PENETRACIONES

2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

**714.1 Alcance.** Las disposiciones de esta sección regirán los materiales y métodos…

714.1.1 Conductos y aberturas de transferencia de aire. Las penetraciones de muros con clasificación de resistencia al fuego por conductos que no estén protegidos con compuertas cortafuego deberán cumplir con las Secciones 714.3 hasta 714.4.3. Las penetraciones de ensambles horizontales que no estén protegidas con un conducto según lo permitido por la Sección 717.6, y que no requieran protección con compuertas cortafuego según otras secciones de este código, deberán cumplir con las Secciones 714.5 hasta 714.6.2. Los conductos y aberturas de transferencia de aire que estén protegidos con compuertas deberán cumplir con la Sección 717.

**714.2 Instalación.** Un sistema de sellado contra incendios para penetraciones…

**714.3 Mangas.** Cuando se utilicen mangas, deberán estar firmemente sujetas al…

714.4 Muros con clasificación de resistencia al fuego.

714.4 Muros con clasificación de resistencia al fuego. Las penetraciones en muros cortafuegos, barreras cortafuegos, muros cortahumos y tabiques cortafuegos deberán cumplir con las Secciones 714.4.1 a 714.4.3. Las penetraciones en muros cortahumos también deberán cumplir con la Sección 714.5.4.

714.4.1 Penetraciones a través del muro. Las penetraciones a través de muros con clasificación de resistencia al fuego deberán cumplir con la Sección 714.4.1.1 o 714.4.1.2.

Excepción: Cuando los elementos penetrantes sean tuberías, tubos o conductos de acero, ferrosos o de cobre, el espacio anular entre el elemento penetrante y el muro con clasificación de resistencia al fuego podrá protegerse mediante cualquiera de las siguientes medidas:

  1. En muros de concreto o mampostería donde el elemento penetrante tenga un diámetro nominal máximo de 6 pulgadas (152 mm) y el área de la abertura a través del muro no exceda 144 pulgadas cuadradas (0.0929 m²), se permite el uso de concreto, lechada o mortero instalado a lo largo del espesor total del muro o del espesor requerido para mantener la clasificación de resistencia al fuego.
  2. El material utilizado para rellenar el espacio anular deberá impedir el paso de llama y gases calientes en cantidad suficiente para encender algodón cuando se someta a las condiciones de tiempo-temperatura de fuego según ASTM E119 o UL 263 bajo una presión positiva mínima diferencial

en Jul 18, 2025 11:14 AM (CDT) SEGÚN LO ESTABLECIDO.

CARACTERÍSTICAS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Y HUMO

de 0.01 pulgadas de columna de agua (2.49 Pa) en la ubicación de la penetración durante el período equivalente a la clasificación de resistencia al fuego de la construcción penetrada.

714.4.1.1 Ensambles con clasificación de resistencia al fuego. Las penetraciones a través del muro deberán protegerse utilizando sistemas instalados tal como fueron probados en el ensamble aprobado con clasificación de resistencia al fuego.

714.4.1.2 Sistema de sellado contra fuego para penetraciones a través del muro. Las penetraciones a través del muro deberán protegerse mediante un sistema de sellado contra fuego aprobado, instalado conforme a las pruebas realizadas según ASTM E814 o UL 1479, con una presión positiva mínima diferencial de 0.01 pulgadas de columna de agua (2.49 Pa) y deberán tener una clasificación F no menor que la clasificación de resistencia al fuego requerida para el muro penetrado.

714.4.2 Penetraciones en la membrana. Las penetraciones en la membrana deberán cumplir con la Sección 714.4.1. Cuando los muros o tabiques requieran una clasificación de resistencia al fuego, los accesorios empotrados deberán instalarse de manera que no se reduzca la resistencia al fuego requerida.

Excepciones:

  1. Penetraciones en la membrana de muros y tabiques con clasificación de resistencia al fuego máxima de 2 horas por cajas eléctricas de acero que no excedan 16 pulgadas cuadradas (0.0103 m²) de área, siempre que el área agregada de las aberturas a través de la membrana no exceda 100 pulgadas cuadradas (0.0645 m²) en cada 100 pies cuadrados (9.29 m²) de área de muro. El espacio anular entre la membrana del muro y la caja no deberá exceder 1/8 de pulgada (3.2 mm). Dichas cajas en lados opuestos del muro o tabique deberán estar separadas por una de las siguientes: 1.1. Por una distancia horizontal no menor a 24 pulgadas (610 mm) cuando el muro o tabique esté construido con cavidades de montantes individuales no comunicantes. 1.2. Por una distancia horizontal no menor a la profundidad de la cavidad del muro cuando la cavidad esté rellena con aislamiento de celulosa suelta, lana mineral de roca o lana mineral de escoria. 1.3. Por bloqueos sólidos contra fuego conforme a la Sección 718.2.1. 1.4. Protegiendo ambas cajas con almohadillas de masilla listadas. 1.5. Por otros materiales y métodos listados.
  2. Penetraciones en la membrana por cajas eléctricas listadas de cualquier material, siempre que dichas cajas hayan sido probadas para su uso en ensambles con clasificación de resistencia al fuego y se instalen conforme a las instrucciones incluidas en la lista. El espacio anular entre la membrana del muro y la caja no deberá exceder 1/8 de pulgada (3.2 mm) a menos que se indique lo contrario en la lista. Dichas cajas en lados opuestos del muro o tabique deberán estar separadas por una de las siguientes: 2.1. Por la distancia horizontal especificada en la lista de las cajas eléctricas. 2.2. Por bloqueos sólidos contra fuego conforme a la Sección 718.2.1. 2.3. Protegiendo ambas cajas con almohadillas de masilla listadas. 2.4. Por otros materiales y métodos listados.
  3. Penetraciones en la membrana por cajas eléctricas de cualquier tamaño o tipo, que hayan sido listadas como parte de un sistema de material protector para aberturas en muros para su uso en ensambles con clasificación de resistencia al fuego y se instalen conforme a las instrucciones incluidas en la lista.
  4. Penetraciones en la membrana por cajas distintas a las eléctricas, siempre que dichos elementos penetrantes y el espacio anular entre la membrana del muro y la caja estén protegidos por un sistema de sellado contra fuego para penetraciones en membrana aprobado, instalado conforme a las pruebas realizadas según ASTM E814 o UL 1479, con una presión positiva mínima diferencial de 0.01 pulgadas de columna de agua (2.49 Pa), y que tengan una clasificación F y T no menor que la clasificación de resistencia al fuego requerida para el muro penetrado y se instalen conforme a su listado.
  5. El espacio anular creado por la penetración de un rociador automático, siempre que esté cubierto por una placa de escudo metálica.
  6. Penetraciones en la membrana de muros y tabiques con clasificación de resistencia al fuego máxima de 2 horas por cajas eléctricas de acero que excedan 16 pulgadas cuadradas (0.0103 m²) de área, o cajas eléctricas de acero de cualquier tamaño que tengan un área agregada a través de la membrana que exceda 100 pulgadas cuadradas (0.0645 m²) en cada 100 pies cuadrados (9.29 m²) de área de muro, siempre que dichos elementos penetrantes estén protegidos con almohadillas de masilla listadas u otros materiales y métodos listados, e instalados conforme a la lista.

714.4.3 Materiales disímiles. Los elementos penetrantes no combustibles no deberán conectarse a elementos combustibles más allá del punto de sellado contra fuego a menos que se demuestre que se mantiene la integridad de resistencia al fuego del muro.

714.5 Ensambles horizontales.

714.5 Ensambles horizontales. Las penetraciones de un piso con clasificación de resistencia al fuego, ensamble piso/techo o la membrana del techo de un ensamble techo/techo que no requieran estar encerradas en un conducto conforme a la Sección 712.1, deberán protegerse de acuerdo con las Secciones 714.5.1 a 714.5.4.

714.5.1 Penetraciones a través. Las penetraciones a través de ensambles horizontales deberán cumplir con la Sección 714.5.1.1 o 714.5.1.2.

Excepciones:

  1. Penetraciones por conductos, tuberías, tubos o ventilaciones de acero, ferrosos o cobre, o elementos de concreto o mampostería a través de un solo ensamble de piso con clasificación de resistencia al fuego, donde el espacio anular esté protegido con materiales que impidan el paso de llama y gases calientes suficientes para encender algodón cuando se sometan a las condiciones de tiempo-temperatura de fuego ASTM E119 o UL 263 bajo una presión diferencial positiva mínima de 0.01 pulgada de agua (2.49 Pa) en el lugar de la penetración durante el período equivalente a la clasificación de resistencia al fuego de la construcción penetrada. Los elementos penetrantes

7-24 CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

CARACTERÍSTICAS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Y HUMO

con un diámetro nominal máximo de 6 pulgadas (152 mm) no estarán limitados a la penetración de un solo ensamble de piso con clasificación de resistencia al fuego, siempre que el área agregada de las aberturas a través del ensamble no exceda 144 pulgadas cuadradas (92,900 mm [2]) en cualquier área de piso de 100 pies cuadrados (9.3 m [2]). 2. Penetraciones en un solo piso de concreto por conductos, tuberías, tubos o ventilaciones de acero, ferrosos o cobre con un diámetro nominal máximo de 6 pulgadas (152 mm), siempre que el concreto, lechada o mortero se instale en todo el espesor del piso o el espesor requerido para mantener la clasificación de resistencia al fuego. Los elementos penetrantes no estarán limitados a la penetración de un solo piso de concreto, siempre que el área de la abertura a través de cada piso no exceda 144 pulgadas cuadradas (92,900 mm [2]).

  1. Penetraciones por cajas eléctricas listadas de cualquier material, siempre que dichas cajas hayan sido probadas para su uso en ensambles con clasificación de resistencia al fuego e instaladas conforme a las instrucciones incluidas en la lista.
  2. Penetraciones de pisos o rampas de concreto dentro de estacionamientos o estructuras construidas conforme a las Secciones 406.5 y 406.6 donde las áreas arriba y debajo de las penetraciones sean áreas de estacionamiento.

714.5.1.1 Ensambles con clasificación de resistencia al fuego. Las penetraciones a través deberán protegerse usando sistemas instalados tal como fueron probados en el ensamble aprobado con clasificación de resistencia al fuego.

714.5.1.2 Sistema de sellado contra fuego para penetraciones a través. Las penetraciones a través deberán protegerse mediante un sistema aprobado de sellado contra fuego para penetraciones a través, instalado y probado conforme a ASTM E814 o UL 1479, con una presión diferencial positiva mínima de 0.01 pulgada de agua (2.49 Pa). El sistema deberá tener una clasificación F/T no menor a 1 hora, pero no menor que la clasificación requerida del piso penetrado.

Excepciones:

  1. Las penetraciones en pisos contenidas y ubicadas dentro de la cavidad de una pared sobre el piso o debajo del piso no requieren clasificación T.
  2. Las penetraciones en pisos por desagües de piso, desagües de tina o desagües de regadera contenidas y ubicadas dentro del espacio oculto de un ensamble horizontal no requieren clasificación T.
  3. Las penetraciones en pisos de conductos metálicos o tuberías con diámetro nominal máximo de 4 pulgadas (102 mm) que penetren directamente en equipos eléctricos de potencia encerrados en metal no requieren clasificación T.
  4. Las penetraciones en un solo piso de concreto por conductos, tuberías, tubos o ventilaciones de acero, ferrosos o cobre con diámetro nominal máximo de 6 pulgadas (152 mm) no requieren clasificación T. Estos elementos penetrantes no estarán limitados a la penetración de un solo piso de concreto, siempre que el área de la abertura a través de cada piso no exceda 144 pulgadas cuadradas (92,900 mm [2]).

714.5.2 Penetraciones en membranas. Las penetraciones en membranas que forman parte de un ensamble horizontal deberán cumplir con la Sección 714.5.1.1 o 714.5.1.2. Cuando los ensambles piso/techo requieran una clasificación de resistencia al fuego, las luminarias empotradas deberán instalarse de modo que no se reduzca la resistencia al fuego requerida.

Excepciones:

  1. Penetraciones en membranas por conductos, tuberías, tubos o ventilaciones de acero, ferrosos o cobre, o elementos de concreto o mampostería donde el espacio anular esté protegido conforme a la Sección 714.5.1 o para impedir el paso libre de llama y productos de combustión. El área agregada de las aberturas a través de la membrana no deberá exceder 100 pulgadas cuadradas (64,500 mm [2]) en cualquier área de techo de 100 pies cuadrados (9.3 m [2]) en ensambles probados sin penetraciones.
  2. Penetraciones en la membrana del techo de ensambles horizontales con clasificación máxima de 2 horas por cajas eléctricas de acero que no excedan 16 pulgadas cuadradas (10,323 mm [2]) de área, siempre que el área agregada de dichas penetraciones no exceda 100 pulgadas cuadradas (44,500 mm [2]) en cualquier área de techo de 100 pies cuadrados (9.29 m [2]), y el espacio anular entre la membrana del techo y la caja no exceda 1/8 de pulgada (3.2 mm).
  3. Penetraciones en membranas por cajas eléctricas de cualquier tamaño o tipo, que hayan sido listadas como parte de un sistema de material protector para aberturas para uso en ensambles horizontales y estén instaladas conforme a las instrucciones incluidas en la lista.
  4. Penetraciones en membranas por cajas eléctricas listadas de cualquier material, siempre que dichas cajas hayan sido probadas para su uso en ensambles con clasificación de resistencia al fuego y estén instaladas conforme a las instrucciones incluidas en la lista. El espacio anular entre la membrana del techo y la caja no deberá exceder 1/8 de pulgada (3.2 mm) salvo que la lista indique lo contrario.
  5. El espacio anular creado por la penetración de un rociador contra incendios, siempre que esté cubierto por una placa de embellecedor metálica.
  6. Elementos incombustibles que estén fundidos en elementos de concreto del edificio y que no penetren ambas superficies superior e inferior del elemento.
  7. La membrana del techo de un ensamble horizontal con clasificación máxima de resistencia al fuego de 2 horas puede interrumpirse con la doble placa superior de madera de un ensamble de pared que esté revestido con paneles de yeso tipo X, siempre que todos los elementos penetrantes a través de las placas superiores dobles estén protegidos conforme a la Sección 714.5.1.1 o 714.5.1.2 y la membrana del techo esté ajustada a las placas superiores.
  8. Penetraciones en la membrana del techo por luminarias listadas (luminarias) o por luminarias protegidas con materiales listados, que hayan sido probadas para su uso en ensambles con clasificación de resistencia al fuego y estén instaladas conforme a las instrucciones incluidas en la lista.

714.5.3 Materiales disímiles. Los elementos penetrantes incombustibles no deberán conectarse a materiales combustibles más allá del punto de sellado contra fuego a menos que se demuestre que se mantiene la integridad de resistencia al fuego del ensamble horizontal.

714.5.4 Penetraciones en barreras de humo. Las penetraciones en barreras de humo deberán protegerse mediante un sistema aprobado de sellado contra fuego para penetraciones a través, instalado y probado conforme a los requisitos de UL 1479 para fuga de aire. La clasificación L del sistema medida a 0.30 pulgada de agua (74.7 Pa) en las pruebas de temperatura ambiente y elevada no deberá exceder ninguno de los siguientes:

  1. 5.0 cfm por pie cuadrado (0.025 m [3]/s × m [2]) de abertura de penetración para cada sistema de sellado contra fuego para penetraciones a través.
  2. Una fuga acumulada total de 50 cfm (0.024 m [3]/s) para cualquier área de pared o piso de 100 pies cuadrados (9.3 m [2]).

**714.6 Ensambles sin clasificación de resistencia al fuego.** Las penetraciones en…

714.6.1 Elementos penetrantes incombustibles. Se permiten elementos penetrantes incombustibles que conecten no más de cinco pisos, siempre que el espacio anular esté relleno para resistir el paso libre de llamas y productos de combustión con un material incombustible aprobado o con un material de relleno, vacío o cavidad que haya sido probado y clasificado para su uso en sistemas de sellado contra penetraciones de fuego.

714.6.2 Elementos penetrantes. Se permiten elementos penetrantes que conecten no más de dos pisos, siempre que el espacio anular esté relleno con un material aprobado para resistir el paso libre de llamas y productos de combustión.

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