Capítulo 31 — CONSTRUCCIÓN ESPECIAL
Sección 3103 — ESTRUCTURAS TEMPORALES
2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
3103.1 General. ¶
3103.1 General. Las disposiciones de las Secciones 3103.1 a 3103.8 se aplicarán a estructuras erigidas por un período menor a 180 días.
Las estructuras temporales para eventos especiales, carpas, estructuras tipo paraguas y otras estructuras de membrana erigidas por un período menor a 180 días también deberán cumplir con el California Fire Code. Las estructuras temporales erigidas por un período más largo y las estructuras temporales de ocupación pública deberán cumplir con las secciones aplicables de este código.
Excepciones:
- Las estructuras temporales de ocupación pública que cumplan con la Sección 3103.1.1 podrán permanecer en servicio por 180 días o más, pero no más de 1 año, cuando sean aprobadas por el funcionario de construcción.
- Las estructuras temporales de ocupación pública dentro de los límites de una estructura existente no están obligadas a cumplir con la Sección 3103.6.
[DSA-SS, DSA-SS/CC] La clasificación de estructura temporal de ocupación pública no se aplicará a ningún edificio escolar según la definición de la Sección 4-314 del California Administrative Code.
3103.1.1 Período extendido de servicio. Se permitirá que las estructuras temporales de ocupación pública permanezcan en servicio por 180 días o más sin cumplir con los requisitos de este código para edificios o estructuras nuevas, cuando se otorguen extensiones de hasta 1 año por parte del Funcionario de Construcción conforme a la Sección 108.1 y se cumplan las siguientes condiciones:
- Inspecciones adicionales, según lo determine el funcionario de construcción, deberán ser realizadas por una persona calificada para verificar que las condiciones del sitio y la instalación aprobada cumplan con las condiciones de aprobación al momento de la inspección final.
- Una persona calificada deberá realizar inspecciones de seguimiento después de la ocupación inicial en intervalos que no excedan los 180 días para verificar que las condiciones del sitio y la instalación se ajusten a las condiciones aprobadas y a los requisitos de instalación. Se deberán mantener registros de inspección y estos deberán estar disponibles para verificación por el funcionario de construcción.
- Un profesional registrado en diseño deberá realizar un examen para determinar la adecuación de la estructura temporal para resistir las cargas estructurales requeridas en la Sección 3103.6.
- La reubicación de la estructura temporal de ocupación pública requerirá una nueva solicitud de permiso.
- El uso u ocupación aprobado al momento de la inspección final deberá permanecer sin cambios.
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el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.
CONSTRUCCIÓN ESPECIAL
- Se deberá presentar una solicitud de extensión al funcionario de construcción. La solicitud deberá incluir los registros de las inspecciones y el examen indicados en los puntos 1 y 3.
3103.1.2 Conformidad. Las estructuras y usos temporales deberán ajustarse a los requisitos de resistencia estructural, seguridad contra incendios, medios de evacuación, accesibilidad, iluminación, ventilación y saneamiento de este código según sea necesario para garantizar la salud pública, la seguridad y el bienestar general.
3103.1.2.1 Recipientes llenos de agua. [SFM] No se deberán usar recipientes llenos de agua para anclar una carpa o estructura de membrana a menos que estén aprobados y de acuerdo con las instrucciones del fabricante de la carpa o estructura de membrana.
3103.1.3 Permiso requerido. No se deberán erigir, operar ni mantener estructuras temporales que cubran un área mayor a 120 pies cuadrados (11.16 m²), incluyendo áreas o espacios conectados con un medio común de evacuación o entrada que sean usados o destinados para la reunión de 10 o más personas, sin obtener un permiso del funcionario de construcción.
**3103.2 Documentos de construcción.** Se deberá presentar una solicitud de permiso y… ¶
**3103.3 Ubicación.** Las estructuras temporales deberán ubicarse de acuerdo con los… ¶
**3103.4 Medios de evacuación.** Las estructuras temporales deberán cumplir con los… ¶
**3103.5 Gradas.** Las gradas temporales, tribunas y asientos plegables y telescópicos… ¶
**3103.6 Requisitos estructurales.** Las estructuras temporales deberán cumplir con los… ¶
Excepción: Cuando sea aprobado, se permitirán cargas vivas menores a las prescritas en la Tabla 1607.1, siempre que un profesional registrado en diseño demuestre que se ha utilizado un enfoque racional y que tales reducciones están justificadas.
Las estructuras temporales no edificatorias auxiliares a asambleas públicas o estructuras para eventos especiales cuya falla estructural o colapso pondría en peligro al público reunido, deberán asignarse a una categoría de riesgo correspondiente a la categoría de riesgo de la asamblea pública. Para efectos de establecer una carga de ocupantes para el público reunido en peligro por falla estructural o colapso, se aplicará la determinación de carga de ocupantes aplicable en la Sección 1004.5 o 1004.6 sobre el área de la asamblea dentro de un radio igual a 1.5 veces la altura de la estructura temporal no edificatoria.
3103.6.1 Cargas estructurales. Las estructuras temporales de ocupación pública deberán diseñarse de acuerdo con el Capítulo 16, excepto según lo modificado por las Secciones 3103.6.1.1 a 3103.6.1.6.
3103.6.1.1 Cargas de nieve. Las cargas de nieve en estructuras temporales de ocupación pública se determinarán conforme a la Sección 1608. Las cargas de nieve en el suelo, p g, en la Sección 1608 se modificarán según la Tabla 3103.6.1.1.
Excepción: Se permitirá modificar las cargas de nieve en el suelo, p g, para estructuras temporales de ocupación pública que empleen procedimientos de ocupación controlada conforme a la Sección 3103.8, utilizando un factor de reducción de carga de nieve en el suelo de 0.65 en lugar de los factores de reducción de carga de nieve en el suelo en la Tabla 3103.6.1.1.
Cuando la estructura temporal de ocupación pública no esté sujeta a cargas de nieve o no se construya ni ocupe durante períodos en los que se espere nieve, no será necesario considerar las cargas de nieve, siempre que cuando el período en que la estructura temporal de ocupación pública esté en servicio se extienda para incluir tiempos en los que se espere nieve, se cumpla una de las siguientes condiciones:
- El diseño sea revisado y modificado, según corresponda, para considerar las cargas de nieve.
- Se implementen procedimientos de ocupación controlada conforme a la Sección 3103.8.
| TABLA 3103.6.1.1—FACTORES DE REDUCCIÓN PARA CARGAS DE NIEVE EN EL SUELO PARA ESTRUCTURAS TEMPORALES DE OCUPACIÓN PÚBLICA | Col2 | Col3 |
|---|---|---|
| CATEGORÍA DE RIESGO | VIDA ÚTIL | VIDA ÚTIL |
| CATEGORÍA DE RIESGO | ≤ 10 años | >10 años |
| II | 0.7 | 1.0 |
| III | 0.8 | 1.0 |
| IV | 1.0 | 1.0 |
3103.6.1.2 Cargas de viento. Se permitirá modificar la carga de viento de diseño en estructuras temporales de ocupación pública conforme a los factores de reducción de carga de viento en la Tabla 3103.6.1.2.
Excepciones:
Se permitirá modificar las cargas de viento de diseño para estructuras temporales de ocupación pública que implementen procedimientos de ocupación controlada conforme a la Sección 3103.8, utilizando un factor de reducción de carga de viento de 0.65.
Para estructuras temporales de ocupación pública erigidas en una región propensa a huracanes fuera de la temporada de huracanes, la velocidad básica del viento, V, podrá establecerse como sigue, dependiendo de la categoría de riesgo:
2.1. Categoría de Riesgo II: 115 mph.
2.2. Categoría de Riesgo III: 120 mph.
2.3. Categoría de Riesgo IV: 125 mph.
| TABLA 3103.6.1.2—FACTORES DE REDUCCIÓN PARA CARGAS DE VIENTO PARA ESTRUCTURAS TEMPORALES DE OCUPACIÓN PÚBLICA | Col2 | Col3 |
|---|---|---|
| CATEGORÍA DE RIESGO | VIDA ÚTIL | VIDA ÚTIL |
| CATEGORÍA DE RIESGO | ≤ 10 años | >10 años |
| II | 0.8 | 1.0 |
| III | 0.9 | 1.0 |
| IV | 1.0 | 1.0 |
3103.6.1.3 Cargas por inundación. No es necesario diseñar estructuras temporales de ocupación pública para las cargas por inundación especificadas en la Sección 1612. Se deberán implementar procedimientos de ocupación controlada conforme a la Sección 3103.8.
3103.6.1.4 Cargas sísmicas. Se permitirá tomar las cargas sísmicas en estructuras temporales de ocupación pública asignadas a las Categorías de Diseño Sísmico C a F como el 75 por ciento de las determinadas por la Sección 1613. Las estructuras temporales de ocupación pública asignadas a las Categorías de Diseño Sísmico A y B no están obligadas a diseñarse para cargas sísmicas.
3103.6.1.5 Cargas de hielo. Se permitirá determinar las cargas de hielo en estructuras temporales de ocupación pública con un espesor nominal máximo de 0.5 pulgada (13 mm), para todas las categorías de riesgo. Cuando la estructura temporal de ocupación pública no esté sujeta a cargas de hielo o no se construya ni ocupe durante períodos en los que se espere hielo, no será necesario considerar las cargas de hielo, siempre que cuando el período en que la estructura temporal de ocupación pública esté en servicio se extienda para incluir tiempos en los que se espere hielo, se cumpla una de las siguientes condiciones:
- El diseño sea revisado y modificado, según corresponda, para considerar las cargas de hielo.
- Se implementen procedimientos de ocupación controlada conforme a la Sección 3103.8.
3103.6.1.6 Cargas por tsunami. Las estructuras temporales de ocupación pública en una zona de diseño para tsunami no están obligadas a diseñarse para las cargas por tsunami especificadas en la Sección 1615. Se deberán implementar procedimientos de ocupación controlada conforme a la Sección 3103.8.
3103.6.2 Cimentaciones. Se permitirá que las estructuras temporales de ocupación pública se apoyen directamente sobre el terreno con cimentaciones temporales cuando sea aprobado por el funcionario de la construcción. Se deberá considerar el impacto de asentamientos diferenciales cuando las cimentaciones no se extiendan por debajo del terreno o cuando estén apoyadas sobre materiales compresibles. El valor presuntivo de capacidad portante para estructuras temporales de ocupación pública apoyadas sobre pavimento, losa sobre el terreno u otros suelos colapsables o de baja resistencia controlada, como arena de playa o césped, se asumirá que no excede de 1,000 libras por pie cuadrado (47.88 kPa), a menos que sea determinado mediante pruebas y evaluación por un profesional registrado en diseño. Se permitirá usar los valores presuntivos de capacidad portante listados en la Tabla 1806.2 para otras condiciones de suelo de apoyo.
3103.6.3 Inspecciones de instalación y mantenimiento. Una persona calificada deberá inspeccionar las estructuras temporales de ocupación pública que se ensamblen usando materiales transportables y reutilizables. Los componentes deberán inspeccionarse al ser adquiridos o comprados y al menos una vez al año. La inspección evaluará los componentes individuales y la estructura completamente ensamblada para determinar su idoneidad para uso con base en los requisitos de ESTA ANSI E1.21. Se deberán conservar registros de inspección y ponerlos a disposición para verificación por el funcionario de la construcción. Además, las estructuras temporales de ocupación pública deberán inspeccionarse a intervalos regulares cuando estén en servicio para asegurar que la estructura continúe desempeñándose según fue diseñada y erigida inicialmente.
3103.6.4 Durabilidad. Los componentes reutilizables usados en la erección e instalación de estructuras temporales de ocupación pública deberán estar fabricados con materiales duraderos necesarios para resistir las condiciones ambientales en el lugar de servicio. Los componentes dañados durante el transporte o la instalación o debido a los efectos de la intemperie deberán ser reemplazados o reparados.
**3103.7 Servicio.** Los efectos de las cargas estructurales o condiciones no deberán… ¶
3103.8 Procedimientos de ocupación controlada. ¶
3103.8 Procedimientos de ocupación controlada. Cuando se requiera implementar procedimientos de ocupación controlada para estructuras temporales de ocupación pública conforme a la Sección 3103.6.1, los procedimientos deberán cumplir con esta sección y con ANSI ES1.7. Se deberá presentar un plan de gestión operativa conforme a ANSI E1.21 al funcionario de construcción para su aprobación como parte de los documentos del permiso. Además, el plan de gestión operativa deberá incluir un plan de acción de emergencia que documente la siguiente información, cuando sea aplicable:
- Se deberán monitorear las superficies en las que se acumule nieve o hielo antes y durante la ocupación de la estructura temporal de ocupación pública. Cualquier carga que exceda la carga de diseño por nieve o hielo deberá ser removida antes de su ocupación, o la estructura temporal de ocupación pública deberá ser evacuada en caso de que se exceda la carga de diseño por nieve o hielo durante su ocupación.
31-6 CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA 2025
el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.
CONSTRUCCIÓN ESPECIAL
- Se deberán monitorear las velocidades del viento asociadas con las cargas de viento de diseño antes y durante la ocupación de la estructura temporal de ocupación pública. La estructura temporal de ocupación pública deberá ser evacuada en caso de que se espere que se exceda la velocidad de viento de diseño durante su ocupación.
- Criterios para iniciar procedimientos de evacuación de ocupantes en eventos de inundación y tsunami.
- Se deberán especificar procedimientos de evacuación de ocupantes para cada peligro ambiental donde el plan de gestión de ocupantes indique que la estructura temporal de ocupación pública debe ser evacuada.
- Procedimientos para el anclaje o remoción de la estructura temporal de ocupación pública, u otras medidas o procedimientos adicionales que se implementen para mitigar peligros en eventos de nieve, viento, inundación, hielo o tsunami.