Capítulo 7 — NORMAS REFERENCIADAS

Sección A107 — PROTECCIÓN DE BOMBAS Y INSTALACIONES DE ALMACENAMIENTO DE AGUA

2025 California Wildland-Urban Interface Code (Title 24, Part 7.5) · edición 2025 · actualizado 2026-07-06 · California

**A107.1 General.** La confiabilidad del suministro de agua deberá estar de acuerdo con…

**A107.2 Objetivo.** La intención de esta sección es aumentar la confiabilidad de las…

**A107.3 Área de modificación de combustible.** Las instalaciones de almacenamiento y…

Las personas que posean, controlen, operen o mantengan sistemas de almacenamiento y bombeo de agua que requieran este espacio defendible son responsables de despejar y eliminar la vegetación no adaptada al fuego y de mantener el espacio defendible en la propiedad que posean, arrienden o controlen.

**A107.4 Árboles.** Se deberán eliminar las partes de los árboles que se extiendan a…

A107.5 Protección de fuentes de alimentación eléctrica.

A107.5 Protección de los suministros eléctricos. Cuando se utilicen bombas eléctricas para proporcionar el suministro de agua requerido, dichas bombas deberán estar conectadas a una fuente de energía de reserva que mantenga automáticamente el suministro eléctrico en caso de pérdida de energía. La fuente de energía de reserva deberá ser capaz de proporcionar energía durante no menos de 2 horas, de conformidad con el Capítulo 27 del California Building Code, la Sección 1203 del California Fire Code y el California Electrical Code.

Excepción: No se requiere una fuente de energía de reserva cuando el servicio eléctrico primario a las bombas sea subterráneo, según lo aprobado por el funcionario del código.

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