Sección 8 — 903 — FONTANERÍA

2025 California Historical Building Code (Title 24, Part 8) · edición 2025 · actualizado 2026-07-06 · California

8-903.1 General. Los sistemas de fontanería deberán cumplir con el código regular a menos que se indique lo contrario.

8-903.1.1 Las disposiciones del CHBC se aplicarán a la aceptación, ubicación, instalación, alteración, reparación, reubicación, reemplazo o adición de cualquier sistema o equipo de fontanería dentro o adherido a un edificio histórico.

8-903.1.2 Los sistemas existentes que, a juicio de la agencia encargada de hacer cumplir, no constituyan un peligro para la seguridad, podrán permanecer en uso.

8-903.1.3 La agencia encargada de hacer cumplir podrá aprobar cualquier alternativa a estas regulaciones que logre una seguridad de vida razonablemente equivalente.

8-903.2 Ocupaciones residenciales.

8-903.2.1 Cuando se proporcionen instalaciones sanitarias, pueden aceptarse métodos alternativos de disposición de aguas residuales si son aprobados por el departamento de salud local. En hoteles, donde no se proporcionen instalaciones privadas, pueden aceptarse inodoros en una proporción de uno por cada 15 habitaciones.

8-903.2.2 No se requiere que las instalaciones sanitarias estén en el mismo piso o en el mismo edificio que las habitaciones para dormir. Los inodoros con descarga de agua pueden ubicarse en un edificio inmediatamente adyacente a las habitaciones para dormir. Cuando se utilicen métodos alternativos de disposición de aguas residuales, deberán ubicarse a una distancia mínima de las habitaciones para dormir u otras ubicaciones aprobadas por el departamento de salud local.

8-903.2.3 Se deberán proporcionar lavaplatos en todas las cocinas. El lavabo y la encimera pueden tener cualquier acabado liso no absorbente que pueda mantenerse en condiciones sanitarias.

8-903.2.4 Se deberán proporcionar instalaciones para lavado de manos para cada unidad de vivienda y cada habitación de hotel. Un lavabo y jarra pueden ser aceptables como instalaciones adecuadas para lavado de manos.

8-903.2.5 No se requiere agua caliente o fría corriente para cada accesorio de fontanería, siempre que se suministre una cantidad suficiente de agua para permitir el funcionamiento normal del accesorio.

8-903.2.6 Las bañeras y lavabos con caños de llenado a menos de 1 pulgada (25.4 mm) por encima del borde del accesorio pueden permanecer en uso, siempre que haya un desbordamiento aceptable debajo del borde.

8-903.2.7 Se permitirán inodoros originales o recuperados, urinarios y válvulas flushómetro en edificios o propiedades históricas calificadas. Se permitirán reproducciones históricamente precisas, inodoros, urinarios y válvulas flushómetro no de bajo consumo, excepto cuando estén disponibles accesorios históricamente precisos que cumplan con el código regular.

8-903.3 Materiales. Los materiales nuevos no históricos deberán cumplir con los requisitos del código regular. La agencia encargada de hacer cumplir aceptará materiales alternativos que no creen un peligro para la seguridad cuando su uso sea necesario para mantener la integridad histórica del edificio.

8-903.4 Sistemas de drenaje y ventilación. Los accesorios de fontanería deberán conectarse a un sistema adecuado de drenaje y ventilación. La agencia encargada de hacer cumplir podrá requerir pruebas operativas para sistemas de drenaje y ventilación que no cumplan con los requisitos aplicables del código regular. Las terminaciones de ventilación podrán instalarse en cualquier ubicación que, a juicio de la agencia encargada de hacer cumplir, no cree un peligro para la seguridad.

8-903.5 Desechos indirectos y especiales. Los sistemas de desechos indirectos y especiales deberán instalarse de manera que no se cree un peligro para la seguridad. Los desechos líquidos químicos o industriales que puedan afectar negativamente el sistema sanitario deberán pretratados para hacerlos seguros antes de su descarga.

8-903.6 Trampas e interceptores. Las trampas e interceptores deberán cumplir con los requisitos del código regular, excepto que la agencia encargada de hacer cumplir aceptará soluciones que no aumenten el peligro para la seguridad. Las trampas tipo “S” y de tambor debidamente mantenidas podrán permanecer en uso.

8-903.7 Juntas y conexiones.

8-903.7.1 Las juntas y conexiones en sistemas de fontanería nuevos deberán cumplir con los requisitos aplicables del código regular.

8-903.7.2 Las juntas y conexiones en sistemas existentes o restaurados podrán ser de cualquier tipo que no cree un peligro para la seguridad.

8-903.8 Distribución de agua. Los accesorios de fontanería deberán conectarse a un sistema adecuado de distribución de agua. La agencia encargada de hacer cumplir podrá requerir pruebas operativas para sistemas de distribución de agua que no cumplan con los requisitos aplicables del código regular. No se permitirán conexiones prohibidas (ilegales) ni conexiones cruzadas.

8-903.9 Alcantarillado del edificio y sistemas privados de disposición de aguas residuales. Los nuevos alcantarillados del edificio y los nuevos sistemas privados de disposición de aguas residuales deberán cumplir con los requisitos aplicables del código regular.

20 2025 CALIFORNIA HISTORICAL BUILDING CODE

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTO.

REQUISITOS MECÁNICOS, DE FONTANERÍA Y ELÉCTRICOS

8-903.10 Tuberías de gas combustible. Las tuberías de gas combustible deberán cumplir con los requisitos del código regular, excepto que la agencia encargada de hacer cumplir aceptará soluciones que no aumenten el peligro para la seguridad.

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