Sección 8 — 201 — DEFINICIONES

2025 California Historical Building Code (Title 24, Part 8) · edición 2025 · actualizado 2026-07-06 · California

Para los efectos del CHBC, ciertos términos y frases, palabras y sus derivados se interpretarán según lo especificado en este capítulo. Definiciones adicionales y/o términos pueden aparecer en los diversos otros capítulos relativos a términos o frases aplicables principalmente a ellos. Cualquier referencia a la “autoridad competente” no excluye necesariamente el proceso de apelación de la Sección 8-104.3.

ADICIÓN. Una extensión o aumento no histórico en el área de piso o altura de un edificio o propiedad.

ALTERACIÓN. Una modificación a un edificio o propiedad histórica calificada que afecta la usabilidad del edificio o propiedad, o parte de ella. Las alteraciones incluyen, pero no se limitan a, remodelación, renovación, rehabilitación, reconstrucción, restauración histórica, cambios o reorganización de las partes o elementos estructurales, y cambios o reorganizaciones en la configuración del plano de muros y tabiques de altura completa.

NORMA DE CONSTRUCCIÓN. Cualquier directriz, reglamento o código que pueda aplicarse a un edificio o propiedad histórica calificada.

CARACTERÍSTICA DEFINITORIA. Aquellos aspectos visuales y elementos físicos que comprenden la apariencia de un edificio o propiedad histórica, y que son significativos para sus valores históricos, arquitectónicos y culturales, incluyendo la forma general del edificio o propiedad histórica, sus materiales, mano de obra, detalles decorativos, espacios y características interiores, así como los diversos aspectos de su sitio y entorno.

RECURSO CULTURAL. Edificio, sitio, propiedad, objeto o distrito evaluado como significativo en la prehistoria o historia.

PELIGRO DISTINTO. Cualquier condición clara y evidente que exista como un peligro inmediato para la seguridad de los ocupantes o del derecho público de paso. Las condiciones que no cumplen con los requisitos de los códigos y ordenanzas regulares vigentes no constituyen, por sí mismas, un peligro distinto. La Sección 8-104.3, apelaciones SHBC, sigue siendo aplicable.

AGENCIA DE APLICACIÓN, Autoridad Competente, Agencia Local con Jurisdicción. Una entidad con la responsabilidad de regular, hacer cumplir, revisar o de otro modo ejercer control o administración sobre el proceso de otorgar permisos, aprobaciones, decisiones, variaciones, apelaciones para edificios o propiedades históricas calificadas.

DISPOSITIVO DE ESCALERA DE SALIDA. Un dispositivo de escalera de salida es una escalera instalada permanentemente, fija, plegable, retráctil o con bisagras destinada para su uso como medio de evacuación de emergencia desde áreas del segundo o tercer piso. A menos que se apruebe específicamente para una longitud mayor, la escalera estará limitada a 25 pies (7620 mm) de longitud. Se permiten escaleras de salida donde el área servida por la escalera tenga una carga de ocupantes menor a 10 personas.

PELIGRO DE INCENDIO. Cualquier condición que aumente o pueda contribuir a un aumento en el peligro o amenaza de incendio en mayor grado que el reconocido habitualmente por la autoridad competente, o cualquier condición o acto que pueda obstruir, retrasar, dificultar o interferir con las operaciones del personal de bomberos o la evacuación de los ocupantes en caso de incendio. La Sección 8-104.3, apelaciones SHBC, sigue siendo aplicable.

MATERIAL O TEJIDO HISTÓRICO. Materiales de construcción, acabados arquitectónicos o elementos históricamente significativos originales y añadidos posteriormente en un patrón o configuración particular que forman una propiedad histórica calificada, según lo determine la autoridad competente.

SIGNIFICADO HISTÓRICO. Importancia por la cual una propiedad ha sido evaluada y considerada histórica, según lo determine la autoridad competente.

AMENAZA INMINENTE. Cualquier condición dentro o que afecte a un edificio o propiedad histórica calificada que, a juicio de la autoridad competente, calificaría a un edificio o propiedad como peligroso en la medida en que la vida, salud, propiedad o seguridad del público, sus ocupantes o quienes realizan trabajos necesarios de reparación, estabilización o apuntalamiento estén en peligro inmediato debido a condiciones que afectan el edificio o propiedad. Los peligros potenciales para personas que usan, o mejoras dentro, del derecho de paso no se considerarán “amenazas inminentes” únicamente por esa razón si el peligro puede mitigarse mediante apuntalamiento, estabilización, barricadas o cercas temporales.

INTEGRIDAD. Autenticidad de la identidad histórica de un edificio o propiedad, evidenciada por la supervivencia de características físicas que existieron durante el período histórico o prehistórico de significancia de la propiedad.

EVALUACIÓN DE SEGURIDAD DE VIDA. Una evaluación de los peligros para la seguridad de vida de un edificio o propiedad histórica calificada basada en procedimientos similares a los contenidos en NFPA 909, Standard for the Protection of Cultural Resources, Appendix B, Fire Risk Assessment in Heritage Premises.

PELIGRO PARA LA SEGURIDAD DE VIDA. Véase Peligro Distinto.

PERÍODO DE SIGNIFICANCIA. El período de tiempo durante el cual un edificio o propiedad histórica calificada estuvo asociado con eventos, actividades o personas importantes, o alcanzó las características para su listado o registro.

PRESERVACIÓN. El acto o proceso de aplicar las medidas necesarias para sostener la forma, integridad y materiales existentes de un edificio o propiedad histórica calificada. El trabajo, incluyendo medidas preliminares para proteger y estabilizar la propiedad, generalmente se enfoca en el mantenimiento y reparación continuos de materiales y características históricas más que en la sustitución extensa y nueva construcción. Las nuevas adiciones exteriores no están dentro del alcance de este tratamiento; sin embargo, la actualización limitada y sensible de sistemas mecánicos,

DEFINICIONES

eléctricos y de plomería y otros trabajos relacionados con el código para hacer funcionales las propiedades es apropiada dentro de un proyecto de preservación.

EDIFICIO O PROPIEDAD HISTÓRICA CALIFICADA. Según se define en la Sección 18955 del Código de Salud y Seguridad como “Edificio o Propiedad Histórica Calificada.” Cualquier edificio, sitio, objeto, lugar, ubicación, distrito o colección de estructuras, y sus sitios asociados, considerados importantes para la historia, arquitectura o cultura de un área por una jurisdicción gubernamental local, estatal o federal apropiada. Esto incluirá edificios o propiedades históricas en, o determinados elegibles para, registros o inventarios históricos nacionales, estatales o locales, tales como el National Register of Historic Places, California Register of Historical Resources, State Historical Landmarks, State Points of Historical Interest, y registros, inventarios o encuestas de sitios, lugares o monumentos históricos o arquitectónicamente significativos de la ciudad o condado.

RECONSTRUCCIÓN. El acto o proceso de representar, mediante nueva construcción, la forma, características y detalles de un sitio, paisaje, edificio, propiedad u objeto no sobreviviente con el propósito de replicar su apariencia en un período específico de tiempo.

CÓDIGO REGULAR. Las regulaciones adoptadas que rigen el diseño y construcción o alteración de edificios y propiedades no históricas dentro de la jurisdicción de la agencia de aplicación.

REHABILITACIÓN. El acto o proceso de hacer posible un uso compatible para un edificio o propiedad histórica calificada mediante reparación, alteraciones y adiciones mientras se preservan aquellas porciones o características que transmiten sus valores históricos, culturales o arquitectónicos calificados.

RELOCALIZACIÓN. El acto o proceso de mover cualquier edificio o propiedad histórica calificada o una porción de un edificio o propiedad histórica calificada a un nuevo sitio, o a una ubicación diferente en el mismo sitio.

REPARACIÓN. Renovación, reconstrucción o renovación de cualquier porción de una propiedad, sitio o edificio existente para el propósito de su uso continuo.

RESTAURACIÓN. El acto o proceso de representar con precisión la forma, características y carácter de un edificio o propiedad calificada tal como apareció en un período particular de tiempo mediante la eliminación de características de otros períodos en su historia y la reconstrucción de características faltantes del período de restauración. La actualización limitada y sensible de sistemas mecánicos, eléctricos y de plomería y otros trabajos requeridos por el código para hacer funcionales las propiedades es apropiada dentro de un proyecto de restauración.

ESTRUCTURA. Lo que está construido o edificado, un edificio o construcción de cualquier tipo, o cualquier obra compuesta artificialmente por partes unidas de alguna manera definida.

TRATAMIENTO. Un acto de trabajo para llevar a cabo preservación, restauración, estabilización, rehabilitación o reconstrucción.

4 CÓDIGO HISTÓRICO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA 2025

8-3 USO Y OCUPACIÓN

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