Sección 8 — 104 — REVISIÓN Y APELACIONES

2025 California Historical Building Code (Title 24, Part 8) · edición 2025 · actualizado 2026-07-06 · California

8-104.1 Junta Estatal de Seguridad de Edificios Históricos (SHBSB o Junta). Para proporcionar interpretación de las disposiciones del CHBC y para conocer apelaciones, la SHBSB actuará como un órgano de apelación y revisión para agencias estatales y locales o cualquier parte afectada.

8-104.2 Revisión de la SHBSB. Cuando una propuesta de diseño, material o método de construcción esté siendo considerada por la agencia encargada de hacer cumplir, el jefe de la agencia, el funcionario de construcción o la junta local de apelaciones pueden presentar una solicitud escrita de opinión a la SHBSB para su consideración, asesoramiento o conclusiones. Al considerar dicha solicitud, la SHBSB podrá buscar el asesoramiento de otras juntas privadas o públicas apropiadas, individuos o agencias estatales o locales. La SHBSB, después de considerar todos los hechos presentados, incluyendo cualquier recomendación de otras juntas, agencias u otras partes apropiadas, determinará si, para el propósito previsto, la propuesta es razonablemente equivalente a lo permitido por estas regulaciones en diseño propuesto, material o método de construcción, y transmitirá tales conclusiones y su decisión a la agencia encargada de hacer cumplir para su aplicación. La Junta podrá recuperar los costos de dichas revisiones y deberá informar la decisión en forma impresa, con copia a la California Building Standards Commission.

8-104.2.1 Agencias estatales. Todas las agencias estatales con propiedad de, o que actúen en nombre de propietarios estatales de, edificios o propiedades históricas calificadas, deberán consultar y obtener la revisión de la SHBSB antes de tomar acción o tomar decisiones o apelaciones que afecten edificios o propiedades históricas calificadas, conforme a la Sección 18961 del Código de Salud y Seguridad.

8-104.2.2 Amenaza inminente. Cuando se declare una emergencia y un edificio o propiedad histórica calificada sea declarado una amenaza inminente para la vida y la seguridad, la agencia estatal que evalúe dicha amenaza deberá consultar con la SHBSB antes de que se realice cualquier demolición, conforme a la Sección 18961 del Código de Salud y Seguridad.

8-104.3 Apelaciones SHBC. Si alguna agencia local que administra y hace cumplir el CHBC o cualquier persona afectada adversamente por alguna regulación, regla, omisión, interpretación, decisión o práctica de la agencia encargada de hacer cumplir el CHBC desea apelar el asunto para su resolución ante la SHBSB, cualquiera de estas partes podrá apelar directamente a la Junta. La Junta podrá aceptar la apelación solo si determina que los asuntos involucrados son de importancia estatal. La Junta podrá recuperar los costos de dichas revisiones y pondrá a disposición copias de las decisiones en forma impresa a costo, con copia a la California Building Standards Commission.

8-104.4 Tarifas de agencias locales. Las agencias locales, cuando estén activamente involucradas en la apelación, también podrán cobrar a las personas afectadas tarifas razonables que no excedan el costo de obtener revisiones y apelaciones de la Junta.

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