Capítulo 18A — SUELOS Y CIMIENTOS
Sección 1807A — MUROS DE CIMENTACIÓN, MUROS DE CONTENCIÓN Y POSTES Y PÓRTICOS EMPOTRADOS
2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
1807 A .1 Muros de cimentación. Los muros de cimentación deberán ser diseñados y construidos de conformidad con las Secciones 1807 A .1.1 a 1807 A .1.6. Los muros de cimentación deberán estar soportados por cimentaciones diseñadas conforme a la Sección 1808 A .
1807 A .1.1 Cargas laterales del suelo para diseño. Los muros de cimentación deberán ser diseñados para las cargas laterales del suelo determinadas por una investigación geotécnica, de conformidad con la Sección 1803A.
1807 A .1.2 Altura de relleno desequilibrado. La altura de relleno desequilibrado es la diferencia en altura entre el nivel exterior terminado del terreno y el menor entre la parte superior de la zapata de concreto que soporta el muro de cimentación o el nivel interior terminado del terreno. Cuando se provea una losa interior de concreto sobre el terreno y ésta esté en contacto con la superficie interior del muro de cimentación, la altura de relleno desequilibrado podrá medirse desde el nivel exterior terminado del terreno hasta la parte superior de la losa interior de concreto.
1807 A .1.3 Muros de cimentación de piedra suelta. No permitidos por DSA-SS, DSA-SS/CC ni OSHPD.
1807 A .1.4 Sistemas permanentes de cimentación de madera. No permitidos por DSA-SS, DSA-SS/CC ni OSHPD.
1807 A .1.5 Muros de cimentación de concreto y mampostería. Los muros de cimentación de concreto y mampostería deberán ser diseñados conforme a los Capítulos 19 A o 21 A, según corresponda.
1807 A .2 Muros de contención. Los muros de contención deberán ser diseñados conforme a las Secciones 1807 A .2.1 a 1807 A .2.4.
1807 A .2.1 General. Los muros de contención deberán ser diseñados para garantizar estabilidad contra vuelco, deslizamiento, presión excesiva sobre la cimentación y levantamiento por agua .
1807 A .2.2 Cargas laterales del suelo para diseño. Los muros de contención deberán ser diseñados para las cargas laterales del suelo determinadas por una investigación geotécnica de conformidad con la Sección 1803A y no deberán ser menores al ochenta por ciento de las cargas laterales del suelo determinadas conforme a la Sección 1610A. Para el uso con las combinaciones de carga, las cargas laterales del suelo debidas a la sobrecarga por cargas gravitacionales se considerarán cargas gravitacionales y los aumentos de presión sísmica del suelo debido a terremotos se considerarán cargas sísmicas. Para estructuras asignadas a la Categoría de Diseño Sísmico D, E o F, el diseño de muros de contención que soporten más de 6 pies (1829 mm) de altura de relleno deberá incorporar la presión sísmica lateral adicional de tierra conforme a la investigación geotécnica cuando sea requerida en la Sección 1803 A .2.
1807 A .2.3 Factor de seguridad. Los muros de contención deberán ser diseñados para resistir la acción lateral del suelo que produzca deslizamiento y vuelco con un factor mínimo de seguridad de 1.5 en cada caso. Las combinaciones de carga de la Sección 1605 A no aplican para este requisito. En cambio, el diseño deberá basarse en 0.7 veces las cargas nominales por terremoto, 1.0 veces otras cargas nominales, e investigación con una o más de las cargas variables puestas en cero. El factor de seguridad contra deslizamiento lateral se tomará como la resistencia disponible del suelo en la base de la cimentación del muro de contención dividida por la fuerza lateral neta aplicada al muro de contención.
Excepción: Cuando se incluyan cargas por terremoto, el factor mínimo de seguridad para deslizamiento y vuelco del muro de contención será 1.1.
1807 A .2.4 Muros de contención segmentados. Las unidades de concreto prefabricado en seco usadas en la construcción de muros de contención segmentados deberán cumplir con ASTM C1372.
1807 A .2.5 Barandales. Se deberán proveer barandales en muros de contención conforme a las Secciones 1807 A .2.5.1 a 1807 A .2.5.3.
Excepción: No se requieren barandales en muros de contención no accesibles al público.
1807 A .2.5.1 Dónde se requieren. En muros de contención ubicados a menos de 36 pulgadas (914 mm) de superficies peatonales, se requerirá un barandal entre la superficie peatonal y el lado abierto del muro de contención cuando la superficie peatonal esté ubicada a más de 30 pulgadas (762 mm) medidas verticalmente a la superficie o nivel inferior en cualquier punto dentro de 36 pulgadas (914 mm) horizontalmente al borde del lado abierto. Los barandales deberán cumplir con la Sección 1607 A .9.
1807 A .2.5.2 Altura. Los barandales requeridos en muros de contención deberán cumplir con los requisitos de altura de la Sección 1015.3.
1807 A .2.5.3 Limitaciones de aberturas. Los barandales requeridos deberán cumplir con las limitaciones de aberturas de la Sección 1015.4.
1807 A .3 Postes y pórticos empotrados. Los diseños para resistir cargas axiales y laterales empleando postes o pórticos como columnas empotradas en tierra o en zapatas de concreto en tierra deberán cumplir con las Secciones 1807 A .3.1 a 1807 A .3.3 o ASABE EP 486.3 Capítulo 8 usando propiedades del suelo y criterios de aceptación determinados por el ingeniero geotécnico conforme a la Sección 1803A.
1807 A .3.1 Limitaciones. Los procedimientos de diseño descritos en esta sección están sujetos a las siguientes limitaciones:
- La resistencia por fricción para muros estructurales y losas sobre limos y arcillas se limitará a la mitad de la fuerza normal impuesta sobre el suelo por el peso de la zapata o losa.
- Los postes empotrados en tierra no deberán usarse para proporcionar soporte lateral a materiales estructurales o no estructurales tales como estuco, mampostería o concreto a menos que se provea un arriostramiento que desarrolle la deflexión limitada requerida.
Los postes de madera deberán ser tratados conforme a AWPA U1 para postes de madera aserrada (Especificación de Producto A, Categoría de Uso 4B) y para postes de madera redonda (Especificación de Producto B, Categoría de Uso 4B).
1807 A .3.2 Criterios de diseño. La profundidad para resistir cargas laterales se determinará usando los criterios de diseño establecidos en las Secciones 1807 A .3.2.1 a 1807 A .3.2.3, o por otros métodos aprobados por el funcionario de construcción.
1807 A .3.2.1 Sin restricción lateral. La siguiente fórmula se usará para determinar la profundidad de empotramiento requerida para resistir cargas laterales cuando no se provea restricción lateral en la superficie del terreno, como por un piso rígido o pavimento rígido en la superficie, y cuando no se provea restricción lateral por encima de la superficie del terreno, como por un diafragma estructural.
Ecuación 18 A -1 d = 0.5 A {1 + [1 + (4.36 h/A )] ^{1/2} }
18A-10 CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA 2025
a las 11:14 AM (CDT) del 18 de julio de 2025 BAJO ESTE.
SUELOS Y CIMIENTOS
donde:
A = 2.34 P /( S 1 b ).
b = Diámetro del poste redondo o zapata o dimensión diagonal del poste o zapata cuadrada, pies (m).
d = Profundidad de empotramiento en tierra en pies (m) pero no mayor a 12 pies (3658 mm) para el propósito de calcular la presión lateral.
h = Distancia en pies (m) desde la superficie del terreno hasta el punto de aplicación de “P.”
P = Fuerza lateral aplicada en libras (kN).
S 1 = Presión admisible lateral del suelo según la Sección 1806 A .2 basada en una profundidad de un tercio de la profundidad de empotramiento en libras por pie cuadrado (psf) (kPa).
1807 A .3.2.2 Con restricción lateral. La siguiente fórmula se usará para determinar la profundidad de empotramiento requerida para resistir cargas laterales cuando se provea restricción lateral en la superficie del terreno, como por un piso rígido o losa sobre terreno.
Ecuación 18 A -2
o alternativamente
Ecuación 18 A -3 d = ----------------- g - donde: 3
M g = Momento en el poste a nivel del terreno, en pie-libras (kN-m).
S 3 = Presión admisible lateral del suelo según la Sección 1806.2 basada en una profundidad igual a la profundidad de empotramiento en libras por pie cuadrado (kPa).
1807 A .3.2.3 Carga vertical. La resistencia a cargas verticales se determinará usando la presión vertical de cimentación establecida en la Tabla 1806 A .2.
1807 A .3.3 Relleno. El relleno en el espacio anular alrededor de columnas no empotradas en zapatas coladas deberá realizarse por uno de los siguientes métodos:
- El relleno será de concreto con una resistencia a compresión especificada no menor a 2,000 psi (13.8 MPa). El agujero deberá ser no menor a 4 pulgadas (102 mm) mayor que el diámetro de la columna en su base o 4 pulgadas (102 mm) mayor que la dimensión diagonal de una columna cuadrada o rectangular.
- El relleno será de arena limpia. La arena deberá compactarse a fondo mediante apisonado en capas no mayores a 8 pulgadas (203 mm) de profundidad.
- El relleno será de material de baja resistencia controlada (CLSM).