Capítulo 18 — SUELOS Y CIMIENTOS
Sección 1809 — CIMIENTOS SUPERFICIALES
2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
**1809.1 General.** Las cimentaciones superficiales deberán diseñarse y construirse de… ¶
**1809.2 Suelos de apoyo.** Las cimentaciones superficiales deberán construirse sobre… ¶
**1809.3 Cimentaciones escalonadas.** La superficie superior de las cimentaciones… ¶
[OSHPD 1R, 2 y 5] Los escalones individuales en cimentaciones continuas no deberán exceder de 18 pulgadas (457 mm) de altura y la pendiente de una serie de dichos escalones no deberá exceder 1 unidad vertical por 2 unidades horizontales (pendiente del 50%) a menos que un informe geotécnico recomiende lo contrario.
18-18 CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA 2025
el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE CONCEPTO.
SUELOS Y CIMIENTOS
Los escalones deberán detallarse en los planos. Los efectos locales debido a la discontinuidad de los escalones deberán considerarse en el diseño de la cimentación.
**1809.4 Profundidad y ancho de las zapatas.** La profundidad mínima de las zapatas por… ¶
Cuando sea aplicable, se deberán cumplir los requisitos de la Sección 1809.5. El ancho mínimo de las zapatas será de 12 pulgadas (305 mm).
**1809.5 Protección contra heladas.** Salvo que estén protegidos de otra manera contra… ¶
Excepción: No será necesario proteger los edificios independientes que cumplan todas las siguientes condiciones:
- Asignados a la Categoría de Riesgo I.
- Área de 600 pies cuadrados (56 m [2]) o menos para construcción ligera de armazón, o 400 pies cuadrados (37 m [2]) o menos para construcción distinta a la ligera de armazón.
- Altura de alero de 10 pies (3048 mm) o menos.
Los cimientos poco profundos no deberán apoyarse sobre suelo congelado a menos que dicha condición congelada sea de carácter permanente.
1809.5.1 Protección contra heladas en salidas requeridas. Se deberá proporcionar protección contra heladas en los descansos exteriores de todas las salidas requeridas con puertas que se abran hacia afuera. La protección contra heladas solo será necesaria en la medida necesaria para asegurar la apertura sin obstrucciones de las puertas de salida requeridas.
**1809.6 Ubicación de las zapatas.** Las zapatas sobre suelo granular deberán ubicarse… ¶
**1809.7 Cimentaciones prescriptivas para construcción de estructura ligera.**… ¶
| TABLA 1809.7—CIMENTACIONES PRESCRIPTIVAS QUE SOPORTAN MUROS DE CONSTRUCCIÓN DE ESTRUCTURA LIGERAa, b, c, d, e | Col2 | Col3 |
|---|---|---|
| NÚMERO DE PISOS SOPORTADOS POR LA CIMENTACIÓNf | ANCHO DE LA CIMENTACIÓN (pulgadas) | ESPESOR DE LA CIMENTACIÓN (pulgadas) |
| 1 | 12 | 6 |
| 2 | 15 | 6 |
| 3 | 18 | 8g |
| Para SI: 1 pulgada = 25.4 mm, 1 pie = 304.8 mm. a. La profundidad de las cimentaciones deberá estar conforme a la Sección 1809.4. b. Se permitirá excavar el terreno bajo el piso hasta la elevación de la parte superior de la cimentación. c. Se permitirá que los muros interiores con montantes sean soportados por cimentaciones aisladas. El ancho y largo de la cimentación deberá ser el doble del ancho mostrado en esta tabla, y las cimentaciones deberán espaciarse no más de 6 pies en centro. d. Véase la Sección 1905 para requisitos adicionales para cimentaciones de concreto de estructuras asignadas a la Categoría de Diseño Sísmico C, D, E o F. e. Para el espesor de muros de cimentación, véase la Sección 1807.1.6. f. Se permitirá que las cimentaciones soporten un techo además del número estipulado de pisos. Las cimentaciones que soporten solo techo deberán ser como las requeridas para soportar un piso. g. Se permitirá que las cimentaciones de concreto simple para ocupaciones del Grupo R-3 tengan un espesor de 6 pulgadas. |
Para SI: 1 pulgada = 25.4 mm, 1 pie = 304.8 mm. a. La profundidad de las cimentaciones deberá estar conforme a la Sección 1809.4. b. Se permitirá excavar el terreno bajo el piso hasta la elevación de la parte superior de la cimentación. c. Se permitirá que los muros interiores con montantes sean soportados por cimentaciones aisladas. El ancho y largo de la cimentación deberá ser el doble del ancho mostrado en esta tabla, y las cimentaciones deberán espaciarse no más de 6 pies en centro. d. Véase la Sección 1905 para requisitos adicionales para cimentaciones de concreto de estructuras asignadas a la Categoría de Diseño Sísmico C, D, E o F. e. Para el espesor de muros de cimentación, véase la Sección 1807.1.6. f. Se permitirá que las cimentaciones soporten un techo además del número estipulado de pisos. Las cimentaciones que soporten solo techo deberán ser como las requeridas para soportar un piso. g. Se permitirá que las cimentaciones de concreto simple para ocupaciones del Grupo R-3 tengan un espesor de 6 pulgadas. |
Para SI: 1 pulgada = 25.4 mm, 1 pie = 304.8 mm. a. La profundidad de las cimentaciones deberá estar conforme a la Sección 1809.4. b. Se permitirá excavar el terreno bajo el piso hasta la elevación de la parte superior de la cimentación. c. Se permitirá que los muros interiores con montantes sean soportados por cimentaciones aisladas. El ancho y largo de la cimentación deberá ser el doble del ancho mostrado en esta tabla, y las cimentaciones deberán espaciarse no más de 6 pies en centro. d. Véase la Sección 1905 para requisitos adicionales para cimentaciones de concreto de estructuras asignadas a la Categoría de Diseño Sísmico C, D, E o F. e. Para el espesor de muros de cimentación, véase la Sección 1807.1.6. f. Se permitirá que las cimentaciones soporten un techo además del número estipulado de pisos. Las cimentaciones que soporten solo techo deberán ser como las requeridas para soportar un piso. g. Se permitirá que las cimentaciones de concreto simple para ocupaciones del Grupo R-3 tengan un espesor de 6 pulgadas. |
**1809.8 Cimentaciones de concreto simple.** _**[OSHPD 1R, 2 y 5]**_ _No permitidas por… ¶
Excepción: Para cimentaciones de concreto simple que soporten ocupaciones del Grupo R-3, se permite un espesor de borde de 6 pulgadas (152 mm), siempre que la cimentación no se extienda más allá de una distancia mayor que el espesor de la cimentación a cada lado del muro soportado.
**1809.9 Cimentaciones de unidades de mampostería.** _**[OSHPD 1R, 2 y 5]**_ _No… ¶
Excepción: Cuando no se proporcione un diseño específico, se permitirá que las cimentaciones de unidades de mampostería que soporten muros de construcción ligera sean diseñadas de acuerdo con la Tabla 1809.7.
1809.9.1 Dimensiones. Las cimentaciones de unidades de mampostería deberán colocarse con mortero Tipo M o S que cumpla con la Sección 2103.2.1 y la profundidad no será menor al doble de la proyección más allá del muro, pilar o columna. El ancho no será menor a 8 pulgadas (203 mm) más ancho que el muro que soporta.
1809.9.2 Desplazamientos. El desplazamiento máximo de cada hilada en muros de cimentación de ladrillo escalonados desde las cimentaciones será de 1 1/2 pulgadas (38 mm) cuando se coloquen en hiladas simples, y de 3 pulgadas (76 mm) cuando se coloquen en hiladas dobles.
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SUELOS Y CIMIENTOS
1809.10 Cimentaciones de pilotes y muros cortina. ¶
1809.10 Cimentaciones de pilotes y muros cortina. Excepto en las Categorías de Diseño Sísmico D, E y F, se permitirá el uso de cimentaciones de pilotes y muros cortina para soportar construcciones de estructura ligera de no más de dos pisos sobre el plano de nivel, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- Todas las paredes estructurales deberán colocarse sobre zapatas de concreto continuo integradas de manera integral con las zapatas de las paredes exteriores.
- El espesor mínimo real de una pared estructural de mampostería no será menor de 4 pulgadas (102 mm) nominales o 3 [5] / 8 pulgadas (92 mm) de espesor real, y deberá estar integrada de manera integral con pilotes espaciados a 6 pies (1829 mm) en centro (c.c.).
- Los pilotes deberán construirse conforme al Capítulo 21 y lo siguiente: 3.1. La altura sin soporte de los pilotes de mampostería no deberá exceder 10 veces su dimensión menor. 3.2. Cuando se utilicen bloques estructurales de arcilla o unidades huecas de mampostería de concreto para pilotes que soporten vigas y viguetas, los espacios celulares deberán llenarse completamente con concreto o mortero Tipo M o S. Excepción: Se permitirán pilotes huecos sin relleno cuando la altura sin soporte del pilote no sea más de cuatro veces su dimensión menor.
3.3. Los pilotes huecos deberán estar rematados con 4 pulgadas (102 mm) de mampostería sólida o concreto, o las cavidades del curso superior deberán llenarse con concreto o lechada. 4. La altura máxima de una pared de cimentación estructural de mampostería de 4 pulgadas (102 mm) que soporte paredes y pisos de estructura de madera no deberá ser mayor de 4 pies (1219 mm). 5. El relleno no equilibrado para paredes de cimentación de 4 pulgadas (102 mm) no deberá exceder 24 pulgadas (610 mm) para mampostería sólida, ni 12 pulgadas (305 mm) para mampostería hueca.
**1809.11 Cimentaciones de parrilla de acero.** Las cimentaciones de parrilla de… ¶
**1809.12 Cimientos de madera.** _**[OSHPD 1R, 2 y 5]**_ _No permitido por OSHPD._ Se… ¶
de construcción y cuando sean aprobados por el funcionario de construcción. Dichos cimientos deberán ser tratados conforme a la norma AWPA U1 (Especificación de mercancía A, Categoría de uso 4B). No se requieren maderas tratadas cuando se coloquen completamente por debajo del nivel permanente del agua, o cuando se usen como tapa para pilotes de madera que sobresalgan por encima del nivel del agua sobre terrenos sumergidos o pantanosos. Las tensiones de compresión perpendiculares a la fibra en cimientos de madera sin tratar apoyados sobre pilotes tratados no deberán exceder el 70 por ciento de las tensiones permisibles para la especie y grado de madera especificados en la norma ANSI/AWC NDS.
**1809.13 Ataduras sísmicas de zapatas.** Cuando una estructura se asigne a la… ¶
en suelo definido en el Capítulo 20 de ASCE 7 como Clase de Sitio E o F deberán estar interconectadas mediante ataduras. A menos que se demuestre que se proporciona una restricción equivalente mediante vigas de concreto reforzado dentro de losas sobre el terreno o losas de concreto reforzado sobre el terreno, las ataduras deberán ser capaces de soportar, en tensión o compresión, una fuerza igual al menor entre el producto de la carga gravitacional de diseño mayor de la zapata multiplicada por el coeficiente sísmico, S DS, dividido por 10 y el 25 por ciento de la carga gravitacional de diseño menor de la zapata.
**1809.14 Vigas de cimentación.** Las vigas de cimentación deberán cumplir con las… ¶
Excepción: Las vigas de cimentación que no estén sujetas a asentamientos diferenciales que excedan una cuarta parte de los umbrales especificados en la Tabla 12.13-3 de ASCE 7 y que estén diseñadas para resistir los efectos de carga sísmica, incluyendo el factor de sobreresistencia, de acuerdo con la Sección 2.3.6 o 2.4.5 de ASCE 7, no necesitan cumplir con la Sección 18.13.3.1 de ACI 318.
1809.15 Tuberías y zanjas. ¶
1809.15 Tuberías y Zanjas. [OSHPD 1R, 2 y 5] A menos que el informe de suelos recomiende lo contrario, las zanjas abiertas o rellenadas paralelas a una zapata no deberán estar por debajo de un plano con una pendiente descendente de 1 unidad vertical por 2 unidades horizontales (pendiente del 50%) desde una línea situada 9 pulgadas (229 mm) por encima del borde inferior de la zapata, y no a menos de 18 pulgadas (457 mm) de la cara de dicha zapata.
Cuando las tuberías crucen por debajo de las zapatas, las zapatas deberán ser diseñadas especialmente. Se deberán proporcionar mangas para tuberías cuando las tuberías crucen las zapatas o muros de zapata, y las holguras de las mangas deberán permitir el posible asentamiento de la zapata, pero no menos de 1 pulgada (25 mm) alrededor de la tubería.
Excepción: Se permitirán ubicaciones alternativas de zanjas y holguras para tuberías cuando sean aprobadas por un profesional registrado en diseño y por el agente de inspección.