Capítulo 16 — DISEÑO ESTRUCTURAL

Sección 1617 — REQUISITOS ADICIONALES PARA COLEGIOS COMUNITARIOS [DSA-SS/CC]

2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

1617.1 Documentos de construcción.

1617.1 Documentos de construcción.

1617.1.1 Requisitos adicionales para los documentos de construcción se incluyen en las Secciones 4-210 y 4-317 del Código Administrativo de California (Parte 1, Título 24, C.C.R.).

1617.1.2 Conexiones. Las conexiones que resistan las fuerzas sísmicas de diseño deberán ser diseñadas y detalladas en los planos de diseño.

1617.1.3 Procedimientos de construcción. Cuando procedimientos inusuales de montaje o construcción sean considerados esenciales por el ingeniero estructural o arquitecto del proyecto para lograr el propósito del diseño o influir en la construcción, dicho procedimiento deberá indicarse en los planos o en las especificaciones.

_**1617.2 Requisitos generales de diseño.**_

1617.2.1 Deflexiones por cargas laterales.

1617.2.1.1 Diafragmas horizontales. La relación máxima entre luz y profundidad para cualquier diafragma de techo o piso compuesto por acero y losa compuesta de acero o concreto deberá basarse en datos de prueba y cálculos de diseño aceptables para la autoridad competente.

1617.2.1.2 Revestimientos. La deflexión no deberá exceder de l/600 para muros revestidos, revestimientos anclados y revestimientos adheridos de más de 1 pulgada (25 mm) de espesor, incluyendo el respaldo de mortero.

1617.2.2 Categoría de riesgo de edificios y otras estructuras. La Categoría de Riesgo IV incluye las estructuras definidas en el Código Administrativo de California, Sección 4-207 y todas las estructuras requeridas para su operación continua o acceso/evacuación.

1617.2.3 Muros estructurales . Para el anclaje de muros de concreto o mampostería a diafragmas de techo y piso, la fuerza de diseño para resistencia fuera del plano no deberá ser menor a 280 lb/pie lineal (4.09 kN/m) de muro.

1617.2.4 Sistemas de paneles fotovoltaicos (PV). La categoría de riesgo para estructuras elevadas de soporte de PV no deberá ser menor que la categoría de riesgo que corresponda al espacio utilizable debajo, de acuerdo con la categoría de riesgo y las descripciones de la naturaleza de la ocupación en la Tabla 1604.5 y la Sección 1617.2.2.

_**1617.3 Combinaciones de cargas.**_

1617.3.1 Estabilidad. Al verificar la estabilidad bajo las disposiciones de la Sección 1605.1.1 utilizando el diseño por esfuerzo admisible, el factor de seguridad para los valores de capacidad portante del suelo no será menor que el factor de sobreresistencia de las estructuras soportadas.

1617.3.2 Combinaciones alternativas de cargas para diseño por esfuerzo admisible. Cuando se utilicen las combinaciones alternativas de cargas para diseño por esfuerzo admisible de la Sección 1605.2, cada combinación de cargas deberá ser investigada con una o más de las cargas variables puestas en cero.

1617.3.3 Modificaciones a las combinaciones de cargas en ICC 300. Modifique el texto de ICC 300 como sigue:

1617.3.3.1 ICC 300, Sección 303.5.3. Modifique la Sección 303.5.3 como sigue:

Se permitirá tomar la carga viva uniforme, L, usada en las Ecuaciones 3-4 y 3-9 como cero al evaluar los elementos que soportan el pasamanos/barandal, siempre que esos elementos no soporten también L.

_**1617.4 Cargas muertas de techo.**_ _La carga muerta de diseño deberá considerar el…

cargas aplicables si se permite que la nueva cubierta de techo se aplique sobre la cubierta original sin retirarla, de conformidad con la Sección 1512.

1617.5 Cargas vivas.

1617.5 Cargas vivas.

1617.5.1 Modificaciones a la Tabla 1607.1.

1617.5.1.1 Ítem 4. Áreas de asamblea. Se aplican las siguientes cargas mínimas para accesorios de escenario: 1. Rejillas y galerías de vuelo: carga viva uniforme de 75 libras por pie cuadrado. 2. Pozos de bloque de entresuelo: carga vertical y lateral de 250 libras por pie lineal. 3. Pozos de bloque principal y vigas de poleas: carga vertical y lateral de 250 libras por pie lineal. Los pozos de bloque principal y las vigas de poleas deberán diseñarse para todas las cargas tributarias de los pozos de bloque de entresuelo. Los bloques de polea deberán diseñarse con un factor de seguridad de cinco.

4. Vigas de escenografía donde no haya rejilla: carga vertical y lateral de 300 libras por pie lineal. 5. La estructura del techo sobre los escenarios deberá diseñarse para una carga viva uniforme de 20 libras por pie cuadrado. Para los elementos que soporten un área tributaria de 200 pies cuadrados o más, esta carga adicional podrá reducirse a 15 libras por pie cuadrado (0.72 kN/m [2] ).

1617.5.1.2 Reservado.

1617.5.1.3 Ítem 4. Gradas, asientos plegables y telescópicos y tribunas. La carga viva uniforme mínima para un piso de cabina de prensa o techo accesible con barandilla es de 100 psf.

1617.5.1.4 Ítem 38. Patios y terrazas, peatones. El ítem 38 se aplica a puentes peatonales y pasarelas que no estén sujetos a acceso vehicular no controlado.

1617.5.1.5 Ítem 39. Estantes de almacenamiento y gabinetes colgados en pared. La carga viva vertical mínima de diseño será la siguiente:

Medios en papel:

Estante de 12 pulgadas de profundidad (305 mm) - 33 libras por pie lineal (482 N/m)

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Estante de 15 pulgadas de profundidad (381 mm) - 41 libras por pie lineal (598 N/m), o 33 libras por pie cúbico (5183 N/m [3] ) por volumen total del estante o gabinete, lo que sea menor.

Medios en película:

Estante de 18 pulgadas de profundidad (457 mm) - 100 libras por pie lineal (1459 N/m), o 50 libras por pie cúbico (7853 N/m [3] ) por volumen total del estante o gabinete, lo que sea menor.

Otros medios:

20 libras por pie cúbico (311 N/m [3] ) o 20 libras por pie cuadrado (958 Pa), lo que sea menor, pero no menos que las cargas reales.

1617.5.2 Estructuras de techo de armazón abierto sin cubierta. Las estructuras de techo de armazón abierto sin cubierta deberán diseñarse para una carga viva vertical no menor a 10 libras por pie cuadrado (0.48 kN/m [2] ) del área total comprendida por la estructura.

1617.5.3 Asientos para usos de asamblea. Reemplace la Sección 1607.18 con lo siguiente:

Las gradas, asientos plegables y telescópicos y tribunas deberán diseñarse para las cargas especificadas en ICC 300 según lo modificado por las combinaciones de carga de la Sección 1617.3.3. Los estadios y arenas con asientos fijos deberán diseñarse para las cargas horizontales de balanceo indicadas en la Sección 1607.18.1.

_**1617.6 Determinación de cargas de nieve.**_ _La carga de nieve en el suelo o la…

_**1617.7 Cargas de viento.**_

1617.7.1 Desplazamiento por piso debido a cargas de viento. El desplazamiento calculado por piso debido a las presiones del viento con la velocidad de diseño última del viento, V ult , no deberá exceder 0.008 veces la altura del piso para edificios de menos de 65 pies (19 812 mm) de altura o 0.007 veces la altura del piso para edificios de 65 pies (19 812 mm) o más de altura.

Excepción: Este límite de desplazamiento por piso no se aplicará para estructuras abiertas de un solo piso en las Categorías de Riesgo I y II.

1617.8 Cargas del suelo.

1617.8 Cargas del suelo.

1617.8.1 Presiones laterales. Las estructuras bajo nivel de suelo deberán diseñarse para resistir las cargas laterales del suelo adyacente de acuerdo con las Secciones 1807A.1.1 y 1807A.2.2, respectivamente.

Nota: Las Secciones 1807A.1.1 y 1807A.2.2 requieren que los cimientos y muros de contención se diseñen utilizando las cargas laterales del suelo determinadas por una investigación geotécnica conforme a la Sección 1803A. La Sección 1807A.2.2 requiere que la carga lateral de diseño sea al menos el 80 por ciento de las cargas laterales de diseño conforme a la Tabla 1610.1.

_**1617.9 Cargas por inundación.**_

1617.9.1 Establecimiento de áreas de riesgo por inundación. Los mapas de riesgo por inundación deberán incluir, como mínimo, las áreas de riesgo especial por inundación tal como están identificadas por el Estudio de Seguro contra Inundaciones (Flood Insurance Study, FIS) de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (Federal Emergency Management Agency) adoptado por la autoridad local competente donde se ubique el proyecto, según enmendado o revisado junto con el Mapa de Tasas de Seguro contra Inundaciones (Flood Insurance Rate Map, FIRM) y el Mapa de Límites y Vías de Inundación (Flood Boundary and Floodway Map, FBFM) y los datos de apoyo relacionados, junto con cualquier revisión de los mismos.

1617.10 Cargas sísmicas.

1617.10 Cargas sísmicas.

1617.10.1 Determinación de la categoría de diseño sísmico. La categoría de diseño sísmico para una estructura se determinará de acuerdo con la Sección 1613.2. La categoría de diseño sísmico deberá ser D o superior.

1617.10.2 Procedimiento de diseño simplificado. El procedimiento de diseño simplificado de la Sección 1613.3 no está permitido por DSA-SS/CC.

1617.10.3 Sistemas de paneles fotovoltaicos con lastre. Los sistemas de paneles fotovoltaicos con lastre montados en techo deberán cumplir con ASCE 7, Sección 13.6.12.

_**1617.11 Cargas por tsunami.**_ _El diseño y la construcción de edificios y…

1617.12 Modificaciones a ASCE 7.

1617.12 Modificaciones a ASCE 7. El texto de ASCE 7 se modificará según lo indicado en las Secciones 1617.12.1 a 1617.12.19.

1617.12.1 ASCE 7, Sección 1.3. Modifique ASCE 7, Sección 1.3 agregando la Sección 1.3.8 como sigue:

1.3.8 Criterios de diseño estructural. Cuando el diseño se base en ASCE 7, Capítulos 16, 17, 18 o 31, el movimiento sísmico del terreno, las recomendaciones de diseño basadas en pruebas en túnel de viento, los métodos de análisis y diseño, las suposiciones de materiales, los requisitos de prueba y los criterios de aceptación deberán presentarse a la agencia de aplicación como un sistema alternativo.

Los requisitos de revisión por pares en la Sección 322 del Código de Edificios Existentes de California se aplicarán a las revisiones de diseño requeridas por ASCE 7, Capítulos 17, 18, 31 y ASCE 49.

1617.12.2 ASCE 7, Tabla 12.2-1. Modifique ASCE 7, Tabla 12.2-1 como sigue:

A. SISTEMAS DE MUROS DE CARGA

  1. Muros de entramado ligero con paneles de corte de todos los demás materiales —No permitidos por DSA-SS/CC.

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B. SISTEMAS DE ESTRUCTURA DEL EDIFICIO

  1. Muros de entramado ligero con paneles de corte de todos los demás materiales —No permitidos por DSA-SS/CC.

C. SISTEMAS DE MARCOS RESISTENTES A MOMENTOS

  1. Acero conformado en frío — marco especial atornillado resistente a momentos — No permitido por DSA-SS/CC.

Excepciones: 1. Los sistemas listados en esta sección pueden usarse como sistema alternativo cuando sean preaprobados por la agencia de aplicación. 2. Estructuras en azoteas u otras estructuras soportadas que no excedan dos pisos de altura y el 10 por ciento del peso total de la estructura pueden usar los sistemas en esta sección cuando se diseñen como componentes conforme al Capítulo 13 de ASCE 7. 3. Los sistemas listados en esta sección pueden usarse para edificios con aislamiento sísmico cuando lo permita ASCE 7, Sección 17.2.5.4.

1617.12.3 ASCE 7, Sección 12.2.5.6.1. La excepción en el inciso a no está permitida por DSA-SS/CC.

1617.12.4 ASCE 7, Sección 12.2.5.7.1. La excepción en el inciso a no está permitida por DSA-SS/CC.

1617.12.5 ASCE 7, Sección 12.2.5.7.2. La excepción en el inciso a no está permitida por DSA-SS/CC.

1617.12.6 ASCE 7, Sección 12.3.3.1. Reemplace ASCE 7, Sección 12.3.3.1 por lo siguiente:

12.3.3.1 Irregularidades verticales prohibidas para Categorías de Diseño Sísmico D a F. Las estructuras asignadas a la Categoría de Diseño Sísmico E o F que presenten irregularidades verticales Tipo 1b, 4a o 4b de la Tabla 12.3-2 no estarán permitidas. Las estructuras asignadas a la Categoría de Diseño Sísmico D que tengan irregularidad vertical Tipo 1b o 4b de la Tabla 12.3-2 no estarán permitidas.

Excepción: Las estructuras asignadas a la Categoría de Diseño Sísmico E o F que tengan irregularidad vertical Tipo 4a estarán permitidas cuando la resistencia lateral del piso no sea menor al 80 por ciento de la del piso superior.

1617.12.7 ASCE 7, Sección 12.7.2. Modifique ASCE 7, Sección 12.7.2 agregando el inciso 7 como sigue: 7. Cuando los edificios proporcionen soporte lateral para muros que retienen tierra, y los niveles exteriores en lados opuestos del edificio difieran en más de 6 pies (1829 mm), la combinación de cargas del incremento sísmico de presión de tierra debido al terremoto actuando en el lado más alto, según lo determinado por un ingeniero geotécnico calificado en ingeniería de suelos, más la diferencia en presiones de tierra, se sumará a las fuerzas laterales proporcionadas en esta sección.

1617.12.8 ASCE 7, Sección 12.10.2.1. Reemplace la Excepción a ASCE 7, Sección 12.10.2.1 por lo siguiente:

Excepción: En estructuras de entramado ligero o partes de ellas completamente arriostradas por muros de corte de entramado ligero de madera, los elementos colectores y sus conexiones, incluidas las conexiones a elementos verticales, solo deberán diseñarse para resistir fuerzas usando las combinaciones de carga de la Sección 2.3.6 con fuerzas sísmicas determinadas conforme a la Sección 12.10.1.1.

1617.12.9 ASCE 7, Sección 12.13.1. Modifique ASCE 7, Sección 12.13.1 agregando la Sección 12.13.1.1 como sigue:

12.13.1.1 Fundaciones y conexiones superestructura-a-fundación. La fundación deberá ser capaz de transmitir la fuerza cortante base de diseño y las fuerzas de vuelco de la estructura al suelo de apoyo. La estabilidad contra vuelco y deslizamiento deberá cumplir con la Sección 1605.1.1.

Además, la fundación y la conexión de los elementos de la superestructura a la fundación deberán tener la resistencia para resistir, además de las cargas gravitatorias, la menor de las siguientes cargas sísmicas: 1. La resistencia de los elementos de la superestructura. 2. Las fuerzas máximas que pueden transmitirse a la fundación en un sistema estructural completamente rendido. 3. Fuerzas de las combinaciones de carga con factor de sobreresistencia conforme a ASCE 7, Sección 12.4.3.1. Excepciones: 1. Cuando las normas referenciadas especifiquen el uso de cargas de diseño mayores. 2. Cuando se demuestre que la deformación inelástica de la fundación y la conexión superestructura-a-fundación no resultará en un piso débil ni causará colapso de la estructura. 3. Cuando el sistema resistente a fuerzas sísmicas consista en muros de entramado ligero con paneles de corte, a menos que la norma referenciada especifique el uso de cargas de diseño mayores.

Cuando el cálculo del momento de vuelco sísmico se realice por el método de fuerza lateral equivalente o el método de análisis modal, podrá usarse la reducción del momento de vuelco permitida por la Sección 12.13.4 de ASCE 7.

Cuando se asuma resistencia a momento en la base de los elementos de la superestructura, la rotación y deformación flexural de la fundación, así como la deformación de la conexión superestructura-a-fundación, deberán considerarse en los análisis de compatibilidad de desplazamientos y deformaciones.

1617.12.10 ASCE 7, Sección 12.13.5.2. Modifique ASCE 7, Sección 12.13.5.2 como sigue:

Reemplace la última oración por la siguiente: Cuando la resistencia nominal vertical (ascendente o descendente) se determine mediante un programa aprobado de pruebas prototipo in situ, se permitirá un factor de resistencia ( φ ) de 0.75 ( φ = 0.75).

1617.12.11 ASCE 7, Sección 12.13.9.2. Modifique ASCE 7, Sección 12.13.9.2 agregando la siguiente oración al final de la excepción:

Los efectos de carga sísmica determinados conforme a la Sección 12.4 no necesitan considerarse en esta verificación.

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1617.12.12 ASCE 7, Sección 13.1.4. Reemplace ASCE 7, Sección 13.1.4 por lo siguiente:

13.1.4 Requisitos para soporte y fijación de componentes y equipos no estructurales: Los siguientes componentes y equipos no estructurales deberán anclarse conforme a esta sección. El diseño y detalle deberán cumplir con el Capítulo 13 excepto cuando esta sección disponga modificaciones. 1. Equipos fijos: Los equipos deberán anclarse si están directamente conectados a los servicios públicos del edificio como electricidad, gas o agua. Para efectos de este requisito, “directamente conectado” incluirá todas las conexiones eléctricas excepto enchufes para tomacorrientes de 110/220 voltios con cable/cable flexible. El equipo conectado al sistema de plomería del edificio con una válvula de cierre próxima al equipo no se considerará directamente conectado siempre que el diámetro interior de la tubería sea menor a [1] / 2 pulgada (12.7 mm). 2. Equipos móviles: Los equipos están sujetos al mismo requisito que los equipos fijos, pero se permite que se anclen mediante anclajes o restricciones reubicables de manera aprobada por la agencia de aplicación. Las conexiones de servicios y utilidades en el equipo deberán ser flexibles para permitir el movimiento necesario. 3. Equipos móviles transportables: Equipos que pesen más de 400 libras (181.4 kg) o que tengan un centro de masa ubicado a 4 pies (1219 mm) o más sobre el nivel del piso o techo adyacente que soporte directamente el equipo deberán ser restringidos de manera aprobada por la agencia de aplicación. El equipo móvil deberá estar restringido cuando no esté en uso y almacenado, salvo que se almacene en un cuarto de almacenamiento que no contenga materiales peligrosos ni sistemas o equipos fijos que puedan verse afectados por equipo móvil sin restricción. 4. Equipos sobre encimeras: Los equipos sobre encimeras estarán sujetos a los mismos requisitos de anclaje o restricción para equipos fijos o móviles, según corresponda. Además, estarán sujetos a los mismos requisitos que equipos móviles u otros si el peso del equipo es mayor a 100 libras (45 kg) y tiene un centro de masa ubicado a 4 pies (1219 mm) o más sobre el nivel del piso adyacente o si el equipo pudiera caer y bloquear un medio de evacuación requerido. 5. Otros equipos: El equipo deberá anclarse cuando se aplique cualquiera de las siguientes condiciones: a. El peso del equipo es mayor a 100 libras (45 kg) y es esencial para operaciones de preparación ante emergencias, comunicaciones y centros de operaciones y otras instalaciones requeridas para respuesta de emergencia en edificios estatales de servicios esenciales según definido en el Código Administrativo de California (Título 24, Parte 1, CCR) Sección 4-207 y todas las estructuras requeridas para su operación continua o acceso/evacuación. b. Podría caer y bloquear un medio de evacuación requerido. c. El peso del equipo es mayor a 400 libras (181.4 kg) o el centro de masa está ubicado a más de 4 pies (1219 mm) sobre el nivel terminado del piso o techo que soporta directamente el componente. 6. Equipos con contenidos peligrosos. 7. Otros componentes arquitectónicos, mecánicos y eléctricos indicados en el Capítulo 13. Los gabinetes deberán estar restringidos de manera aprobada por la agencia de aplicación si pudieran caer y bloquear un medio de evacuación requerido. 8. Equipos colgados en muro, techo o piso: Se deberán proporcionar diseño sísmico y detalles sísmicos para componentes y equipos no estructurales colgados en muro, techo o piso cuando el componente pese más de 20 libras (9 kg) o, en el caso de un sistema de distribución, 5 libras por pie (73 N/m).

Exenciones: Los siguientes componentes no estructurales están exentos de los requisitos del Capítulo 13 de ASCE 7: 1. Mobiliario excepto gabinetes de almacenamiento como se indica en la Tabla 13.5-1. 2. Componentes y equipos no estructurales que estén positivamente fijados a la estructura, siempre que el componente pese 20 libras (9 kg) o menos. 3. Componentes y equipos arquitectónicos, mecánicos y eléctricos discretos que estén positivamente fijados a la estructura, siempre que el componente pese 400 libras (181.4 kg) o menos, y el centro de masa esté ubicado a 4 pies (1219 mm) o menos sobre el nivel del piso o techo adyacente que soporte directamente el componente, se proporcionen conexiones flexibles entre el componente y los conductos, tuberías y conductos asociados donde se requiera, y el factor de importancia del componente, I p , sea igual a 1.0. 1617.12.13 ASCE 7, Sección 13.5.6.2. Modifique ASCE 7, Sección 13.5.6.2 agregando la siguiente excepción al final de la Sección 13.5.6.2.2 y agregando la Sección 13.5.6.2.3 como sigue:

La excepción a la Sección 13.5.8.1 no deberá usarse conforme a ASTM E580 Sección 5.5.

13.5.6.2.3 Modificación a ASTM E580. Modifique ASTM E580 como sigue: 1. Vías de salida. Los sistemas de plafón suspendido en vías de salida de hospitales y edificios de servicios esenciales deberán instalarse con un riel principal o riel transversal que rodee todos los lados de cada pieza de baldosa, tablero o panel y cada luminaria o rejilla. Un riel transversal que soporte otro riel transversal se considerará como riel principal para efectos de clasificación estructural. Las uniones o intersecciones de dichos rieles deberán fijarse con conectores pasantes tales como remaches, tornillos, pasadores, placas con lengüetas o conectores aprobados. El arriostramiento diagonal para fuerzas laterales podrá omitirse en la dirección corta o transversal de vías de salida, que no excedan 8 pies de ancho, cuando se proporcione soporte perimetral conforme a ASTM E580 Secciones 5.2.2 y 5.2.3 y el muro perimetral que soporta lateralmente el plafón en la dirección corta o transversal esté diseñado para soportar las fuerzas laterales del plafón. Las conexiones entre la rejilla del plafón, el ángulo de muro y el muro deberán diseñarse para resistir las fuerzas laterales del plafón. 2. Pasillos y vestíbulos. Se deberán proporcionar juntas de expansión en el plafón en las intersecciones de pasillos y en las uniones de pasillos con vestíbulos u otras áreas similares.

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3. Paneles suspendidos. Los paneles metálicos y paneles que pesen más de [1] / 2 libras por pie cuadrado (24 N/m [2] ) distintos de baldosas acústicas deberán fijarse positivamente a los rieles de suspensión del plafón. 4. Arriostramiento para fuerzas laterales. Se requiere arriostramiento para fuerzas laterales en todas las áreas de plafón, excepto que se permitirá omitirlo en habitaciones con áreas de piso hasta 144 pies cuadrados cuando se proporcione soporte perimetral conforme a ASTM E580 Secciones 5.2.2 y 5.2.3 y los muros perimetrales estén diseñados para soportar las fuerzas laterales del plafón. Las conexiones entre la rejilla del plafón, el ángulo de muro y el muro deberán diseñarse para resistir las fuerzas laterales del plafón. La separación entre puntos de restricción horizontal deberá justificarse mediante análisis o prueba y no deberá exceder un espaciamiento de 12 pies por 12 pies. Los cables de arriostramiento deberán asegurarse con cuatro vueltas apretadas en 1 [1] / 2 pulgadas, o una conexión alternativa aprobada. 5. Los cables de soporte y arriostramiento del plafón deberán estar separados al menos 6 pulgadas de todas las tuberías, conductos, canalizaciones y equipos que no estén arriostrados para fuerzas horizontales, salvo que el oficial de construcción apruebe otra cosa.

1617.12.14 ASCE 7, Sección 13.6.5. Reemplace ASCE 7, Sección 13.6.5 como sigue:

13.6.5 Sistemas de distribución: Conductos, bandejas portacables y canalizaciones. Las bandejas portacables y canalizaciones deberán diseñarse para fuerzas sísmicas y desplazamientos relativos sísmicos según lo requerido en la Sección 13.3. Los conductos iguales o mayores a 2.5 pulgadas (64 mm) de tamaño comercial y fijados a paneles, gabinetes u otro equipo sujeto a desplazamientos relativos sísmicos, D pI, deberán contar con conexiones flexibles o diseñarse para fuerzas sísmicas y desplazamientos relativos sísmicos según lo requerido en la Sección 13.3.

Excepciones:

  1. No será necesario diseñar para las fuerzas sísmicas y desplazamientos relativos de la Sección 13.3 para canalizaciones donde se proporcionen conexiones flexibles u otros ensambles entre la bandeja portacables o canalización y los componentes asociados para acomodar el desplazamiento relativo, donde la bandeja portacables o canalización esté fijada positivamente a la estructura, y donde se aplique alguna de las siguientes condiciones: a. Se usen ensamblajes tipo trapezoidal con colgadores de varilla de diámetro [3] / 8 de pulgada (10 mm) o [1] / 2 de pulgada (13 mm) que no excedan 12 pulgadas (305 mm) de longitud desde el punto de soporte del conducto, bandeja portacables o canalización hasta la conexión en la estructura de soporte, y el peso total soportado por cualquier trapezoide sea de 100 libras (445 N) o menos; o b. El conducto, bandeja portacables o canalización esté soportado por colgadores individuales de varilla de diámetro [3] / 8 de pulgada (10 mm) o [1] / 2 de pulgada (13 mm), y cada colgador en la carrera de canalización tenga una longitud de 12 pulgadas (305 mm) o menos desde el punto de soporte hasta la conexión en la estructura de soporte, y el peso total soportado por cualquier varilla sea de 50 libras (220 N) o menos.
  2. No será necesario diseñar para las fuerzas sísmicas y desplazamientos relativos de la Sección 13.3 para conductos, independientemente del valor de I p, cuando el conducto sea menor a 2.5 pulgadas (64 mm) de tamaño comercial. Se requerirá diseño para los desplazamientos a través de juntas sísmicas para conductos, bandejas portacables y canalizaciones con I p = 1.5 sin consideración del tamaño del conducto.

1617.12.15 ASCE 7, Sección 13.6.6. Reemplace ASCE 7, Sección 13.6.6 por lo siguiente:

13.6.6 Sistemas de distribución: Sistemas de ductos. Los sistemas HVACR y otros sistemas de ductos deberán diseñarse para fuerzas sísmicas y desplazamientos relativos sísmicos según lo requerido en la Sección 13.3.

Excepciones: Las siguientes excepciones aplican a ductos no diseñados para transportar gases tóxicos, altamente tóxicos o inflamables ni usados para control de humo:

  1. No será necesario diseñar para las fuerzas sísmicas y desplazamientos relativos de la Sección 13.3 para sistemas de ductos donde se proporcionen conexiones flexibles u otros ensambles para acomodar el desplazamiento relativo entre el sistema de ductos y los componentes asociados, el sistema de ductos esté fijado positivamente a la estructura, y donde se aplique alguna de las siguientes condiciones: a. Se usen ensamblajes tipo trapezoidal con colgadores de varilla de diámetro [3] / 8 de pulgada (10 mm) o [1] / 2 de pulgada (13 mm) que no excedan 12 pulgadas (305 mm) de longitud desde el punto de soporte del ducto hasta la conexión en la estructura de soporte para soportar el ducto, y el peso total soportado por cualquier trapezoide sea menor a 10 lb/ft (146 N/m) y 100 libras o menos;

o

b. El ducto esté soportado por colgadores individuales de varilla de diámetro [3] / 8 de pulgada (10 mm) o [1] / 2 de pulgada (13 mm), y cada colgador en la carrera del ducto tenga una longitud de 12 pulgadas (305 mm) o menos desde el punto de soporte hasta la conexión en la estructura de soporte, y el peso total soportado por cualquier varilla sea de 50 libras (220 N) o menos. 2. No será necesario diseñar para las fuerzas sísmicas y desplazamientos relativos de la Sección 13.3 cuando se disponga evitar impactos con otros ductos o componentes mecánicos o proteger los ductos en caso de tal impacto, el sistema de distribución esté fijado positivamente a la estructura; y los ductos HVACR tengan un área transversal menor a 6 pies cuadrados (0.557 m [2] ) y pesen 20 lb/ft (292 N/m) o menos.

Los componentes instalados en línea con el sistema de ductos y que tengan un peso operativo mayor a 75 libras (334 N), tales como ventiladores, unidades terminales, intercambiadores de calor y humidificadores, deberán estar soportados y arriostrados lateralmente independientemente del sistema de ductos, y dichos arriostramientos deberán cumplir con los requisitos de fuerza de la Sección 13.3.1. Los componentes instalados en línea con el sistema de ductos, que pesen 75 libras (334 N) o menos, tales como unidades terminales pequeñas, compuertas, rejillas y difusores, y que no estén arriostrados independientemente, deberán fijarse positivamente con sujetadores mecánicos al ducto rígido en ambos lados. Las tuberías y canalizaciones fijadas a equipos en línea deberán contar con flexibilidad adecuada para acomodar los desplazamientos relativos sísmicos de la Sección 13.3.2.

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el 18 de jul de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTO.

DISEÑO ESTRUCTURAL

1617.12.16 ASCE 7, Sección 13.6.7.3. Reemplace ASCE 7, Sección 13.6.7.3 por lo siguiente:

13.6.7.3 Disposiciones adicionales para sistemas de tuberías y tuberías pequeñas. A) No será necesario diseñar para las fuerzas sísmicas de la Sección 13.3 para sistemas de tuberías donde se proporcionen conexiones flexibles, lazos de expansión u otros ensambles para acomodar el desplazamiento relativo entre el componente y la tubería, donde el sistema de tuberías esté fijado positivamente a la estructura, y donde se cumpla alguna de las siguientes condiciones:

  1. Los ensamblajes tipo trapezoidal estén soportados por colgadores de varilla de diámetro [3] / 8 de pulgada (10 mm) o [1] / 2 de pulgada (13 mm) que no excedan 12 pulgadas (305 mm) de longitud desde el punto de soporte de la tubería hasta la conexión en la estructura de soporte, y ninguna tubería individual exceda los límites de diámetro establecidos en el inciso 2b o 2 pulgadas (50 mm) cuando I p sea mayor que 1.0 y el peso total soportado por cualquier trapezoide sea de 100 libras (445 N) o menos; o 2. La tubería esté soportada por colgadores de varilla y se disponga evitar impactos con otros componentes estructurales o no estructurales o proteger la tubería en caso de tal impacto; o las tuberías estén soportadas por colgadores individuales de varilla de diámetro [3] / 8 de pulgada (10 mm) o [1] / 2 de pulgada (13 mm), donde cada colgador en la carrera de tubería tenga una longitud de 12 pulgadas (305 mm) o menos desde el punto de soporte hasta la conexión en la estructura de soporte, y el peso total soportado por cualquier colgador sea de 50 libras (220 N) o menos. Además, se observarán las siguientes limitaciones en el tamaño de tubería: a. En estructuras asignadas a Categoría de Diseño Sísmico D, E o F donde I p sea mayor que 1.0, el tamaño nominal de tubería será de 1 pulgada (25 mm) o menos. b. En estructuras asignadas a Categoría de Diseño Sísmico D, E o F donde I p = 1.0, el tamaño nominal de tubería será de 3 pulgadas (80 mm) o menos. 3. Sistemas de tubos neumáticos soportados con ensamblajes tipo trapezoidal usando colgadores de varilla de diámetro [3] / 8 de pulgada (10 mm) que no excedan 12 pulgadas (305 mm) de longitud desde el punto de soporte del tubo hasta la conexión en la estructura de soporte y el peso total soportado por cualquier trapezoide sea de 100 libras (445 N) o menos. 4. Sistemas de tubos neumáticos soportados por colgadores individuales de varilla de diámetro [3] / 8 de pulgada (10 mm) o [1] / 2 de pulgada (13 mm), y cada colgador en la carrera tenga una longitud de 12 pulgadas (305 mm) o menos desde el punto de soporte del tubo hasta la conexión en la estructura de soporte, y el peso total soportado por cualquier varilla sea de 50 libras (220 N) o menos. B) No se requieren conexiones flexibles en tuberías exigidas en la Sección 13.6.7.3 cuando la tubería esté rígidamente fijada al mismo piso o muro que proporciona soporte vertical y lateral para el equipo, o a un accesorio. C) Se requieren conexiones flexibles en tuberías en juntas de separación sísmica y deberán detallarse para acomodar los desplazamientos relativos sísmicos en las conexiones.

1617.12.17 ASCE 7, Sección 13.6.11.1. Modifique ASCE 7, Sección 13.6.11.1 agregando la Sección 13.6.11.1.1, como sigue:

13.6.11.1.1 Soporte de riel guía de ascensores. El diseño de los sujetadores del soporte del riel guía y el armazón estructural de soporte deberá usar el peso del contrapeso o el peso máximo de la cabina más no más del 40 por ciento de su carga nominal. Se asumirá que las fuerzas sísmicas se distribuyen un tercio a los miembros guía superiores y dos tercios a los miembros guía inferiores de cabinas y contrapesos, a menos que se proporcionen otros datos justificativos. Además de los requisitos de ASCE 7, Sección 13.6.11.1, las fuerzas sísmicas mínimas deberán ser una carga de diseño por esfuerzo permisible de 0.5g actuando en cualquier dirección horizontal.

1617.12.18 ASCE 7, Sección 13.6.11.4. Reemplace ASCE 7, Sección 13.6.11.4, como sigue:

13.6.11.4 Placas retenedoras. Se requieren placas retenedoras en la parte superior e inferior de la cabina y el contrapeso, excepto cuando se proporcionen dispositivos de seguridad aceptables para la agencia de aplicación que cumplan todos los requisitos de las placas retenedoras, incluyendo el compromiso total de la porción mecanizada del riel. El diseño de la cabina, estabilizadores de cabina, rieles guía del contrapeso y marcos del contrapeso para fuerzas sísmicas deberá basarse en los siguientes requisitos: 1. La fuerza sísmica se calculará conforme a los requisitos de ASCE 7, Sección 13.6.11.1. La aceleración horizontal mínima será una carga de diseño por esfuerzo permisible de 0.5g para todos los edificios. 2. W p será igual al peso del contrapeso o el peso máximo de la cabina más no menos del 40 por ciento de su carga nominal.

3. Con la cabina o contrapeso ubicados en la posición más adversa, el esfuerzo en el riel no deberá exceder las limitaciones especificadas en estas regulaciones, ni la deflexión del riel respecto a sus soportes deberá exceder la deflexión listada a continuación.

TAMAÑO DEL RIEL
(peso por pie de longitud, libras)
ANCHO DE LA SUPERFICIE MECANIZADA
(pulgadas)
DEFLEXIÓN PERMITIDA DEL RIEL
(pulgadas)
8 11/4 0.20
11 11/2 0.30
12 13/4 0.40
15 131/32 0.50
181/2 131/32 0.50
221/2 2 0.50
30 21/4 0.50
Para SI: 1 pulgada = 25 mm, 1 pie = 305 mm, 1 libra = 0.454 kg.
Nota: Las limitaciones de deflexión se dan para mantener un factor de seguridad constante contra el desenganche de las placas retenedoras de los rieles guía durante un
sismo.
Para SI: 1 pulgada = 25 mm, 1 pie = 305 mm, 1 libra = 0.454 kg.
Nota: Las limitaciones de deflexión se dan para mantener un factor de seguridad constante contra el desenganche de las placas retenedoras de los rieles guía durante un
sismo.
Para SI: 1 pulgada = 25 mm, 1 pie = 305 mm, 1 libra = 0.454 kg.
Nota: Las limitaciones de deflexión se dan para mantener un factor de seguridad constante contra el desenganche de las placas retenedoras de los rieles guía durante un
sismo.

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) EN LO SUCESIVO.

DISEÑO ESTRUCTURAL

4. Cuando los rieles guía sean continuos sobre los soportes y las juntas de los rieles estén dentro de 2 pies (610 mm) de sus soportes, se podrá asumir un viga simple. 5. Se permite el uso de soportes separadores. 6. Los estabilizadores de cabina y los marcos contrapeso deberán diseñarse para resistir la carga lateral calculada con una aceleración horizontal mínima de 0.5g en carga de diseño por esfuerzo permisible.

1617.12.19 ASCE 7, Sección 17.2.4.7. Modifique ASCE 7, Sección 17.2.4.7 agregando lo siguiente al final de la sección:

Los efectos del levantamiento deberán ser considerados explícitamente en el análisis y en las pruebas de las unidades aisladoras.

16-44 CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA 2025

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CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA – TABLA MATRIZ DE ADOPCIÓN

CAPÍTULO 16A – DISEÑO ESTRUCTURAL

(Las Tablas Matriz de Adopción son no regulatorias, destinadas solo como ayuda para el usuario del código. Consulte el Capítulo 1 para la autoridad de agencias estatales y aplicaciones de construcción.)

Agencia adoptante BSC BSC-
CG
SFM HCD Col6 Col7 DSA Col9 Col10 OSHPD Col12 Col13 Col14 Col15 Col16 Col17 BSCC DPH AGR DWR CEC CA SL SLC
Agencia adoptante BSC BSC-
CG
SFM 1 2 1/AC AC SS SS/CC 1 1R 2 3 4 5 6 6 6 6 6 6 6 6 6
Adoptar capítulo completo X X X X
Adoptar capítulo completo con
enmiendas (secciones
enmendadas listadas abajo)
Adoptar solo las secciones
que se listan abajo
X X X
Capítulo / Sección
1607A.9.2 X
1617A.1.18 X X

La agencia estatal no adopta las secciones identificadas con el siguiente símbolo: La adopción de este capítulo o secciones individuales por parte de la Oficina del Jefe Estatal de Bomberos (Office of the State Fire Marshal) es aplicable a estructuras reguladas por otras agencias estatales conforme a la Sección 1.11.

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16A-2 CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA 2025

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