Capítulo 16 — DISEÑO ESTRUCTURAL
Sección 1612 — CARGAS POR INUNDACIÓN
2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
**1612.1 General.** Dentro de las zonas de riesgo por inundación establecidas en la… ¶
1612.2 Diseño y construcción. ¶
1612.2 Diseño y construcción. El diseño y la construcción de edificios y estructuras ubicados en áreas de riesgo por inundación, incluidas las áreas costeras de alto riesgo y las zonas costeras A, deberán cumplir con el Capítulo 5 de ASCE 7 y ASCE 24. Los ascensores, escaleras mecánicas, sistemas de transporte y sus componentes deberán cumplir con ASCE 24 y ASME A17.1/CSA B44 según corresponda.
Excepción: Estructuras temporales que cumplan con la Sección 3103.6.1.3.
**1612.3 Establecimiento de áreas de riesgo por inundación.** Para establecer áreas de… ¶
Excepción: [OSHPD 1R, 2 y 5] El mapa de riesgo por inundación deberá incluir, como mínimo, las áreas de riesgo especial por inundación identificadas en el Flood Insurance Study (FIS) de la Federal Emergency Management Agency adoptado por la autoridad local competente donde se ubique el proyecto.
1612.3.1 Elevaciones de diseño para inundaciones. Cuando las elevaciones de diseño para inundaciones no estén incluidas en las áreas de riesgo por inundación establecidas en la Sección 1612.3, o cuando no se hayan designado cauces de inundación (floodways), el funcionario de construcción está autorizado a exigir al solicitante que realice una de las siguientes acciones:
Obtener y utilizar razonablemente cualquier dato disponible de elevación de diseño para inundaciones y cauces de inundación proveniente de una fuente federal, estatal u otra.
Determinar la elevación de diseño para inundaciones o cauce de inundación conforme a prácticas aceptadas de ingeniería hidrológica e hidráulica utilizadas para definir áreas de riesgo especial por inundación. Las determinaciones deberán ser realizadas por un profesional de diseño registrado, quien deberá documentar que los métodos técnicos empleados reflejan las prácticas de ingeniería actualmente aceptadas.
1612.3.2 Determinación de impactos. En áreas de riesgo por inundación fluvial donde se especifican elevaciones de diseño para inundaciones pero no se han designado cauces de inundación, el solicitante deberá proporcionar un análisis del cauce de inundación que demuestre que el trabajo propuesto no incrementará la elevación de diseño para inundaciones en más de 1 pie (305 mm) en ningún punto dentro de la jurisdicción de la autoridad competente aplicable.
**1612.4 Documentación de riesgos por inundación.** La siguiente documentación deberá… ¶
Para construcciones en áreas de riesgo por inundación distintas de las zonas costeras de alto riesgo o zonas costeras A: 1.1. La elevación del piso más bajo, incluido el sótano, según lo requerido por la inspección de elevación del piso más bajo en la Sección 110.3.3 y para la inspección final en la Sección 110.3.12.1. 1.2. Para áreas completamente cerradas por debajo de la elevación de diseño de inundación donde las disposiciones para permitir la entrada y salida automática de aguas de inundación no cumplen con los requisitos mínimos en la Sección 2.7.2.1 de ASCE 24, los documentos de construcción deberán incluir una declaración que el diseño proveerá la igualación de fuerzas hidrostáticas de inundación conforme a la Sección 2.7.2.2 de ASCE 24. 1.3. Para edificios no residenciales con protección seca contra inundaciones, los documentos de construcción deberán incluir una declaración que la protección seca contra inundaciones está diseñada conforme a ASCE 24 e incluirán el plan de emergencia por inundación especificado en el Capítulo 6 de ASCE 24. 1.4. Para edificios no residenciales con protección seca contra inundaciones, la elevación hasta la cual el edificio está protegido en seco contra inundaciones según lo requerido para la inspección final en la Sección 110.3.12.1.
Para construcciones en zonas costeras de alto riesgo y zonas costeras A: 2.1. La elevación de la parte inferior del miembro estructural horizontal más bajo según lo requerido por la inspección de elevación del piso más bajo en la Sección 110.3.3 y para la inspección final en la Sección 110.3.12.1. 2.2. Los documentos de construcción deberán incluir una declaración que el edificio está diseñado conforme a ASCE 24, incluyendo que la cimentación de pilotes o columnas y el edificio o estructura que se anclará a ésta están diseñados para resistir la flotación, colapso y movimiento lateral debido a los efectos simultáneos de cargas de viento e inundación actuando sobre todos los componentes del edificio, y otros requisitos de carga del Capítulo 16. 2.3. Para muros desprendibles diseñados para tener una resistencia mayor a 20 psf (0.96 kN/m²) determinada usando diseño por esfuerzo permisible o una resistencia a carga última mayor a 33 libras por pie cuadrado (1.58 kN/m²), los documentos de construcción deberán incluir una declaración que el muro desprendible está diseñado conforme a ASCE 24. 2.4. Para muros desprendibles donde las disposiciones para permitir la entrada y salida automática de aguas de inundación no cumplen con los requisitos mínimos en la Sección 2.7.2.1 de ASCE 24, los documentos de construcción deberán incluir una declaración que el diseño proveerá la igualación de fuerzas hidrostáticas de inundación conforme a la Sección 2.7.2.2 de ASCE 24.