Capítulo 16 — NORMAS REFERENCIADAS
Sección E106 — NORMAS GENERALES PARA USOS DE EMERGENCIA
2025 California Existing Building Code (Title 24, Part 10) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
**E106.1 Alcance.** Las disposiciones de las Secciones E106.2 a E106.7 se aplicarán a… ¶
**E106.2 Intención.** La intención de esta sección es proporcionar un nivel razonable… ¶
**E106.3 Cambio de uso u ocupación.** Se permitirá el uso de edificios existentes de… ¶
**E106.4 Disposiciones de seguridad contra incendios.** La determinación de los… ¶
APÉNDICE E—USOS DE EMERGENCIA TEMPORALES
E106.4.1 Planes de seguridad contra incendios y evacuación. Se deberán proporcionar planes de seguridad contra incendios y evacuación conforme a las Secciones 403 y 404 del California Fire Code. Los documentos de presentación deberán actualizarse cuando haya cambios físicos en la disposición de la estructura.
E106.4.2 Capacitación y simulacros. La capacitación del personal y los simulacros deberán cumplir con las Secciones 405 y 406 del California Fire Code. Las estructuras establecidas por más de 30 días deberán realizar simulacros de evacuación conforme a la Sección 405.3 del California Fire Code según el uso temporal.
E106.4.3 Protección contra incendios. Se deberá realizar una evaluación para decidir la protección contra incendios necesaria utilizando NFPA 550.
E106.4.4 Acceso de emergencia. Las vías de acceso para vehículos de emergencia deberán ser aprobadas por el funcionario del código de incendios.
E106.4.5 Vigilancia contra incendios. Se permitirá proporcionar vigilancia contra incendios conforme a la Sección 403.11.1 del California Fire Code en lugar de otros sistemas de protección contra incendios.
**E106.5 Medios de evacuación.** Los medios de evacuación deberán cumplir con la… ¶
Excepción: En ocupaciones del Grupo I-2, en áreas donde los corredores se utilizan para el traslado de personas en camas, el ancho libre de rampas y corredores no será menor de 48 pulgadas (1219 mm).
E106.5.1 Descarga de salida. La descarga de salida deberá proporcionar acceso a una vía pública o a un área segura de dispersión conforme a la Sección 1028.5 del California Building Code.
E106.5.2 Iluminación de medios de evacuación. Los medios de evacuación deberán estar iluminados cuando el espacio esté ocupado.
Excepción: Áreas para dormir.
E106.5.3 Señales de salida. Se deberán proveer señales de salida donde los medios de evacuación no sean fácilmente identificables. Se permitirá que las señales de salida se iluminen con la iluminación proporcionada en la estructura.
**E106.6 Accesibilidad.** Una instalación que se construya para ser accesible deberá… ¶
E106.7 Conexión temporal. ¶
E106.7 Conexión temporal. El funcionario del código tendrá la autoridad para autorizar la conexión temporal del edificio o sistema a la utilidad, la fuente de energía, combustible o potencia, o al sistema de agua o alcantarillado de conformidad con la Sección 111. Los inodoros y lavabos deberán ser ya sea accesorios de plomería permanentes instalados dentro de la estructura o inodoros o lavabos temporales, tales como sanitarios químicos u otros medios aprobados por el funcionario del código.
E106.7.1 Equipos portátiles de calefacción, enfriamiento y cocina. Los equipos portátiles de calefacción, enfriamiento y cocina deberán usarse de acuerdo con el California Fire Code, su listado y las instrucciones del fabricante.