Capítulo 16 — NORMAS REFERENCIADAS

Sección A301 — GENERALIDADES

2025 California Existing Building Code (Title 24, Part 10) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

[BS] A301.1 Propósito. Las disposiciones de este capítulo tienen como objetivo promover la seguridad y el bienestar públicos mediante la reducción del riesgo de daños inducidos por terremotos en edificios residenciales existentes con estructura de madera ligera. Los requisitos contenidos en este capítulo son normas mínimas prescriptivas destinadas a mejorar el desempeño sísmico de los edificios residenciales; sin embargo, no necesariamente evitarán daños por terremotos.

Este capítulo establece normas para el reforzamiento que pueden ser aprobadas por el funcionario del código sin requerir planos o cálculos preparados por un profesional registrado en diseño. Las disposiciones de este capítulo no pretenden impedir el uso de ningún material o método de construcción no prescrito aquí. El funcionario del código puede exigir que los documentos de construcción para el reforzamiento que utilice materiales o métodos alternativos sean preparados por un profesional registrado en diseño.

[BS] A301.2 Alcance. Las disposiciones de este capítulo se aplican a edificios residenciales de construcción ligera con estructura de madera que contengan una o más de las debilidades estructurales especificadas en la Sección A303.

Excepción: Las disposiciones de este capítulo no se aplican a los edificios, o elementos de los mismos, listados a continuación. Estos edificios o elementos requieren análisis por un profesional registrado en diseño conforme a la Sección A301.3 para determinar el reforzamiento apropiado:

  1. Grupo R-1.
  2. Grupo R con más de cuatro unidades de vivienda.
  3. Edificios con un sistema de resistencia a fuerzas laterales que utilice postes o columnas embebidos en el suelo.
  4. Muros de apoyo (cripple walls) que excedan 4 pies (1219 mm) de altura.
  5. Edificios que excedan tres pisos de altura y cualquier edificio de tres pisos con montantes de muro de apoyo que excedan 14 pulgadas (356 mm) de altura.
  6. Edificios donde el funcionario del código determine que existen condiciones que están fuera del alcance de los requisitos prescriptivos de este capítulo.
  7. Edificios o partes de los mismos construidos sobre losas de concreto a nivel del suelo.

[BS] A301.3 Procedimientos de diseño alternativos. Los detalles y disposiciones prescriptivas aquí contenidos no pretenden ser los únicos métodos aceptables de reforzamiento permitidos. Se permitirán detalles y métodos alternativos cuando sean aprobados por el funcionario del código. La aprobación de alternativas se basará en una demostración de que el método o material utilizado es al menos equivalente en términos de resistencia, deflexión y capacidad a los proporcionados por los métodos y materiales prescriptivos.

Cuando se requiera análisis por un profesional registrado en diseño, dicho análisis deberá cumplir con todos los requisitos del código de construcción, excepto que las fuerzas sísmicas podrán tomarse como el 75 por ciento de las especificadas en el California Building Code.

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