Sección R105 — PERMISOS
2025 California Residential Code (Title 24, Part 2.5) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
**R105.1 Requerido.** Cualquier propietario o agente autorizado del propietario que… ¶
**R105.2 Trabajo exento de permiso.** La exención de los requisitos de permiso de este… ¶
Construcción:
- Excepto refugios contra tormentas, estructuras accesorias independientes de un solo piso, siempre que el área del piso no exceda de 120 pies cuadrados (11.15 m_ [2] ). Es permisible que estas estructuras sigan reguladas por la Parte 7 del Código de Interfaz Urbana y Rural de California (California Wildland Urban-Interface Code), a pesar de la exención del permiso.
- Cercas que no excedan los 7 pies (2134 mm) de altura.
- Muros de contención que no excedan los 4 pies (1219 mm) de altura medidos desde la base de la cimentación hasta la parte superior del muro, a menos que soporten una sobrecarga.
- Tanques de agua apoyados directamente sobre el terreno si la capacidad no excede los 5,000 galones (18 927 L) y la relación de altura a diámetro o ancho no excede 2 a 1.
- Aceras y entradas para vehículos.
- Pintura, empapelado, colocación de azulejos, alfombrado, gabinetes, encimeras y trabajos similares de acabado.
- Piscinas prefabricadas que tengan menos de 24 pulgadas (610 mm) de profundidad.
- Columpios y otros equipos de juegos infantiles.
- Toldos para ventanas soportados por una pared exterior que no proyecten más de 54 pulgadas (1372 mm) desde la pared exterior y que no requieran soporte adicional.
- Terrazas que no excedan los 200 pies cuadrados (18.58 m [2]) de área, que no estén a más de 30 pulgadas (762 mm) sobre el nivel del suelo en ningún punto, que no estén unidas a una vivienda o casa adosada y que no sirvan como puerta de salida requerida por la Sección R318.4.
Eléctrico:
- Iluminación decorativa temporal conectada con cable y enchufe listada.
- Reinstalación de receptáculos de enchufe de conexión, pero no de los tomacorrientes para los mismos.
- Reemplazo de dispositivos de protección contra sobrecorriente de circuitos derivados con la capacidad requerida en la misma ubicación.
- Cableado eléctrico, dispositivos, aparatos, equipos o artefactos que operen a menos de 25 voltios y que no puedan suministrar más de 50 vatios de energía.
- Trabajos menores de reparación, incluyendo el reemplazo de lámparas o la conexión de equipos eléctricos portátiles aprobados a receptáculos instalados permanentemente y aprobados.
Gas:
- Aparatos portátiles para calefacción, cocina o secado de ropa.
- Reemplazo de cualquier pieza menor que no altere la aprobación del equipo ni lo haga inseguro.
- Aparatos portátiles de celdas de combustible que no estén conectados a un sistema fijo de tuberías ni interconectados a una red eléctrica.
Mecánico:
- Aparatos portátiles de calefacción.
- Aparatos portátiles de ventilación.
- Unidades portátiles de enfriamiento.
- Tuberías de vapor, agua caliente o fría dentro de cualquier equipo de calefacción o enfriamiento regulado por este código.
- Reemplazo de cualquier pieza menor que no altere la aprobación del equipo ni lo haga inseguro.
- Enfriadores evaporativos portátiles.
- Sistemas de refrigeración autónomos que contengan 10 libras (4.54 kg) o menos de refrigerante o que sean accionados por motores de 1 caballo de fuerza (746 W) o menos.
- Aparatos portátiles de celdas de combustible que no estén conectados a un sistema fijo de tuberías ni interconectados a una red eléctrica.
Fontanería:
La detención de fugas en desagües, tuberías de agua, suelo, desechos o ventilación; siempre que, sin embargo, si cualquier trampa oculta, tubería de desagüe, agua, suelo, desechos o ventilación se vuelve defectuosa y es necesario remover y reemplazarla con material nuevo, dicho trabajo se considerará como trabajo nuevo y se deberá obtener un permiso y realizar la inspección conforme a lo dispuesto en este código.
La limpieza de obstrucciones o la reparación de fugas en tuberías, válvulas o accesorios, y la remoción y reinstalación de inodoros, siempre que dichas reparaciones no impliquen ni requieran el reemplazo o reordenamiento de válvulas, tuberías o accesorios.
R105.2.1 Reparaciones de emergencia. Cuando los reemplazos y reparaciones de equipos deban realizarse en una situación de emergencia, la solicitud de permiso deberá presentarse al funcionario de construcción el siguiente día hábil.
R105.2.2 Reparaciones. No se requiere solicitud ni aviso al funcionario de construcción para reparaciones ordinarias en estructuras, reemplazo de lámparas o la conexión de equipos eléctricos portátiles aprobados a receptáculos instalados permanentemente y aprobados. Tales reparaciones no incluirán el corte de ninguna pared, tabique o parte de los mismos, la remoción o corte de cualquier viga estructural o soporte de carga, ni la remoción o cambio de cualquier medio de evacuación requerido, ni la reorganización de partes de una estructura que afecten los requisitos de evacuación; tampoco incluirán adiciones, alteraciones, reemplazos o reubicaciones de cualquier suministro de agua, alcantarillado, drenaje, bajante, gas, suelo, desechos, ventilación o tuberías similares, cableado eléctrico o trabajos mecánicos u otros que afecten la salud pública o la seguridad general.
R105.2.3 Agencias de servicios públicos. No se requerirá permiso para la instalación, alteración o reparación de equipos de generación, transmisión, distribución, medición u otros equipos relacionados que estén bajo la propiedad y control de agencias de servicios públicos por derecho establecido.
**R105.3 Solicitud de permiso.** Para obtener un permiso, el solicitante deberá primero… ¶
R105.3.1 Acción sobre la solicitud. El funcionario de construcción deberá examinar o hacer que se examinen las solicitudes de permisos y sus enmiendas dentro de un plazo razonable después de su presentación. Si la solicitud o los documentos de construcción no cumplen con los requisitos de las leyes pertinentes, el funcionario de construcción rechazará dicha solicitud por escrito indicando las razones. Si el funcionario de construcción está satisfecho de que el trabajo propuesto cumple con los requisitos de este código y las leyes y ordenanzas aplicables, emitirá el permiso correspondiente tan pronto como sea posible.
R105.3.2 Limitación temporal de la solicitud. Se considerará que una solicitud de permiso para cualquier trabajo propuesto ha sido abandonada 180 días después de la fecha de presentación, a menos que dicha solicitud haya sido tramitada de buena fe o se haya emitido un permiso; excepto que el funcionario de construcción está autorizado para conceder una o más prórrogas por períodos adicionales que no excedan de 180 días cada una. La prórroga deberá solicitarse por escrito y demostrarse causa justificada.
R105.4 Validez del permiso. ¶
R105.4 Validez del permiso. La emisión o concesión de un permiso no se interpretará como un permiso para, ni una aprobación de, ninguna violación de cualquiera de las disposiciones de este código o de cualquier otra ordenanza de la jurisdicción. Los permisos que presuman otorgar autoridad para violar o cancelar las disposiciones de este código u otras ordenanzas de la jurisdicción no serán válidos. La emisión de un permiso basada en
DIVISIÓN II ALCANCE Y ADMINISTRACIÓN
documentos de construcción y otros datos no impedirá que el funcionario de construcción exija la corrección de errores en los documentos de construcción y otros datos. El funcionario de construcción está autorizado para impedir la ocupación o uso de una estructura cuando esta viole este código o cualquier otra ordenanza de esta jurisdicción.
**R105.5 Expiración.** Todo permiso emitido se invalidará a menos que el trabajo… ¶
R105.5.1 Expiración. A partir del 1 de enero de 2019, todo permiso emitido se invalidará a menos que el trabajo en el sitio autorizado por dicho permiso se inicie dentro de los 12 meses posteriores a su emisión o si el trabajo autorizado en el sitio por dicho permiso se suspende o abandona por un período de 12 meses después del momento en que se inició el trabajo. El funcionario de construcción está autorizado a otorgar, por escrito, una o más prórrogas de tiempo, por períodos no mayores a 180 días cada una. La prórroga deberá solicitarse por escrito y demostrarse causa justificada. (Véase Health and Safety Code Section 18938.5 y 18938.6.)