Capítulo 33 — MEDIDAS DE SEGURIDAD DURANTE LA CONSTRUCCIÓN
Sección 3306 — PROTECCIÓN DE PEATONES
2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
[BS] 3306.1 Protección requerida. Los peatones deberán ser protegidos durante las actividades de construcción, remodelación y demolición según lo requerido por este capítulo y la Tabla 3306.1. Se deberán proporcionar señales para dirigir el tráfico peatonal.
| TABLA 3306.1—PROTECCIÓN DE PEATONES | Col2 | Col3 |
|---|---|---|
| ALTURA DE LA CONSTRUCCIÓN | DISTANCIA DE LA CONSTRUCCIÓN AL LÍMITE DEL TERRENO | TIPO DE PROTECCIÓN REQUERIDA |
| 8 pies o menos | Menos de 5 pies | Barandales de construcción |
| 8 pies o menos | 5 pies o más | Ninguna |
| Más de 8 pies | Menos de 5 pies | Barrera y pasillo cubierto |
| Más de 8 pies | 5 pies o más, pero no más de una cuarta parte de la altura de la construcción |
Barrera y pasillo cubierto |
| Más de 8 pies | 5 pies o más, pero entre una cuarta y una mitad de la altura de la construcción |
Barrera |
| Más de 8 pies | 5 pies o más, pero que exceda la mitad de la altura de la construcción | Ninguna |
| Para SI: 1 pie = 304.8 mm. | Para SI: 1 pie = 304.8 mm. | Para SI: 1 pie = 304.8 mm. |
[BS] 3306.2 Pasillos. Se deberá proporcionar un pasillo para el tránsito peatonal frente a cada sitio de construcción y demolición, a menos que la autoridad competente correspondiente autorice que la acera sea cercada o cerrada. Se deberá proporcionar un pasillo para el tránsito peatonal que conduzca desde una entrada o salida de un edificio ocupado hasta una vía pública. Los pasillos deberán tener un ancho suficiente para acomodar el tráfico peatonal, pero no deberán ser menores de 4 pies (1219 mm) de ancho. Los pasillos deberán contar con una superficie de tránsito duradera. Los pasillos deberán ser accesibles conforme al Capítulo 11 A o 11B según corresponda, y deberán estar diseñados para soportar todas las cargas impuestas, siendo la carga viva de diseño no menor a 150 libras por pie cuadrado (psf) (7.2 kN/m²).
[BS] 3306.3 Barreras direccionales. El tráfico peatonal deberá ser protegido mediante una barrera direccional cuando el pasillo se extienda hacia la calle. La barrera direccional deberá ser de tamaño y construcción suficientes para dirigir el tráfico vehicular lejos del camino peatonal.
[BS] 3306.4 Barandales de construcción. Los barandales de construcción deberán tener una altura no menor a 42 pulgadas (1067 mm) y deberán ser suficientes para dirigir a los peatones alrededor de las áreas de construcción.
[BS] 3306.5 Barreras. Las barreras deberán tener una altura no menor a 8 pies (2438 mm) y deberán colocarse en el lado del pasillo más cercano a la construcción. Las barreras deberán extenderse a lo largo de todo el sitio de construcción. Las aberturas en dichas barreras deberán estar protegidas por puertas que normalmente se mantengan cerradas.
[BS] 3306.6 Diseño de barreras. Las barreras deberán diseñarse para resistir las cargas requeridas en el Capítulo 16, a menos que se construyan conforme a lo siguiente:
- Las barreras deberán contar con placas superior e inferior de 2 pulgadas por 4 pulgadas (51 mm por 102 mm).
- El material de la barrera deberá ser tablas de no menos de [3]/4 de pulgada (19.1 mm) de espesor o paneles estructurales de madera de no menos de [1]/4 de pulgada (6.4 mm) de espesor.
- Los paneles estructurales de madera deberán estar unidos con un adhesivo idéntico al utilizado para paneles estructurales de madera para uso exterior.
- Los paneles estructurales de madera de [1]/4 de pulgada (6.4 mm) o [5]/16 de pulgada (23.8 mm) de espesor deberán tener montantes espaciados a no más de 2 pies (610 mm) en el centro.
- Los paneles estructurales de madera de [3]/8 de pulgada (9.5 mm) o [1]/2 de pulgada (12.7 mm) de espesor deberán tener montantes espaciados a no más de 4 pies (1219 mm) en el centro, siempre que se coloque un refuerzo de 2 pulgadas por 4 pulgadas (51 mm por 102 mm) horizontalmente a media altura cuando el espaciamiento de los montantes sea mayor a 2 pies (610 mm) en el centro.
- Los paneles estructurales de madera de [5]/8 de pulgada (15.9 mm) o más gruesos no deberán abarcar más de 8 pies (2438 mm).
[BS] 3306.7 Pasillos cubiertos. Los pasillos cubiertos deberán tener una altura libre no menor a 8 pies (2438 mm) medida desde la superficie del piso hasta el toldo superior. Se deberá proporcionar iluminación adecuada en todo momento. Los pasillos cubiertos deberán estar diseñados para soportar todas las cargas impuestas. La carga viva de diseño no deberá ser menor a 150 psf (7.2 kN/m²) para toda la estructura.
Excepción: Los techos y estructuras de soporte de pasillos cubiertos para construcciones nuevas de estructura ligera que no excedan dos pisos sobre el plano de nivelación están permitidos para ser diseñados con una carga viva de 75 psf (3.6 kN/m²) o las cargas que se les impongan, lo que sea mayor. En lugar de tales diseños, el techo y la estructura de soporte de un pasillo cubierto pueden construirse conforme a lo siguiente:
- Las cimentaciones deberán ser miembros continuos de 2 pulgadas por 6 pulgadas (51 mm por 152 mm).
- Se deberán proporcionar postes no menores de 4 pulgadas por 6 pulgadas (102 mm por 152 mm) a ambos lados del techo, espaciados a no más de 12 pies (3658 mm) en el centro.
- Las vigas principales no menores de 4 pulgadas por 12 pulgadas (102 mm por 305 mm) deberán colocarse de canto sobre los postes.
- Las vigas secundarias apoyadas en las vigas principales deberán ser no menores de 2 pulgadas por 8 pulgadas (51 mm por 203 mm) y deberán espaciarse a no más de 2 pies (610 mm) en el centro.
- La cubierta deberá ser de tablas no menores de 2 pulgadas (51 mm) de espesor o paneles estructurales de madera con una clasificación de durabilidad para exposición exterior no menor a [23]/32 de pulgada (18.3 mm) de espesor clavados a las vigas secundarias.
- Cada poste deberá estar reforzado con puntales a las vigas secundarias y principales mediante miembros no menores de 2 pulgadas por 4 pulgadas (51 mm por 102 mm); 4 pies (1219 mm) de longitud.
- Se deberá colocar un bordillo no menor de 2 pulgadas por 4 pulgadas (51 mm por 102 mm) de canto a lo largo del borde exterior de la cubierta.
[BS] 3306.8 Reparación, mantenimiento y remoción. La protección peatonal requerida por este capítulo deberá mantenerse en su lugar y en buen estado durante todo el tiempo en que los peatones estén expuestos a peligro. El propietario o el agente autorizado del propietario, al concluir la actividad de construcción, deberá remover inmediatamente los pasillos, escombros y otras obstrucciones y dejar dicha propiedad pública en tan buenas condiciones como estaba antes de comenzar el trabajo.
[BS] 3306.9 Adyacente a excavaciones. Toda excavación en un sitio ubicado a 5 pies (1524 mm) o menos del límite del terreno con la calle deberá estar cercada con una barrera no menor a 6 pies (1829 mm) de altura. Cuando esté ubicada a más de 5 pies (1524 mm) del límite del terreno con la calle, se deberá erigir una barrera donde lo requiera el funcionario de construcción. Las barreras deberán tener la resistencia adecuada para resistir la presión del viento según lo especificado en el Capítulo 16.