Sección 2110 — MAMPOSTERÍA DE UNIDADES DE VIDRIO
2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California
**2110.1 General.** _**[OSHPD 1R, 2 & 5]**_ Las paredes o paneles de mampostería de… ¶
2110.1.1 Limitaciones. No se permitirá el uso de bloques de vidrio sólidos o huecos aprobados en muros cortafuegos, muros medianeros, barreras cortafuegos, tabiques cortafuegos o barreras contra humo, ni para construcción estructural portante. Dichos bloques deberán levantarse con mortero y refuerzo en marcos metálicos tipo canal, marcos estructurales, recesos de mampostería o concreto, anclajes empotrados en paneles según lo previsto para muros exteriores e interiores u otros materiales de junta aprobados. No se permitirá el uso de marcos de listones de madera en muros que requieran una clasificación de resistencia al fuego conforme a otras disposiciones de este código.
Excepciones:
- Se permitirán los ensamblajes de bloques de vidrio con una clasificación de protección contra incendios no menor a [3] / 4 hora como protectores de aberturas conforme a la Sección 716 en barreras cortafuegos, tabiques cortafuegos y barreras contra humo que tengan una clasificación de resistencia al fuego requerida de 1 hora o menos y que no encierren escaleras de salida, rampas o pasillos de salida.
- Ensamblajes de bloques de vidrio permitidos conforme a la Sección 404.6, Excepción 2.