Capítulo 21 — MAMPOSTERÍA

Sección 2106 — DISEÑO SÍSMICO

2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

2106.1 Requisitos de diseño sísmico para mampostería.

2106.1 Requisitos de diseño sísmico para mampostería. Las estructuras y componentes de mampostería deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Capítulo 7 de TMS 402 según la categoría de diseño sísmico de la estructura.

2106.1.1 TMS 402, Secciones 5.4.1.4. [OSHPD 1R, 2 & 5] Reemplazar TMS 402, Sección 5.4.1.4 Ítems (a), (b), (d) y (e) por lo siguiente: a. El refuerzo vertical deberá estar encerrado por estribos laterales de al menos [3] / 8 pulgadas (9.5 mm) de diámetro. b. El espaciamiento vertical de los estribos laterales, a lo largo de toda la altura de la columna, no deberá exceder 8 diámetros de barra longitudinal, 24 diámetros de barra de estribo lateral, 8 pulgadas (203 mm), o la mitad de la dimensión transversal menor del elemento.

d. Los estribos laterales deberán estar embebidos en lechada. e. Los estribos laterales deberán ubicarse verticalmente a no más de la mitad del espaciamiento de estribos laterales por encima de la parte superior de la zapata o losa en cualquier nivel, y deberán espaciarse a no más de la mitad del espaciamiento de estribos laterales ni a 2 pulgadas (51 mm) por debajo del refuerzo horizontal más bajo en viga, dintel, losa o panel de caída superior. El estribo superior deberá estar dentro de 2 pulgadas (51 mm) de la parte superior de la columna.

2106.1.2 TMS 402, Capítulo 5. [OSHPD 1R, 2 & 5] Agregar TMS 402, Sección 5.7 como sigue:

5.7 – Soporte lateral de elementos

5.7.1 El soporte lateral de mampostería puede ser proporcionado por muros transversales, columnas, pilastras, contrafuertes o arbotantes cuando se extienden horizontalmente, o por pisos, vigas, correas o techos cuando se extienden verticalmente. Cuando los muros estén soportados lateralmente por elementos verticales, la rigidez de cada elemento vertical deberá exceder la del área tributaria del muro.

2106.1.3 TMS 402, Secciones 7.4.4.1 y 7.4.5.1. [OSHPD 1R, 2 & 5] Reemplazar TMS 402, Sección 7.4.4.1 como sigue y eliminar la Sección 7.4.5.1:

7.4.4.1 Requisitos mínimos de refuerzo para muros de mampostería. El área total de refuerzo en muros de mampostería reforzada no deberá ser menor que 0.003 veces el área seccional del muro. Ni el refuerzo horizontal ni el vertical deberán ser menores que un tercio del total. El refuerzo horizontal y vertical deberá espaciarse a no más de 24 pulgadas (610 mm) de centro a centro. Cuando se utilice un aparejo distinto al de soga corrida en mampostería reforzada de unidades huecas, se deberá usar el tipo de unidad con extremo abierto con refuerzo vertical espaciado a un máximo de 16 pulgadas (406 mm) de centro a centro.

Todas las celdas deberán llenarse completamente con lechada.

Excepción: La mampostería reforzada de unidades huecas utilizada para muros independientes en el sitio o tabiques interiores no estructurales sin función de corte deberá tener refuerzo horizontal espaciado a no más de 4 pies (1.2 m) de centro a centro, excepto en ubicaciones en la Categoría de Diseño Sísmico F, y podrá ser lechada solo en celdas que contengan refuerzo vertical y horizontal.

7.4.4.1.1 El refuerzo mínimo será No. 4, excepto que barras No. 3 podrán usarse para amarres y estribos. El refuerzo vertical del muro deberá tener varillas de anclaje del mismo tamaño y espaciado igual en todas las zapatas. El refuerzo deberá ser continuo alrededor de las esquinas del muro y a través de las intersecciones. Solo se considerará el refuerzo que sea continuo en el muro para calcular el área mínima de refuerzo. El refuerzo con empalmes conforme a TMS 402 se considerará como refuerzo continuo.

7.4.4.1.2 Las barras de refuerzo horizontales en vigas de amarre deberán colocarse en la parte superior de las zapatas, en la parte superior de las aberturas del muro, en los niveles de techo y piso, y en la parte superior de los muros de parapeto. Para muros de 12 pulgadas (nominal) (305 mm) o más de espesor, el refuerzo horizontal y vertical deberá dividirse en dos capas iguales, excepto cuando se diseñen como muros de contención. Cuando se agregue refuerzo por encima de los requisitos mínimos, dicho refuerzo adicional no necesitará dividirse de esta manera.

7.4.4.1.3 En muros de carga de cualquier tipo de mampostería reforzada, deberá haber refuerzo de recorte de no menos de una barra No. 5 o dos barras No. 4 en todos los lados de, y adyacentes a, cada abertura que exceda 16 pulgadas (406 mm) en cualquier dirección, y dichas barras deberán extenderse no menos de 48 diámetros, pero en ningún caso menos de 24 pulgadas (610 mm) más allá de las esquinas de la abertura. Las barras requeridas por este párrafo serán adicionales al refuerzo mínimo requerido en otras partes.

7.4.4.1.4 Cuando el refuerzo en muros de carga se diseñe, coloque y ancle en posición como para columnas, las tensiones admisibles serán las mismas que para columnas.

7.4.4.1.5 El refuerzo de juntas no deberá usarse como refuerzo principal en mampostería.

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTO.

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