Capítulo 17 — INSPECCIONES Y PRUEBAS ESPECIALES

Sección 1709 — PRUEBAS DE CARGA PRECONSTRUCCIÓN

2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

**1709.1 General.** Cuando la construcción propuesta no pueda ser diseñada mediante un…

**1709.2 Procedimientos de prueba de carga especificados.** Cuando los procedimientos…

**1709.3 Procedimientos de prueba de carga no especificados.** Cuando los…

la capacidad portante y de deformación de los componentes y conjuntos estructurales se determinará con base en un procedimiento de prueba desarrollado por un profesional registrado en diseño que simule las condiciones de carga y deformación aplicables. Para los componentes y conjuntos que no formen parte del sistema de resistencia a fuerzas sísmicas, la prueba se realizará conforme a lo especificado en la Sección 1709.3.1. Las pruebas de carga deberán simular las condiciones de carga aplicables especificadas en el Capítulo 16.

1709.3.1 Procedimiento de prueba. El conjunto de prueba será sometido a una carga superpuesta creciente igual a no menos de dos veces la carga de diseño superpuesta. La carga de prueba se mantendrá durante un período de 24 horas. El conjunto probado se considerará que ha cumplido satisfactoriamente con los requisitos de la prueba si el conjunto recupera no menos del 75 por ciento de la máxima deflexión dentro de las 24 horas posteriores a la remoción de la carga de prueba. Posteriormente, el conjunto de prueba será recargado y sometido a una carga superpuesta creciente hasta que ocurra falla estructural o la carga superpuesta sea igual a dos veces y media la carga en la cual se alcanzaron las limitaciones de deflexión especificadas en la Sección 1709.3.2, o la carga sea igual a dos veces y media la carga de diseño superpuesta. En el caso de componentes y conjuntos estructurales para los cuales no se especifican limitaciones de deflexión en la Sección 1709.3.2, la muestra de prueba será sometida a una carga superpuesta creciente hasta que ocurra falla estructural o la carga sea igual a dos veces y media la carga de diseño superpuesta deseada. La carga de diseño superpuesta permisible se tomará como la menor de:

  1. La carga en la limitación de deflexión dada en la Sección 1709.3.2.
  2. La carga de falla dividida por 2.5.
  3. La carga máxima aplicada dividida por 2.5.

1709.3.2 Deflexión. La deflexión de los miembros estructurales bajo la carga de diseño no deberá exceder las limitaciones establecidas en la Sección 1604.3.

**1709.4 Ensambles de muros y tabiques.** Los ensambles de muros y tabiques…

**1709.5 Ensambles exteriores de ventanas y puertas.** La clasificación de presión de…

Excepción: Se permitirá que las presiones de diseño estructural por carga de viento para ensambles de ventanas o puertas de tamaño distinto al probado conforme a la Sección 1709.5.1 o 1709.5.2 sean diferentes al valor de diseño del ensamble probado, siempre que dichas presiones se determinen mediante análisis de ingeniería aceptado o se validen mediante una prueba adicional del ensamble de ventana o puerta a la presión de diseño admisible alternativa conforme a la Sección 1709.5.2. Los componentes del ensamble de tamaño alternativo deberán ser los mismos que los del ensamble probado o etiquetado. Cuando se utilice análisis de ingeniería, este deberá realizarse conforme a los procedimientos de análisis de AAMA 2502 o WDMA I.S. 11.

1709.5.1 Ventanas y puertas exteriores. Las ventanas exteriores y puertas corredizas deberán ser probadas y etiquetadas como conformes a AAMA/WDMA/CSA101/I.S.2/A440. La etiqueta deberá indicar el nombre del fabricante, la agencia aprobada de etiquetado y la designación del producto según lo especificado en AAMA/WDMA/CSA101/I.S.2/A440. Las puertas exteriores con bisagras laterales deberán ser probadas y etiquetadas como conformes a AAMA/WDMA/CSA101/I.S.2/A440 o cumplir con la Sección 1709.5.2. Los productos probados y etiquetados como conformes a AAMA/WDMA/CSA 101/I.S.2/A440 no estarán sujetos a los requisitos de las Secciones 2403.2 y 2403.3.

17-20 CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

INSPECCIONES Y PRUEBAS ESPECIALES

1709.5.2 Ensambles exteriores de ventanas y puertas no contemplados en la Sección 1709.5.1. Los ensambles exteriores de ventanas y puertas deberán ser probados conforme a ASTM E330. Los ensambles exteriores de ventanas y puertas que contengan vidrio deberán cumplir con la Sección 2403. La presión de diseño para la prueba se calculará conforme al Capítulo 16. Cada ensamble deberá ser probado durante 10 segundos a una carga igual a 1.5 veces la presión de diseño.

1709.5.2.1 Puertas de garaje y puertas enrollables. Las puertas de garaje y puertas enrollables deberán ser probadas conforme a ASTM E330 o ANSI/DASMA 108, y deberán cumplir con los criterios de aprobación/rechazo de ANSI/DASMA 108. Las puertas de garaje y puertas enrollables deberán llevar una etiqueta permanente que identifique al fabricante de la puerta, el número de modelo/serie de la puerta, la clasificación de presión de viento de diseño positiva y negativa, el número de referencia del dibujo de instrucciones de instalación y la norma de prueba aplicable.

1709.5.3 Protección contra escombros transportados por el viento. La protección de aberturas acristaladas exteriores en edificios ubicados en regiones de escombros transportados por el viento deberá cumplir con la Sección 1609.2.

1709.5.3.1 Pruebas y etiquetado de sistemas protectores contra impactos. Los sistemas protectores contra impactos deberán ser probados para resistencia al impacto por un laboratorio independiente aprobado para cumplimiento con ASTM E1886 y ASTM E1996 y para presión de diseño de viento para cumplimiento con ASTM E330. Las presiones de diseño de viento requeridas se determinarán conforme a ASCE 7 y, para los fines de esta sección, se multiplicarán por 0.6 para convertirlas a diseño por esfuerzo admisible.

Los sistemas protectores contra impactos deberán llevar una etiqueta permanente aplicada conforme a la Sección 1703.5.4, que identifique al fabricante, la designación del producto, las características de desempeño y la agencia de inspección aprobada.

**1709.6 Lucernarios y acristalamientos inclinados.** Los lucernarios y…

**1709.7 Especímenes de prueba.** Los especímenes de prueba y la construcción deberán…

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