Capítulo 15 — ENSAMBLAJES DE TECHOS Y ESTRUCTURAS EN AZOTEAS

Sección 1512 — RECOBERTURA DE TECHO

2025 California Building Code (Title 24, Part 2) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

**1512.1 General.** Los materiales y métodos de aplicación utilizados para recuperar o…

Excepciones:

  1. El reemplazo o recuperación de techos existentes de pendiente baja no estará obligado a cumplir con el requisito mínimo de pendiente de diseño de [1] / 4 unidad vertical en 12 unidades horizontales (pendiente del 2 por ciento) establecido en la Sección 1507 para techos que proporcionen drenaje positivo y cumplan con los requisitos de las Secciones 1608.3 y 1611.2.
  2. La recuperación o reemplazo de una cubierta de techo existente no estará obligado a cumplir con el requisito de drenajes secundarios (desbordamiento de emergencia) o desagües en la Sección 1502.2 para techos que proporcionen drenaje positivo y cumplan con los requisitos de las Secciones 1608.3 y 1611.2. Para los efectos de esta excepción, los sistemas existentes de drenaje secundario o desagües requeridos conforme a este código no deberán ser removidos a menos que sean reemplazados por drenajes secundarios o desagües diseñados e instalados conforme a la Sección 1502.2.

**1512.2 Reemplazo de techo.** El reemplazo de techo incluirá la remoción de todas las…

Excepciones:

  1. Cuando el conjunto del techo existente incluya una membrana barrera contra hielo que esté adherida a la cubierta del techo y la cubierta existente no esté empapada de agua ni deteriorada hasta el punto de no ser adecuada como base para una cubierta adicional, se permitirá que la membrana barrera contra hielo existente permanezca en su lugar y sea cubierta con una capa adicional de membrana barrera contra hielo conforme a la Sección 1507, cuando sea permitido por el fabricante de la cubierta del techo y el fabricante del nuevo revestimiento barrera contra hielo.
  2. Cuando el techo existente incluya un revestimiento autoadherible y la cubierta existente no esté empapada de agua ni deteriorada hasta el punto de no ser adecuada como base para una cubierta adicional, se permitirá que el revestimiento autoadherible existente permanezca en su lugar y sea cubierto con un revestimiento que cumpla con las Tablas 1507.1.1(1), 1507.1.1(2) y 1507.1.1(3).
  3. Cuando el techo existente incluya una capa de revestimiento autoadherible y dicha capa no pueda ser removida sin dañar la cubierta del techo, se permitirá la instalación de una segunda capa de revestimiento autoadherible sobre la capa existente, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: 3.1. Que esté permitido por el fabricante de la cubierta del techo y el fabricante del revestimiento autoadherible. 3.2. Que la cubierta existente no esté empapada de agua ni deteriorada hasta el punto de no ser adecuada como base para una cubierta adicional.

15-24 CÓDIGO DE CONSTRUCCIÓN DE CALIFORNIA 2025

a las 11:14 AM (CDT) del 18 de julio de 2025 DEBAJO DE ÉSTE.

CONJUNTOS DE TECHO Y ESTRUCTURAS EN LA AZOTEA

3.3. La segunda capa de revestimiento autoadherible se instalará de manera que la acumulación de material en paredes, valles, bordes del techo, solapes finales y solapes laterales no exceda de dos capas.

1512.3 Recuperación de techo.

1512.3 Recuperación de techo. Se permitirá la instalación de una nueva cubierta de techo sobre una cubierta de techo existente cuando ocurra alguna de las siguientes condiciones:

  1. Cuando la nueva cubierta de techo se instale de acuerdo con las instrucciones aprobadas por el fabricante de la cubierta de techo.
  2. Sistemas completos y separados de techado, tales como sistemas de paneles metálicos con costura alzada, que estén diseñados para transmitir las cargas del techo directamente al sistema estructural del edificio y que no dependan de los techos y cubiertas existentes para soporte, no requerirán la remoción de las cubiertas de techo existentes.
  3. Se permitirá la instalación de cubiertas de techo de paneles metálicos, tejas metálicas y tejas de concreto y arcilla sobre techos existentes de tejas de madera cuando se apliquen de acuerdo con la Sección 1512.3.1.
  4. Se permitirá la aplicación de un nuevo recubrimiento protector de techo sobre un recubrimiento protector existente, panel metálico para techo, techo armado (built-up roof), sistema de techado de espuma de poliuretano pulverizada, tejas metálicas para techo, rollos de techado con superficie mineral, techado de betún modificado o techado monolítico termofijo y termoplástico sin necesidad de retirar las cubiertas de techo existentes.

Excepción: No se permitirá la recuperación de techo cuando ocurra alguna de las siguientes condiciones:

  1. El techo o la cubierta de techo existente esté empapado de agua o se haya deteriorado hasta el punto que el techo o la cubierta existente no sea adecuado como base para una cubierta adicional.
  2. La cubierta de techo existente sea de pizarra, teja de arcilla, cemento o asbesto-cemento.
  3. El techo existente tenga dos o más aplicaciones de cualquier tipo de cubierta de techo.

1512.3.1 Recuperación de techo sobre tejas o tablillas de madera. Cuando la aplicación de una nueva cubierta de techo sobre techos de tejas o tablillas de madera cree un espacio oculto combustible, toda la superficie existente deberá cubrirse con productos de panel de yeso, fibra mineral, fibra de vidrio u otros materiales aprobados asegurados firmemente en su lugar.

**1512.4 Reinstalación de materiales.** Se permitirá la reinstalación de tejas…

**1512.5 Solapes.** Los solapes deberán ser reconstruidos de acuerdo con las…

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