Capítulo 24 — ACABADOS INFLAMABLES

Sección 2403 — PROTECCIÓN DE LAS OPERACIONES

2025 California Fire Code (Title 24, Part 9) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

**2403.1 General.** Las operaciones cubiertas por este capítulo deberán estar…

**2403.2 Fuentes de ignición.** La protección contra fuentes de ignición se…

2403.2.1 Cableado y equipo eléctrico. El cableado y equipo eléctrico cumplirán con este capítulo y con el Código Eléctrico de California.

2403.2.1.1 Áreas con vapores inflamables. El cableado y equipo eléctrico en áreas con vapores inflamables serán del tipo a prueba de explosiones aprobado para su uso en tales ubicaciones peligrosas. Dichas áreas se considerarán ubicaciones peligrosas Clase I, División 1, o Clase II, División 1, conforme al Código Eléctrico de California.

2403.2.1.2 Áreas sujetas a depósitos de residuos. El equipo eléctrico, las áreas con vapores inflamables o las operaciones de secado que estén sujetas a salpicaduras o goteo de líquidos deberán estar específicamente aprobados para ubicaciones que contengan depósitos de residuos fácilmente inflamables y vapores explosivos.

Excepciones:

  1. Esta disposición no se aplicará al cableado en conductos rígidos, cajas roscadas o accesorios que no contengan derivaciones, empalmes o conexiones terminales.
  2. Esta disposición no se aplicará al equipo electrostático permitido por la Sección 2407.

En áreas de aplicación de resinas, el cableado y equipo eléctrico que esté sujeto a depósitos de residuos combustibles deberá estar listado para tal exposición y se instalará según lo requerido para ubicaciones peligrosas (clasificadas). El cableado y equipo eléctrico no sujeto a depósitos de residuos combustibles se instalará según lo requerido para ubicaciones de riesgo ordinario.

2403.2.1.3 Áreas adyacentes a cabinas de pulverización. El cableado y equipo eléctrico ubicados fuera, pero dentro de 3 pies (914 mm) de las aberturas de una cabina de pulverización o un cuarto de pulverización, deberán estar aprobados para ubicaciones peligrosas Clase I, División 2, o Clase II, División 2, según corresponda.

2403.2.1.4 Áreas sujetas a depósitos por sobrepulverización. El equipo eléctrico en áreas con vapores inflamables ubicadas de manera que puedan acumularse fácilmente depósitos de residuos combustibles deberá estar específicamente aprobado para ubicaciones que contengan depósitos de residuos fácilmente inflamables y vapores explosivos conforme al Código Eléctrico de California.

Excepciones:

  1. Cableado en conductos rígidos.
  2. Cajas o accesorios que no contengan derivaciones, empalmes o conexiones terminales.
  3. Equipo permitido por las Secciones 2404 y 2407 y el Capítulo 30.

2403.2.2 Llamas abiertas y chispas. No se permitirán llamas abiertas ni dispositivos que produzcan chispas en áreas con vapores inflamables, ni dentro de 20 pies (6096 mm) de tales áreas, a menos que estén separadas por una partición permanente.

Excepción: Aparatos de secado y horneado que cumplan con la Sección 2404.8.1.2.

2403.2.3 Superficies calientes. Las superficies calentadas a una temperatura suficiente para encender vapores no se ubicarán en áreas con vapores inflamables. Los aparatos de calefacción de espacios, tuberías de vapor o superficies calientes en un área con vapores inflamables se ubicarán de manera que no estén sujetas a acumulación de depósitos de residuos combustibles.

Excepción: Aparatos de secado que cumplan con la Sección 2404.8.1.2.

2403.2.4 Recintos de equipo. El equipo o aparato capaz de producir chispas o partículas de metal caliente que puedan caer en un área con vapores inflamables deberá estar totalmente encerrado.

2403.2.5 Puesta a tierra. Las partes metálicas de cabinas de pulverización, conductos de extracción y sistemas de tuberías que transporten líquidos de Clase I o II deberán estar conectadas a tierra eléctricamente conforme al Código Eléctrico de California. Las partes metálicas ubicadas en áreas de aplicación de resinas, incluyendo pero no limitándose a conductos de extracción, ventiladores, equipo de aplicación de pulverización, piezas de trabajo y tuberías, deberán estar conectadas a tierra eléctricamente.

2403.2.6 Prohibición de fumar. Se prohibirá fumar en áreas con vapores inflamables y en cuartos de almacenamiento de materiales peligrosos asociados con procesos de acabados inflamables. Se colocarán de manera visible señales de “No Fumar” que cumplan con la Sección 310 en dichas áreas.

2403.2.7 Señales de advertencia para soldadura. No se realizarán operaciones de soldadura, corte ni similares que produzcan chispas en o adyacentes a áreas con vapores inflamables o en operaciones de inmersión o recubrimiento, a menos que se hayan tomado precauciones para garantizar la seguridad. Se colocarán señales visibles con la siguiente advertencia en las proximidades de áreas con vapores inflamables, operaciones de inmersión y cuartos de almacenamiento de pintura:

NO SOLDAR

EL USO DE EQUIPO DE SOLDADURA O CORTE

EN O CERCA DE ESTA ÁREA

ES PELIGROSO DEBIDO A RIESGOS DE INCENDIO

Y EXPLOSIÓN. LA SOLDADURA

Y EL CORTE SOLO DEBERÁN REALIZARSE

BAJO LA SUPERVISIÓN DE LA

PERSONA A CARGO.

2403.2.8 Vehículos industriales motorizados. Los vehículos industriales motorizados usados en áreas eléctricamente clasificadas deberán estar listados para tal uso.

**2403.3 Almacenamiento, uso y manejo de líquidos inflamables y combustibles.** El…

2403.3.1 Uso. Los recipientes que suministran boquillas de pulverización deberán ser de tipo cerrado o estar provistos de tapas metálicas que se mantengan cerradas. Los recipientes que no reposen sobre el suelo deberán estar sobre soportes incombustibles o suspendidos por cables de alambre. Los recipientes que suministren boquillas de pulverización por gravedad no deberán exceder una capacidad de 10 galones (37.9 L).

2403.3.2 Válvulas. Los recipientes y tuberías a los que se conecte una manguera o conexión flexible deberán contar con una válvula de cierre en la conexión. Dichas válvulas deberán mantenerse cerradas cuando las mangueras no estén en uso.

2403.3.3 Suministros de líquidos bombeados. Cuando líquidos inflamables o combustibles se suministren a boquillas de pulverización mediante bombas de desplazamiento positivo, las líneas de descarga de la bomba deberán contar con una válvula de alivio aprobada que descargue hacia la succión de la bomba o a un lugar seguro y separado.

2403.3.4 Transferencia de líquidos. Cuando una mezcla inflamable se transfiera de un recipiente portátil a otro, deberá establecerse una conexión equipotencial entre ambos recipientes. Al menos uno de los recipientes deberá estar conectado a tierra. Los sistemas de tuberías para líquidos de Clase I y II deberán estar permanentemente conectados a tierra.

2403.3.5 Líquidos de Clase I como solventes. Los líquidos de Clase I usados como solventes deberán utilizarse en máquinas para limpieza de pistolas de pulverización y equipos que estén listadas y aprobadas para tal fin, o deberán usarse en cabinas o cuartos de pulverización conforme a las Secciones 2403.3.5.1 y 2403.3.5.2.

2403.3.5.1 Dispositivos listados. Las máquinas para limpieza de pistolas de pulverización y equipos no deberán ubicarse en áreas abiertas al público y deberán estar separadas de fuentes de ignición conforme a sus listados o a una distancia de 3 pies (914 mm), lo que sea mayor. La cantidad de solvente utilizada en una máquina no deberá exceder la capacidad de diseño de la misma.

2403.3.5.2 Dentro de cabinas y cuartos de pulverización. Cuando se usen solventes para limpiar boquillas de pulverización y equipos auxiliares dentro de cabinas y cuartos de pulverización, el equipo de ventilación deberá estar en operación durante la limpieza.

2403.3.6 Líquidos de Clase II y III. Los solventes usados fuera de cabinas de pulverización, cuartos de pulverización o máquinas listadas y aprobadas para limpieza de pistolas de pulverización y equipos deberán limitarse a líquidos de Clase II y III.

**2403.4 Operaciones y mantenimiento.** Las áreas con vapores inflamables, las aspas de…

2403.4.1 Herramientas. Los raspadores, punzones y otras herramientas utilizadas para fines de limpieza deberán estar construidos con materiales que no produzcan chispas.

2403.4.2 Residuos. Los residuos removidos durante la limpieza y los escombros contaminados con residuos deberán ser retirados inmediatamente del lugar y desechados adecuadamente.

2403.4.3 Botes de desechos. Se deberán proporcionar botes de desechos metálicos aprobados, equipados con tapas de cierre automático, en todos los lugares donde trapos o desechos estén impregnados con material de acabado. Dichos trapos y desechos deberán depositarse en ellos inmediatamente después de ser utilizados. El contenido de los botes de desechos deberá desecharse adecuadamente al menos una vez al día y al final de cada turno.

2403.4.4 Reciclaje de solventes. El equipo de destilación de solventes utilizado para reciclar y limpiar solventes sucios deberá cumplir con la Sección 5705.4.

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