Capítulo 12 — SISTEMAS DE ENERGÍA

Sección 1205 — SISTEMAS DE ENERGÍA FOTOVOLTAICA SOLAR

2025 California Fire Code (Title 24, Part 9) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

**1205.1 General.** Los sistemas fotovoltaicos solares (PV) deberán instalarse de…

32. 1205.2 Acceso y vías. El acceso a la azotea, las vías y los requisitos de…

1205.2 Acceso y vías. El acceso al techo, las vías y los requisitos de espaciamiento se proporcionarán de acuerdo con las Secciones 1205.2.1 a 1205.3.3. Las vías deberán estar sobre áreas capaces de soportar a los bomberos que acceden al techo. Las vías deberán ubicarse en áreas con obstrucciones mínimas, tales como tubos de ventilación, conductos o equipos mecánicos.

Excepciones:

  1. Estructuras independientes no habitables del Grupo U, incluyendo, pero no limitado a, garajes independientes que sirven a edificios del Grupo R-3, estructuras de sombra para estacionamiento, cocheras, pérgolas solares y estructuras similares.
  2. No es necesario proporcionar acceso al techo, vías y requisitos de espaciamiento cuando el funcionario del código de incendios haya determinado que no se emplearán operaciones en la azotea.
  3. Sistemas fotovoltaicos integrados al edificio (BIPV) donde los sistemas BIPV estén aprobados, integrados en la superficie terminada del techo y estén listados conforme a UL 3741. La remoción o corte de porciones del sistema BIPV durante operaciones de extinción de incendios no deberá exponer a un bombero a riesgos de descarga eléctrica.

1205.2.1 Sistemas fotovoltaicos solares (PV) para edificios del Grupo R-3. Los sistemas fotovoltaicos solares (PV) para edificios del Grupo R-3 cumplirán con las Secciones 1205.2.1.1 a 1205.2.3.

Excepciones:

  1. Estos requisitos no se aplicarán a estructuras diseñadas y construidas conforme al Código Residencial de California.
  2. Estos requisitos no se aplicarán a techos con pendientes de 2 unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente del 16.7 por ciento) o menos.

1205.2.1.1 Vías hacia la cumbrera. Se proporcionarán no menos de dos vías de 36 pulgadas de ancho (914 mm) en planos de techo separados, desde el borde inferior del techo hasta la cumbrera, en todos los edificios. Se proporcionará no menos de una vía en el lado de la calle o entrada de vehículos del techo. Para cada plano de techo con un arreglo fotovoltaico, se proporcionará no menos de una vía de 36 pulgadas de ancho (914 mm) desde el borde inferior del techo hasta la cumbrera, en el mismo plano de techo que el arreglo fotovoltaico, en un plano de techo adyacente o abarcando el mismo y planos de techo adyacentes.

12-6 CÓDIGO DE INCENDIOS DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTE.

SISTEMAS DE ENERGÍA

1205.2.1.2 Retiro en la cumbrera. Para arreglos fotovoltaicos que ocupen el 33 por ciento o menos del área total del techo en vista en planta, se requiere un retiro de no menos de 18 pulgadas (457 mm) de ancho en ambos lados de una cumbrera horizontal. Para arreglos fotovoltaicos que ocupen más del 33 por ciento del área total del techo en vista en planta, se requiere un retiro de no menos de 36 pulgadas (914 mm) de ancho en ambos lados de una cumbrera horizontal.

1205.2.1.3 Retiros alternativos en la cumbrera. Cuando se instale un sistema de rociadores automáticos dentro de la vivienda conforme a la Sección 903.3.1.3, los retiros en la cumbrera deberán ajustarse a uno de los siguientes:

  1. Para arreglos fotovoltaicos que ocupen el 66 por ciento o menos del área total del techo en vista en planta, se requiere un retiro de no menos de 18 pulgadas (457 mm) de ancho en ambos lados de una cumbrera horizontal.
  2. Para arreglos fotovoltaicos que ocupen más del 66 por ciento del área total del techo en vista en planta, se requiere un retiro de no menos de 36 pulgadas (914 mm) de ancho en ambos lados de una cumbrera horizontal.

1205.2.2 Aberturas de escape y rescate de emergencia. Los paneles y módulos instalados en edificios del Grupo R-3 no deberán colocarse en la porción del techo que esté debajo de una abertura de escape y rescate de emergencia. Se deberá proporcionar una vía de no menos de 36 pulgadas (914 mm) de ancho hacia la abertura de escape y rescate de emergencia.

1205.2.3 Sistemas fotovoltaicos integrados al edificio (BIPV). Cuando los sistemas fotovoltaicos integrados al edificio (BIPV) se instalen de manera que creen áreas con riesgos eléctricos ocultos a la vista, se deberán proporcionar marcas para identificar las áreas peligrosas a evitar para la colocación de escaleras. Las marcas deberán ser reflectantes y visibles desde el nivel del suelo bajo los aleros u otra ubicación aprobada por el funcionario del código de incendios.

Excepción: Sistemas BIPV listados conforme a UL 3741, donde se haya determinado que la remoción o corte de porciones del sistema BIPV durante operaciones de extinción de incendios no expone a un bombero a riesgos de descarga eléctrica.

1205.2.4 Ubicación de conductores de CC. Los conductos, sistemas de cableado y canalizaciones para circuitos fotovoltaicos deberán ubicarse lo más cerca posible de la cumbrera, cadera o valle y desde la cadera o valle lo más directamente posible hacia una pared exterior para reducir riesgos de tropiezos y maximizar oportunidades de ventilación. Las corridas de conductos entre subarreglos y hacia las cajas combinadoras de CC deberán instalarse de manera que se minimice la cantidad total de conductos en el techo, tomando la ruta más corta desde el arreglo hasta la caja combinadora de CC. Las cajas combinadoras de CC deberán ubicarse de modo que se minimicen las corridas de conductos en las vías entre arreglos. El cableado de CC deberá instalarse en conductos metálicos o canalizaciones cuando se encuentre dentro de espacios cerrados en un edificio. Los conductos deberán correr a lo largo de la parte inferior de los elementos estructurales portantes.

**1205.3 Edificios distintos a los del Grupo R-3.** El acceso a los sistemas para…

Excepción: Cuando el funcionario del código de incendios determine que la configuración del techo es similar a la de una ocupación del Grupo R-3, los requisitos residenciales de acceso y ventilación en las Secciones 1205.2.1.1 a 1205.2.1.3 constituyen una alternativa adecuada.

1205.3.1 Caminos perimetrales. Deberá haber un perímetro despejado mínimo de 6 pies (1829 mm) alrededor de los bordes del techo.

Excepción: Cuando cualquiera de los ejes del edificio mida 250 pies (76 200 mm) o menos, el perímetro despejado alrededor de los bordes del techo podrá reducirse a un ancho mínimo de 4 pies (1219 mm).

1205.3.2 Caminos interiores. Se deberán proporcionar caminos interiores entre las secciones del arreglo que cumplan con los siguientes requisitos:

  1. Los caminos deberán disponerse a intervalos no mayores de 150 pies (45 720 mm) a lo largo y ancho del techo.
  2. Un camino de no menos de 4 pies (1219 mm) de ancho en línea recta hacia las columnas secas del techo o escotillas de ventilación.
  3. Un camino de no menos de 4 pies (1219 mm) de ancho alrededor de las escotillas de acceso al techo, con no menos de un camino de este tipo hacia un parapeto o borde del techo.

1205.3.3 Ventilación de humo. La instalación solar deberá diseñarse para cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Cuando existan ventilaciones de humo y calor no operadas por gravedad, se deberá proporcionar un camino de no menos de 4 pies (1219 mm) de ancho bordeando todos los lados.
  2. Cuando existan ventilaciones de humo y calor operadas por gravedad, se deberá proporcionar un camino de no menos de 4 pies (1219 mm) de ancho en no menos de un lado.
  3. Las opciones de ventilación de humo entre secciones del arreglo deberán ser una de las siguientes: 3.1. Un camino de no menos de 8 pies (2438 mm) de ancho. 3.2. Un camino de no menos de 4 pies (1219 mm) de ancho bordeando cortes de ventilación de 4 pies por 8 pies (1219 mm por 2438 mm) cada 20 pies (6096 mm) en lados alternos del camino.

1205.3.4 Ubicación de conductores de corriente continua en ocupaciones distintas a R-3. Los conductos, sistemas de cableado y canalizaciones para circuitos fotovoltaicos deberán ubicarse lo más cerca posible de la cumbrera, caballete o valle y desde el caballete o valle lo más directamente posible hacia una pared exterior para reducir riesgos de tropiezos y maximizar las oportunidades de ventilación. Las canalizaciones entre subarreglos y hacia las cajas combinadoras de CC deberán instalarse de manera que se minimice la cantidad total de conductos en el techo, tomando la ruta más corta desde el arreglo hasta la caja combinadora de CC. Las cajas combinadoras de CC deberán ubicarse de modo que se minimicen las canalizaciones en los caminos entre arreglos. El cableado de CC deberá instalarse en conductos metálicos o canalizaciones cuando se encuentre dentro de espacios cerrados en un edificio. Los conductos deberán correr a lo largo de la parte inferior de los elementos estructurales portantes.

**1205.4 Edificios con apagado rápido.** Los edificios con sistemas fotovoltaicos…

SISTEMAS DE ENERGÍA

1205.4.1 Tipo de apagado rápido. El tipo de apagado rápido del sistema fotovoltaico solar deberá estar etiquetado con uno de los siguientes:

  1. Para sistemas fotovoltaicos solares que apagan el arreglo y los conductores que salen del arreglo, se deberá proporcionar una etiqueta. Las dos primeras líneas de la etiqueta deberán ser caracteres en mayúscula con una altura mínima de [3] / 8 pulgada (10 mm) en negro sobre fondo amarillo. Los caracteres restantes deberán ser mayúsculas con una altura mínima de [3] / 16 pulgada (5 mm) en negro sobre fondo blanco. La etiqueta deberá estar conforme a la Figura 1205.4.1(1) y decir lo siguiente:

SISTEMA FV SOLAR EQUIPADO CON
APAGADO RÁPIDO. PONER EL
INTERRUPTOR DE APAGADO
RÁPIDO EN LA POSICIÓN
“OFF” PARA APAGAR EL
SISTEMA FV Y REDUCIR EL
RIESGO DE DESCARGA EN EL ARREGLO.

  1. Para sistemas fotovoltaicos que solo apagan los conductores que salen del arreglo, se deberá proporcionar una etiqueta. Las dos primeras líneas de la etiqueta deberán ser caracteres en mayúscula con una altura mínima de [3] / 8 pulgada (10 mm) en blanco sobre fondo rojo y los caracteres restantes deberán estar en mayúscula con una altura mínima de [3] / 16 pulgada (5 mm) en negro sobre fondo blanco. La etiqueta deberá estar conforme a la Figura 1205.4.1(2) y decir lo siguiente:

ESTE SISTEMA FV SOLAR
ESTÁ EQUIPADO CON
APAGADO RÁPIDO. PONER EL
INTERRUPTOR DE APAGADO
RÁPIDO EN LA POSICIÓN
“OFF” PARA APAGAR LOS
CONDUCTORES FUERA DEL
ARREGLO. LOS CONDUCTORES
DENTRO DEL ARREGLO
PERMANECEN ENERGIZADOS
CON LUZ SOLAR.

FIGURA 1205.4.1(1)—ETIQUETA PARA SISTEMAS FV SOLARES QUE REDUCEN

EL RIESGO DE DESCARGA DENTRO DEL ARREGLO Y APAGAN LOS CONDUCTORES QUE SALEN DEL ARREGLO

SISTEMA FV SOLAR EQUIPADO
CON APAGADO RÁPIDO
Col2 Col3
PONER EL INTERRUPTOR
DE APAGADO RÁPIDO EN
LA POSICIÓN “OFF”
PARA APAGAR EL
SISTEMA FV Y REDUCIR
EL RIESGO DE DESCARGA
EN EL ARREGLO
PANELES FV
SOLARES ELÉCTRICOS

FIGURA 1205.4.1(2)—ETIQUETA PARA SISTEMAS FV SOLARES QUE SOLO APAGAN LOS CONDUCTORES QUE SALEN DEL ARREGLO

ESTE SISTEMA FV SOLAR EQUIPADO
CON APAGADO RÁPIDO
Col2 Col3
PONER EL INTERRUPTOR
DE APAGADO RÁPIDO EN LA
POSICIÓN “OFF” PARA
APAGAR LOS CONDUCTORES
FUERA DEL ARREGLO.
LOS CONDUCTORES DENTRO
DEL ARREGLO PERMANECEN
ENERGIZADOS CON LUZ SOLAR
PANELES FV
SOLARES ELÉCTRICOS
!

1205.4.1.1 Diagrama. Las etiquetas en la Sección 1205.4.1 deberán incluir un diagrama simple de un edificio con techo. Las secciones del diagrama en rojo indican las partes del sistema fotovoltaico solar que no se apagan cuando se acciona el interruptor de apagado rápido.

1205.4.1.2 Ubicación. La etiqueta de apagado rápido en la Sección 1205.4.1 deberá estar ubicada a no más de 3 pies (914 mm) del medio de desconexión del servicio al que están conectados los sistemas fotovoltaicos, e indicará la ubicación de todos los interruptores de apagado rápido identificados si no están en la misma ubicación.

1205.4.2 Edificios con más de un tipo de apagado rápido. Los sistemas fotovoltaicos solares que contengan apagado rápido conforme a los Items 1 y 2 de la Sección 1205.4.1 o sistemas fotovoltaicos solares donde solo partes del sistema en el

12-8 CÓDIGO DE INCENDIOS DE CALIFORNIA 2025

edificio contengan apagado rápido, deberán proporcionar un diagrama en planta detallado del techo mostrando cada sistema fotovoltaico diferente y una línea punteada alrededor de las áreas que permanecen energizadas después de accionar el interruptor de apagado rápido.

1205.4.3 Interruptor de apagado rápido. Un interruptor de apagado rápido deberá tener una etiqueta ubicada a no más de 3 pies (914 mm) del interruptor que diga lo siguiente:

INTERRUPTOR DE APAGADO
RÁPIDO PARA SISTEMA FV SOLAR

**1205.5 Sistemas de paneles fotovoltaicos montados en el suelo.** Los sistemas de…

1205.5.1 Control de vegetación. Se requerirá un área despejada y libre de maleza de 10 pies (3048 mm) alrededor del perímetro de los arreglos fotovoltaicos montados en el suelo. Se deberá instalar y mantener una superficie vegetal mantenida o una base incombustible, aprobada por el funcionario del código de incendios, bajo los arreglos fotovoltaicos y las instalaciones eléctricas asociadas.

GoCodebook ofrece acceso público, búsqueda, citas, explicación multilingüe e interpretación práctica de normas de construcción legalmente adoptadas. No sustituye a las publicaciones oficiales del ICC ni de los códigos de California.