Capítulo 27 — INSTALACIONES DE FABRICACIÓN DE SEMICONDUCTORES

Sección 2704 — ALMACENAMIENTO

2025 California Fire Code (Title 24, Part 9) · edición 2025 · actualizado 2026-07-07 · California

**2704.1 General.** El almacenamiento de materiales peligrosos deberá cumplir con la…

**2704.2 Áreas de fabricación.** El almacenamiento de materiales peligrosos y las…

2704.2.1 Ubicación del almacenamiento de HPM en áreas de fabricación. El almacenamiento de HPM en áreas de fabricación deberá realizarse dentro de gabinetes de almacenamiento aprobados o listados, gabinetes de gas, recintos con extracción o dentro de una estación de trabajo conforme a lo siguiente:

  1. Los gabinetes para almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles deberán cumplir con la Sección 5704.3.2.
  2. Los gabinetes para almacenamiento de materiales peligrosos deberán cumplir con la Sección 5003.8.7.
  3. Los gabinetes de gas deberán cumplir con la Sección 5003.8.6. Los gabinetes de gas para gases altamente tóxicos o tóxicos también deberán cumplir con la Sección 6004.1.2.
  4. Los recintos con extracción deberán cumplir con la Sección 5003.8.5. Los recintos con extracción para gases altamente tóxicos o tóxicos también deberán cumplir con la Sección 6004.1.3.
  5. Las estaciones de trabajo deberán cumplir con la Sección 2705.2.3.

2704.2.2 Cantidades máximas agregadas en áreas de fabricación. Las cantidades agregadas de materiales peligrosos almacenados o usados en un solo área de fabricación estarán limitadas según lo especificado en esta sección.

Excepción: Áreas de fabricación que contengan cantidades de materiales peligrosos que no excedan las cantidades máximas permitidas por área de control establecidas en las Secciones 5003.1.1, 5704.3.4 y 5704.3.5.

2704.2.2.1 Almacenamiento y uso en áreas de fabricación. Las cantidades máximas de materiales peligrosos almacenados o usados en un solo área de fabricación no deberán exceder las cantidades establecidas en la Tabla 2704.2.2.1.

TABLA 2704.2.2.1—LÍMITES DE CANTIDAD PARA MATERIALES PELIGROSOS EN UN SOLO ÁREA DE FABRICACIÓN EN EL GRUPO H-5a Col2 Col3 Col4
CATEGORÍA DE PELIGRO SÓLIDOS
(libras por pie cuadrado)
LÍQUIDOS
(galones por pie cuadrado)
GAS
(pies cúbicos a NTP por pie cuadrado)
Materiales con peligro físico Materiales con peligro físico Materiales con peligro físico Materiales con peligro físico
Polvo combustible Nota b No aplicable No aplicable
Fibra combustible
Sueltas
Empaquetadas
Nota b
Notas b y c
No aplicable No aplicable
Líquido combustible
Clase II
Clase IIIA
Clase IIIB
Combinación Clases I, II y IIIA
No aplicable 0.02
0.04
No limitado
0.08
No aplicable
Gas criogénico
Inflamable
Oxidante
No aplicable No aplicable Nota d
2.5
Explosivos Nota b Nota b Nota b
Gas inflamable
Gaseoso
Licuefactado
No aplicable No aplicable Nota d
Nota d
Líquido inflamable
Clase IA
Clase IB
Clase IC
Combinación Clases IA, IB y IC
Combinación Clases I, II y IIIA
No aplicable 0.005
0.05
0.05
0.05
0.08
No aplicable
Sólido inflamable 0.002 No aplicable No aplicable
Peróxido orgánico
Detonable no clasificado
Clase I
Clase II
Clase III
Clase IV
Clase V
Nota b
Nota b
0.05
0.2
No limitado
No limitado
Nota b
Nota b
0.0025
0.02
No limitado
No limitado
No aplicable

27-8 CÓDIGO DE INCENDIOS DE CALIFORNIA 2025

el 18 de julio de 2025 11:14 AM (CDT) BAJO ESTO.

INSTALACIONES DE FABRICACIÓN DE SEMICONDUCTORES

TABLA 2704.2.2.1—LÍMITES DE CANTIDAD PARA MATERIALES PELIGROSOS EN UN SOLO ÁREA DE FABRICACIÓN EN EL GRUPO H-5a—continuación Col2 Col3 Col4
CATEGORÍA DE PELIGRO SÓLIDOS
(libras por pie cuadrado)
LÍQUIDOS
(galones por pie cuadrado)
GAS
(pies cúbicos a NTP por pie cuadrado)
Gas oxidante
Gaseoso
Licuefactado
Combinación de gaseoso y
licuefactado
No aplicable No aplicable 2.5
2.5
2.5
Oxidante
Clase 4
Clase 3
Clase 2
Clase 1
Combinación Clases 1, 2, 3
Nota b
0.006
0.006
0.006
0.006
Nota b
0.06
0.06
0.06
0.06
No aplicable
Materiales pirofóricos Nota b 0.0025 Notas d y e
Inestables (reactivos)
Clase 4
Clase 3
Clase 2
Clase 1
Nota b
0.05
0.2
No limitado
Nota b
0.005
0.02
No limitado
Nota b
Nota b
Nota b
No limitado
Reactivos al agua
Clase 3
Clase 2
Clase 1
0.02f
0.5
No limitado
0.0025
0.05
No limitado
No aplicable
Materiales con peligro para la salud Materiales con peligro para la salud Materiales con peligro para la salud Materiales con peligro para la salud
Corrosivos No limitado No limitado No limitado
Altamente tóxicos No limitado No limitado Nota d
Tóxicos No limitado No limitado Nota d
Para SI: 1 libra = 0.454 kg, 1 libra por pie cuadrado = 4.882 kg/m2, 1 galón por pie cuadrado = 40.7 L/m2, 1 pie cúbico a NTP/pie cuadrado = 0.305 m3 @
NTP/m2, 1 pie cúbico = 0.02832 m3.
a. Los materiales peligrosos dentro de tuberías no se incluirán en las cantidades calculadas.
b. La cantidad de materiales peligrosos en un solo área de fabricación no deberá exceder las cantidades máximas permitidas por área de control en las Tablas 5003.1.1(1)
y 5003.1.1(2).
c. El algodón empaquetado densamente que cumple con los requisitos de embalaje de ISO 8115 no se incluirá en esta clase de material.
d. La cantidad agregada de gases inflamables, pirofóricos, tóxicos y altamente tóxicos no deberá exceder el mayor valor entre 0.2 pies cúbicos a NTP/pie cuadrado o 9,000
pies cúbicos a NTP.
e. La cantidad agregada de gases pirofóricos en el edificio no deberá exceder las cantidades establecidas en la Tabla 5003.8.2.
f. La cantidad de sólidos reactivos al agua Clase 3 en una sola herramienta no deberá exceder 1 libra.
Para SI: 1 libra = 0.454 kg, 1 libra por pie cuadrado = 4.882 kg/m2, 1 galón por pie cuadrado = 40.7 L/m2, 1 pie cúbico a NTP/pie cuadrado = 0.305 m3 @
NTP/m2, 1 pie cúbico = 0.02832 m3.
a. Los materiales peligrosos dentro de tuberías no se incluirán en las cantidades calculadas.
b. La cantidad de materiales peligrosos en un solo área de fabricación no deberá exceder las cantidades máximas permitidas por área de control en las Tablas 5003.1.1(1)
y 5003.1.1(2).
c. El algodón empaquetado densamente que cumple con los requisitos de embalaje de ISO 8115 no se incluirá en esta clase de material.
d. La cantidad agregada de gases inflamables, pirofóricos, tóxicos y altamente tóxicos no deberá exceder el mayor valor entre 0.2 pies cúbicos a NTP/pie cuadrado o 9,000
pies cúbicos a NTP.
e. La cantidad agregada de gases pirofóricos en el edificio no deberá exceder las cantidades establecidas en la Tabla 5003.8.2.
f. La cantidad de sólidos reactivos al agua Clase 3 en una sola herramienta no deberá exceder 1 libra.
Para SI: 1 libra = 0.454 kg, 1 libra por pie cuadrado = 4.882 kg/m2, 1 galón por pie cuadrado = 40.7 L/m2, 1 pie cúbico a NTP/pie cuadrado = 0.305 m3 @
NTP/m2, 1 pie cúbico = 0.02832 m3.
a. Los materiales peligrosos dentro de tuberías no se incluirán en las cantidades calculadas.
b. La cantidad de materiales peligrosos en un solo área de fabricación no deberá exceder las cantidades máximas permitidas por área de control en las Tablas 5003.1.1(1)
y 5003.1.1(2).
c. El algodón empaquetado densamente que cumple con los requisitos de embalaje de ISO 8115 no se incluirá en esta clase de material.
d. La cantidad agregada de gases inflamables, pirofóricos, tóxicos y altamente tóxicos no deberá exceder el mayor valor entre 0.2 pies cúbicos a NTP/pie cuadrado o 9,000
pies cúbicos a NTP.
e. La cantidad agregada de gases pirofóricos en el edificio no deberá exceder las cantidades establecidas en la Tabla 5003.8.2.
f. La cantidad de sólidos reactivos al agua Clase 3 en una sola herramienta no deberá exceder 1 libra.
Para SI: 1 libra = 0.454 kg, 1 libra por pie cuadrado = 4.882 kg/m2, 1 galón por pie cuadrado = 40.7 L/m2, 1 pie cúbico a NTP/pie cuadrado = 0.305 m3 @
NTP/m2, 1 pie cúbico = 0.02832 m3.
a. Los materiales peligrosos dentro de tuberías no se incluirán en las cantidades calculadas.
b. La cantidad de materiales peligrosos en un solo área de fabricación no deberá exceder las cantidades máximas permitidas por área de control en las Tablas 5003.1.1(1)
y 5003.1.1(2).
c. El algodón empaquetado densamente que cumple con los requisitos de embalaje de ISO 8115 no se incluirá en esta clase de material.
d. La cantidad agregada de gases inflamables, pirofóricos, tóxicos y altamente tóxicos no deberá exceder el mayor valor entre 0.2 pies cúbicos a NTP/pie cuadrado o 9,000
pies cúbicos a NTP.
e. La cantidad agregada de gases pirofóricos en el edificio no deberá exceder las cantidades establecidas en la Tabla 5003.8.2.
f. La cantidad de sólidos reactivos al agua Clase 3 en una sola herramienta no deberá exceder 1 libra.

**2704.3 Almacenamiento interior fuera de las áreas de fabricación.** El almacenamiento…

2704.3.1 Almacenamiento de HPM. El almacenamiento interior de HPM en cantidades mayores a las indicadas en las Secciones 5003.1.1 y 5704.3.4 deberá realizarse en una habitación que cumpla con los requisitos del California Building Code y este código para una sala de almacenamiento de líquidos, sala de HPM o sala de gases, según corresponda para los materiales almacenados.

2704.3.2 Almacenamiento de otros materiales peligrosos. El almacenamiento interior de otros materiales peligrosos deberá cumplir con las Secciones 5001, 5003 y 5004 y otras disposiciones aplicables de este código.

2704.3.3 Separación de materiales peligrosos incompatibles. Los materiales peligrosos incompatibles en almacenamiento deberán estar separados entre sí de conformidad con la Sección 5003.9.8.

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